Common use of ADJUDICACIÓN PROVISIONAL Y DEFINITIVA DEL CONTRATO Clause in Contracts

ADJUDICACIÓN PROVISIONAL Y DEFINITIVA DEL CONTRATO. 7.4.1.-El órgano de contratación adjudicará provisionalmente el contrato al licitador que haya presentado la oferta que resulte económicamente más ventajosa sin que pueda declarar desierta la licitación cuando exista alguna proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el pliego. La adjudicación provisional se notificará a los licitadores y se publicará en un diario oficial o en el perfil de contratante del órgano de contratación. Los licitadores podrán solicitar y el órgano de contratación habrá de facilitar en el plazo máximo de cinco días hábiles información sobre los motivos del rechazo de la proposición y sobre las características de la proposición del adjudicatario provisional que hayan sido determinantes de la adjudicación a su favor. La elevación a definitiva de la adjudicación provisional no podrá producirse antes de que transcurran quince días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que se publique aquélla en un diario oficial o en el perfil de contratante del órgano de contratación. Durante este plazo, el adjudicatario deberá presentar la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar, así como la garantía definitiva exigida en su caso. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. Asimismo, en el citado plazo, si el adjudicatario provisional fuera una unión temporal de empresas, deberá aportar escritura pública de constitución de la unión temporal, debidamente inscrita en el Registro correspondiente. 7.4.3.-La adjudicación provisional deberá elevarse a definitiva dentro de los diez días hábiles siguientes a aquél en que expire el plazo señalado en el apartado anterior, siempre que el adjudicatario provisional haya presentado la documentación señalada y constituido la garantía definitiva, exigida, salvo que se haya interpuesto un recurso especial en material de contratación contra la adjudicación provisional, en cuyo caso no podrá ésta elevarse a definitiva hasta la resolución expresa de aquel. Este mismo procedimiento podrá seguirse para continuar la ejecución de un contrato ya iniciado que haya sido declarado resuelto, siempre que su cuantía sea inferior al umbral comunitario. La adjudicación definitiva se publicará en función de su cuantía, en los términos previstos en el art. 138 de la LCSP.

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Samples: www.aguilardelafrontera.es

ADJUDICACIÓN PROVISIONAL Y DEFINITIVA DEL CONTRATO. 7.4.1.-El órgano El Órgano de contratación adjudicará Contratación, recibida la documentación de la Mesa de Contratación y evacuados los informes técnicos correspondientes, dictará alternativamente, resolución motivada adjudicando provisionalmente el contrato al licitador que haya presentado a www. diputacionavila . es 8 la oferta que resulte económicamente proposición con precio más ventajosa sin bajo, que pueda declarar desierta ser cumplida a satisfacción de la licitación cuando exista alguna proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el pliegoAdministración. La adjudicación provisional se notificará provisional, una vez acordada, será notificada a los licitadores participantes en la licitación y se publicará publicada en un diario oficial el perfil del contratante de la Diputación (xxx.xxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx) o en el perfil de contratante del órgano de contrataciónBOP. Los licitadores podrán solicitar y el órgano de contratación habrá de facilitar en el plazo máximo de cinco días hábiles información sobre los motivos del rechazo de la proposición y sobre las características de la proposición del adjudicatario provisional que hayan sido determinantes Antes de la adjudicación a su favor. La elevación a definitiva y dentro del plazo de la adjudicación provisional no podrá producirse antes de que transcurran quince días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que se publique aquélla en un diario oficial o la publicación de la adjudicación en el perfil del contratante de contratante del órgano la Diputación, el adjudicatario propuesto deberá presentar por originales o copias compulsadas la siguiente documentación: - Certificación positiva de contrataciónestar al corriente de obligaciones tributarias. Durante este - Certificación positiva acreditativa de estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social. Quedarán dispensadas de su aportación las empresas que figuren inscritas en el Registro Provincial de Licitadores, con constancia de estos datos. En igual plazo, el adjudicatario provisional deberá presentar la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar, así como constituir la garantía definitiva exigida en su caso. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. Asimismo, la cuantía y forma indicadas en el citado plazo, si el adjudicatario provisional fuera una unión temporal de empresas, deberá aportar escritura pública de constitución de la unión temporal, debidamente inscrita en el Registro correspondiente. 7.4.3.