Aprendizaje y Entrenamiento. Es acordado que todo Empleador cubierto por este Acuerdo deberá contribuir una suma la cual esta listada en la Lista “A” del presente, por cada hora compensable de trabajo de Xxxxxxxxxxx, incluyendo a empleados de supervisión siempre y cuando sean cubiertos por este Acuerdo. Dicha contribución será echa al Fondo de Fideicomiso de Aprendizaje y Entrenamiento de Carpinteros-Empleadores xx Xxxxxxxxxx-Idaho en la manera establecida en el Acuerdo de Fideicomiso de dicho Fideicomiso. Los detalles de dicho Plan de Aprendizaje y Entrenamiento establecidos por este Fondo de Fideicomiso y este Fondo de Fideicomiso mismo deberá continuar siendo controlado y administrado por la Junta Conjunta de Fideicomisarios compuesta por una representación equitativa de labor y gerencia que sean signatarios al Acuerdo de Fideicomiso del anteriormente mencionado Fondo de Fideicomiso. Cada Fideicomisario elegido por la Unión deberá ser un miembro de la Unión y empleado por la Unión y cada fideicomisario de Gerencia será un ejecutivo u oficial asalariado de un Empleador signatario, o un empleado de una asociación de Empleadores, por parte de sus empleadores miembros.
Aprendizaje y Entrenamiento. Sección 12.1.