ANALISIS DE LAS OFERTAS Cláusulas de Ejemplo

ANALISIS DE LAS OFERTAS. La ejecución de las obras objeto de la presente licitación se adjudicará al licitante cuya oferta, presentada de acuerdo con la invitación a licitación, los documentos de licitación y particularmente con lo establecido en el numeral 3.5 de este Pliego de Instrucciones, sea la más ventajosa para el Gobierno, considerando además del precio indicado en la oferta, los ajustes necesarios para corregir errores aritméticos. La adjudicación se hará al licitador que cumpliendo las condiciones de participación, incluyendo su solvencia e identidad para ejecutar el contrato presente la oferta de precios más bajo o se considera la más económica o ventajosa y por ello mejor calificación. Para facilitar la evaluación y la comparación de las Ofertas, el Contratante tendrá la facultad de solicitar a cualquier Oferente que aclare su Oferta; la solicitud de aclaración y la respuesta correspondiente deberán efectuarse por escrito. Antes de proceder a la evaluación detallada de las Ofertas, el Contratante determinará si cada una de ellas:
ANALISIS DE LAS OFERTAS. 4.1 ASPECTOS LEGALES De conformidad con el análisis legal de las ofertas presentadas se determinó lo siguiente: La oferta N° 1: cumple legalmente con lo solicitado en el cartel La oferta N° 2: No cumple legalmente en cuanto a los siguientes aspectos: No cumple con lo establecido en el apartado 1.3 Especificaciones Técnicas del cartel, el cual← establecía que se requiere que todas las líneas, así como sus respectivos componentes, sean de la misma marca y fabricante, exceptuando la línea 17. Por lo anterior, el oferente cotiza la marca HP para las líneas de la 1 a la 11 y la 18; y marca Cisco para las líneas 12 a la 16. Cabe indicar, que en fase de recepción de ofertas, la empresa Componentes el Orbe S.A. había presentado recurso de objeción al cartel ante la Contraloría General de la República, aduciendo respecto a este punto que la Administración procuraba una solución con un solo fabricante, lo cual vendría en perjuicio de limitar su participación en el proceso licitatorio en cuestión. Sin embargo, el ente contralor, mediante Resolución R-DCA-417-2016 de fecha 00 xx xxxx xx 2016, rechazó de plano el recurso de objeción interpuesto por la empresa Componentes el Orbe S.A. dejando válida la cláusula citada del cartel. Por lo anterior, y con conocimiento de la empresa, se tenía claro que todas las líneas de la Licitación a excepción de la línea 17, la cual si debía de ser marca Cisco, tenían que ser de la misma marca. Así las cosas, la oferta N°2 no cumple con el punto indicado. No presenta declaración jurada garantizando que cuenta con un taller y un almacén local de partes de los equipos arrendados, así como técnicos especializados en la marca ofrecida, durante el período de arrendamiento de los equipos, para estar en capacidad de responder de acuerdo con los tiempos previstos. Si bien es cierto las declaraciones juradas podrían ser subsanadas de conformidad con lo establecido en el artículo 81 inciso a) del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, no se procede al mismo por economía procedimental ya que existen incumplimientos trascendentes. La declaración jurada de que tendrá a disposición del Ministerio la cantidad de técnicos← especialistas en telecomunicaciones que ofrezca y que se encuentren en planilla, no cumple con lo solicitado; pues aunque la declaración presentada indica que mantiene personal de soporte técnico actualizado y certificado por el fabricante de los equipos, no da fe que sean especialistas en telecomunicaciones y que estén...

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  • Finiquito Sin perjuicio de lo establecido en la Cláusula 23.5, a más tardar seis (6) Meses después de la terminación del presente Contrato por cualquier motivo, o en caso que la CNH rescinda el Contrato, las Partes deberán suscribir un finiquito en el cual se harán constar los saldos en favor y en contra respecto de las Contraprestaciones devengadas hasta la fecha de terminación o rescisión del Contrato. Cuando las Partes no lleguen a un acuerdo sobre lo anterior, podrán dirimir sus diferencias en términos de la Cláusula 26.5. En caso de ser necesario, el finiquito considerará los ajustes o transacciones que se pacten para finalizar las controversias que se hayan presentado durante la vigencia del Contrato.

  • OBJETO Y ALCANCE DE LA LICITACIÓN 1. Descripción y cantidad de los servicios a contratar.

  • Alojamiento El complemento salarial del alojamiento, regulado por el artículo 39ª del presente Convenio para los trabajadores/as a los que corresponda se fija en 51,18 euros mensuales.

  • NULIDAD DEL CONTRATO Será causa de nulidad de pleno derecho del presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” se encuentre en el supuesto señalado en la declaración 2.6.