-La cláusula XII La adjudicación provisional deberá elevarse a se elevará definitiva dentro de los diez días hábiles siguientes a aquél aquel en que expire el plazo señalado en el apartado anterior, párrafo anterior siempre que el adjudicatario provisional haya presentado la documentación señalada y constituido la garantía definitiva. Si el adjudicatario propuesto no presenta la documentación señalada o no constituye la garantía definitiva en el plazo establecido, exigidapor causas a él imputables, salvo que se haya interpuesto un recurso especial en material de contratación contra la Administración declarará decaída la adjudicación provisional, en cuyo caso no podrá ésta elevarse provisional a definitiva hasta la resolución expresa su favor siendo de aquel. Este mismo procedimiento podrá seguirse para continuar la ejecución de un contrato ya iniciado que haya sido declarado resuelto, siempre que su cuantía sea inferior al umbral comunitario. La adjudicación definitiva se publicará en función de su cuantía, en los términos previstos aplicación lo dispuesto en el art. 138 art.135.5 de la LCSP.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares

ADJUDICACIÓN PROVISIONAL Y DEFINITIVA DEL CONTRATO. 7.4.1.-El El órgano de contratación clasificará las ofertas presentadas, por orden decreciente, atendiendo a los criterios a que hace referencia el artículo anterior, a cuyo efecto podrá solicitar cuantos informes técnicos estime pertinentes, y adjudicará provisionalmente el contrato al licitador que haya presentado la oferta que resulte económicamente más ventajosa. La adjudicación al licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa sin no procederá cuando el órgano de contratación presuma fundadamente que la proposición no pueda declarar desierta ser cumplida como consecuencia de la licitación inclusión en la misma de valores anormales o desproporcionados. Se considerará que una oferta es anormal o desproporcionada cuando exista alguna proposición los valores que sea admisible le correspondan por aplicación de acuerdo con los criterios de adjudicación recogidos en la Cláusula anterior resulten un [PORCENTAJE PARA REPUTAR ANORMAL O DESPROPORCIONADA] % inferior o superior a la media de las demás. Cuando se identifique una oferta anormal o desproporcionada, deberá darse audiencia al licitador que figuran la haya presentado para que justifique la misma y seguirse el procedimiento previsto en el pliegoartículo 136 de la LEY DE CONTRATOS DEL SECTOR PÚBLICO. La adjudicación provisional se notificará acordará por el órgano de contratación en resolución motivada que deberá notificarse a los licitadores y se publicará en un diario oficial o publicarse en el perfil de contratante del órgano de contratación. Los licitadores podrán solicitar La adjudicación provisional concretará y el órgano de contratación habrá de facilitar en el plazo máximo de cinco días hábiles información sobre fijará los motivos términos definitivos del rechazo de la proposición y sobre las características de la proposición del adjudicatario provisional que hayan sido determinantes de la adjudicación a su favorcontrato. La elevación a definitiva de la adjudicación provisional no podrá producirse antes de que transcurran quince días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que se publique aquélla en un diario oficial o en el perfil de contratante del órgano de contratación. Durante este plazo, el adjudicatario deberá presentar la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratarcontratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato, así como constituir la garantía definitiva exigida en su casodefinitiva. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. Asimismo, en el citado plazo, si el adjudicatario provisional fuera una unión temporal de empresas, deberá aportar escritura pública de constitución de la unión temporal, debidamente inscrita en el Registro correspondiente. 7.4.3.-La La adjudicación provisional deberá elevarse a definitiva dentro de los diez días hábiles siguientes a aquél en que expire el plazo señalado en el apartado anteriorpárrafo anterior de esta Cláusula, siempre que el adjudicatario provisional haya presentado la documentación señalada y constituido la garantía definitiva, exigida, salvo que se haya interpuesto un recurso especial en material de contratación contra . Cuando no proceda la adjudicación provisionaldefinitiva del contrato al licitador que hubiese resultado adjudicatario provisional por no cumplir éste las condiciones necesarias para ello, antes de proceder a una nueva convocatoria la Administración podrá efectuar una nueva adjudicación provisional al licitador o licitadores siguientes a aquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso no podrá ésta elevarse se concederá a definitiva hasta la resolución expresa de aquel. Este mismo procedimiento podrá seguirse éste un plazo xx xxxx días hábiles para continuar la ejecución de un contrato ya iniciado que haya sido declarado resuelto, siempre que su cuantía sea inferior al umbral comunitario. La adjudicación definitiva se publicará en función de su cuantía, en los términos previstos cumplimentar lo señalado en el art. 138 párrafo quinto de la LCSPesta Cláusula.

