ANÁLISIS Y COMPARACIÓN DE LAS OFERTAS Cláusulas de Ejemplo

ANÁLISIS Y COMPARACIÓN DE LAS OFERTAS. Una vez cumplidos los aspectos formales, el Comitente Público aplicará los siguientes criterios al momento de comparar las ofertas: Se requiere como requisito “pasa-no pasa” el cumplimiento de lo siguiente:1) los oferentes deberán acreditar haber construido al menos tres proyectos de similar naturaleza a los del presente llamado, considerándose como de similar naturaleza aquellos en los que se haya empleado sistemas de cerramientos livianos de calidad y prestaciones equivalentes a los proyectados, es decir: locales construidos mediante estructura liviana estandarizada, cerramientos de dos caras vistas con excelente terminación, dotados en su espesor de aislación humídica y térmica en caso de estar expuestos a la intemperie, que tengan perfectamente incorporadas instalaciones eléctrica y sanitaria, y aberturas perfectamente colocadas. También se deberá demostrar el uso de perfilería metálica como estructura y losetas de hormigón prefabricado de montaje en seco en la obra. Los antecedentes mencionados deberán estar claramente detallados en la oferta, e incluirán información que permita corroborar el cumplimiento de los requisitos antes mencionados2) Asimismo, se requiere como requisito “pasa-no pasa” el cumplimiento del plazo de ejecución
ANÁLISIS Y COMPARACIÓN DE LAS OFERTAS. El Comité Evaluador analizará y comparará todas las ofertas que cumplan las condiciones exigidas y que por lo tanto no hayan sido descartadas, de acuerdo con lo establecido en el presente documento de términos de referencia. Se procederá a la comparación de las propuestas, con el propósito de seleccionar el proponente más favorable para la entidad, teniendo en cuenta todos los criterios de evaluación estipulados en el presente documento de términos de referencia. El ofrecimiento más favorable es aquél que, teniendo en cuenta los factores de escogencia indicados en el presente capítulo, obtenga el mayor puntaje. Para hallar el puntaje total se sumarán los puntajes de las evaluaciones técnica y económica resultantes. Previamente a realizar la evaluación técnica y económica, se deberá realizar el análisis de los documentos jurídicos solicitados, los cuales no asignan puntaje pero conducen a determinar si el oferente es hábil o no para realizar la evaluación técnica y económica de su propuesta. El Comité Evaluador hará un informe indicando un orden de elegibilidad de las propuestas con destino al Director de la Unidad. Previamente a la adjudicación, el informe de evaluación de las propuestas permanecerá en la Secretaría General de la UPME y en la página Web de la Unidad, por el término indicado en el cronograma del proceso, para que los proponentes conozcan los resultados y presente las observaciones que estimen pertinentes en el plazo que se indique, plazo en el cual no se podrá completar, adicionar o mejorar las propuestas. Las observaciones debidamente radicadas dentro del término previsto, serán resueltas y según sus resultados se adjudicará. El Director General mediante Resolución motivada, adjudicará el contrato al proponente favorecido teniendo en cuenta la Recomendación del Comité Evaluador, o declarará desierto el concurso, de lo cual se comunicará a todos los proponentes. En el evento de que dos o más oferentes obtengan igual puntaje después de sumar las calificaciones obtenidas en los deferentes criterios de evaluación, se aplicarán las siguientes reglas para derimir un empate en el primer lugar:
ANÁLISIS Y COMPARACIÓN DE LAS OFERTAS. La UPME analizará y comparará las ofertas que cumplan las condiciones exigidas y que por lo tanto no hayan sido descartadas, de acuerdo con lo establecido en el presente documento. Se procederá a la comparación de las ofertas, con el propósito de seleccionar el proponente más favorable para la entidad, teniendo en cuenta todos los criterios de evaluación estipulados en el presente documento. El ofrecimiento más favorable es aquél que, teniendo en cuenta los factores de escogencia indicados en el presente capítulo, obtenga el mayor puntaje. Para hallar el puntaje total se sumarán los puntajes de las evaluaciones técnica y económica resultantes.
ANÁLISIS Y COMPARACIÓN DE LAS OFERTAS. 17 12 ADJUDICACIÓN………………………………………………………………………….20
ANÁLISIS Y COMPARACIÓN DE LAS OFERTAS. Una vez cumplidos los aspectos formales, el Comitente Público aplicará los siguientes criterios al momento de comparar las ofertas: - Selección de mensajes: La propuesta deberá presentar una selección de mensajes que estructurarán el guión y que pongan en valor la vida y la obra literaria de Xxxxxxx Xxxxxxx, debiendo conjugar ambos tópicos. Tendrá una puntuación máxima de 15 puntos. - Pertinencia: Los mensajes deberán adaptarse a los distintos públicos usuarios del Museo, exhibiendoopciones para al menos, dos tipos de público. Deberá contemplar el desarrollo en idioma español y portugués. Tendrá una puntuación máxima de 5 puntos. - Utilización de Tecnología: La propuesta deberá comprender la utilización de soportes tecnológicos modernos y de acuerdo a las tendencias. Las herramientas utilizadas deberán permitir el acercamiento al relato desde una perspectiva nueva, comprensible y entretenida, sin perder de vista el mensaje, además de generar la participación del visitante, por lo tanto, deberá presentar claramente cómo se logrará dicha interacción en cada sala. La propuesta deberá contemplar soportes tecnológicos que no se encuentren instalados en el Corredor Pájaros Pintados. Tendrá una puntuación máxima de 25 puntos. - Planteo del relato: La propuesta deberá organizar el relato, distribuyéndolo en las salas disponibles para la intervención, creando un circuito ameno, ordenado y con interconexión entre ellas. Tendrá una puntuación máxima de 10 puntos. - Integración de los elementos existentes: La propuesta interpretativa deberá integrarlos elementos existentes de la Muestra de manera coherente y atractiva. Tendrá una puntuación máxima de 10 puntos. - Formación: Se requiere perfiles técnicos y experticia en algunas de las siguientes disciplinas: planificación y gestión turística, museología,gestión cultural, industrias creativas, patrimonio cultural y natural, diseño, producción y montaje, interpretación, programación, con al menos 3 años de formación. Tendrá una puntuación máxima de 10 puntos. - Experiencia en proyectos similares: Deberá contar con el antecedente de haber realizado al menos 2 proyectos similares. Tendrá una puntuación máxima de 10 puntos. - Plan y Cronograma de trabajo Viabilidad técnica de la ejecución y montaje. Coherencia en los plazos establecidos de acuerdo a la propuesta y al presupuesto definido. Tendrá una puntuación máxima de 5 puntos. -Durabilidad de los materiales propuestos. Deberá incluir la reposición de elementos o repuesto...

