Common use of Acción Ejecutiva Clause in Contracts

Acción Ejecutiva. Las Obligaciones Negociables Adicionales serán emitidas conforme con la Ley de Obligaciones Negociables y constituirán “obligaciones negociables” conforme con las disposiciones de la misma y gozarán de los derechos allí establecidos. En particular, conforme con el artículo 29 de dicha ley, en el supuesto de incumplimiento por parte de la Emisora en el pago de cualquier monto adeudado bajo las Obligaciones Negociables, los tenedores de las mismas podrán iniciar acciones ejecutivas ante tribunales competentes de la Argentina para reclamar el pago de los montos adeudados por la Emisora. Si se produce y subsiste un Evento de Incumplimiento y como consecuencia de ello se produce la caducidad de los plazos para el pago de capital, intereses, montos adicionales y/o cualquier otro monto adeudado bajo las Obligaciones Negociables Adicionales, los beneficiarios de participaciones en Obligaciones Negociables Adicionales podrán solicitar a la Emisora la entrega de Obligaciones Negociables Adicionales representadas por títulos definitivos, debidamente firmados por la Emisora, contra presentación del comprobante de tenencia (con bloqueo de la cuenta) expedido por el depositario en cuestión. Dichas Obligaciones Negociables Adicionales representadas por títulos definitivos se encontrarán a disposición del peticionante en las oficinas de la Emisora dentro de los siguientes quince (15) Días Hábiles de la presentación del pedido.

Appears in 2 contracts

Samples: Obligaciones Negociables Adicionales, Obligaciones Negociables

Acción Ejecutiva. Las Obligaciones Negociables Adicionales serán emitidas conforme con la Ley de Obligaciones Negociables y constituirán “obligaciones negociables” conforme con las disposiciones de la misma y gozarán de los derechos allí establecidos. En particular, conforme De acuerdo con el artículo 29 de dicha leyla Ley de Obligaciones Negociables, en el supuesto de incumplimiento por parte de caso que la Emisora en Sociedad incumpliera el pago de cualquier monto adeudado debido bajo las Obligaciones Negociables, los tenedores de las mismas podrán iniciar acciones ejecutivas ante tribunales competentes de Argentina, cumpliendo con los recaudos exigidos por las normas procesales de la Argentina jurisdicción que corresponda. Los artículos 129 y 131 de la Xxx xx Xxxxxxx de Capitales prevé que se podrán expedir comprobantes del saldo de cuenta de valores escriturales o comprobantes de los valores representados en certificados globales, según sea el caso, a efectos de legitimar al titular (o a la persona que tenga una participación en el certificado global en cuestión) para reclamar judicialmente, o ante jurisdicción arbitral en su caso, incluso mediante acción ejecutiva si correspondiere, presentar solicitudes de verificación de crédito o participar en procesos universales para lo que será suficiente título dicho comprobante, sin necesidad de autenticación u otro requisito. Su expedición importará el pago bloqueo de los montos adeudados la cuenta respectiva sólo para inscribir actos de disposición por la Emisorasu titular, por un plazo de 30 (treinta) días, salvo que el titular devuelva el comprobante o dentro de dicho plazo se reciba una orden de prórroga del bloqueo del juez o tribunal arbitral ante el cual el comprobante se hubiera hecho valer. Si se produce y subsiste un Evento de Incumplimiento y como consecuencia de ello se produce la caducidad de los plazos para Los comprobantes deberán mencionar estas circunstancias. En el pago de capital, intereses, montos adicionales y/o cualquier otro monto adeudado bajo las Obligaciones Negociables Adicionales, los beneficiarios de participaciones en Obligaciones Negociables Adicionales podrán solicitar a la Emisora la entrega caso de Obligaciones Negociables Adicionales representadas por títulos definitivosen certificados globales, debidamente firmados por la Emisora, contra presentación del comprobante de tenencia (con el bloqueo de la cuenta) expedido cuenta sólo afectará a los valores a los que se refieran los comprobantes y éstos serán emitidos por la entidad del país o del exterior que administre el depositario sistema de depósito colectivo en cuestiónel cual aquellos certificados globales se encuentren inscriptos. Dichas Obligaciones Negociables Adicionales representadas Cuando entidades administradoras de sistemas de depósito colectivo tengan participaciones en certificados globales inscriptos en sistemas de depósito colectivo administrados por títulos definitivos se encontrarán a disposición del peticionante en otra entidad, los comprobantes podrán ser emitidos directamente por las oficinas de la Emisora dentro de los siguientes quince (15) Días Hábiles de la presentación del pedidoprimeras.