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Samples: Contrato De Colaboración Entre El Sector Público Y El Sector Privado Para La Prestación De Servicios

ADJUDICACIÓN PROVISIONAL Y DEFINITIVA DEL CONTRATO. 7.4.1.-El El órgano de contratación clasificará las ofertas presentadas, por orden decreciente, atendiendo a los criterios a que hace referencia el artículo anterior, a cuyo efecto podrá solicitar cuantos informes técnicos estime pertinentes, y adjudicará provisionalmente el contrato al licitador que haya presentado la oferta que resulte económicamente más ventajosa sin que pueda declarar desierta la licitación cuando exista alguna proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran en el pliegoventajosa. La adjudicación provisional se notificará acordará por el órgano de contratación en resolución motivada que será notificada a los licitadores y se publicará en un diario oficial o publicada en el perfil de contratante del órgano de contratación. Los licitadores podrán solicitar La adjudicación provisional concretará y el órgano de contratación habrá de facilitar en el plazo máximo de cinco días hábiles información sobre fijará los motivos términos definitivos del rechazo de la proposición y sobre las características de la proposición del adjudicatario provisional que hayan sido determinantes de la adjudicación a su favorcontrato. La elevación a definitiva de la adjudicación provisional no podrá producirse antes de que transcurran quince días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que se publique aquélla en un diario oficial o en el perfil de contratante del órgano de contratación. Durante este plazo, el adjudicatario deberá presentar la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratarcontratar o de la efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato, así como constituir la garantía definitiva exigida en su casodefinitiva. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. Asimismo, en el citado plazo, si el adjudicatario provisional fuera una unión temporal de empresas, deberá aportar escritura pública de constitución de la unión temporal, debidamente inscrita en el Registro correspondiente. 7.4.3.-La La adjudicación provisional deberá elevarse a definitiva dentro de los diez días hábiles siguientes a aquél en que expire el plazo señalado en el apartado anteriorpárrafo anterior de esta Cláusula, siempre que el adjudicatario provisional haya presentado la documentación señalada y constituido la garantía definitiva, exigida, salvo que se haya interpuesto un recurso especial en material de contratación contra . Cuando no proceda la adjudicación provisionaldefinitiva del contrato al licitador que hubiese resultado adjudicatario provisional por no cumplir éste las condiciones necesarias para ello, antes de proceder a una nueva convocatoria el Ayuntamiento podrá, a su libre albedrío, efectuar una nueva adjudicación provisional al licitador o licitadores siguientes a aquél, por el orden en que hayan quedado clasificadas sus ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso no podrá ésta elevarse se concederá a definitiva hasta la resolución expresa de aquel. Este mismo procedimiento podrá seguirse éste un plazo xx xxxx días hábiles para continuar la ejecución de un contrato ya iniciado que haya sido declarado resuelto, siempre que su cuantía sea inferior al umbral comunitario. La adjudicación definitiva se publicará en función de su cuantía, en los términos previstos cumplimentar lo señalado en el art. 138 párrafo quinto de la LCSPesta Cláusula.

