ADELANTOS. “EL BANCO” a solicitud de “EL CONTRATISTA” entregará adelantos a éste, de acuerdo a lo establecido en el artículo 39° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y los artículos 243° , 244°, 245°, 246° del Reglamento. Adelanto Directo, que podrá ser solicitado por “EL CONTRATISTA” dentro de los quince (15) días contados a partir del día siguiente de la suscripción del contrato y será entregado por “EL BANCO” dentro de los siete (7) días siguientes de recibida la solicitud y garantía correspondiente. Este adelanto no excederá del 20% del monto del contrato original y se otorgará contra presentación de una Carta Fianza, con las características de Solidaria, Incondicionada, Irrevocable y de Realización Automática y sin beneficio de excusión, por un valor igual al monto del adelanto incluido el Impuesto General a las Ventas, la misma que deberá estar vigente, por un plazo mínimo de noventa (90) días calendarios y renovable trimestralmente por el monto pendiente, hasta la amortización total del adelanto. Adelanto para materiales, el que en ningún caso, deberá superar el cuarenta por ciento (40%) del monto total del contrato. La solicitud de adelanto para materiales deberá cursarse al Supervisor adjuntándose la siguiente documentación: - Relación, por fórmula polinómica, de materiales a adquirir, con detalle del cálculo de cada monto correspondiente. Solo materiales que están en las fórmulas polinómicas. - Calendario de adquisición de materiales - Copia de la Garantía y Factura de “EL CONTRATISTA”. Los originales de la Garantía y Factura de “EL CONTRATISTA” serán presentadas directamente a la Entidad oportunamente. La garantía para este adelanto deberá emitirse con las mismas características que las indicadas para el caso de adelanto directo, por un monto igual al adelanto y tendrá una vigencia hasta la utilización a satisfacción de “EL BANCO” del material, pudiendo reducirse de manera proporcional conforme se utilice el material en obra, lo cual debe ser verificado por el Supervisor. La amortización de los adelantos se hará mediante descuentos que se efectúen a “EL CONTRATISTA”, con posterioridad a la entrega de los mismos y las diferencias que existiesen respecto a su amortización se tomarán en cuenta al momento de la liquidación del contrato.
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Samples: Contrato De Ejecución De Obra, Contract for Execution of Work
ADELANTOS. “EL BANCO” a solicitud de “EL CONTRATISTA” entregará adelantos a éste, de acuerdo a lo establecido en el artículo 39° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y los artículos 243° , 244°, 245°, 246° del Reglamento. Adelanto Directo, que podrá ser solicitado por “EL CONTRATISTA” dentro de los quince (15) días contados a partir del día siguiente de la suscripción del contrato y será entregado por “EL BANCO” dentro de los siete (7) días siguientes de recibida la solicitud y garantía correspondiente. Este adelanto no excederá del 20% del monto del contrato original y se otorgará contra presentación de una Carta Fianza, con las características de Solidaria, Incondicionada, Irrevocable y de Realización Automática y sin beneficio de excusión, por un valor igual al monto del adelanto incluido el Impuesto General a las Ventasadelanto, la misma que deberá estar vigente, por un plazo mínimo de noventa (90) días calendarios y renovable trimestralmente por el monto pendiente, hasta la amortización total del adelanto. Adelanto para materiales, el que en ningún caso, deberá superar el cuarenta por ciento (40%) del monto total del contrato. La solicitud de adelanto para materiales deberá cursarse al Supervisor adjuntándose la siguiente documentación: - Relación, por fórmula polinómica, de materiales a adquirir, con detalle del cálculo de cada monto correspondiente. Solo materiales que están en las fórmulas polinómicas. - Calendario de adquisición de materiales - Copia de la Garantía y Factura de “EL CONTRATISTA”. Los originales de la Garantía y Factura de “EL CONTRATISTA” serán presentadas directamente a la Entidad oportunamente. La garantía para este adelanto deberá emitirse con las mismas características que las indicadas para el caso de adelanto directo, por un monto igual al adelanto y tendrá una vigencia hasta la utilización a satisfacción de “EL BANCO” del material, pudiendo reducirse de manera proporcional conforme se utilice el material en obra, lo cual debe ser verificado por el Supervisor. La amortización de los adelantos se hará mediante descuentos que se efectúen a “EL CONTRATISTA”, con posterioridad a la entrega de los mismos y las diferencias que existiesen respecto a su amortización se tomarán en cuenta al momento de la liquidación del contrato.
