Asistencia de Cerrajero Cláusulas de Ejemplo

Asistencia de Cerrajero. En caso de inmovilización del Vehículo a causa de que las llaves hayan quedado dentro del mismo, o por extravío, y una vez acreditada la propiedad del mismo, la Compañía organizará y pagará el envío del cerrajero, así como el servicio de la apertura del Vehículo. En caso de cerraduras con combinación o digitales, se manejará la asistencia como falla eléctrica y se enviará grúa para trasladar a la agencia. 1. Dolo, mala fe, falsa o inexacta declaración del Asegurado o Beneficiario, con el objetivo de que la Compañía caiga en el engaño. 2. El costo por solicitud de duplicado de llaves. 3. Los daños causados a consecuencia de que se haya intentado abrir el vehículo sin la asistencia del prestador de servicio. 4. Cualquier gasto derivado de arreglos, convenios o servicios adicionales a los estrictamente necesarios para la apertura del vehículo que el asegurado o conductor pacte con el prestador del servicio, así como los daños al Vehículo que resulten de éstos. 5. Reembolso de gastos realizados por el Beneficiario. 6. No aplica para camiones de más de 3.5 toneladas.
Asistencia de Cerrajero. Cuando a consecuencia de la pérdida, extravío o robo de las llaves, inutilización de la cerradura por otra causa accidental, sea imposible abrir desde el exterior al interior la(s) puerta(s) principal(es) de acceso directo a la vivienda del Asegurado, se enviará a un técnico especializado en cerrajería que realizará la asistencia de emergencia para la apertura de la(s) puerta(s) y de esta forma restablecer el acceso directo a la vivienda a través de la(s) puerta(s) principal(es). Se cubrirá también la apertura de puertas de habitaciones interiores, siempre que haya algún menor o persona imposibilitada para abrir desde el interior.
Asistencia de Cerrajero. En caso de inmovilización del Vehículo a causa de que las llaves hayan quedado dentro del mismo, o por extravío, una vez acreditada la propiedad del mismo, la Compañía a través de EL PRESTADOR DEL SERVICIO, organizará y pagará el envío del cerrajero, así como el servicio de la apertura del Vehículo. 1. Dolo, mala fe, falsa o inexacta declaración del Asegurado o Beneficiario, con el objetivo de que la Compañía caiga en el engaño. 2. El costo por solicitud de duplicado de llaves. 3. Los daños causados a consecuencia de que se haya intentado abrir el vehículo sin la asistencia del prestador de servicio. 4. Cualquier gasto derivado de arreglos, convenios o servicios adicionales a los estrictamente necesarios para la apertura del vehículo que el asegurado o conductor pacte con el prestador del servicio, así como los daños al Vehículo que resulten de estos.

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  • ASISTENCIA EN VIAJE Para los desplazamientos temporales al extranjero, el seguro tiene una cobertura de asistencia en viaje en todo el mundo, que se extiende hasta un máximo de 180 días por viaje o desplazamiento y cuyas coberturas se detallan en el Anexo I de estas condiciones generales. Unicamente se accede a estas coberturas llamando al número de teléfono +00 00 000 00 00.

  • SERVICIOS DE ASISTENCIA los servicios que se prestan al Vehículo Asegurado y a los Beneficiarios de acuerdo a las presentes condiciones particulares y según las Coberturas contratadas en la carátula de la póliza.

  • ASISTENCIA TÉCNICA Regiones

  • ASISTENCIA MÉDICA En caso de Accidente y/o Enfermedades, sobrevenidas con posterioridad al inicio del Viaje que impidan su normal prosecución, el “Prestador” tan pronto sea avisada, coordinará los contactos necesarios con su Departamento Médico para tomar las medidas conducentes a brindar los Servicios asistenciales necesarios. La coordinación será efectuada en todos los casos en que fuese requerida como primera asistencia, sin perjuicio de las exclusiones que pudiesen resultar aplicables y generasen la negativa a la prestación de los Servicios. Estos Servicios asistenciales comprenden:

  • ASISTENCIA Servicio permanente de 24 horas para la asistencia a las personas que el ASEGURADOR pone a disposición del ASEGURADO.

