Atribuciones. Son atribuciones de la Unidad de Gerencia Técnica del Fideicomiso Pro-Pedernales, sin carácter limitativo, las siguientes: 1) Aprobar y/o modificar los Pliegos de Condiciones de especificaciones técnicas o términos de referencia preparados por los peritos designados para tales fines y el inicio formal del proceso de Licitación Abierta; 2) Adjudicar mediante acta el proceso de Licitación Abierta, tomando como base los informes emitidos por los peritos designados por la Unidad Ejecutora del Fideicomiso Pro- Pedernales tanto para la preparación de Pliegos como para la evaluación de Ofertas/Propuestas. En este sentido, una vez realizada una adjudicación, instruirá a la Fiduciaria a suscribir el o los Contratos de lugar respecto de los procedimientos de compras y contrataciones mencionados. 3) Cancelar, suspender, declarar desierto total o parcialmente el proceso de Licitación Abierta, tomando como base los informes emitidos por los peritos para tales fines. En consecuencia, podrá ordenar sean iniciados otros procesos en las condiciones que determine en el referido acto de cancelación, suspensión o declaratoria de desierto de un procedimiento. 4) Conocer y resolver las decisiones vinculadas a la modificación, suspensión, prórroga o extinción de el o los Contratos devenidos en el proceso de Licitación Abierta, siempre dentro del marco de lo aprobado por el Comité Administrativo, así como otras que se produzcan durante la fase de ejecución de el o los Contratos, sometidas a su consideración por la Unidad de Gerencia Técnica del Fideicomiso Pro-Pedernales.
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Samples: Pliego De Condiciones Para Compra De Bienes Y Servicios Conexos, Pliego De Condiciones Para Compra De Bienes Y Servicios Conexos
Atribuciones. Son atribuciones Las Unidades Operativas de la Unidad de Gerencia Técnica del Fideicomiso Pro-Pedernales, sin carácter limitativo, Contratación (UOC) tendrán las siguientessiguientes atribuciones:
1) Aprobar y/o modificar . Elaborar el Programa Anual de Contrataciones de cada ejercicio fiscal, y someterlo a consideración y aprobación de la máxima autoridad de la Convocante.
2. Actualizar en forma permanente la base de datos del Sistema de Información de las Contrataciones Publicas (SICP), en los medios y formas solicitados por la Unidad Central Normativa y Técnica.
3. Remitir a la Unidad Central Normativa y Técnica los informes y resoluciones requeridos por la Ley y el presente Reglamento.
4. Proponer a la máxima autoridad de la Convocante a la que pertenezca un proyecto de Reglamento Interno para regular su funcionamiento y su estructura.
5. Notificar oportunamente a la Unidad Central Normativa y Técnica el incumplimiento en que incurren los contratistas y proveedores y solicitar la aplicación de sanciones que correspondan por las infracciones cometidas.
6. Implementar las regulaciones sobre organización y funcionamiento que emita la Unidad Central Normativa y Técnica.
7. Elaborar los Pliegos de Bases y Condiciones particulares para cada licitación pública, tramitar el llamado y la venta de los pliegos, responder a las aclaraciones y comunicar las enmiendas, recibir y custodiar las ofertas recibidas, someterlas a consideración del Comité de Evaluación, revisar los informes de evaluación y refrendar la recomendación de la adjudicación del Comité de Evaluación, elevándola a la Autoridad superior de la Convocante, si correspondiere. POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA LEY N° 2051/2003, “DE CONTRATACIONES PÚBLICAS”.-
8. Elaborar los Pliegos de Bases y Condiciones particulares para cada licitación por concurso de ofertas, tramitar las invitaciones y difusión del llamado, responder a las aclaraciones y comunicar las enmiendas, recibir, custodiar las ofertas recibidas, someterlas a consideración del Comité de Evaluación, revisar los informes de evaluación y refrendar la recomendación de la adjudicación del Comité de Evaluación, elevándola a la Autoridad superior de la Convocante, si correspondiere.
9. Establecer las especificaciones técnicas o términos de referencia preparados por los peritos designados para tales fines y el inicio formal del proceso de Licitación Abierta;
2) Adjudicar mediante acta el proceso de Licitación Abierta, tomando como base los informes emitidos por los peritos designados por la Unidad Ejecutora del Fideicomiso Pro- Pedernales tanto demás condiciones para la preparación contratación directa, tramitar las invitaciones, responder a las aclaraciones y comunicar las enmiendas, recibir, custodiar las ofertas recibidas, evaluar las ofertas y recomendar la adjudicación cuando no se constituya un Comité de Pliegos como para Evaluación, y elevar la evaluación de Ofertas/Propuestas. En este sentido, una vez realizada una adjudicación, instruirá recomendación a la Fiduciaria Autoridad Administrativa superior, si correspondiere.
10. Emitir el dictamen que justifique las causales de excepción a suscribir la Licitación establecidas en el o Artículo 33º de la Ley.
11. Gestionar la formalización de los Contratos contratos y recibir las garantías correspondientes.
12. Mantener un archivo ordenado y sistemático en forma física y electrónica de lugar respecto la documentación comprobatoria de los actos y contratos que sustenten las operaciones realizadas por el plazo de prescripción.
13. Las demás atribuciones que sean necesarias para ejecutar los procedimientos de compras planeamiento, programación, presupuesto y contrataciones mencionadoscontratación de las materias reguladas en la Ley.
