CALIDAD. Los Productos Petrolíferos Pemex entregados a la “DEPENDENCIA” o “ENTIDAD” deberán cumplir con la Regulación Aplicable o con las autorizaciones emitidas por Autoridades Competentes. En caso de que “PEMEX TRI” cuente con una autorización por parte de la Autoridad Competente para vender petrolíferos con especificaciones de calidad distintas a las establecidas en la Regulación Aplicable deberá comunicarlo a la “DEPENDENCIA” o “ENTIDAD” conforme a lo establecido en la Cláusula de Avisos y Comunicaciones. En caso de alguna inconformidad con relación a la calidad del Producto Petrolífero Pemex entregado a la “DEPENDENCIA” o “ENTIDAD”, las “PARTES” las resolverán de buena fe.
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Samples: Contrato De Servicio De Suministro De Combustible, Contrato De Servicio De Suministro De Combustible, Service Agreement
CALIDAD. Los Productos Petrolíferos Pemex entregados a la “DEPENDENCIA” o “ENTIDAD” deberán cumplir con la Regulación Aplicable o con las autorizaciones emitidas por Autoridades Competentes. En caso de que “PEMEX TRI” cuente con una autorización por parte de la Autoridad Competente para vender petrolíferos con especificaciones de calidad distintas a las establecidas en la Regulación Aplicable deberá comunicarlo a la “DEPENDENCIA” o “ENTIDAD” conforme a lo establecido en la Cláusula de Avisos y Comunicaciones. En caso de alguna inconformidad con relación a la calidad del Producto Petrolífero Pemex entregado a la “DEPENDENCIA” o “ENTIDAD”, las “PARTES” las resolverán de buena fe, procurando en todo momento al pronto restablecimiento de la normalidad en el ejercicio de los derechos y obligaciones consignados en el presente instrumento.
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Samples: Contrato De Suministro De Combustible, Contrato De Suministro De Combustible
CALIDAD. Los Productos Petrolíferos Pemex entregados a la “DEPENDENCIA” o “ENTIDADEL CENACE” deberán cumplir con la Regulación Aplicable o con las autorizaciones emitidas por Autoridades Competentes. En caso de que “PEMEX TRI” cuente con una autorización por parte de la Autoridad Competente para vender petrolíferos con especificaciones de calidad distintas a las establecidas en la Regulación Aplicable deberá comunicarlo a la “DEPENDENCIA” o “ENTIDADEL CENACE” conforme a lo establecido en la Cláusula de Avisos y Comunicaciones. En caso de alguna inconformidad con relación a la calidad del Producto Petrolífero Pemex entregado a la “DEPENDENCIA” o “ENTIDADEL CENACE”, las “PARTES” las resolverán de buena fe, procurando en todo momento al pronto restablecimiento de la normalidad en el ejercicio de los derechos y obligaciones consignados en el presente instrumento.
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CALIDAD. Los Productos Petrolíferos Pemex entregados a la “DEPENDENCIA” o “ENTIDADLA AEFCM” deberán cumplir con la Regulación Aplicable o con las autorizaciones emitidas por Autoridades Competentes. En caso de que “PEMEX TRI” cuente con una autorización por parte de la Autoridad Competente para vender petrolíferos con especificaciones de calidad distintas a las establecidas en la Regulación Aplicable deberá comunicarlo a la “DEPENDENCIA” o “ENTIDADLA AEFCM” conforme a lo establecido en la Cláusula de Avisos y Comunicaciones. En caso de alguna inconformidad con relación a la calidad del Producto Petrolífero Pemex entregado a la “DEPENDENCIA” o “ENTIDADLA AEFCM”, las “PARTES” las resolverán de buena fe, procurando en todo momento al pronto restablecimiento de la normalidad en el ejercicio de los derechos y obligaciones consignados en el presente instrumento.
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