  • EXISTENCIA DE CRÉDITO PRESUPUESTARIO (art. 26.1.k) TRLCSP y 67.2.d RG)

  • Existencia de crédito Se dispone del crédito presupuestario preciso para atender a las obligaciones que se deriven para el órgano de contratación del cumplimiento del contrato hasta su conclusión. En caso de tramitación anticipada del gasto, la adjudicación del contrato se somete a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente en el ejercicio correspondiente para hacer frente a las obligaciones derivadas del contrato. La consignación presupuestaria de las obligaciones económicas que derivan del presente contrato figura en la letra B del Cuadro de características del contrato.

  • Plus de asistencia Se fija un plus de asistencia por jornada completa de trabajo, cuya cuantía se determina en el anexo salarial adjunto y que se pagará proporcionalmente al número de horas realmente trabajadas.

  • JUNTA DE ACLARACIONES Las solicitudes de aclaración (Apartado C) deberán presentarse por escrito en hoja membretada y en dispositivo electrónico formato .DOC de lunes a viernes, en un horario de 09:00 a 15:00 horas, a más tardar veinticuatro horas antes de la fecha y hora establecida para llevarse a cabo la Junta de Aclaraciones, debiendo presentar los siguientes documentos: 1. Original de la carta de interés en participar en la Licitación (Apartado B); y 2. Persona moral: Copia simple del poder notarial y de la identificación oficial vigente con fotografía (credencial para votar o pasaporte) del representante o apoderado legal que suscriba las preguntas, debiendo señalar con precisión (con marcatexto, nota adherible, o similar) el texto o párrafo del instrumento legal que les otorguen las facultades correspondientes. Persona física: Copia simple de la identificación oficial vigente con fotografía (credencial para votar o pasaporte), que suscriba la solicitud. Deberán presentarlas en el Departamento de Licitaciones, de la Dirección de Recursos Materiales de la Secretaría, sita en el domicilio de la Convocante, asimismo podrán ser enviadas al correo electrónico xxxxxxxxxxx.xxx@xxxxxx.xxx.xx , lo que permitirá que éste acto se efectúe con la agilidad necesaria. Las dudas o aclaraciones deberán plantearse de forma respetuosa y realizarse de manera precisa, concisa y estar directamente vinculadas con los puntos contenidos en la presentes Bases, indicando el numeral o punto específico con el cual se relacionan. No serán consideradas las aclaraciones solicitadas por los proveedores participantes que sean recibidas fuera del plazo o que no cumplan con los requisitos establecidos, por lo que serán desechadas por la Convocante. Derivado de las medidas establecidas en el “Plan de Contingencia Gubernamental” emitido por la Secretaría de Salud frente a la pandemia derivada del COVID-19 (SARS-Cov-2), se hace mención que el acto de Junta de Aclaraciones no será presencial, sin embargo, se tomarán en cuenta las solicitudes de aclaraciones conforme al Artículo 35 del Reglamento, así como lo previsto en el presente numeral. Dicho acto será presidido por la Convocante o el servidor público que ésta designe, quien será asistido por el Área Técnica, con la presencia de un Representante de la Contraloría, en el cual se dará lectura a las aclaraciones solicitadas y a las repuestas emitidas por la Convocante, el área requirente o técnica, con el propósito de resolver en forma clara y precisa las dudas y planteamientos de los participantes en relación con los aspectos contenidos en las presentes Bases. En caso de que los proveedores solicitantes no asistan a la Junta de Aclaraciones, deberán presentar la carta de interés en participar en la Licitación (Apartado B) en el sobre que corresponda a su propuesta técnica, de lo contrario, no se admitirá su participación. Las presentes Bases podrán ser modificadas por la Convocante en virtud de las preguntas y respuestas que se formulen por los proveedores participantes, por adiciones o precisiones que el Área Técnica o Convocante realice a las mismas, las cuales quedarán asentadas en el acta que se levante con motivo de la Junta de Aclaraciones, la cual formará parte integrante de las Bases. Dichas modificaciones deberán ser consideradas por los Licitantes para la elaboración de sus Proposiciones y no deberán limitar la participación de Proveedores. La Convocante publicará el contenido del acta referida en el Sistema de Adquisiciones Estatal.

  • VIGENCIA DEL SERVICIO “El Prestador de Servicios” se obliga a la prestación del servicio a partir del día 19 (Diecinueve) xx Xxxxx y hasta el 31 (Treinta y Uno) de Diciembre de 2017.-------------------------