Definición de Vigencia del Seguro

Vigencia del Seguro. La cobertura de este certificado se inicia, desde el momento en que el Asegurado haya activado su tarjeta (manteniendo como mínimo un saldo de S/ 10.00).
Vigencia del Seguro. Plazo en el que el contrato está en vigor, y el Tomador/Asegurado se encuentra cubierto.
Vigencia del Seguro. El seguro inicia su vigencia a partir de las 00:00 horas del 01 xx xxxxx hasta las 24:00 horas del 31 de diciembre de 2014. Secciones del seguro: Edificios y Contenidos. Gastos Extraordinarios. Robo con Violencia y/o Asalto. Robo de Efectivo y/o Valores. Rotura xx Xxxxxxxxx y Anuncios Luminosos. Responsabilidad Civil General. Equipo Electrónico.

Examples of Vigencia del Seguro in a sentence

  • Con base en el estudio de esta información, la Compañía determinará los términos y condiciones para la nueva Vigencia del Seguro.

  • Para solicitar la renovación de la póliza en su totalidad o de alguno de los seguros o amparos contenidos en esta, la Tomadora o Tomador deberá proporcionar a la Compañía, por lo menos treinta (30) días calendario antes de la fecha de vencimiento de la Vigencia del Seguro, la Solicitud de Seguro y la información complementaria.


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Vigencia del Seguro. Del 12 de noviembre al 16 de noviembre de 2024 (en estas se incluyen las fechas de montaje y desmontaje) Territorio y Jurisdicción: República Argentina
Vigencia del Seguro. El inicio y fin de la vigencia del seguro, mismo que se especificará en la carátula de la póliza, y surtirán efecto a las 12:00 P.M.
Vigencia del Seguro. La cobertura regirá desde el día 1ro. del mes que se firma la escritura pública que contiene el contrato del crédito hipotecario, siempre y cuando el riesgo sea aceptado por la Compañía Aseguradora. Para aquellos créditos que en la declaración de salud manifiesten condiciones adversas de salud y para los que requieran de mayores antecedentes de cualquier índole, la cobertura entrará en rigor desde la fecha en que sea aprobada por la compañía. Lo anterior debe ser posterior al inicio de la vigencia de la póliza. ! Beneficiario: Transa Securitizadora S.A. o el acreedor hipotecario, en su caso, o su Cesionario legal o convencional a cualquier título. ! Vigencia de la Póliza Colectiva: La vigencia regirá a partir de las 0:00 horas del día 01.05.2015 hasta las 24:00 horas del día 30.04.2017. ! Requisitos de Asegurabilidad para la cobertura de Desgravamen: " La edad mínima de ingreso de los asegurados es 18 años. " La edad máxima de ingreso de los asegurados es hasta los 69 años y 364 días. " La edad máxima de permanencia de los asegurados es hasta los 79 años y 364 días (la edad de incorporación al seguro más el plazo de la deuda no debe superar la edad máxima de permanencia). ! La Compañía Aseguradora será responsable de entregar al deudor la información establecida en el Titulo IV de la NCG 330. ! Requisitos de Asegurabilidad para la cobertura de ITP 2/3: " La edad mínima de ingreso de los asegurados es a los 18 años. " La edad máxima de ingreso de los asegurados es hasta los 64 años y 364 días. " La edad máxima de permanencia de los asegurados es hasta los 65 años (la edad de incorporación al seguro más el plazo de la deuda no debe superar la edad máxima de permanencia). ! El monto máximo asegurado en la Compañía para cada crédito es de: UF 5.000.- Se exigirá una Declaración Personal de Salud (DPS), según el siguiente criterio: UF 0 a UF 5000 DPS *El plazo para la evaluación de DPS no podrá exceder a 48 hrs. Si la evaluación no se verifica en este término, se tendrá por evaluado. Transcurridos dos años de cobertura continua, contado desde la incorporación del Asegurado, o desde que se produjere el aumento del Monto Asegurado, según corresponda, el Asegurador no podrá invocar la reticencia o inexactitud de las declaraciones que influyan en la estimación del riesgo, excepto cuando hubiesen sido dolosas. Para efectos de indisputabilidad regulada en el Artículo 592 del Código de Comercio, el plazo señalado considera la permanencia continua e ininterrumpida en un...
Vigencia del Seguro. La vigencia es de un (1) año calendario contado a partir de la fecha de contratación indicada en la Propuesta de Seguro. En caso de duda o molestia relacionada con este seguro, diríjase a xxxxxxxxxxxxxx@xxx.xx o directamente a la aseguradora, si esta no les responde satisfactoriamente, la Superintendencia General de Seguros con gusto lo orientará en el teléfono (+506) 0000- 0000 o al correo electrónico xxxxxx@xxxxxx.xx.xx.
Vigencia del Seguro. Plazo en el que el contrato está en vigor, y el Asegurado se encuentra cubierto. Tomador: Persona física o jurídica que contrata el seguro al Asegurador y que posee un vínculo previo con las personas asegurables distinto al de la celebración del seguro.
Vigencia del Seguro significa el período durante el cual está vigente este seguro según se indica en las Condiciones Particulares.

