DE ACLARACIONES Cláusulas de Ejemplo

DE ACLARACIONES. El 09 xx xxxxx de 2019 a las 11:00 horas se llevará a cabo el acto de junta de aclaraciones. Los acuerdos y modificaciones que se tomen en esta junta, se asentarán en el acta respectiva, mismas que formarán parte integral de esta Convocatoria y deberán ser consideradas por los licitantes en la elaboración de sus proposiciones. Las modificaciones que se mencionan en el párrafo anterior en ningún caso podrán consistir en la sustitución del servicio convocado originalmente, adición de otros de distintos rubros o en variación significativa de sus características. Estas modificaciones serán difundidas en CompraNet, a más tardar el día hábil siguiente a aquel en que fueron efectuadas. Con la finalidad de agilizar la junta de aclaraciones, los licitantes deberán enviar sus solicitudes de aclaraciones a la convocatoria de esta licitación, a través del sistema de CompraNet, preferentemente en formato PDF y Word, para lo cual los licitantes podrán utilizar el formato adjunto (ANEXO No. 3 “FORMATO DE ESCRITO PARA FORMULAR PREGUNTAS”) así como el escrito simple bajo protesta de decir verdad, en el que expresen su interés en participar en la licitación, por sí o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los datos generales del interesado, conteniendo los siguientes datos: A) Del licitante: Clave del Registro Federal de Contribuyentes; nombre, domicilio, así como, en su caso, de su apoderado o representante legal, descripción del objeto social; datos de las escrituras públicas con las que se acredita la existencia legal de las personas xxxxxxx y de haberlas, sus reformas y modificaciones, así como nombre de los socios que aparezcan en éstas y B) Del representante: datos de las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades, para lo cual los licitantes podrán utilizar el formato adjunto (ANEXO No. 4 “FORMATO PARA ACREDITAR LA PERSONALIDAD DEL LICITANTE”) a más tardar el día 08 xx xxxxx de 2019 a las 11:00 horas. El acta de la junta de aclaraciones se pondrá, al finalizar dicho evento y por un término de cinco días hábiles, a disposición de los licitantes y al público en general, fijándose aviso del lugar donde serán proporcionadas las copias, en el pizarrón de “Avisos de Licitaciones” ubicado en el quinto piso del edificio que ocupan las oficinas centrales de “LA CONDUSEF”, en el domicilio señalado en el primer párrafo de este punto. Dicha acta será difundida en CompraNet para efectos de su notificación. Dicho procedimiento susti...
DE ACLARACIONES. Con fundamento en el artículo 43 fracción V de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, se omite la celebración de la Junta de Aclaraciones del presente procedimiento, toda vez que la naturaleza del servicio a contratar requiere de atención inmediata. Asimismo y de conformidad con el artículo 77 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público la forma y términos en que podrán solicitarse las aclaraciones respectivas, será a más tardar el día 22 xx xxxxx de 2019 a las 11:00 horas a través de la plataforma del sistema CompraNet. La convocante publicará las respuestas a las solicitudes de aclaración a más tardar el día 22 xx xxxxx de 2019 a través de CompraNet.
DE ACLARACIONES. Los oferentes podrán plantear ante el Comité de Licitación el siguiente recurso de aclaración correspondiente, cuando se estime que éste es confuso, ambiguo o contradictorio; según hubiera omitido algún aspecto relevante que incida en la calificación de la mejor oferta.
DE ACLARACIONES. 21.1 La ó las juntas de aclaraciones sólo se realizarán a través de correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y xxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx en la fecha y hora indicadas en el punto 13 de la convocatoria.
DE ACLARACIONES. Con fundamento en el artículo 43 fracción V de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, no se realiza Junta de Aclaraciones del presente procedimiento por tratarse de una Invitación a cuando menos tres personas y los licitantes invitados conocen las especificaciones técnicas al haber formado parte de la investigación xx xxxxxxx y al haber suscrito el Contrato Xxxxx y Convenios Modificatorios para la prestación de los servicios integrales de jardinería y fumigación. Asimismo y de conformidad con el artículo 77, penúltimo párrafo del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público la forma y términos en que podrán solicitarse las aclaraciones respectivas, será a más tardar el día 22 de febrero de 2023 a las 14:00 horas, mediante correo electrónico enviado a los siguientes destinatarios: xxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx y xxxxxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx y/o el sistema CompraNet. Las respuestas que en su caso se otorguen, serán remitidas a los correos electrónicos de todos los licitantes invitados y/o el sistema CompraNet. La convocante publicará las respuestas a las solicitudes de aclaración a más tardar el día 22 de febrero de 2023 a través de CompraNet.

