ASISTENCIA A LOS ACTOS Y NOTIFICACIONES Cláusulas de Ejemplo

ASISTENCIA A LOS ACTOS Y NOTIFICACIONES. Los actos correspondientes a las juntas de aclaraciones, la presentación y apertura de Propuestas así como el fallo BG-5, solo se podrán realizar de forma presencial. BG-5 Las actas que se levanten de cada uno de los actos se pondrán a disposición de los Concursantes en CompraNET. Personas que podrán Participar en el Concurso. Personas mexicanas o empresa mexicana. Podrán participar en el Concurso las personas mexicanas, grupos de éstas que reúnan los siguientes requisitos: Que tengan capacidad jurídica para contratar y obligarse en los términos del Contrato y que tengan solvencia para cumplir con las obligaciones que se derivan del Contrato conforme a los requisitos establecidos en la Sección 2 de las presentes Bases. Que no se encuentren en los supuestos establecidos en el artículo 68 de la Ley de Alianzas Público Privadas de Servicios del Estado de Sonora. Que adquieran y paguen las Bases conforme a lo establecido en el Apartado 13.1. Que presenten una sola Propuesta conforme a las Bases, lo anterior en el entendido que se podrán presentar Propuestas Conjuntas. Adicionalmente, en caso de que dos o más personas presenten como consorcio una Propuesta Conjunta, también se obligan a constituir, de resultar ganadores, una sociedad de propósito específico en los términos del artículo 56 de la Ley de Alianzas Público Privadas de Servicios del Estado de Sonora. Consorcios o sociedades de propósito específico para presentación de propuestas conjuntas. De conformidad con lo establecido en el artículo 56 de la Ley de Alianzas Público Privadas de Servicios del Estado de Sonora, dos o más personas (cada una, un “Miembro del Consorcio”), podrán constituir un consorcio sin personalidad jurídica propia (un “Consorcio”) o una Sociedad de Propósito Específico con el objeto de participar en el Concurso como un mismo Concursante y con una sola Propuesta, en el entendido de que en caso de que un Consorcio resulte ganador, los Miembros del Consorcio deberán constituir una Sociedad de Propósito Específico en términos del artículo 56 de la Ley de Alianzas Público Privadas de Servicios del Estado de Sonora, siempre y cuando cada Miembro del Consorcio cumpla con los requisitos señalados en los párrafos a) y b) del Apartado 13.3.1.1 anterior y se cumpla con lo siguiente: Cada Consorcio deberá celebrar un Convenio de Asociación que contenga como mínimo los derechos y obligaciones de cada parte, su porcentaje de participación, responsabilidades y designación una persona facultada p...
ASISTENCIA A LOS ACTOS Y NOTIFICACIONES. Los actos correspondientes a la(s) junta(s) de aclaraciones, presentación y apertura de proposiciones y de ser el caso, el fallo, tendrán el carácter de públicos y se levantará acta de los mismos. A dichos actos, podrán asistir los licitantes cuyas proposiciones hayan sido desechadas durante la presente licitación. También podrá asistir cualquier persona que sin haber sido invitada manifieste su interés de estar presente en dichos actos, así como los representantes de las Cámaras, Colegios o Asociaciones Profesionales u otras Organizaciones no Gubernamentales, con la condición de que deberán registrar su asistencia y abstenerse de intervenir de cualquier forma en los mismos. El aviso que contendrá la información en donde serán proporcionadas las copias de las actas que se levanten de cada uno de los actos, se pondrá en el tablero informativo que se ubica en la entrada de proveedores ubicado en el edificio “C” del HRAEB, con domicilio en Xxxx. Xxxxxxx Xx. 000, Xxx. Xxx Xxxxxx Xx Roncha, León, Gto.; C.P. 37670, dicho aviso permanecerá por un término no menor a cinco días hábiles, siendo exclusiva responsabilidad de los licitantes acudir a enterarse de su contenido y obtener la copia correspondiente, en el entendido que dicho procedimiento sustituye a la notificación personal.

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  • AVISOS Y NOTIFICACIONES Todos los avisos y demás notificaciones que tenga que hacer el Banco al Cliente en relación al Contrato y/o respecto a modificaciones en los términos y condiciones o versiones del mismo, así como cualquier otra notificación, los hará mediante la inserción del aviso respectivo en el estado de cuenta, en cajeros automáticos, cartas remitidas al domicilio del Cliente, a través de Banca Electrónica en caso que el Cliente contara con dicho canal contratado, o mediante aviso por escrito en otro de los Medios de Comunicación que previamente el Banco hubiere informado al Cliente para este efecto. En el caso de modificaciones al Contrato, el aviso deberá enviarse al Cliente en términos de la cláusula denominada “Modificaciones”.