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  • Vigencia La garantía de seriedad de la oferta debe estar vigente desde la fecha de presentación de la oferta y hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato. En caso de no requerirse la garantía de cumplimiento, hasta la firma del contrato. Lo anterior, sin perjuicio del deber de ampliación de la vigencia de la garantía de seriedad de la oferta cuando el plazo para la adjudicación o la suscripción se prorrogue.

  • COMPAÑÍA ASEGURADORA LA NACIONAL DE FIANZAS Fecha de Expedición: Cinco de agosto de dos mil dieciséis (05/06/2016).

  • Seguro X Marque si NO SE APLICA

  • Contrato de Seguro Es el contrato mediante el cual la entidad aseguradora se obliga a aceptar a cambio de una prima, la transferencia de riesgos asegurables y se obliga contractualmente, ante el acaecimiento de un riesgo, a indemnizar al beneficiario de la cobertura por las pérdidas económicas sufridas o a compensar un capital, una renta y otras prestaciones convenidas. El Contrato de Seguro se constituye en la póliza compuesta por los Addenda, Condiciones Particulares, Condiciones Generales, y Declaraciones del Asegurado.

  • ENTIDAD ASEGURADORA Denominado también Asegurador o Compañía Aseguradora es persona jurídica que mediante autorización administrativa emitida por la Superintendencia General de Seguros ejerce actividad aseguradora. Para efectos de este contrato, denominada la Compañía.

  • Acta de Inicio Es el documento suscrito por el supervisor o interventor y el contratista en la cual se estipula la fecha de inicio para la ejecución del contrato. A partir de dicha fecha se contabiliza su plazo de ejecución, si así se pactó en el contrato.

  • COASEGURO Es cuando el Contrato de Xxxxxx se suscribe de una parte por el Asegurado y de otra parte, por varios aseguradores que asumen con entera independencia, los unos de otros, la obligación de responder separadamente de la parte del riesgo que les corresponda.

  • Vehículo Asegurado la unidad automotriz descrita en la carátula de la póliza, incluyendo las partes o accesorios con que el fabricante adapta originalmente cada modelo y tipo específico que presenta al mercado.

  • Carencia el período de tiempo durante el cual la cobertura del seguro o de alguna de sus garantías, no surte efecto.

  • Duración del contrato Inicio 02 de diciembre del 2019 Término: 31 de diciembre del 2019 (renovable según presupuesto y desempeño). Remuneración mensual S/. 2,000.00 (Dos mil y 00/100 Soles).

  • Fecha de Inicio Es el Día siguiente a la fecha en la que las Partes suscriban el Acta de Inicio de Ejecución del Contrato, o al vencimiento del plazo previsto para su firma, habiéndose cumplido todos los requisitos previstos en la Sección 3.6(b).

  • Asegurador La persona jurídica que, a cambio del cobro de la prima, asume el riesgo contractualmente pactado.

  • Asegurado Persona física o jurídica que en sí misma o en sus bienes está expuesta al riesgo. Es titular del interés objeto del seguro y que, en defecto del tomador, asume los derechos y las obligaciones derivadas del contrato.

  • Tomador del Seguro La persona física o jurídica que, juntamente con el Asegurador, suscribe este contrato, y al que corresponden las obligaciones que del mismo derivan, salvo aquellas que, por su naturaleza, deben ser cumplidas por el Asegurado.

