Ofrecimiento más favorable Cláusulas de Ejemplo

Ofrecimiento más favorable. La Entidad Estatal debe determinar la oferta más favorable teniendo en cuenta las normas aplicables a cada modalidad de selección del contratista. En la licitación y la selección abreviada de menor cuantía, la Entidad Estatal debe determinar la oferta más favorable teniendo en cuenta: (a) la ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes o fórmulas; o (b) la ponderación de los elementos de calidad y precio que representen la mejor relación de costo-beneficio, Si la Entidad Estatal decide determinar la oferta de acuerdo con el literal (b) anterior debe señalar en los pliegos de condiciones:
Ofrecimiento más favorable. El ofrecimiento más favorable se obtendrá de sumar el puntaje obtenido de acuerdo con los factores de precio y calidad, el cual se aplicará siempre y cuando la propuesta cumpla con los requisitos habilitantes y calidades de participación, así como los requerimientos técnicos contemplados en el Anexo xxx Xxxxxx de Condiciones, así: El ofrecimiento más favorable se obtendrá de sumar el puntaje obtenido de acuerdo con los factores de precio y calidad, así:
Ofrecimiento más favorable. La Empresa debe determinar la oferta más favorable teniendo en cuenta la relación costo – beneficio, los factores técnicos y económicos de escogencia y la ponderación precisa y detallada de los mismos contenida en los pliegos de condiciones o sus equivalentes.
Ofrecimiento más favorable. La Entidad Estatal debe determinar la oferta más favorable teniendo en cuenta las normas aplicables a cada modalidad de selección del contratista. En la licitación y la selección abreviada de menor cuantía, la Entidad Estatal debe determinar la oferta más favorable teniendo en cuenta: (a) la ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes o fórmulas; o (b) la ponderación de los elementos de calidad y precio que representen la mejor relación de costo-beneficio (…) Se realizará la calificación de las propuestas sobre un puntaje total de CIEN (100), de acuerdo con los siguientes criterios: P = 40 x Pm/Pi Dónde: P: Puntaje para el criterio precio Pm: Valor de la propuesta más baja Pi: Valor de la propuesta comparada
Ofrecimiento más favorable. La oferta más favorable será aquella que, teniendo en cuenta los factores técnicos y económicos de escogencia y la ponderación precisa y detallada de los mismos contenida en los pliegos de condiciones o sus equivalentes, resulte ser la más ventajosa para la entidad, sin que la favorabilidad la constituyan factores diferentes a los contenidos en dichos documentos. En los contratos de obra pública, el menor plazo ofrecido no será objeto de evaluación. La entidad efectuara las comparaciones del caso mediante el cotejo de los ofrecimientos recibidos y la consulta de precios o condiciones xxx xxxxxxx y los estudios y deducciones de la entidad o de los organismos consultores o asesores designados para ello. En la licitación pública y la selección abreviada de menor cuantía, la DNDA debe determinar la oferta más favorable teniendo en cuenta: (a) la T:\2014\E-4 Compras\E-4.11 Manual de Contración y Procedimientos\1 Vs8 MANUAL CONTRAT Y PROCED 2014\OK Manual Contratacion DNDA Vs 4 Ene 2-14.docx ponderación de los elementos de calidad y precio soportados en puntajes o fórmulas; o (b) la ponderación de los elementos de calidad y precio que representen la mejor relación de costo-beneficio; si la DNDA, decide determinar la oferta de acuerdo con el literal (b) anterior debe señalar en los pliegos de condiciones:
Ofrecimiento más favorable. La selección objetiva en la cual se sustenta la escogencia de las propuestas más favorable para los fines y cometidos establecidos para la Alcaldía de Alpujarra Tolima, teniendo en cuenta las normas aplicables a cada modalidad de selección del contratista, sin tener en consideración factores de afecto o de interés y, en general, cualquier clase de motivación subjetiva. Por consiguiente los factores de escogencia y calificación que se establezcan en los pliegos de condiciones, tendrán en cuenta los siguientes criterios:
Ofrecimiento más favorable. Se entiende por el ofrecimiento más favorable, el que mayor puntaje obtenga de acuerdo con el factor de precio.
Ofrecimiento más favorable la Empresa debe

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  • Garantía limitada El Vendedor garantiza por el período de un año contado desde la fecha de entrega por el Vendedor (o, para el caso de los sellos de gas Typo 28, desde los 12 meses contados desde la instalación o 24 meses contados desde la entrega, lo que ocurra primero) que sus productos se encuentran libres de defectos en los materiales utilizados o en su fabricación. El Vendedor, a su exclusiva opción, durante el plazo de garantía reparará o reemplazará libre de costo alguno cualquier producto que el Vendedor determinara que es defectuoso. A tal fin, el producto deberá ser devuelto a la dirección que indique el Vendedor, siendo los costos de transporte a cargo del Vendedor. No se aceptarán devoluciones sin el previo consentimiento por escrito del Vendedor. La anterior es la única garantía del Vendedor y el único remedio disponible para el Comprador y reemplaza cualquier otra GARANTIA O REPRESENTACION, EXPRESA O IMPLICITA, LAS QUE QUEDAN POR LA PRESENTE EXCLUIDAS, INCLUYENDO EN TAL EXCLUSION A LAS GARANTIAS DE UTILIZACION PARA UN FIN DETERMINADO. SIN PERJUICIO DE LO ANTERIOR, EN NINGUN CASO SERA RESPONSABLE EL VENDEDOR POR LUCRO CESANTE NI POR DAÑOS INDIRECTOS, REMOTOS O PUNITIVOS NI POR NINGUN OTRO TIPO DE DAÑOS, NI TAMPOCO SERA RESPONSABLE POR DEFECTOS DE DISEÑO O INGENIERIA, SEA PROPIA O DE TERCEROS, NI POR NINGUNA SUMA QUE SUPERE EL PRECIO NETO DE VENTA DEL VENDEDOR PARA EL PRODUCTO EN CUESTION, SEA QUE DICHAS SUMAS EN EXCESO SE RECLAMEN POR INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO, EN CONCEPTO DE GARANTIA, INDEMNIZACION POR NEGLIGENCIA O POR RESPONSABILIDAD OBJETIVA O POR CUALQUIER OTRA CAUSA.