Common use of APODERADOS Clause in Contracts

APODERADOS. El proponente podrá presentar propuestas directamente o a través de apoderado, evento en el cual deberá anexar el poder otorgado en legal y debida forma, en el que se confiera al apoderado, de manera clara y expresa, facultades amplias y suficientes para actuar, obligar y responsabilizar al proponente en el trámite del presente proceso y en la suscripción del contrato. El poder otorgado deberá cumplir con los requisitos exigidos en el Código General del Proceso para la constitución de apoderados (artículos 74 y s.s.), así como con los aspectos referidos a la autenticación. El apoderado podrá ser una persona natural o jurídica, pero en todo caso deberá tener domicilio permanente, para efectos de este proceso, en la República de Colombia, y deberá estar facultado para representar al proponente, a efectos de adelantar en su nombre de manera específica las siguientes actividades: (i) Formular propuesta para el proceso de selección de que tratan estos Términos de Referencia; (ii) Dar respuesta a los requerimientos y aclaraciones que solicite la CONTRATANTE en el curso del presente proceso; (iii) Recibir las notificaciones a que haya lugar; (iv) Suscribir el contrato en nombre y representación del adjudicatario. El poder que otorguen las personas naturales o jurídicas extranjeras deberá cumplir igualmente con los requisitos exigidos en el Código General del Proceso para la constitución de apoderados (artículo 74) y en caso de otorgarse en el país del domicilio de la persona extranjera, deberá cumplir con los requisitos de autenticación y legalización de documentos expedidos por la autoridad competente en el extranjero o de apostille, según el caso. El poder aportado en caso de ser un poder general otorgado mediante escritura pública deberá tener una vigencia de tres (3) meses. En caso de tener una vigencia superior, deberá presentar la ratificación del poder. Dicha ratificación deberá haber sido expedida dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección. El proponente, su representante legal o su apoderado, según corresponda, no podrán encontrarse reportados en el Sistema de Administración del Riesgo xx Xxxxxx de Activos y de la Financiación del Terrorismo – SARLAFT. En consecuencia, con la presentación de la propuesta se entenderá otorgada la autorización para realizar esta verificación. El proponente deberá diligenciar y presentar con la propuesta el formulario SARFLAFT exigido por el Consorcio Unidad de Tierras 2020, el cual corresponde al Anexo 6.

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Samples: Invitación Pública

APODERADOS. El proponente podrá Los Proponentes podrán presentar propuestas Ofertas directamente o a través por intermedio de apoderado, evento en el cual deberá deberán anexar el poder otorgado en legal y debida forma, en el que se confiera al apoderado, de manera clara y expresa, facultades amplias y suficientes para actuar, obligar y responsabilizar al proponente a todos y cada uno de los integrantes en el trámite del presente proceso y en la suscripción del contrato. El poder otorgado deberá cumplir con los requisitos exigidos en el Código General del Proceso para la constitución de apoderados (artículos 74 y s.s.), así como con los aspectos referidos a la autenticaciónContrato. El apoderado podrá ser una persona natural o jurídica, pero en todo caso deberá tener domicilio permanente, para efectos de este proceso, en la República de Colombia, y deberá estar facultado para representar conjuntamente al proponenteProponente y a todos los integrantes de la Estructura plural, a efectos de adelantar en su nombre de manera específica las siguientes actividades: (i) Formular propuesta formular Oferta para el proceso de selección de que tratan estos Términos de Referenciatrata este Pliego; (ii) Dar dar respuesta a los requerimientos y aclaraciones que solicite la CONTRATANTE LA UNIVERSIDAD en el curso del presente proceso; (iii) Recibir recibir las notificaciones a que haya lugarlugar dentro del proceso, incluyendo la del acto administrativo de Adjudicación; (iv) Suscribir el contrato en nombre y representación del adjudicatarioAdjudicatario el Contrato. El En caso de no allegar el poder conferido legalmente en las condiciones exigidas en el presente pliego de condiciones o que otorguen las personas naturales o jurídicas extranjeras deberá éste no se encuentre suscrito por quien tenga facultades para ello según los documentos de existencia y representación de la persona jurídica, la Oferta será RECHAZADA. Los poderes otorgados deberán cumplir igualmente con los requisitos exigidos en el Código código General del Proceso para la constitución de apoderados (artículo 74) artículos 74 y 82), así como con los aspectos referidos a la autenticación, consularización o apostille y traducción, establecidos por la legislación colombiana. Las personas naturales extranjeras sin domicilio en caso Colombia, y las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, deberán constituir un apoderado domiciliado en nuestro país, debidamente facultado para presentar la Oferta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias del proceso, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el Contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de otorgarse acuerdo con la ley y éste Pliego, así como para representarla judicial o extrajudicialmente. Las personas extranjeras que participen en el país Consorcio o Unión Temporal podrán constituir un solo apoderado común y, en tal caso, bastará para todos los efectos la presentación del domicilio de la persona extranjerapoder común otorgado por todos los integrantes, deberá cumplir con los requisitos de autenticación autenticación, Consularización y/o apostille y legalización de documentos expedidos por la autoridad competente traducción exigidos en el extranjero o Código de apostilleComercio de Colombia, según el casoademás de los señalados en éste pliego. El poder aportado en caso de ser un poder general otorgado mediante escritura pública deberá tener una vigencia de tres (3) meses. En caso de tener una vigencia superior, deberá presentar la ratificación del poder. Dicha ratificación deberá haber sido expedida dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección. El proponente, su representante legal o su apoderado, según corresponda, no podrán encontrarse reportados que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el Sistema mismo acto de Administración constitución del Riesgo xx Xxxxxx de Activos y de la Financiación del Terrorismo – SARLAFT. En consecuencia, con la presentación de la propuesta se entenderá otorgada la autorización para realizar esta verificación. El proponente deberá diligenciar y presentar con la propuesta el formulario SARFLAFT exigido por el Consorcio Unidad de Tierras 2020, el cual corresponde al Anexo 6o Unión Temporal.