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Samples: Contract for Execution of Work
ADELANTOS. “EL BANCO” La Aseguradora se obliga, sin perjuicio de las demás disposiciones de estas Condiciones Generales, a solicitud adelantar al Asegurado el importe de “EL CONTRATISTA” entregará adelantos a éstecada alquiler y/o cargo vencido y no pagado, descontando el deducible que deberá abonar el Asegurado y observando el límite máximo de responsabilidad, fijado en estas Condiciones Generales y expresado en la póliza, de acuerdo a lo establecido con los siguientes criterios:
a) El primer adelanto se hará en el artículo 39° del Texto Único Ordenado plazo máximo de 30 (treinta) días a partir de la Ley fecha de Contrataciones y Adquisiciones la presentación de la intimación de pago de los alquileres.
b) Los demás adelantos se harán sucesivamente, respetándose el orden de los vencimientos del Estado y pago de los alquileres.
13.1. La Aseguradora, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 243° anteriores, 244°suspenderá la concesión de adelantos o tendrá el derecho de recuperar del Asegurado los adelantos efectuados, 245°siempre que:
a) no sean atendidas posibles instrucciones, 246° para proseguir las actuaciones judiciales;
b) queden las referidas actuaciones paralizadas por más de 30 (treinta) días, en virtud de omisión del ReglamentoAsegurado en la práctica de acto que le corresponda adoptar en el curso de la acción judicial;
c) no se cumplan las determinaciones judiciales para proseguir regularmente la acción judicial.
13.2. Adelanto Directo, que La concesión de adelantos no significa ni podrá ser solicitado por “EL CONTRATISTA” dentro de los quince (15) días contados a partir del día siguiente invocada como reconocimiento formal o implícito de la suscripción del contrato y será entregado por “EL BANCO” dentro existencia de los siete (7) días siguientes de recibida la solicitud y garantía correspondientecobertura. Este adelanto no excederá del 20% del monto del contrato original y El Asegurado se otorgará contra presentación de una Carta Fianza, con las características de Solidaria, Incondicionada, Irrevocable y de Realización Automática y sin beneficio de excusión, por un valor igual al monto del adelanto incluido el Impuesto General obliga a las Ventas, la misma que deberá estar vigente, por un plazo mínimo de noventa (90) días calendarios y renovable trimestralmente por el monto pendiente, hasta la amortización total del adelanto. Adelanto para materiales, el que en ningún caso, deberá superar el cuarenta por ciento (40%) del monto total del contrato. La solicitud de adelanto para materiales deberá cursarse al Supervisor adjuntándose la siguiente documentación: - Relación, por fórmula polinómica, de materiales a adquirir, con detalle del cálculo de cada monto correspondiente. Solo materiales que están en las fórmulas polinómicas. - Calendario de adquisición de materiales - Copia de la Garantía y Factura de “EL CONTRATISTA”. Los originales de la Garantía y Factura de “EL CONTRATISTA” serán presentadas directamente devolver a la Entidad oportunamenteAseguradora cualquier adelanto realizado si, posteriormente, se verificara la falta de cobertura del siniestro.
13.3. La garantía para este adelanto deberá emitirse con las mismas características El Asegurado se obliga a devolver inmediatamente a la Aseguradora, una vez determinada la indemnización, cualquier exceso que las indicadas para el le haya sido pagado a título de adelanto.
13.4. El Asegurado se obliga a devolver inmediatamente a la Aseguradora toda suma de dinero por los alquileres y demás rubros que perciba del arrendatario y que hubiera sido indemnizada por la Aseguradora.
13.5. El Asegurado se obliga a devolver a la Aseguradora, en caso de adelanto directolas acciones de reforma de plazo o clausura del desalojo, toda suma tarifada establecida por un monto igual al adelanto los artículos 51 y tendrá una vigencia hasta la utilización a satisfacción de “EL BANCO” 52 del material, pudiendo reducirse de manera proporcional conforme se utilice el material en obra, lo cual debe ser verificado por el Supervisor. La amortización de los adelantos se hará mediante descuentos que se efectúen a “EL CONTRATISTA”, con posterioridad a la entrega de los mismos Decreto - Ley N° 14.219 y las diferencias que existiesen respecto a su amortización se tomarán en cuenta al momento de la liquidación del contratomodificativas.