Appears in 2 contracts

Samples: Programa Global De Emisión De Obligaciones Negociables, Programa Global De Emisión De Obligaciones Negociables

Acción Ejecutiva. Las Obligaciones Negociables Adicionales serán emitidas conforme con la Ley de Obligaciones Negociables y constituirán “obligaciones negociables” conforme con las disposiciones de la misma y gozarán de los derechos allí establecidos. En particular, conforme De acuerdo con el artículo 29 de dicha leyla Ley de Obligaciones Negociables, en el supuesto caso de incumplimiento por parte de la Emisora del Banco en el pago a su vencimiento de cualquier monto adeudado bajo las Obligaciones NegociablesNegociables Clase E, los tenedores de las mismas podrán iniciar acciones ejecutivas ante tribunales competentes de la República Argentina para reclamar el pago de los montos adeudados por el Banco. De acuerdo a los artículos 129 inc. (e) y 131 de la Emisora. Si Xxx xx Xxxxxxx de Capitales se produce y subsiste un Evento de Incumplimiento y como consecuencia de ello se produce la caducidad podrán expedir comprobantes de los plazos valores negociables representados en certificados globales a favor de las personas que tengan una participación en los mismos, o, en el caso de obligaciones negociables escriturales, comprobantes de saldo de cuenta a favor del titular de las obligaciones negociables escriturales, a los efectos de (a) reclamar judicialmente, o ante jurisdicción arbitral, en su caso, incluso mediante acción ejecutiva si correspondiere; y (b) presentar solicitudes de verificación de crédito como acreedores o participar en los procedimientos concursales de los emisores de dichos valores negociables. Los comprobantes serán emitidos (i) de acuerdo al artículo 131 de la Xxx xx Xxxxxxx de Capitales, en el caso de certificados globales, por la entidad del país o del exterior que administre el sistema de depósito colectivo en el cual se encuentren inscriptos los certificados globales. Cuando las entidades administradoras de sistema de depósito colectivo tengan participaciones en certificados globales inscriptos en sistemas de depósito colectivo administrados por otra entidad, los comprobantes podrán ser emitidos directamente por las primeras; y (ii) de acuerdo al artículo 129 (b) de la Xxx xx Xxxxxxx de Capitales, en el caso de obligaciones negociables escriturales, por la entidad autorizada que lleve el registro de obligaciones negociables escriturales. Listado y Negociación. De acuerdo a lo previsto en el art. 29, Sección X, Capítulo I, Título VI de las Normas de la CNV, las Obligaciones Negociables Clase E deberán, para el pago de capitalsu negociación, intereses, montos adicionales ser listadas y/o cualquier otro monto adeudado bajo negociadas en al menos uno o más mercados autorizados por la CNV. El Banco ha solicitado el listado y negociación de las Obligaciones Negociables AdicionalesClase E en el BYMA a través de la BCBA y en el MAE, los beneficiarios respectivamente. Número de participaciones ISIN. Cualquier tenedor podrá elegir mantener su participación en las Obligaciones Negociables Adicionales podrán solicitar Clase E, o una parte de ellas, mediante depósito en cuentas del sistema de compensación y liquidación Euroclear a la Emisora la entrega través de Caja de Valores. A dichos efectos, las Obligaciones Negociables Adicionales representadas por títulos definitivosClase E contarán con especie asignada en Euroclear. En tal caso, debidamente firmados por la Emisorael número de ISIN será informado mediante un aviso complementario al presente Suplemento de Precio. Colocador. Banco Supervielle S.A. Subcolocador. TPCG Valores S.A. Agente de Cálculo. Banco Supervielle será el Agente de Cálculo encargado de realizar todos los cálculos y determinar las sumas que se deberán pagar en cada caso, contra presentación del comprobante incluyendo las sumas que corresponda pagar en cada Fecha de tenencia (con bloqueo Pago de la cuenta) expedido por el depositario Intereses, en cuestión. Dichas Obligaciones Negociables Adicionales representadas por títulos definitivos se encontrarán a disposición del peticionante cada Fecha de Amortización, en las oficinas fechas de la Emisora dentro rescate (si fuera el caso) y las fechas en las que se subsane cualquier incumplimiento pero excluyendo las sumas que se determinen mediante acciones judiciales o de los siguientes quince (15) Días Hábiles de la presentación del pedidootro tipo contra el Banco.