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Samples: Invitación Pública De Mayor Cuantía

APODERADOS. El proponente podrá Los Oferentes podrán presentar propuestas ofertas directamente o a través ser suscritas por intermedio de apoderado, evento en el cual deberá deberán anexar el poder poder, otorgado en legal y debida formaforma (artículo 5 Decreto – Ley 019 de 2012), en el que se confiera al apoderado, apoderado de manera clara y expresa, expresa facultades amplias y suficientes para actuar, obligar y responsabilizar al proponente a quien(es) representa en el trámite del presente proceso Proceso y en la suscripción del contrato. El poder otorgado deberá cumplir con los requisitos exigidos en el Código General del Proceso para la constitución de apoderados (artículos 74 y s.s.), así como con los aspectos referidos a la autenticaciónContrato. El apoderado podrá ser una persona natural o jurídica, pero jurídica que en todo caso deberá tener domicilio permanente, para efectos de este proceso, en la República de Colombia, y deberá estar facultado para representar al proponenteoferente y/o a todos los integrantes del Oferente, a efectos de adelantar en su nombre de manera específica las siguientes actividades: (i) Formular propuesta presentar oferta para el proceso Proceso de selección de Selección que tratan trata estos Términos de Referencia; (ii) Dar dar respuesta a los requerimientos y aclaraciones que solicite la CONTRATANTE Entidad en el curso del presente proceso; (iii) Recibir recibir las notificaciones a que haya lugar; lugar dentro del proceso (iv) Suscribir suscribir el contrato en nombre y representación del adjudicatarioadjudicatario así como el acta de liquidación, si a ello hubiere lugar. El poder oferente persona jurídica deberá acreditar con el certificado de existencia y representación legal, expedido por la Cámara de Comercio o autoridad competente, que otorguen las personas naturales o jurídicas extranjeras deberá cumplir igualmente está legalmente establecida en Colombia y que ha sido constituida al menos con los requisitos exigidos en el Código General del Proceso para cinco (5) años de antelación a la constitución fecha de apoderados (artículo 74) recepción y en caso apertura de otorgarse en el país del domicilio ofertas de la persona extranjerapresente invitación, deberá cumplir con los requisitos de autenticación y legalización de documentos expedidos por cuya vigencia sea superior a la autoridad competente en el extranjero o de apostille, según el caso. El poder aportado en caso de ser un poder general otorgado mediante escritura pública deberá tener una vigencia de del contrato y tres (3) mesesaños más, la fecha de expedición de este certificado no debe superar un (1) mes al momento de presentar el ofrecimiento y debe acreditarse mediante el mismo que se renovó la matricula mercantil por el año 2021. En caso Así mismo, el objeto social que conste en dicho certificado deberá estar relacionado con el objeto de la presente contratación. Las condiciones descritas en el presente numeral deben acreditarse a la fecha de recepción y apertura de las ofertas. Cuando el Representante Legal de la sociedad se halle limitado en sus facultades para contratar y comprometer a la sociedad, deberá acreditar mediante copia o extracto del Acta aprobada por la Junta de Socios o Asamblea respectiva, donde conste que ha sido facultado para presentar oferta y firmar el contrato, hasta por el valor total del mismo. Esta certificación debe cumplir los requisitos indicados en el artículo 189 del Código de Comercio. Para todos los eventos, el documento de autorización no podrá tener una vigencia superior, deberá presentar la ratificación del poder. Dicha ratificación deberá haber sido expedida dentro fecha de los expedición mayor a treinta (30) días calendario anteriores contados a partir de la fecha de cierre del recepción y apertura de ofertas de la presente proceso de seleccióninvitación. El proponente, su representante legal o su apoderado, según corresponda, no podrán encontrarse reportados en el Sistema de Administración del Riesgo xx Xxxxxx de Activos y oferente deberá allegar fotocopia de la Financiación cédula de ciudadanía del Terrorismo – SARLAFT. En consecuencia, con la presentación Representante Legal de la propuesta se entenderá otorgada la autorización para realizar esta verificación. El proponente deberá diligenciar y presentar con la propuesta el formulario SARFLAFT exigido por el Consorcio Unidad de Tierras 2020, el cual corresponde al Anexo 6persona jurídica oferente.