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Samples: Seguro De Fianza De Alquiler
ADELANTOS. “CORPAC S.A. podrá otorgar adelantos directos a EL BANCO” CONTRATISTA, los que por ningún concepto excederán en conjunto el veinte por ciento (20%) del monto total del Contrato. CORPAC S.A. entregará el adelanto directo, a solicitud de “EL CONTRATISTA” entregará adelantos a éste, de acuerdo a lo establecido en el artículo 39° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y los artículos 243° , 244°, 245°, 246° del Reglamento. Adelanto Directo, que podrá ser solicitado por “EL CONTRATISTA” dentro de los quince (15) días contados a partir del día siguiente de la suscripción del contrato y será entregado por “EL BANCO” dentro de los siete (7) días siguientes de recibida la solicitud y garantía correspondiente. Este adelanto no excederá del 20% del monto del contrato original y se otorgará contra presentación entrega de una Carta FianzaFianza o Póliza de Caución emitida por cualquier empresa que esté dentro del ámbito de supervisión de la Superintendencia de Banca y Seguros, con teniendo las características de Solidariasiguientes características: solidaria, Incondicionadaincondicional, Irrevocable irrevocable y de Realización Automática y sin beneficio de excusiónrealización automática al solo requerimiento xx XXXXXX S.A., por un valor igual al el monto del adelanto incluido el Impuesto General a las Ventasque solicita, la misma que deberá estar vigente, vigente por un plazo mínimo de noventa tres (9003) días calendarios meses y renovable trimestralmente por el monto pendientependiente de amortizar, hasta la amortización total del adelantoadelanto o por el periodo comprendido hasta la liquidación. Adelanto para materialesAsimismo, el CORPAC S.A. podrá otorgar adelantos por materiales o insumos puestos a disposición del objeto del contrato, adelantos que en ningún caso, deberá conjunto no podrán superar el cuarenta por ciento (40%) del monto total del contrato. La , para cuyo efecto, es requisito acompañar a la solicitud el cronograma valorizado de adelanto para materiales deberá cursarse al Supervisor adjuntándose la siguiente documentación: - Relación, por fórmula polinómica, de materiales a adquirir, con detalle del cálculo de cada monto correspondiente. Solo materiales que están en las fórmulas polinómicas. - Calendario obra y el calendario de adquisición de materiales - Copia materiales. Este adelanto será garantizado por Carta Fianza o Póliza de Caución emitida por cualquier empresa que esté dentro del ámbito de supervisión de la Garantía Superintendencia de Banca y Factura Seguros, teniendo las siguientes características: solidaria, incondicional, irrevocable y de “EL CONTRATISTA”. Los originales de la Garantía y Factura de “EL CONTRATISTA” serán presentadas directamente a la Entidad oportunamente. La garantía para este adelanto deberá emitirse con las mismas características que las indicadas para el caso de adelanto directorealización automática al solo requerimiento xx XXXXXX S.A., por un el monto igual al adelanto y tendrá una vigencia que solicita, la misma que estará vigente hasta la entrega o utilización a satisfacción xx XXXXXX S.A de “EL BANCO” del materiallos materiales, pudiendo reducirse de manera proporcional conforme se utilice cumpla con dicha entrega. EL CONTRATISTA tendrá un plazo perentorio de Quince (15) días calendario, contados a partir de la suscripción del presente Contrato para solicitar el material adelanto directo, acompañando la Carta Fianza respectiva, y CORPAC S.A tendrá un plazo de siete (7) días calendario, contados a partir de la presentación de la solicitud, para cancelar dicho adelanto. En caso que EL CONTRATISTA no solicite el adelanto directo dentro del plazo perentorio, la fecha del plazo de ejecución de LA OBRA regirá a partir del día siguiente en obra, lo cual debe ser verificado por el Supervisor. La amortización de los adelantos se hará mediante descuentos que se efectúen a “EL CONTRATISTA”, con posterioridad a la entrega de cumplan las condiciones establecidas en los mismos y las diferencias que existiesen respecto a su amortización se tomarán en cuenta al momento cinco primeros incisos de la liquidación cláusula cuarta del presente contrato.
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Samples: Adjudicación Directa Pública
ADELANTOS. “EL BANCO” 18.01) La Entidad entregará los siguientes adelantos: Directos al contratista, los que en ningún caso excederán en conjunto del veinte por cien (20%) del monto del contrato original. Para materiales, insumos a solicitud de “EL CONTRATISTA” entregará adelantos a éste, de acuerdo a lo establecido utilizarse en el artículo 39° objeto de contrato, los que en conjunto no deberán superar el cuarenta por cien (40%) del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones monto del Estado y los artículos 243° , 244°, 245°, 246° del Reglamento. Adelanto Directo, que podrá ser solicitado por “EL CONTRATISTA” contrato original.
