ACCIDENTE DE TRABAJO. En el caso de baja por incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo, las empresas complementarán la prestación de Seguridad Social hasta el 100 por 100 de su salario base, más antigüedad, más nocturnidad, si la viniera percibiendo, más plus de convenio, vigente a la fecha de la baja. Asimismo, el período de incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo no se deducirá del devengo de las gratificaciones extraordinarias.
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
ACCIDENTE DE TRABAJO. —En el caso de baja por incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo, las empresas complementarán la prestación de Seguridad Social hasta el 100 por 100 de su salario base, más antigüedad, más nocturnidad, si la viniera percibiendo, más plus de convenio, vigente a la fecha de la baja. Asimismo, el período de incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo no se deducirá del devengo de las gratificaciones extraordinarias.
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
ACCIDENTE DE TRABAJO. —En el caso de baja por incapacidad temporal derivada deriva- da de accidente de trabajo, las empresas complementarán la prestación de Seguridad Social hasta el 100 por 100 de su salario base, más antigüedad, más nocturnidad, si la viniera percibiendoper- cibiendo, más plus de convenio, vigente a la fecha de la baja. Asimismo, el período de incapacidad in- capacidad temporal derivada de accidente de trabajo no se deducirá del devengo de las gratificaciones gra- tificaciones extraordinarias.
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Samples: Convenio Colectivo Del Sector De Limpieza De Edificios Y Locales
ACCIDENTE DE TRABAJO. BOCM-20220924-1 En el caso de baja por incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo, las empresas complementarán la prestación de Seguridad Social hasta el 100 por 100 de su salario base, más antigüedad, más nocturnidad, si la viniera percibiendo, más plus de convenio, vigente a la fecha de la baja. Asimismo, el período de incapacidad temporal derivada de accidente de trabajo no se deducirá del devengo de las gratificaciones extraordinarias.. B.O.C.M. Núm. 228 SÁBADO 00 XX XXXXXXXXXX XX 0000
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Samples: Convenio Colectivo