  • Fecha de Vencimiento Aquella fecha en la que el contrato o la relación aseguradora, según sea el caso, quedarán extinguidos por haber transcurrido el plazo convenido o por haberse realizado el pago de la última de las prestaciones que, de acuerdo con las condiciones del contrato, haya de satisfacer la Entidad Aseguradora.

  • Periodo de Carencia Periodo que media hasta la fecha de inicio del periodo de cobertura de cada prestación contratada.

  • Licitación Pública Nacional Es toda Licitación Pública que va dirigida a los suplidores nacionales o extranjeros domiciliados legalmente en el país. Monto del Contrato: El importe señalado en el Contrato.

  • Valor asegurado La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto del proyecto.

  • Suma Asegurada Es el límite máximo de responsabilidad a cargo de la Compañía para cada una de las coberturas contratadas, determinado desde el momento de contratación del seguro y especificado en la carátula de la póliza.

  • Bienes Fideicomitidos Son (i) los Créditos cedidos y/o a ser cedidos por el Fiduciante al Fideicomiso Financiero, los cuales se otorgan en un formato 100% digital a través de la Plataforma de los Préstamos del Fiduciante, junto con todos los pagos por capital e intereses compensatorios y punitorios u otros conceptos pendientes de pago bajo estos; y (ii) las sumas de dinero proveniente de la Cobranza de los Créditos. Tipo y Clases: El Fideicomiso constará de VDF y CP.

  • Aseguradora Se refiere x Xxxxx Seguros México, S.A.

  • Tercero significa cualquier persona o firma que no sea el Gobierno, el Contratante, el Consultor o un Subconsultor.

  • LA ASEGURADORA tendrá la facultad de suspender temporalmente la excepción a que se refiere el primer párrafo del presente inciso, en caso de que determine que: La suspensión temporal a que se refiere el párrafo anterior, se notificará por escrito a “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” y durará hasta en tanto dicho “INTERMEDIARIO FINANCIERO” compruebe, a plena satisfacción de “LA ASEGURADORA”, la corrección de que se trate. Lo anterior, en el entendido de que “LA ASEGURADORA” tendrá la facultad de suspender definitivamente dicha excepción, dependiendo del riesgo que implique la falta o modificación respectiva. La expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y de la Póliza de SCV, se sujetará a los términos y condiciones previstos en este Contrato, y en caso de que su contenido, no concordará con la Oferta de Seguro, “EL INTERMEDIARIO FINANCIERO” podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los 30 (treinta) días naturales que sigan al día en que reciba los citados documentos, transcurrido ese plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de los mismos o sus modificaciones. Lo anterior congruentemente con lo previsto en el artículo 25 de la Ley Sobre el Contrato de Seguro que establece: “Si el contenido de la póliza o sus modificaciones no concordaren con la oferta, el asegurado podrá pedir la rectificación correspondiente dentro de los treinta días que sigan al día en que reciba la póliza. Transcurrido este plazo se considerarán aceptadas las estipulaciones de la póliza o de sus modificaciones”. El Seguro será efectivo a partir de la fecha de expedición del Certificado Provisional de Póliza de SCV y/o de la Póliza de SCV y obligará a “LA ASEGURADORA” al pago de la Cobertura del Seguro en términos de este Contrato, siempre y cuando no ocurra cualquiera de los eventos establecidos en el subinciso a.2.b) de la Cláusula Tercera del presente Contrato, así como en las Cláusulas Décima y Décima Primera de este Contrato. Para el caso de la originación con Oferta de Seguro posterior al otorgamiento del crédito a que se refiere el inciso a.2) de esta Cláusula, si “LA ASEGURADORA” no emite ni entrega a “EL BENEFICIARIO” la Póliza de SCV dentro del plazo previsto en el mismo, el crédito que corresponda contará con el Seguro desde el momento que haya vencido dicho plazo, por lo que el Certificado Provisional de Póliza de SCV junto con el comprobante del primer pago de la Prima, hará las veces de la Póliza de SCV.

  • Fecha de Cierre Es el día en que se suscribe el Contrato previo cumplimiento de todas las condiciones y declaraciones establecidas en las Bases y en el Contrato.

  • Financiamiento significa los fondos que el Banco conviene en poner a disposición del Prestatario para contribuir a la realización del Proyecto.