3) Cancelar, suspender, declarar desierto total o parcialmente el proceso de Licitación Abierta, tomando como base los informes emitidos por los peritos para tales fines. En consecuencia, podrá ordenar sean iniciados otros procesos en las condiciones que determine en el referido acto de cancelación, suspensión o declaratoria de desierto de un procedimiento.
4) Conocer y resolver las decisiones vinculadas a la modificación, suspensión, prórroga o extinción de el o los Contratos devenidos en el proceso de Licitación Abierta, siempre dentro del marco de lo aprobado por el Comité Administrativo, así como otras que se produzcan durante la fase de ejecución de el o los Contratos, sometidas a su consideración por la Unidad de Gerencia Técnica del Fideicomiso Pro-Pedernales.
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Samples: Reglamento De La Ley N° 2051/2003
Atribuciones. Son atribuciones Además de las competencias establecidas en la Unidad Ley de Gerencia Técnica del Fideicomiso Pro-PedernalesContrataciones Públicas, sin carácter limitativo, el Servicio Nacional de Contrataciones tendrá las siguientessiguientes atribuciones:
1) Aprobar y/o modificar . Dictar las políticas y normas para el funcionamiento de los Pliegos Registros Auxiliares de Condiciones Contratistas, así como velar por el cumplimiento de especificaciones técnicas o términos de referencia preparados las mismas.
2. Evaluar, analizar y hacer seguimiento a la información enviada por los peritos designados para tales fines órganos y entes a que se refiere la Ley de Contrataciones Públicas, con la finalidad de emitir estadísticas, informes técnicos y de gestión, que permitan la formulación de políticas de desarrollo económico y social por parte de la Comisión Central de Planificación.
3. Suspender del Registro Nacional de Contratistas, las personas que hayan dejado de actualizar sus datos en el inicio formal del proceso sistema. Sin embargo, el contratista suspendido por esta causa podrá participar en los procedimientos de Licitación Abierta;selección de Contratistas previstos en la Ley de Contrataciones Públicas si cumple nuevamente con la actualización de sus datos en el sistema de inscripción.
2) Adjudicar mediante acta el proceso 4. Declarar la inhabilitación de Licitación Abierta, tomando como base los informes emitidos por los peritos designados por la Unidad Ejecutora del Fideicomiso Pro- Pedernales tanto para la preparación de Pliegos como para la evaluación de Ofertas/Propuestas. En este sentidoaquellas personas naturales, una vez realizada una adjudicaciónque la Contraloría General de la República determine la responsabilidad administrativa correspondiente, instruirá de acuerdo a lo establecido en la Ley de Contrataciones Públicas.
5. Recibir de los órganos o entes sujetos a la Fiduciaria a suscribir Ley de Contrataciones Públicas, información acerca de las Contrataciones Directas basados en el o numeral 4 del artículo 76 para determinar si la emergencia fue declarada justificadamente, efectuando la calificación y el seguimiento correspondiente.
6. Verificar y evaluar los Contratos resultados de lugar respecto la aplicación de los procedimientos de compras y contrataciones mencionadosPlanes Excepcionales dictados por el Ejecutivo Nacional.
3) Cancelar7. Podrán efectuar seguimiento y control de las actividades que realicen las Comisiones Comunales de Contratación, suspendercon la finalidad de asegurar el cumplimiento de las normas establecidas en la Ley de Contrataciones Públicas.
8. Verificar y evaluar los sistemas que establezcan los órganos o entes contratantes mediante la utilización de Medios Electrónicos para efectuar contrataciones electrónicas, declarar desierto total o parcialmente de manera que garanticen el proceso cumplimiento de Licitación Abiertalos principios señalados en la Ley de Contrataciones Públicas y lo establecido en este Reglamento.
9. Informar a las autoridades competentes el incumplimiento de las disposiciones previstas en la Ley de Contrataciones Públicas, tomando como base los informes emitidos por los peritos para tales fines. En consecuencia, podrá ordenar sean iniciados otros procesos en las condiciones que determine pudiera implicar la presunta comisión de hechos punibles previstos en el referido acto Código Penal y la Ley contra la Corrupción, a los efectos de cancelación, suspensión o declaratoria que se realicen los actos de desierto de un procedimientoinvestigación correspondientes y ejercer las acciones civiles y penales si fuera procedente.
4) Conocer y resolver las decisiones vinculadas 10. Presentar a la modificaciónComisión Central de Planificación, suspensiónlos proyectos de reglamentos internos relacionados con la Ley del Contrataciones Públicas.
11. Publicar en la página web oficial los Llamados de Participación a Concurso Abierto y Concurso Abierto Anunciado Internacionalmente, prórroga que a los efectos le remitan los órganos o extinción entes, de administración pública.
12. Mantener actualizado tecnológicamente el o los Contratos devenidos en Servicio Nacional de Contrataciones.
13. Aprobar el proceso sistema interno de Licitación Abierta, siempre dentro Recursos Humanos del marco de lo aprobado por el Comité Administrativo, así como otras Servicio.
14. Cualquier otra que se produzcan durante la fase de ejecución de el o los Contratos, sometidas a le señale su consideración por la Unidad de Gerencia Técnica del Fideicomiso Pro-PedernalesReglamento Interno.
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