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Samples: www.finagro.com.co

APODERADOS. El proponente podrá Los Proponentes podrán presentar propuestas Ofertas directamente o a través por intermedio de apoderado, evento en el cual deberá deberán anexar el poder otorgado en legal y debida forma, en el que se confiera al apoderado, de manera clara y expresa, facultades amplias y suficientes para actuar, obligar y responsabilizar al proponente a todos y cada uno de los integrantes en el trámite del presente proceso y en la suscripción del contrato. El poder otorgado deberá cumplir con los requisitos exigidos en el Código General del Proceso para la constitución de apoderados (artículos 74 y s.s.), así como con los aspectos referidos a la autenticaciónContrato. El apoderado podrá ser una persona natural o jurídica, pero en todo caso deberá tener domicilio permanente, para efectos de este proceso, en la República de Colombia, y deberá estar facultado para representar conjuntamente al proponenteProponente y a todos los integrantes de la Estructura plural, a efectos de adelantar en su nombre de manera específica las siguientes actividades: (i) Formular propuesta formular Oferta para el proceso de selección que trata estos términos de que tratan estos Términos de Referenciareferencia; (ii) Dar dar respuesta a los requerimientos y aclaraciones que solicite la CONTRATANTE LA E.S.E. en el curso del presente proceso; (iii) Recibir recibir las notificaciones a que haya lugarlugar dentro del proceso, incluyendo la del acto administrativo de Adjudicación; (iv) Suscribir el contrato en nombre y representación del adjudicatarioAdjudicatario el Contrato. El En caso de no allegar el poder conferido legalmente en las condiciones exigidas en los presentes términos de referencia o que otorguen las personas naturales o jurídicas extranjeras deberá éste no se encuentre suscrito por quien tenga facultades para ello según los documentos de existencia y representación de la persona jurídica, la Oferta será RECHAZADA. Los poderes otorgados deberán cumplir igualmente con los requisitos exigidos en el Código código General del Proceso para la constitución de apoderados (artículo 74) artículos 74 y 82), así como con los aspectos referidos a la autenticación, Consularización o apostille y traducción, establecidos por la legislación colombiana. Las personas naturales extranjeras sin domicilio en caso Colombia, y las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, deberán constituir un apoderado domiciliado en nuestro país, debidamente facultado para presentar la Oferta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias del proceso, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el Contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de otorgarse acuerdo con la ley y los presentes términos de referencia., así como para representarla judicial o extrajudicialmente. Las personas extranjeras que participen en el país Consorcio o Unión Temporal podrán constituir un solo apoderado común y, en tal caso, bastará para todos los efectos la presentación del domicilio de la persona extranjerapoder común otorgado por todos los integrantes, deberá cumplir con los requisitos de autenticación autenticación, Consularización y/o apostille y legalización de documentos expedidos por la autoridad competente traducción exigidos en el extranjero o Código de apostilleComercio de Colombia, según el casoademás de los señalados en los presentes términos de referencia. El poder aportado en caso de ser un poder general otorgado mediante escritura pública deberá tener una vigencia de tres (3) meses. En caso de tener una vigencia superior, deberá presentar la ratificación del poder. Dicha ratificación deberá haber sido expedida dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección. El proponente, su representante legal o su apoderado, según corresponda, no podrán encontrarse reportados que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el Sistema mismo acto de Administración constitución del Riesgo xx Xxxxxx de Activos y de la Financiación del Terrorismo – SARLAFT. En consecuencia, con la presentación de la propuesta se entenderá otorgada la autorización para realizar esta verificación. El proponente deberá diligenciar y presentar con la propuesta el formulario SARFLAFT exigido por el Consorcio Unidad de Tierras 2020, el cual corresponde al Anexo 6o Unión Temporal.