18.02) El Contratista dentro de los quince (15) días contados a partir del día siguiente de la suscripción del contrato y será entregado por “EL BANCO” contrato, podrá solicitar formalmente la entrega del adelanto adjuntando a su solicitud la garantía correspondiente, debiendo la Entidad entregar el monto solicitado dentro de los siete (7) días siguientes contados a partir del día siguiente de recibida la solicitud y garantía correspondiente. Este En el caso que la Entidad entregara parcialmente el adelanto no excederá del 20% del monto del contrato original y directo, se otorgará contra presentación de una Carta Fianza, con las características de Solidaria, Incondicionada, Irrevocable y de Realización Automática y sin beneficio de excusión, por un valor igual al monto del adelanto incluido considerará que la condición establecida en el Impuesto General a las Ventas, la misma que deberá estar vigente, por un plazo mínimo de noventa (90) días calendarios y renovable trimestralmente por el monto pendiente, hasta la amortización total del adelanto. Adelanto para materiales, el que en ningún caso, deberá superar el cuarenta por ciento (40%inciso 5) del monto total Artículo 240º del contrato. La solicitud Reglamento se dará por cumplida con la entrega del primer desembolso.
18.03) Las solicitudes de adelanto otorgamiento de adelantos para materiales deberá cursarse o insumos, deberán ser realizadas con la anticipación debida, y siempre que se haya dado inicio al Supervisor adjuntándose la siguiente documentación: - Relaciónplazo de ejecución contractual, por fórmula polinómica, de materiales a adquirir, en concordancia con detalle del cálculo de cada monto correspondiente. Solo materiales que están en las fórmulas polinómicas. - Calendario el calendario de adquisición de materiales - Copia e insumos presentado por el contratista. No procederá el otorgamiento del adelanto de materiales o insumos en los casos en que las solicitudes correspondientes sean realizadas con posterioridad a las fechas señaladas en el calendario de adquisición de materiales. Para el otorgamiento del adelanto para materiales o insumos se deberá tener en cuenta lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 011-79-VC y sus modificatorias, ampliatorias y complementarias.
18.04) La amortización del adelanto directo se hará mediante descuentos proporcionales en cada una de las valorizaciones de obra. La amortización del adelanto para materiales e insumos se realizará de acuerdo a lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 011-79-VC y sus modificatorias, ampliatorias y complementarias. Cualquier diferencia que se produzca respecto de la Garantía y Factura de “EL CONTRATISTA”. Los originales de la Garantía y Factura de “EL CONTRATISTA” serán presentadas directamente a la Entidad oportunamente. La garantía para este adelanto deberá emitirse con las mismas características que las indicadas para el caso de adelanto directo, por un monto igual al adelanto y tendrá una vigencia hasta la utilización a satisfacción de “EL BANCO” del material, pudiendo reducirse de manera proporcional conforme se utilice el material en obra, lo cual debe ser verificado por el Supervisor. La amortización de los adelantos se hará mediante descuentos que se efectúen a “EL CONTRATISTA”, con posterioridad a la entrega de los mismos y las diferencias que existiesen respecto a su amortización se tomarán tomará en cuenta al momento de efectuar el pago siguiente que le corresponda al contratista y/o en la liquidación liquidación.
18.05) La entrega del adelanto directo se hará de acuerdo a lo previsto en el artículo 240° inciso 5) del Reglamento. El plazo máximo para la cancelación que solicite el contratista deberán ser cumplidas dentro de los quince (15) días contados a partir del día siguiente de la suscripción del contrato
18.06) Así mismo, si la Entidad no cumple con lo dispuesto en los incisos precedentes por causas imputables a ésta, en los quince (15) días siguientes al vencimiento del plazo previsto anteriormente, el contratista tendrá derecho al resarcimiento de daños y perjuicios por un monto equivalente al cinco por mil (5/1000) del monto del contrato por día y hasta por un tope de setenta y cinco por mil (75/1000) de dicho monto contractual. Vencido el plazo indicado, el contratista podrá además solicitar la resolución del contrato por incumplimiento de la Entidad.
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Samples: Adjudicación Directa Selectiva