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  • Obligaciones laborales, sociales y medioambientales Durante la ejecución del contrato, el contratista ha de cumplir las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que vinculen al Estado y en particular las establecidas en el Anexo V de la LCSP, así como al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas con discapacidad y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, Real Decreto 171/2004, de 30 enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de dicha Ley en materia de coordinación de actividades empresariales, en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como las que se promulguen durante la ejecución del contrato. Los licitadores podrán obtener información sobre las obligaciones relativas a las condiciones sobre protección y condiciones de trabajo vigentes en la Comunidad de Madrid para la ejecución del contrato en: Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo, xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx, 7 plantas 2ª y 6ª, 28008 - Madrid, teléfonos 000 00 00 00 y 00 000 00 00, fax 00 000 00 00. Podrán obtener asimismo información general sobre las obligaciones relativas a la protección del medio ambiente vigentes en la Comunidad de Madrid en la Guía General de Aspectos Ambientales publicada en el apartado de Información General del Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid (xxxx://xxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxxxxxxx). En el modelo de proposición económica que figura como anexo I.1 al presente pliego se hará manifestación expresa de que se han tenido en cuenta en sus ofertas tales obligaciones. El contratista deberá respetar las condiciones laborales previstas en los Convenios Colectivos sectoriales que les sean de aplicación. Igualmente, se compromete a acreditar el cumplimiento de la referida obligación ante el órgano de contratación, si es requerido para ello, en cualquier momento durante la vigencia del contrato.

  • CARACTERISTICAS DEL PUESTO Y/O CARGO Principales funciones a desarrollar:

  • Incrementos salariales I. Modelo de referencia salarial. Las organizaciones signatarias del presente Convenio Colectivo han optado, tras la experiencia de los últimos años, por referir los aumentos salariales pactados a la MSB de las empresas. Se pretende así generalizar el ámbito de obligar del presente Convenio Colectivo, facilitando la adhesión de aquellas empresas que en la actualidad se hallaran vinculadas por Convenios de su propio nivel, todo ello sin quiebra al respecto del principio de autonomía y libertad de las partes.