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Samples: Carta De Cupo Credito

APODERADOS. El proponente Proponente podrá presentar propuestas su Propuesta directamente o a través de apoderado, evento en el cual deberá anexar el poder otorgado en legal y debida forma, en el que se confiera al apoderado, de manera clara y expresa, facultades amplias y suficientes para actuar, obligar y responsabilizar al proponente Proponente en el trámite del presente proceso y en la suscripción del contratoContrato requerido, de ser el caso. El poder otorgado deberá cumplir con los requisitos exigidos en el Código General del Proceso para la constitución de apoderados (artículos 74 normatividad vigente y s.s.), así como con en los aspectos referidos a la autenticaciónpresentes TCC. El apoderado podrá ser una persona natural o jurídica, pero en . En todo caso el apoderado deberá tener domicilio permanente, para efectos de este proceso, permanente en la República de Colombia, Colombia y deberá estar facultado para representar al proponente, a efectos de adelantar y actuar en su nombre del Proponente de manera específica para las siguientes actividades: (i) Formular propuesta para presentar la Propuesta en el proceso de selección de que tratan estos Términos de ReferenciaTCC; (ii) Dar dar respuesta a los requerimientos y aclaraciones que solicite la CONTRATANTE el FFIE en el curso del de la presente procesoinvitación; (iii) Recibir recibir las notificaciones a que haya lugar; (iv) Suscribir suscribir, al concluir el contrato proceso de invitación, el Contrato respectivo. En el evento en nombre que el Proponente pretenda actuar por medio de apoderado, podrá consultar y representación utilizar el Formato No.7. Las personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia y las personas jurídicas extranjeras sin domicilio en Colombia, deberán otorgar poder a una persona natural o jurídica domiciliada en nuestro país, mediante el cual se le otorgue las facultades para presentar la Propuesta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias de la invitación, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el Contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con la ley y éstos TCC, así como para representarla judicial y extrajudicialmente. Las personas extranjeras que participen como miembros de un Proponente plural (consorcio o unión temporal o cualquier otra forma asociativa) podrán constituir un único apoderado común y, en tal caso, bastará para todos los efectos la presentación del adjudicatariopoder común otorgado por todos los integrantes. El poder a que otorguen las personas naturales o jurídicas extranjeras deberá cumplir igualmente con los requisitos exigidos en el Código General del Proceso para la constitución de apoderados (artículo 74) y en caso de se refiere este numeral podrá otorgarse en el país mismo acto de constitución del domicilio de la persona extranjera, deberá cumplir con los requisitos de autenticación y legalización de documentos expedidos por la autoridad competente en el extranjero Consorcio o de apostille, según el caso. El poder aportado en caso de ser un poder general otorgado mediante escritura pública deberá tener una vigencia de tres (3) mesesUnión Temporal o forma asociativa. En caso de tener una vigencia superiorrequerirse el poder podrá otorgarse en los términos indicados en el Formato No.7. El Proponente sea persona natural o jurídica, nacional o extranjera, con domicilio y/o sucursal en Colombia, deberá presentar la ratificación del poderel certificado de Registro Único Tributario – RUT. Dicha ratificación deberá haber sido expedida dentro En caso de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección. El proponente, su representante legal ser el Proponente persona natural o su apoderado, según correspondajurídica extranjera sin domicilio y/o sucursal en Colombia, no podrán encontrarse reportados en el Sistema de Administración del Riesgo xx Xxxxxx de Activos y de la Financiación del Terrorismo – SARLAFT. En consecuencia, con aplica este requisito para la presentación de la propuesta se entenderá otorgada Propuesta, pero si resulta seleccionado dentro del proceso, deberá inscribirse en el RUT ante la autorización para realizar Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de Colombia –DIAN. Si el Proponente es persona natural nacional, deberá acreditar el cumplimiento de esta verificación. El proponente deberá diligenciar y presentar obligación con la propuesta planilla o comprobante de pago de los aportes a la seguridad social, aportes parafiscales, del mes anterior a la fecha prevista para el formulario SARFLAFT exigido cierre de la presente invitación. Si la persona natural o jurídica nacional no tiene personal a cargo y por ende no esté obligada a efectuar el Consorcio Unidad pago de Tierras 2020aportes parafiscales y de seguridad social, deberá indicar esta circunstancia bajo la gravedad de juramento en documento Anexo, de conformidad con el cual corresponde formato No. 8 La persona natural y/o jurídica extranjera sin domicilio y/o sucursal en Colombia, deberá manifestar bajo la gravedad de juramento que no está obligado al Anexo 6.pago de los aportes, a seguridad social y parafiscales, en documento Anexo, de conformidad con el Formato. No. 8 Cuando el Proponente sea persona jurídica nacional o extranjera con domicilio y/o sucursal en Colombia, deberá acreditar el cumplimiento de esta obligación de la siguiente manera:

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Samples: Invitación Abierta

APODERADOS. El proponente podrá Los Proponentes podrán presentar propuestas Ofertas directamente o a través por intermedio de apoderado, evento en el cual deberá deberán anexar el poder otorgado en legal y debida forma, en el que se confiera al apoderado, de manera clara y expresa, facultades amplias y suficientes para actuar, obligar y responsabilizar al proponente a todos y cada uno de los integrantes en el trámite del presente proceso y en la suscripción del contrato. El poder otorgado deberá cumplir con los requisitos exigidos en el Código General del Proceso para la constitución de apoderados (artículos 74 y s.s.), así como con los aspectos referidos a la autenticaciónContrato. El apoderado podrá ser una persona natural o jurídica, pero en todo caso deberá tener domicilio permanente, para efectos de este proceso, en la República de Colombia, y deberá estar facultado para representar conjuntamente al proponenteProponente y a todos los integrantes de la Estructura plural, a efectos de adelantar en su nombre de manera específica las siguientes actividades: (i) Formular propuesta formular Oferta para el proceso de selección de que tratan trata estos Términos de ReferenciaTERMINOS DE CONDICIONES; (ii) Dar dar respuesta a los requerimientos y aclaraciones que solicite la CONTRATANTE LA E.S.E. en el curso del presente proceso; (iii) Recibir recibir las notificaciones a que haya lugarlugar dentro del proceso, incluyendo la del acto administrativo de Adjudicación; (iv) Suscribir el contrato en nombre y representación del adjudicatarioAdjudicatario el Contrato. El En caso de no allegar el poder conferido legalmente en las condiciones exigidas en los presentes TERMINOS DE CONDICIONES o que otorguen éste no se encuentre suscrito por quien tenga facultades para ello según los documentos de existencia y representación de la persona jurídica, la Oferta será RECHAZADA. Las personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia, y las personas naturales o jurídicas extranjeras deberá cumplir igualmente sin domicilio en Colombia, deberán constituir un apoderado domiciliado en nuestro país, debidamente facultado para presentar la Oferta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias del proceso, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el Contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con la ley y los presentes TERMINOS DE CONDICIONES., así como para representarla judicial o extrajudicialmente. Las personas extranjeras que participen en Consorcio o Unión Temporal podrán constituir un solo apoderado común y, en tal caso, bastará para todos los efectos la presentación del poder común otorgado por todos los integrantes, con los requisitos de autenticación, Consularización y/o apostille y traducción exigidos en el Código General del Proceso para la constitución de apoderados (artículo 74) y Comercio de Colombia, además de los señalados en caso de los presentes TERMINOS DE CONDICIONES. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el país mismo acto de constitución del domicilio Consorcio o Unión Temporal. Página 44 de la persona extranjera, deberá cumplir con los requisitos de autenticación y legalización de documentos expedidos por la autoridad competente en el extranjero o de apostille, según el caso. El poder aportado en caso de ser un poder general otorgado mediante escritura pública deberá tener una vigencia de tres (3) meses. En caso de tener una vigencia superior, deberá presentar la ratificación del poder. Dicha ratificación deberá haber sido expedida dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección. El proponente, su representante legal o su apoderado, según corresponda, no podrán encontrarse reportados en el Sistema de Administración del Riesgo xx Xxxxxx de Activos y de la Financiación del Terrorismo – SARLAFT. En consecuencia, con la presentación de la propuesta se entenderá otorgada la autorización para realizar esta verificación. El proponente deberá diligenciar y presentar con la propuesta el formulario SARFLAFT exigido por el Consorcio Unidad de Tierras 2020, el cual corresponde al Anexo 6.96