Appears in 1 contract

Samples: Obligaciones Negociables

Acción Ejecutiva. Las Obligaciones Negociables Adicionales serán emitidas conforme con la Ley de Obligaciones Negociables y constituirán “obligaciones negociables” conforme con las disposiciones de la misma y gozarán de los derechos allí establecidos. En particular, conforme con el artículo 29 de dicha ley, en el supuesto de incumplimiento por parte de la Emisora en el pago de cualquier monto adeudado bajo las Obligaciones NegociablesNegociables Adicionales, los tenedores de las mismas podrán iniciar acciones ejecutivas ante tribunales competentes de la Argentina para reclamar el pago de los montos adeudados por la Emisora. Si se produce y subsiste un Evento de Incumplimiento y como consecuencia de ello se produce la caducidad de los plazos para el pago de capital, intereses, montos adicionales y/o cualquier otro monto adeudado bajo las Obligaciones Negociables Adicionales, los beneficiarios de participaciones en Obligaciones Negociables Adicionales podrán solicitar a la Emisora la entrega de Obligaciones Negociables Adicionales representadas por títulos definitivos, debidamente firmados por la Emisora, contra presentación del comprobante de tenencia (con bloqueo de la cuenta) expedido por el depositario en cuestión. Dichas Obligaciones Negociables Adicionales representadas por títulos definitivos se encontrarán a disposición del peticionante en las oficinas de la Emisora dentro de los siguientes quince (15) Días Hábiles de la presentación del pedido.

Appears in 1 contract

Samples: Obligaciones Negociables

Acción Ejecutiva. Las Obligaciones Negociables Adicionales serán emitidas conforme con la Ley de Obligaciones Negociables y constituirán “obligaciones negociables” conforme con las disposiciones de la misma y gozarán de los derechos allí establecidos. En particular, conforme De acuerdo con el artículo 29 de dicha leyla Ley de Obligaciones Negociables, en el supuesto de incumplimiento por parte de caso que la Emisora en Sociedad incumpliera el pago de cualquier monto adeudado debido bajo las Obligaciones Negociables, los tenedores de las mismas podrán iniciar acciones ejecutivas ante tribunales competentes de Argentina, cumpliendo con los recaudos exigidos por las normas procesales de la Argentina jurisdicción que corresponda. Los artículos 129 y 131 de la Ley de Mercado de Capitales prevé que se podrán expedir comprobantes del saldo de cuenta de valores escriturales o comprobantes de los valores representados en certificados globales, según sea el caso, a efectos de legitimar al titular (o a la persona que tenga una participación en el certificado global en cuestión) para reclamar judicialmente, o ante jurisdicción arbitral en su caso, incluso mediante acción ejecutiva si correspondiere, presentar solicitudes de verificación de crédito o participar en procesos universales para lo que será suficiente título dicho comprobante, sin necesidad de autenticación u otro requisito. Su expedición importará el pago bloqueo de los montos adeudados la cuenta respectiva sólo para inscribir actos de disposición por la Emisorasu titular, por un plazo de 30 (treinta) días, salvo que el titular devuelva el comprobante o dentro de dicho plazo se reciba una orden de prórroga del bloqueo del juez o tribunal arbitral ante el cual el comprobante se hubiera hecho valer. Si se produce y subsiste un Evento de Incumplimiento y como consecuencia de ello se produce la caducidad de los plazos para Los comprobantes deberán mencionar estas circunstancias. En el pago de capital, intereses, montos adicionales y/o cualquier otro monto adeudado bajo las Obligaciones Negociables Adicionales, los beneficiarios de participaciones en Obligaciones Negociables Adicionales podrán solicitar a la Emisora la entrega caso de Obligaciones Negociables Adicionales representadas por títulos definitivosen certificados globales, debidamente firmados por la Emisora, contra presentación del comprobante de tenencia (con el bloqueo de la cuenta) expedido cuenta sólo afectará a los valores a los que se refieran los comprobantes y éstos serán emitidos por la entidad del país o del exterior que administre el depositario sistema de depósito colectivo en cuestiónel cual aquellos certificados globales se encuentren inscriptos. Dichas Obligaciones Negociables Adicionales representadas Cuando entidades administradoras de sistemas de depósito colectivo tengan participaciones en certificados globales inscriptos en sistemas de depósito colectivo administrados por títulos definitivos se encontrarán a disposición del peticionante en otra entidad, los comprobantes podrán ser emitidos directamente por las oficinas de la Emisora dentro de los siguientes quince (15) Días Hábiles de la presentación del pedidoprimeras.