  • Contrato para la formación El contrato para la formación tendrá por objeto la formación teórica y práctica necesaria para el adecuado desempeño de un oficio o de un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación. Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis años y menores de veintiún años, que carezcan de la titulación o del certificado de profesionalidad requerido para realizar un contrato en prácticas. Cuando el contrato se concierte con desempleados que se incorporen como alumnos‐trabajadores a los programas públicos de empleo‐formación, tales como los de escuelas taller, casas de oficios, talleres de empleo u otros que se puedan aprobar, el límite máximo de edad será el establecido en las disposiciones que regulen el contenido de los citados programas. En el supuesto de desempleados que cursen un ciclo formativo de formación profesional de grado medio, el límite máximo de edad será de veinticuatro años. El límite máximo de edad no será de aplicación cuando el contrato se concierte con personas con discapacidad. La duración mínima del contrato será de 6 meses y la máxima de 2 años. Esta duración podrá incrementarse: hasta los tres años en el supuesto de que el trabajador no hubiese completado los ciclos educativos correspondientes a la escolaridad obligatoria, o complete la formación teórica y práctica que le permita adquirir la cualificación necesaria para el desempeño del puesto de trabajo, y hasta los cuatro años en los casos de trabajadores con discapacidad. La retribución del trabajador contratado para la formación será, durante el primer año del contrato el S.M.I. en proporción al tiempo de trabajo efectivo. Durante el segundo año del contrato, será el S.M.I con independencia del tiempo dedicado a formación teórica. El tiempo dedicado a la formación teórica será, como mínimo, del 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio, pudiendo establecerse por la empresa su distribución (alternada y/o concentrada). En el supuesto que el trabajador continuase en la empresa al término del contrato no podrá concertarse un nuevo periodo de prueba para el mismo puesto de trabajo, computándose la duración del anterior contrato a efectos de antigüedad, pasando en ese supuesto a ocupar la categoría inmediatamente superior a la suya de las determinadas convencionalmente. En los procesos selectivos del personal que vaya a ser contratado para la formación, se aplicará el criterio de prevalencia, en igualdad de condiciones, a favor de mujeres o de hombres, de tal manera que se tienda a la paridad entre ambos sexos dentro del mismo grupo profesional.

  • Licencias no retribuidas Se autorizarán licencias no retribuidas de hasta dos meses dentro del año natural en los casos de adopción en el extranjero, sometimiento a técnicas de reproducción asistida, hospitalización prolongada del cónyuge o parientes de primer grado del empleado o acompañamiento en la asistencia médica de familiares (primer grado) con enfermedad crónica o discapacidades graves.

  • Unidad 1 107.40 156 41105334 Marcadores cuantitativos de ácido desoxirribonucleico (ADN) TGLA 227. Marcador Molecular (Microsatélite) Bovinos para estudio de diversidad genética.

  • SUSPENSIÓN TEMPORAL Cuando en el periodo de prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, la Convocante bajo su responsabilidad, podrá suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente entregados. En cualquier caso, la suspensión deberá constar por escrito, señalando el plazo de la suspensión, a cuyo término podrá iniciarse la terminación anticipada del instrumento jurídico, lo que se notificará al licitante adjudicado.

  • Presupuesto referencial Monto del objeto de contratación determinado por la Entidad Contratante al inicio de un proceso precontractual.

  • LICITADORES 14.1. Conforme al art. 54 del TRLCSP, podrán contratar con este Ayuntamiento las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que, tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar del artículo 60, de dicho cuerpo legal, y acrediten, en este caso, la clasificación administrativa o, en su caso, la solvencia económica y financiera y la técnica o profesional.

  • Garantía limitada El Vendedor garantiza por el período de un año contado desde la fecha de entrega por el Vendedor (o, para el caso de los sellos de gas Typo 28, desde los 12 meses contados desde la instalación o 24 meses contados desde la entrega, lo que ocurra primero) que sus productos se encuentran libres de defectos en los materiales utilizados o en su fabricación. El Vendedor, a su exclusiva opción, durante el plazo de garantía reparará o reemplazará libre de costo alguno cualquier producto que el Vendedor determinara que es defectuoso. A tal fin, el producto deberá ser devuelto a la dirección que indique el Vendedor, siendo los costos de transporte a cargo del Vendedor. No se aceptarán devoluciones sin el previo consentimiento por escrito del Vendedor. La anterior es la única garantía del Vendedor y el único remedio disponible para el Comprador y reemplaza cualquier otra GARANTIA O REPRESENTACION, EXPRESA O IMPLICITA, LAS QUE QUEDAN POR LA PRESENTE EXCLUIDAS, INCLUYENDO EN TAL EXCLUSION A LAS GARANTIAS DE UTILIZACION PARA UN FIN DETERMINADO. SIN PERJUICIO DE LO ANTERIOR, EN NINGUN CASO SERA RESPONSABLE EL VENDEDOR POR LUCRO CESANTE NI POR DAÑOS INDIRECTOS, REMOTOS O PUNITIVOS NI POR NINGUN OTRO TIPO DE DAÑOS, NI TAMPOCO SERA RESPONSABLE POR DEFECTOS DE DISEÑO O INGENIERIA, SEA PROPIA O DE TERCEROS, NI POR NINGUNA SUMA QUE SUPERE EL PRECIO NETO DE VENTA DEL VENDEDOR PARA EL PRODUCTO EN CUESTION, SEA QUE DICHAS SUMAS EN EXCESO SE RECLAMEN POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, EN CONCEPTO DE GARANTIA, INDEMNIZACION POR NEGLIGENCIA O POR RESPONSABILIDAD OBJETIVA O POR CUALQUIER OTRA CAUSA.