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Samples: Contrato De Asociación Para La Prestación Del Servicio De Imágenes Diagnósticas E Imagenología en Las Sedes De La e.s.e. Universitaria Del Atlántico

APODERADOS. El proponente Proponente podrá presentar propuestas su oferta directamente o a través de apoderado, evento en el cual deberá anexar el poder otorgado en legal y debida forma, en el que se confiera al apoderado, de manera clara y expresa, facultades amplias y suficientes para actuar, obligar y responsabilizar al proponente Proponente en el trámite del presente proceso y en la suscripción del contrato. El poder otorgado deberá cumplir con los requisitos exigidos en el Código General del Proceso para la constitución de apoderados (artículos 74 y s.s.74), así como con los aspectos referidos a la autenticación, consularización, apostille, legalización y traducción conforme a lo establecido en los presentes TCC y normas vigentes. El apoderado podrá ser una persona natural o jurídica, pero en todo caso deberá tener domicilio permanente, para efectos de este proceso, en la República de Colombia, y deberá estar facultado para representar al proponenteProponente, a efectos de adelantar en su nombre de manera específica las siguientes actividades: (i) Formular Presentar la propuesta para en el proceso de selección de que tratan estos Términos de ReferenciaTCC; (ii) Dar respuesta a los requerimientos y aclaraciones que solicite la CONTRATANTE el FONDO en el curso del presente proceso; (iii) Recibir las notificaciones a que haya lugar; (iv) Suscribir al concluir el proceso de selección, el contrato en nombre y representación del adjudicatario. El En caso de no allegar el poder conferido legalmente en las condiciones exigidas en el presente TCC o que otorguen éste no se encuentre suscrito por quien tenga facultades para ello según los documentos de existencia y representación de la persona jurídica, la Oferta será RECHAZADA. Las personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia, y las personas naturales o jurídicas extranjeras deberá cumplir igualmente sin domicilio en Colombia, deberán constituir un apoderado domiciliado en nuestro país, debidamente facultado para presentar la Propuesta, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias del proceso, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el Contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con la ley y éstos TCC, así como para representarla judicial y extrajudicialmente. Las personas extranjeras que participen en Consorcio o Unión Temporal podrán constituir un solo apoderado común y, en tal caso, bastará para todos los efectos la presentación del poder común otorgado por todos los integrantes, con los requisitos de autenticación, consularización y/o apostille y traducción exigidos en el Código General del Proceso para la constitución de apoderados (artículo 74) y Comercio de Colombia, además de los señalados en caso de éste TCC. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el país mismo acto de constitución del domicilio de la persona extranjera, deberá cumplir con los requisitos de autenticación y legalización de documentos expedidos por la autoridad competente en el extranjero Consorcio o de apostille, según el caso. El poder aportado en caso de ser un poder general otorgado mediante escritura pública deberá tener una vigencia de tres (3) meses. En caso de tener una vigencia superior, deberá presentar la ratificación del poder. Dicha ratificación deberá haber sido expedida dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección. El proponente, su representante legal o su apoderado, según corresponda, no podrán encontrarse reportados en el Sistema de Administración del Riesgo xx Xxxxxx de Activos y de la Financiación del Terrorismo – SARLAFT. En consecuencia, con la presentación de la propuesta se entenderá otorgada la autorización para realizar esta verificación. El proponente deberá diligenciar y presentar con la propuesta el formulario SARFLAFT exigido por el Consorcio Unidad de Tierras 2020, el cual corresponde al Anexo 6Unión Temporal.

