Ayuda al estudio. El personal comprendido dentro del ámbito del presente Xxxxxxxx, percibirá en concepto de ayuda a estudios oficiales las cantidades que a continuación se especifican, teniendo en cuenta que, en el caso de que ambos cónyuges presten servicio en Aguas del Huesna, sólo las percibirá uno de ellos, debiendo estar todas las solicitudes justificadas documentalmente.
a) Todo el personal que tenga hijos que cursen estudios de Educación Primaria hasta su ingreso en Educación Secundaria Obligatoria, percibirá 133,03 € anuales por cada uno de los hijos.
Ayuda al estudio. Para la realización de estas prácticas no hay prevista una compensación económica obligatoria. Sin embargo, los alumnos pueden acogerse a cualquier modalidad de ayuda compensatoria que sea compatible con su condición de alumno en prácticas. La empresa/entidad puede realizar aportaciones económicas en forma de bolsa de ayuda al estudio.
Ayuda al estudio. 70,84 Euros /año. 99,31 Euros /año.
Ayuda al estudio. Apartado a) Por hijos de los trabajadores, desde Educación Primaria hasta ingreso en ESO. 2024 ANUAL 142,70 € Nº 181 - martes 17 de septiembre de 2024
Apartado b) Por hijos de trabajadores durante la Educación Secundaria Obligatoria 2024 ANUAL 180,40 €
Apartado c) Por hijos de trabajadores durante FP Grado Medio y Progamas de Garantía Social 2024 ANUAL 196,86 €
Apartado d) Por hijos de trabajdores que cursen Bachillerato y FP de Grado Superior. 2024 ANUAL 230,16 €
Apartado e) 50% de la matrícula de hijos de trabajadores que cursen en Universidad Pública 15.734,68
Ayuda al estudio. Por hijo de trabajdores desde edad de guardería hasta los 23 años. 119,65 € Página 10 de 10 Nº 181 - martes 17 de septiembre de 2024 CVE: BOP-SE-2024-181030 Página 217 de un total de 227
Ayuda al estudio. La empresa/institución abonará mensualmente al estudiante seleccionado la cantidad estipulada en cada oferta de prácticas en concepto de bolsa o ayuda al estudio, siendo la cantidad mínima 360€ .
Ayuda al estudio. Todos los Trabajadores fijos y Trabajadoras fijas con hijos en Enseñanza Primaria y 1º y 2º de E.S.O. tendrán derecho a percibir la cantidad que para el año 2013 será de 63,34 euros anuales por hijo y de 88,80 euros anuales por hijo cuando cursen estudios de 3º y 4º de E.S.O., Bachillerato, F.P., Universitarios y Escuelas Técnicas, previa justifica- ción a tal efecto en todos los casos.
Ayuda al estudio. La empresa/entidad abonará mensualmente al estudiante seleccionado la cantidad estipulada para cada puesto de prácticas en concepto de bolsa o ayuda al estudio; las cantidades mínimas son las que indica el DOIP y publica en su página web.
Ayuda al estudio. El personal afectado por este convenio con hijos o hijas en Enseñanza Primaria y 1º y 2º de E.S.O. tendrán derecho a percibir, en proporción al tiempo trabajado durante el año, la cantidad
Ayuda al estudio. Se aplicará en esta materia lo que figura en el Reglamento de Ayudas al Estudio, que se adi- ciona como “Anexo II” a este Convenio.