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  • Notificación de Adjudicación Una vez resuelta la adjudicación se notificará a todos los oferentes.

  • Precios de la Oferta 14.1 El Contrato comprenderá la totalidad de las Obras especificadas en la Subcláusula 1.1 de las IAO, sobre la base de la Lista de Cantidades valoradas presentada por el Oferente. 14.2 El Oferente indicará los precios unitarios y los precios totales para todos los rubros de las Obras descritos en la Lista de Cantidades. El Contratante no efectuará pagos por los rubros ejecutados para los cuales el Oferente no haya indicado precios, por cuanto los mismos se considerarán incluidos en los demás precios unitarios y totales que figuren en la Lista de Cantidades. Si hubiere correcciones, éstas se harán tachando, rubricando, y fechando los precios incorrectos y rescribiéndolos correctamente. 14.3 Todos los derechos, impuestos y demás gravámenes que deba pagar el Contratista en virtud de este Contrato, o por cualquier otra razón, hasta 28 días antes de la fecha del plazo para la presentación de las Ofertas, deberán estar incluidos en los precios unitarios y en el precio total de la Oferta presentada por el Oferente. 14.4 Los precios unitarios que cotice el Oferente estarán sujetos a ajustes durante la ejecución del Contrato si así se dispone en los DDL, en las CEC, y en las estipulaciones de la Cláusula 47 de las CGC. El Oferente deberá proporcionar con su Oferta toda la información requerida en las Condiciones Especiales del Contrato y en la Cláusula 47 de las CGC.

  • OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA Durante el plazo de garantía establecido en la cláusula 15.4 cláusulas específicas del contrato, que se iniciará al día siguiente a la fecha de recepción del contrato, se acreditase la existencia de vicios o defectos en los bienes suministrados tendrá derecho la Administración a reclamar del contratista la reposición de los que resulten inadecuados o la reparación de los mismos si fuese suficiente, teniendo derecho el contratista a conocer y ser oído sobre los bienes suministrados. Si el órgano de contratación estimase, durante el plazo de garantía, que los bienes suministrados no son aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista y exista la presunción de que la reposición o reparación de dichos bienes no serán bastantes para lograr aquel fin, podrá, antes de expirar dicho plazo, rechazar los bienes dejándolos de cuenta del contratista y quedando exento de la obligación de pago o teniendo derecho, en su caso, a la recuperación del precio satisfecho. Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado alguno de los reparos o la denuncia a que se refieren los apartados anteriores, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de los bienes suministrados.

  • SUSPENSIÓN DE LAS OBRAS La Administración, por razones de interés público, podrá acordar la suspensión de la ejecución del contrato. Igualmente, procederá la suspensión del contrato si se diese la circunstancia señalada en el artículo 216.5 del TRLCSP. A efectos de la suspensión del contrato se estará a lo dispuesto en el artículo 220 del TRLCSP, así como en el artículo 103 del RGLCAP, cláusulas 63 y siguientes xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas Generales para la contratación de obras del Estado.

  • Amortización El Préstamo deberá ser amortizado por el Prestatario mediante cuotas semestrales, consecutivas y en lo posible iguales. La primera cuota se pagará en la primera fecha en que deba efectuarse el pago de intereses, luego de transcurridos seis meses contados a partir de la fecha prevista para finalizar los desembolsos xxx Xxxxxxxx, de acuerdo con lo establecido en la Cláusula 3.04, y la última, a más tardar, el 27 xx xxxxx de 2016.