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Samples: Invitación Abierta

APODERADOS. El proponente podrá presentar propuestas su oferta directamente o a través de apoderado, evento en el cual deberá anexar el poder otorgado en legal y debida forma, en el que se confiera al apoderado, de manera clara y expresa, facultades amplias y suficientes para actuar, obligar y responsabilizar al proponente PROPONENTE en el trámite del presente proceso y en la suscripción del contrato. El poder otorgado deberá cumplir con los requisitos exigidos en el Código General del Proceso para la constitución de apoderados (artículos 74 y s.s.74), así como con los aspectos referidos a la autenticación, consularización, apostille, legalización y traducción conforme a lo establecido en el presente TCC y normas vigentes. El apoderado podrá ser una persona natural o jurídica, pero en todo caso deberá tener domicilio permanente, para efectos de este proceso, en la República de Colombia, y deberá estar facultado para representar al proponentePROPONENTE, a efectos de adelantar en su nombre de manera específica las siguientes actividades: (i) Formular Presentar la propuesta para en el proceso de selección de que tratan estos Términos de ReferenciaTCC; (ii) Dar respuesta a los requerimientos y aclaraciones que solicite la CONTRATANTE en el curso del presente proceso; (iii) Recibir las notificaciones a que haya lugar; (iv) Suscribir al concluir el proceso de selección, el contrato en nombre y representación del adjudicatario. El En caso de no allegar el poder conferido legalmente en las condiciones exigidas en el presente pliego de condiciones o que otorguen éste no se encuentre suscrito por quien tenga facultades para ello según los documentos de existencia y representación de la persona jurídica, la Oferta será RECHAZADA. Las personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia, y las personas naturales o jurídicas extranjeras deberá cumplir igualmente sin domicilio en Colombia, deberán constituir un apoderado domiciliado en nuestro país, debidamente facultado para presentar la PROPUESTA, participar y comprometer a su representado en las diferentes instancias del proceso, suscribir los documentos y declaraciones que se requieran, así como el Contrato, suministrar la información que le sea solicitada, y demás actos necesarios de acuerdo con la ley y éstos TCC, así como para representarla judicial y extrajudicialmente. Las personas extranjeras que participen en Consorcio o Unión Temporal podrán constituir un solo apoderado común y, en tal caso, bastará para todos los efectos la presentación del poder común otorgado por todos los integrantes, con los requisitos de autenticación, Consularización y/o apostille y traducción exigidos en el Código General del Proceso para la constitución de apoderados (artículo 74) y Comercio de Colombia, además de los señalados en caso de éste pliego. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el país mismo acto de constitución del domicilio de la persona extranjera, deberá cumplir con los requisitos de autenticación y legalización de documentos expedidos por la autoridad competente en el extranjero Consorcio o de apostille, según el caso. El poder aportado en caso de ser un poder general otorgado mediante escritura pública deberá tener una vigencia de tres (3) meses. En caso de tener una vigencia superior, deberá presentar la ratificación del poder. Dicha ratificación deberá haber sido expedida dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre del presente proceso de selección. El proponente, su representante legal o su apoderado, según corresponda, no podrán encontrarse reportados en el Sistema de Administración del Riesgo xx Xxxxxx de Activos y de la Financiación del Terrorismo – SARLAFT. En consecuencia, con la presentación de la propuesta se entenderá otorgada la autorización para realizar esta verificación. El proponente deberá diligenciar y presentar con la propuesta el formulario SARFLAFT exigido por el Consorcio Unidad de Tierras 2020, el cual corresponde al Anexo 6Unión Temporal.

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Samples: Invitación Abierta