  • DOMICILIOS Y NOTIFICACIONES Para los efectos que se deriven del presente Convenio, las partes fijan como sus domicilios los señalados en la parte introductoria, donde se cursarán las comunicaciones que correspondan. Cualquier variación domiciliaria, durante la vigencia del presente Convenio, producirá sus efectos después de los dos (2) días hábiles de notificada a la otra parte; caso contrario, toda comunicación o notificación realizada a los domicilios indicados en la introducción del presente documento se entenderá válidamente efectuada. Se suscribe el presente Convenio, en señal de conformidad de su contenido en dos (2) ejemplares de igual valor y tenor, en la ciudad de Lima, a los 14 días del mes de enero del año 2022. XXXXXX XXXXXX Xxxxxxxx Xxxxxx FAU 20131370998 hard JEFATURA - OGA - MINEDU En señal de conformidad 2022/01/14 11:15:52 ………………………………………………. Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Jefe de la Oficina General de Administración Firmado digitalmente por:XXXX XXXXXX Xxxxxxx XXX 20504743307 hard Motivo: Soy el autor del documento Fecha: 2022/01/14 16:06:35-0500 ………………………………………………. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxx Director General Oficina General de Administración MVCS‌ Por: DE LA XXXX XXXXXXX Xxxxxx Xxxxxxxx FAU 20504743307 soft Motivo: Doy V° B° Fecha: 2022/01/07 11:28:02-0500 CALCULO DE COSTOS PARA USO DE LAS INSTALACIONES DEL CENTRO DE CONVENCIONES DE LIMA (LCC). ENTIDAD MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINEDU REUNIÓN INTERGUBERNAMENTAL ENTRE EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN, EL CONSEJO DIRECTIVO DE LA ASAMBLEA EVENTO NACIONAL DE GOBIERNOS REGIONALES Y LOS DIRECTORES/GERENTES REGIONALES DE EDUCACIÓN

  • DOMICILIO Y NOTIFICACIONES Las partes señalan sus domicilios en los lugares indicados en la introducción del presente contrato. Cualquier comunicación o notificación deberá ser cursada a dichos domicilios por escrito. En caso de cambio de domicilio, para que el mismo tenga efecto y validez legal, deberá comunicarse a la otra parte por escrito con cargo de constancia de recepción, y a la mayor brevedad posible. En caso contrario, cualquier comunicación hecha al anterior domicilio se entenderá válidamente efectuada y surtirá plenos efectos legales.

  • COMUNICACIONES Y NOTIFICACIONES Cualquier comunicación, declaración o notificación relacionada con el presente Contrato deberá hacerse por escrito a la Aseguradora en el domicilio social indicado en la carátula o certificado de la Póliza. En todos los casos en que la dirección de las oficinas de la Aseguradora llegare a ser diferente de la que conste en la Póliza expedida, ésta deberá comunicar al Asegurado la nueva dirección en la República Mexicana para todas las informaciones y avisos que deban enviarse a la Compañía y para cualquier otro efecto legal. Los requerimientos y comunicaciones que la Compañía deba hacer al Asegurado o a sus causahabientes, tendrán validez si se hacen en la última dirección que conozca la Compañía. Las que se dirijan al Contratante y/o Asegurado, serán enviados al último domicilio que el mismo haya señalado para tal efecto.

  • INFORMACIÓN SOBRE NOTIFICACIONES Solicito que las notificaciones me sean remitidas vía: Fax Correo Electrónico

  • INFORMACIÓN SOBRE NOTIFICACIONES/COMUNICACIONES Solicito que las notificaciones/comunicaciones me sean remitidas vía: Fax: (solo si tiene) Correo Electrónico:

  • NOTIFICACIONES Y COMUNICACIONES A efectos de garantizar el debido proceso y el principio de publicidad, los actos que decidan las peticiones y recursos deberán constar por escrito y se notificarán de conformidad con lo previsto en el Código Contencioso Administrativo. Los actos que no pongan fin a una actuación administrativa y los que resuelvan peticiones en interés general, serán objeto de comunicación en los términos del mismo Código. Lo anterior, en virtud de lo establecido en los artículos 43 y 44 de dicho Código.

  • NOTIFICACIONES 8.1 Todas las notificaciones entre las partes en virtud de este Contrato deberán ser por escrito y dirigidas a la dirección indicada en las CEC. El término “por escrito” significa comunicación en forma escrita con prueba de recibo. 8.2 Una notificación será efectiva en la fecha más tardía entre la fecha de entrega y la fecha de la notificación.

  • Obligaciones laborales, sociales y de transparencia El contratista está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral y de seguridad social. Asimismo, está obligado al cumplimiento del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 xx xxxxx, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre efectiva de mujeres y hombres, de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales, y del Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las normas que se promulguen durante la ejecución del contrato. La empresa contratista está obligada a cumplir durante todo el periodo de ejecución del contrato las normas y condiciones fijadas en el convenio colectivo de aplicación, si bien en todo caso, el adjudicatario estará obligado a cumplir las condiciones salariales de los trabajadores conforme al Convenio Colectivo sectorial de aplicación. Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 4 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información y buen gobierno, el adjudicatario del contrato está obligado a suministrar a la Administración, previo requerimiento, toda la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones previstas en la citada norma, así como en aquellas normas que se dicten en el ámbito municipal.

  • SERVICIOS DE ASISTENCIA los servicios que se prestan al Vehículo Asegurado y a los Beneficiarios de acuerdo a las presentes condiciones particulares y según las Coberturas contratadas en la carátula de la póliza.