Appears in 1 contract

Samples: Programa Global De Emisión De Obligaciones Negociables

Acción Ejecutiva. Las Obligaciones Negociables Adicionales serán emitidas conforme con En virtud del artículo 29 de la Ley de Obligaciones Negociables Negociables, si la Compañía incurriera en incumplimiento en el pago del capital y constituirán “obligaciones negociables” conforme con las disposiciones otros montos adeudados de todo o parte de la misma Serie 5 y/o Serie 6, según corresponda, el Tenedor de dichas Obligaciones Negociables tendrá derecho a iniciar acción ejecutiva contra la Compañía para reclamar el capital, actualizaciones e intereses de las Obligaciones Negociables. De acuerdo a los artículos 129 inc. (e) y gozarán 131 de la Xxx xx Xxxxxxx de Capitales se podrán expedir comprobantes de los derechos allí establecidos. En particularvalores negociables representados en certificados globales a favor de las personas que tengan una participación en los mismos, conforme con el artículo 29 de dicha leyo, en el supuesto caso de incumplimiento por parte obligaciones negociables escriturales, comprobantes de saldo de cuenta a favor del titular de las obligaciones negociables escriturales, a los efectos de (a) reclamar judicialmente, o ante jurisdicción arbitral, en su caso, incluso mediante acción ejecutiva si correspondiere; y (b) presentar solicitudes de verificación de crédito como acreedores o participar en los procedimientos concursales de los emisores de dichos valores negociables. Los comprobantes serán emitidos (i) de acuerdo al artículo 131 de la Emisora Xxx xx Xxxxxxx de Capitales, en el pago caso de cualquier monto adeudado bajo certificados globales, por la entidad del país o del exterior que administre el sistema de depósito colectivo en el cual se encuentren inscriptos los certificados globales. Cuando las Obligaciones Negociablesentidades administradoras de sistema de depósito colectivo tengan participaciones en certificados globales inscriptos en sistemas de depósito colectivo administrados por otra entidad, los tenedores comprobantes podrán ser emitidos directamente por las primeras; y (ii) de las mismas podrán iniciar acciones ejecutivas ante tribunales competentes acuerdo al artículo 129 (b) de la Argentina para reclamar Xxx xx Xxxxxxx de Capitales, en el pago caso de los montos adeudados obligaciones negociables escriturales, por la Emisora. Si se produce y subsiste un Evento entidad autorizada que lleve el registro de Incumplimiento y como consecuencia de ello se produce la caducidad de los plazos para el pago de capital, intereses, montos adicionales y/o cualquier otro monto adeudado bajo las Obligaciones Negociables Adicionales, los beneficiarios de participaciones en Obligaciones Negociables Adicionales podrán solicitar a la Emisora la entrega de Obligaciones Negociables Adicionales representadas por títulos definitivos, debidamente firmados por la Emisora, contra presentación del comprobante de tenencia (con bloqueo de la cuenta) expedido por el depositario en cuestión. Dichas Obligaciones Negociables Adicionales representadas por títulos definitivos se encontrarán a disposición del peticionante en las oficinas de la Emisora dentro de los siguientes quince (15) Días Hábiles de la presentación del pedidoobligaciones negociables escriturales.