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Samples: Contrato De Colaboración Entre El Sector Público Y El Sector Privado Para La Prestación De Servicios Energéticos en Las Instalaciones De Alumbrado Exterior

ADJUDICACIÓN PROVISIONAL Y DEFINITIVA DEL CONTRATO. 7.4.1.-El órgano El Órgano de contratación adjudicará Contratación, recibida la documentación de la Mesa de Contratación y evacuados los informes técnicos correspondientes, dictará alternativamente, resolución motivada adjudicando provisionalmente el contrato al licitador que haya presentado a la oferta que resulte proposición considerada económicamente más ventajosa sin (siendo el único criterio de selección el precio más bajo), que pueda declarar desierta ser cumplida a satisfacción de la Administración. La adjudicación provisional una vez acordada será notificada a los participantes en la licitación cuando exista alguna proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran y publicada en el pliegoperfil del contratante de la Diputación. Antes de la adjudicación definitiva y dentro del plazo de quince días hábiles contados desde la publicación de la adjudicación provisional en el perfil del contratante de la Diputación, el adjudicatario propuesto deberá presentar-por originales o copias compulsadas- la siguiente documentación: -Certificación positiva de estar al corriente de obligaciones tributarias. -Certificación positiva acreditativa de estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social. Quedarán dispensadas de su aportación las empresas que figuren inscritas en el Registro Provincial de Licitadores, con constancia de estos datos. En igual plazo, el adjudicatario provisional deberá constituir la garantía definitiva en la cuantía y forma indicadas en la cláusula 14. La adjudicación provisional se notificará a los licitadores y se publicará en un diario oficial o en el perfil de contratante del órgano de contratación. Los licitadores podrán solicitar y el órgano de contratación habrá de facilitar en el plazo máximo de cinco días hábiles información sobre los motivos del rechazo de la proposición y sobre las características de la proposición del adjudicatario provisional que hayan sido determinantes de la adjudicación a su favor. La elevación a definitiva de la adjudicación provisional no podrá producirse antes de que transcurran quince días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que se publique aquélla en un diario oficial o en el perfil de contratante del órgano de contratación. Durante este plazo, el adjudicatario deberá presentar la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar, así como la garantía definitiva exigida en su caso. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. Asimismo, en el citado plazo, si el adjudicatario provisional fuera una unión temporal de empresas, deberá aportar escritura pública de constitución de la unión temporal, debidamente inscrita en el Registro correspondiente. 7.4.3.-La adjudicación provisional deberá elevarse elevará a definitiva dentro de los diez días hábiles siguientes a aquél aquel en que expire el plazo señalado en el apartado anterior, párrafo anterior siempre que el adjudicatario provisional haya presentado la documentación señalada y constituido la garantía definitiva. Si el adjudicatario propuesto no presenta la documentación señalada o no constituye la garantía definitiva en el plazo establecido, exigidapor causas a él www. diputacionavila . es 11 imputables, salvo que se haya interpuesto un recurso especial en material de contratación contra la administración declarará decaída la adjudicación provisional, en cuyo caso no podrá ésta elevarse provisional a definitiva hasta la resolución expresa su favor siendo de aquel. Este mismo procedimiento podrá seguirse para continuar la ejecución de un contrato ya iniciado que haya sido declarado resuelto, siempre que su cuantía sea inferior al umbral comunitario. La adjudicación definitiva se publicará en función de su cuantía, en los términos previstos aplicación lo dispuesto en el art. 138 135.5 de la LCSP.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Regirá La Adjudicación, Mediante Procedimiento Abierto, Criterio De Selección Unico, Tramitación Ordinaria, Del Contrato De Obras