  • REQUISITOS MÍNIMOS 4.11.1.1 Oferta técnica: Formulario de Oferta, que comprenderá: La Carta de Presentación y Compromiso (Formulario No.1) y la Tabla de descripción de rubros, unidades, cantidades y precios establecidos en el Formulario de Oferta (Formulario No.2.). • Cotizar todos y cada uno de los rubros señalados en el Formulario No.2 de los Pliegos. • No podrá variar las cantidades y unidades establecidas. • Los precios no deberán incluir el Impuesto al Valor Agregado IVA, y serán los vigentes 30 días antes de la fecha de presentación de la oferta. • Completar los Datos del oferente, en caso de ser persona jurídica, consorcio o asociación deben anexar obligatoriamente el certificado de cumplimiento de obligaciones emitido por la Superintendencia de Compañías, copia del RUC y RUP, copia del nombramiento del representante legal, cédula de identidad y certificado de votación actualizado. (Formulario No.3) • Realizar los análisis de precios unitarios de cada uno de los rubros (Formulario No.4). • Presentar los documentos que acrediten la situación financiera (Formularios No. 5). • Indicar la lista de equipo asignado al proyecto, con la respectiva matrícula actualizada de al menos el equipo mínimo requerido (Formulario No.6). • Elaborar la lista de personal técnico propuesto para el proyecto, adjuntando Hoja de Vida, con las certificaciones sobre experiencia en trabajos similares y copia de títulos profesionales (Formularios Nos. 7 y 8). • Detallar los trabajos similares ejecutados por el Oferente en los últimos (número de años) (la entidad debe determinar de acuerdo con la realidad nacional y el objeto del contrato) (Formularios No. 9). • Indicar el cronograma valorado de trabajos (Formulario No. 10). • Desarrollar la metodología de construcción (Formulario No.11). • Información de accionistas de personas jurídicas (Resolución INCOP No.37-09, Formulario No.12). NOTA: De acuerdo a lo dispuesto en la resolución XXXXX Xx. 000-00 de 5 xx xxxxx de 2009, para efectos de la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública, las entidades contratantes únicamente verificarán la habilitación en el Registro Único de Proveedores RUP, que será suficiente para demostrar que el proveedor no consta en el Registro de contratistas Incumplidos y Adjudicatarios Fallidos. Concepto Día Hora Concepto Día Hora

  • LUGAR DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista tendrá como sede la ciudad de Bogotá D.C.,

  • RENUNCIA O DESISTIMIENTO Corresponde al órgano de contratación, por razones de interés público debidamente justificadas, renunciar a celebrar un contrato antes de la adjudicación provisional. También podrá desistir de la adjudicación antes de la adjudicación provisional cuando se aprecie una infracción no subsanable de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del procedimiento de adjudicación.

  • Comité Intercentros Al amparo de lo establecido en el artículo 63.3 del Estatuto de los Trabajadores, en aquellas empresas que empleen a más de 100 trabajadores y en las que exista una dispersión de centros en diversas provincias, se constituirá un Comité Intercentros como órgano de representación colegiado, para servir de resolución de todas aquellas materias que, excediendo de las competencias propias de los Comités de Centro o Delegados de Personal, por ser cuestiones que afectan a varios centros de una misma empresa, deban ser tratados con carácter general. Al Comité Intercentros le será de aplicación lo dispuesto en el artículo 65 del Estatuto de los Trabajadores. El número máximo de componentes del Comité Intercentros será de 13. Sus miembros serán designados de entre los componentes de los distintos Comités de Centro o Delegados de Personal y en la constitución del Comité se guardará la proporcionalidad de los sindicatos, según los resultados electorales de la empresa. La designación del miembro del Comité Intercentros se realizará por los sindicatos mediante comunicación dirigida a la Empresa. La composición del Comité Intercentros se comunicará al SMAC, publicándose en los tablones de anuncios. cve: BOE-A-2016-2621 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx El Comité Intercentros asume las competencias previstas en los artículos 40, 41, 64 y 82 del Estatuto de los Trabajadores para los Comités y sus decisiones en las materias de su competencia serán vinculantes para la totalidad de los trabajadores de la empresa, con independencia de que resulte de aplicación este convenio interprovincial y los de determinadas provincias de acuerdo con lo previsto en el artículo 2 de esta norma convencional.

  • DERECHOS DEL CONCESIONARIO Los concesionarios tendrán los siguientes derechos:

  • Contrato de servicios Son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro. A efectos de aplicación de esta Ley, los contratos de servicios se dividen en las categorías enumeradas en el Anexo II.