ADMISIÓN DE PRÓRROGA DEL CONTRATO Cláusulas de Ejemplo

ADMISIÓN DE PRÓRROGA DEL CONTRATO. ✘ NO SÍ Condiciones en las que la prórroga se llevará a cabo (plazo, preaviso, etc.):
ADMISIÓN DE PRÓRROGA DEL CONTRATO. Sí. Condiciones en las que la prórroga se llevará a cabo (plazo, preaviso, etc.): Se admite la posibilidad de prórroga del contrato de acuerdo con lo previsto en el artículo 303 de la LCSP. El preaviso de la prórroga se deberá realizar con una antelación mínima de dos meses antes de la fecha de finalización del contrato
ADMISIÓN DE PRÓRROGA DEL CONTRATO. Arts. 23.2 y 290 TRLCSP
ADMISIÓN DE PRÓRROGA DEL CONTRATO. NO SÍ Condiciones en las que la prórroga se llevará a cabo (plazo, preaviso, etc.): se podrá prorrogar de año en año hasta un máximo de dos. El preaviso será como mínimo de dos meses antes de la finalización del contrato.
ADMISIÓN DE PRÓRROGA DEL CONTRATO. NO SÍ Condiciones en las que se llevará a cabo la prórroga: Establecida una duración de 2 años, por las temporadas de baño de 2019 y 2020, habiendo finalizado la temporada de servicio 2020, y siempre que se disponga de un informe favorable de la coordinadora municipal de playas, se podrá prorrogar anualmente, hasta un máximo de dos anualidades más. Se realizará de acuerdo a lo establecido en el artículo 29 de la la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público (en adelante LCSP 9/2017). La duración del contrato, incluidas las prórrogas no podrán exceder de cuatro años.
ADMISIÓN DE PRÓRROGA DEL CONTRATO. (Condiciones en las que la prórroga se llevará a cabo (plazo, preaviso, etc.)
ADMISIÓN DE PRÓRROGA DEL CONTRATO. Arts. 23.2 y 266 LCSP NO SÍ Condiciones en las que la prórroga se llevará a cabo (plazo, preaviso, etc.): Se podrá prorrogar por periodos anuales, hasta un máximo de un año, mediante acuerdo de las partes antes de su finalización
ADMISIÓN DE PRÓRROGA DEL CONTRATO. NO SÍ Condiciones en las que la prórroga se llevará a cabo (plazo, preaviso, etc.): El contrato podrá prorrogarse por un máximo de 24 meses de mutuo acuerdo entre el IMEB y el contratista. El acuerdo de la prórroga deberá tener lugar con una antelación de tres (3) meses a la finalización del contrato.
ADMISIÓN DE PRÓRROGA DEL CONTRATO. NO SÍ Condiciones en las que la prórroga se llevará a cabo (plazo, preaviso, etc.): Las partes, de mutuo acuerdo, podrán prorrogarlo por un periodo máximo de dos (2) años.
ADMISIÓN DE PRÓRROGA DEL CONTRATO. NO ✘ SÍ Condiciones en las que la prórroga se llevará a cabo (plazo, preaviso, etc.): El contrato inicial podrá prorrogarse de mutuo acuerdo entre las partes antes de su finalización, con una antelación mínima de tres (3) meses antes de la finalización del contrato inicial, cuya ejecución será al comprendida entre el día 1 de octubre de 2016 o primer día hábil posterior a la firma del contrato, hasta el día 31 xx xxxx de 2017, ambos incluidos.