ADJUDICACIÓN PROVISIONAL Y DEFINITIVA DEL CONTRATO. 7.4.1.-El órgano El Órgano de contratación adjudicará Contratación, recibida la documentación de la Mesa de Contratación y evacuados los informes técnicos correspondientes, dictará alternativamente, resolución motivada adjudicando provisionalmente el contrato al licitador que haya presentado a la oferta que resulte proposición considerada económicamente más ventajosa sin (siendo el único criterio de selección el precio más bajo), que pueda declarar desierta ser cumplida a satisfacción de la Administración. La adjudicación provisional una vez acordada será notificada a los participantes en la licitación cuando exista alguna proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran y publicada en el pliegoperfil del contratante de la Diputación. Antes de la adjudicación definitiva y dentro del plazo de quince días hábiles contados desde la publicación de la adjudicación provisional en el perfil del contratante de la Diputación, el adjudicatario propuesto deberá presentar-por originales o copias compulsadas- la siguiente documentación: -Certificación positiva de estar al corriente de obligaciones tributarias. -Certificación positiva acreditativa de estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social. Quedarán dispensadas de su aportación las empresas que figuren inscritas en el Registro Provincial de Licitadores, con constancia de estos datos. En igual plazo, el adjudicatario provisional deberá constituir la garantía definitiva en la cuantía y forma indicadas en la cláusula 14. La adjudicación provisional se notificará a los licitadores y se publicará en un diario oficial o en el perfil de contratante del órgano de contratación. Los licitadores podrán solicitar y el órgano de contratación habrá de facilitar en el plazo máximo de cinco días hábiles información sobre los motivos del rechazo de la proposición y sobre las características de la proposición del adjudicatario provisional que hayan sido determinantes de la adjudicación a su favor. La elevación a definitiva de la adjudicación provisional no podrá producirse antes de que transcurran quince días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que se publique aquélla en un diario oficial o en el perfil de contratante del órgano de contratación. Durante este plazo, el adjudicatario deberá presentar la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar, así como la garantía definitiva exigida en su caso. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. Asimismo, en el citado plazo, si el adjudicatario provisional fuera una unión temporal de empresas, deberá aportar escritura pública de constitución de la unión temporal, debidamente inscrita en el Registro correspondiente. 7.4.3.-La adjudicación provisional deberá elevarse elevará a definitiva dentro de los diez días hábiles siguientes a aquél aquel en que expire el plazo señalado en el apartado anterior, párrafo anterior siempre que el adjudicatario provisional haya presentado la documentación señalada y constituido la garantía definitiva. www. diputacionavila . es Si el adjudicatario propuesto no presenta la documentación señalada o no constituye la garantía definitiva en el plazo establecido, exigidapor causas a él imputables, salvo que se haya interpuesto un recurso especial en material de contratación contra la administración declarará decaída la adjudicación provisional, en cuyo caso no podrá ésta elevarse provisional a definitiva hasta la resolución expresa su favor siendo de aquel. Este mismo procedimiento podrá seguirse para continuar la ejecución de un contrato ya iniciado que haya sido declarado resuelto, siempre que su cuantía sea inferior al umbral comunitario. La adjudicación definitiva se publicará en función de su cuantía, en los términos previstos aplicación lo dispuesto en el art. 138 135.5 de la LCSP.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Regirá La Adjudicación, Mediante Procedimiento Abierto, Criterio De Selección Unico, Tramitación Ordinaria, Del Contrato De Obras