Appears in 1 contract

Samples: Obligaciones Negociables Simples

Acción Ejecutiva. Las Obligaciones Negociables Adicionales serán emitidas conforme con la Ley de Obligaciones Negociables y constituirán “obligaciones negociables” conforme con las disposiciones de la misma y gozarán de los derechos allí establecidos. En particular, conforme De acuerdo con el artículo 29 de dicha leyla Ley de Obligaciones Negociables, en el supuesto caso de incumplimiento por parte de la Emisora del Banco en el pago a su vencimiento de cualquier monto adeudado bajo las Obligaciones NegociablesNegociables Clase D, los tenedores de las mismas podrán iniciar acciones ejecutivas ante tribunales competentes de la República Argentina para reclamar el pago de los montos adeudados por el Banco. De acuerdo a los artículos 129 inc. (e) y 131 de la Emisora. Si Xxx xx Xxxxxxx de Capitales se produce y subsiste un Evento de Incumplimiento y como consecuencia de ello se produce la caducidad podrán expedir comprobantes de los plazos valores negociables representados en certificados globales a favor de las personas que tengan una participación en los mismos, o, en el caso de obligaciones negociables escriturales, comprobantes de saldo de cuenta a favor del titular de las obligaciones negociables escriturales, a los efectos de (a) reclamar judicialmente, o ante jurisdicción arbitral, en su caso, incluso mediante acción ejecutiva si correspondiere; y (b) presentar solicitudes de verificación de crédito como acreedores o participar en los procedimientos concursales de los emisores de dichos valores negociables. Los comprobantes serán emitidos (i) de acuerdo al artículo 131 de la Xxx xx Xxxxxxx de Capitales, en el caso de certificados globales, por la entidad del país o del exterior que administre el sistema de depósito colectivo en el cual se encuentren inscriptos los certificados globales. Cuando las entidades administradoras de sistema de depósito colectivo tengan participaciones en certificados globales inscriptos en sistemas de depósito colectivo administrados por otra entidad, los comprobantes podrán ser emitidos directamente por las primeras; y (ii) de acuerdo al artículo 129 (b) de la Xxx xx Xxxxxxx de Capitales, en el caso de obligaciones negociables escriturales, por la entidad autorizada que lleve el registro de obligaciones negociables escriturales. Listado y Negociación. De acuerdo a lo previsto en el art. 29, Sección X, Capítulo I, Título VI de las Normas de la CNV, las Obligaciones Negociables Clase D deberán, para el pago de capitalsu negociación, intereses, montos adicionales ser listadas y/o cualquier otro monto adeudado bajo negociadas en al menos uno o más mercados autorizados por la CNV. El Banco ha solicitado el listado y negociación de las Obligaciones Negociables AdicionalesClase D en el BYMA a través de la BCBA y en el MAE, los beneficiarios respectivamente. Número de participaciones ISIN. Cualquier tenedor podrá elegir mantener su participación en las Obligaciones Negociables Adicionales podrán solicitar Clase D, o una parte de ellas, mediante depósito en cuentas del sistema de compensación y liquidación Euroclear (“Euroclear”) a la Emisora la entrega través de Caja de Valores. A dichos efectos, las Obligaciones Negociables Adicionales representadas por títulos definitivosClase D contarán con especie asignada en Euroclear. En tal caso, debidamente firmados por la Emisorael número de ISIN será informado mediante un aviso complementario al presente Suplemento de Precio. Colocador. Banco Supervielle S.A. Subcolocador. TPCG Valores S.A. Agente de Cálculo. Banco Supervielle será el Agente de Xxxxxxx encargado de realizar todos los cálculos y determinar las sumas que se deberán pagar en cada caso, contra presentación del comprobante incluyendo las sumas que corresponda pagar en cada Fecha de tenencia (con bloqueo Pago de la cuenta) expedido por el depositario en cuestión. Dichas Obligaciones Negociables Adicionales representadas por títulos definitivos se encontrarán a disposición del peticionante Intereses, en las oficinas fechas de la Emisora dentro rescate (si fuera el caso) y las fechas en las que se subsane cualquier incumplimiento pero excluyendo las sumas que se determinen mediante acciones judiciales o de los siguientes quince (15) Días Hábiles de la presentación del pedidootro tipo contra el Banco.

Appears in 1 contract

Samples: Obligaciones Negociables