  • DEVOLUCIÓN DE GARANTÍAS La C.T.M. xx Xxxxx Grande procederá de oficio a la devolución de las garantías una vez que, a su exclusivo juicio, estuviere cumplido el objeto para el cual fueron constituidas, de acuerdo al siguiente criterio:

  • OBLIGACIONES DE LA UNIVERSIDAD En virtud del presente contrato LA UNIVERSIDAD se obliga a cumplir con las siguientes: a) Pagar oportunamente el valor del contrato, en la forma definida en la cláusula décima primera; b) Informar al CONTRATISTA sobre cualquier irregularidad u observación que se encuentre en la ejecución de este contrato; c) Asignar un funcionario específico para la coordinación con EL CONTRATISTA de todos los procedimientos y requerimientos que genere el presente contrato.

  • DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL Los indicados en la cláusula 2 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.

  • Incremento “La Secretaría” bajo su responsabilidad y por razones fundadas podrá acordar el incremento en la cantidad de los bienes solicitados, mediante la modificación del presente contrato, dentro del término de 6 (seis) meses posteriores contados a partir de la suscripción del mismo, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase en conjunto el 20% (veinte por ciento), de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente y el precio de los bienes sea igual al pactado originalmente, en términos del artículo 65 de la Ley No. 539 de Adquisiciones, Arrendamientos, Administración y Enajenación de Bienes Muebles del Estado de Veracruz xx Xxxxxxx de la Llave.

  • SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE Inversis tiene establecido un Servicio de Atención al Cliente de conformidad con la normativa aplicable, al que podrán dirigirse las quejas y reclamaciones relacionadas con intereses y derechos legalmente reconocidos, enviando escrito bien a la dirección Edificio "Plaza Aeropuerto". Xxxx. xx xx Xxxxxxxxxx, 0, 00000 Xxxxxx, por e-mail: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx. En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Inversis, o si transcurren los plazos que indique la normativa de aplicación desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el reclamante podrá dirigirse a cualquiera de los Servicios de Reclamaciones del Banco de España, de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores y de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones, siendo imprescindible haber presentado previamente la reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de Inversis. La autoridad de supervisión competente es el Banco de España. El CLIENTE ha sido informado por Inversis de que, en cumplimiento de la normativa de Prevención del Blanqueo de Capitales y de la Financiación del Terrorismo, Inversis tiene la obligación de exigir documentos acreditativos de la identidad de sus titulares, y en su caso de los titulares reales, en el momento de entablar una relación de negocios, así como obtener de los titulares información acerca de su actividad económica y, adicionalmente, realizar una comprobación de la misma, para lo cual, el CLIENTE autoriza a Inversis a solicitar en su nombre a un tercero público o privado, datos que le permitan verificar dicha información. A tal fin, Inversis, en el momento de la contratación, informará al titular de la documentación pertinente que debe recibir del mismo. Asimismo, Inversis podrá solicitar al titular, para cumplir con la legislación, documentación justificativa del origen del patrimonio, o del origen de los fondos involucrados en una determinada transacción. El titular deberá poner a disposición de la entidad dicha documentación cuando le sea requerida. La negativa a la aportación de la misma, la falta de cooperación en facilitarla o la manifiesta incongruencia de la documentación aportada con la operativa que debe justificar, puede ser causa de la no ejecución por parte de la entidad de determinadas transacciones, tanto abonos como disposiciones, solicitadas por el cliente, e incluso en el caso de transferencias recibidas, proceder a su retrocesión, sin perjuicio, en cualquier caso, de poder cancelar las relaciones con el titular. Inversis conservará la documentación mencionada en el párrafo anterior durante el plazo de 10 años, o el que legalmente establezca en cada momento la normativa sobre prevención blanqueo de capitales, contados a partir de la fecha de la finalización del presente contrato.