ADJUDICACIÓN PROVISIONAL Y DEFINITIVA DEL CONTRATO. 7.4.1.-El El órgano de contratación adjudicará provisionalmente el contrato al licitador que haya presentado presente la oferta que resulte económicamente más ventajosa sin que pueda declarar desierta ventajosa, tras la licitación cuando exista alguna proposición que sea admisible negociación acerca de acuerdo con los criterios que figuran aspectos indicados en el pliego. La adjudicación apartado 8 del anexo I. El adjudicatario provisional se notificará a los licitadores y se publicará en un diario oficial o en el perfil de contratante del órgano de contratación. Los licitadores podrán solicitar y deberá acreditar ante el órgano de contratación habrá de facilitar hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, a cuyo efecto se le otorgará un plazo máximo de cinco días hábiles información sobre los motivos del rechazo de la proposición y sobre las características de la proposición del adjudicatario provisional que hayan sido determinantes de la adjudicación a su favor. La elevación a definitiva de la adjudicación provisional no podrá producirse antes de que transcurran quince días hábiles hábiles, contados desde el siguiente a aquél en que se publique aquélla en un diario oficial o notifique la adjudicación provisional. Las agrupaciones y uniones temporales de empresas deberán acreditar la constitución de la misma y el alta en el perfil impuesto sobre Actividades Económicas sin perjuicio de contratante del órgano la tributación que corresponda a las empresas integrantes de contrataciónla misma. Durante este plazo, En el adjudicatario deberá presentar la documentación justificativa caso de hallarse al corriente profesionales colegiados que no estén afiliados y en alta en el cumplimiento régimen correspondiente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social en virtud de lo dispuesto en la Resolución de 23 de febrero de 1996 (BOE de 7 xx xxxxx) , de la Dirección General de Ordenación Jurídica y cualesquiera otros documentos acreditativos Entidades Colaboradoras de la Seguridad Social del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, por la que se dictan instrucciones en orden a la aplicación de las previsiones en materia de Seguridad Social contenidas en la Disposición adicional decimoquinta y en la Disposición transitoria quinta, 3 de la Ley 30/1995, de 8 de noviembre, de Ordenación y supervisión de los seguros privados, aquéllos deberán aportar una certificación de la respectiva Mutualidad de Previsión Social del Colegio Profesional correspondiente, acreditativa de su aptitud para contratarpertenencia a la misma de acuerdo con la citada Resolución. La presentación de dicha certificación no exonera al interesado de justificar las restantes obligaciones que se señalan en el presente pliego cuando tenga trabajadores a su cargo, así como la garantía definitiva exigida debiendo, en su caso. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicoscaso contrario, informáticos o telemáticosjustificar dicha circunstancia mediante declaración responsable. Asimismo, en el citado plazo, si el adjudicatario provisional fuera una unión temporal plazo de empresas, deberá aportar escritura pública quince días hábiles se presentará la documentación acreditativa de la constitución de la unión temporalgarantía definitiva y, debidamente inscrita en el Registro correspondientesu caso, la documentación acreditativa de la efectiva disposición de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato. 7.4.3.-La adjudicación provisional deberá elevarse a definitiva Una vez presentada la documentación señalada y constituida la garantía definitiva, dentro de los diez días hábiles siguientes a aquél en que expire el la finalización del plazo señalado en el apartado anterior, siempre que el adjudicatario para la presentación de los citados documentos la adjudicación provisional haya presentado la documentación señalada y constituido la garantía se elevará a definitiva, exigidasin perjuicio de la eventual revisión de aquélla en vía de recurso especial, salvo si 10 procede. Adjudicado definitivamente el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se haya interpuesto un recurso especial interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados. Si éstos no retiran su documentación en material de contratación contra los tres meses siguientes a la fecha en que se les notifique la adjudicación definitiva, la convocante no estará obligada a seguirla custodiando, a excepción de los documentos justificativos de la garantía provisional, en cuyo caso no podrá ésta elevarse que se conservarán para su entrega a definitiva hasta la resolución expresa de aquel. Este mismo procedimiento podrá seguirse para continuar la ejecución de un contrato ya iniciado que haya sido declarado resuelto, siempre que su cuantía sea inferior al umbral comunitario. La adjudicación definitiva se publicará en función de su cuantía, en los términos previstos en el art. 138 de la LCSPinteresados.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Suministro

ADJUDICACIÓN PROVISIONAL Y DEFINITIVA DEL CONTRATO. 7.4.1.-El órgano El Órgano de contratación adjudicará Contratación, recibida la documentación de la Mesa de Contratación y evacuados los informes técnicos correspondientes, dictará alternativamente, resolución motivada adjudicando provisionalmente el contrato al licitador que haya presentado a la oferta que resulte económicamente más ventajosa sin ventajosa, que pueda declarar desierta ser cumplida a satisfacción de la Administración de cada uno de los lotes. La adjudicación provisional de cada uno de los lotes, una vez acordada, será notificada a los participantes en la licitación cuando exista alguna proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuran y publicada en el pliegoperfil del contratante de la Diputación. Antes de la adjudicación definitiva y dentro del plazo de quince días hábiles contados desde la publicación de la adjudicación provisional en el perfil del contratante de la Diputación, el adjudicatario propuesto deberá presentar-por originales o copias compulsadas- la siguiente documentación: -Certificación positiva de estar al corriente de obligaciones tributarias. -Certificación positiva acreditativa de estar al corriente en las obligaciones con la Seguridad Social. Quedarán dispensadas de su aportación las empresas que figuren inscritas en el Registro Provincial de Licitadores, con constancia de estos datos. En igual plazo, el adjudicatario provisional deberá constituir la garantía definitiva en la cuantía y forma indicadas en la cláusula 15. La adjudicación provisional se notificará a los licitadores y se publicará en un diario oficial o en el perfil de contratante del órgano de contratación. Los licitadores podrán solicitar y el órgano de contratación habrá de facilitar en el plazo máximo de cinco días hábiles información sobre los motivos del rechazo de la proposición y sobre las características de la proposición del adjudicatario provisional que hayan sido determinantes de la adjudicación a su favor. La elevación a definitiva de la adjudicación provisional no podrá producirse antes de que transcurran quince días hábiles contados desde el siguiente a aquél en que se publique aquélla en un diario oficial o en el perfil de contratante del órgano de contratación. Durante este plazo, el adjudicatario deberá presentar la documentación justificativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y cualesquiera otros documentos acreditativos de su aptitud para contratar, así como la garantía definitiva exigida en su caso. Los correspondientes certificados podrán ser expedidos por medios electrónicos, informáticos o telemáticos. Asimismo, en el citado plazo, si el adjudicatario provisional fuera una unión temporal de empresas, deberá aportar escritura pública de constitución de la unión temporal, debidamente inscrita en el Registro correspondiente. 7.4.3.-La adjudicación provisional deberá elevarse elevará a definitiva dentro de los diez días hábiles siguientes a aquél aquel en que expire el plazo señalado en el apartado anterior, párrafo anterior siempre que el adjudicatario provisional haya presentado la documentación señalada y constituido la garantía definitiva. Si el adjudicatario propuesto no presenta la documentación señalada o no constituye la garantía definitiva en el plazo establecido, exigidapor causas a él imputables, salvo que se haya interpuesto un recurso especial en material de contratación contra la administración declarará decaída la adjudicación provisional, en cuyo caso no podrá ésta elevarse provisional a definitiva hasta la resolución expresa su favor siendo de aquel. Este mismo procedimiento podrá seguirse para continuar la ejecución de un contrato ya iniciado que haya sido declarado resuelto, siempre que su cuantía sea inferior al umbral comunitario. La adjudicación definitiva se publicará en función de su cuantía, en los términos previstos aplicación lo dispuesto en el art. 138 135.5 de la LCSP.. www. diputacionavila . es 12

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Regirá La Adjudicación Mediante Procedimiento Abierto, Varios Criterios De Selección De La Oferta Económicamente Más Ventajosa Y Tramitación Ordinaria Del Contrato Mixto De Suministro, Obras (Instalación) Y Servicios De 5 Sistemas Automatizados Para Combustión De Biomasa, Definición De Necesidades