CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS. El contrato será adjudicado al licitante cuya oferta resulte solvente porque cumple, conforme a los criterios de evaluación establecidos, con los requisitos legales, técnicos y económicos de las presentes bases y que garanticen el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la convocante, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición cuyo precio sea el más bajo, siempre y cuando éste resulte conveniente. Los precios ofertados que se encuentren por debajo del precio conveniente, podrán ser desechados por la convocante. De no actualizarse los supuestos de los párrafos anteriores; y, en caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación, o no haber empresas del Sector antes señalado, y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de MIPYMES, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación, conforme a los artículos 36 Bis de la LAASSP y 54 del Reglamento. En el caso de las proposiciones presentadas por medios electrónicos, el sorteo por insaculación se realizará a través de COMPRANET, conforme a las disposiciones administrativas que emita la SFP:
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS. 10 Causas de Desechamiento.
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS. El contrato será adjudicado al licitante cuya oferta resulte solvente porque cumple, conforme a los criterios de evaluación establecidos, con los requisitos legales, técnicos y económicos de la presente convocatoria y que garanticen el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la convocante, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición cuyo precio sea el más bajo, siempre y cuando éste resulte conveniente. Los precios ofertados que se encuentren por debajo del precio conveniente, podrán ser desechados por la convocante. De no actualizarse los supuestos del párrafo anterior, si derivado de la evaluación económica de las proposiciones, se desprende el empate en cuanto a precios ofertados por dos o más licitantes, se procederá a llevar a cabo el sorteo manual por insaculación a fin de extraer el boleto del licitante ganador, conforme a lo dispuesto en el artículo 44 del Reglamento de la LAASSP. De acuerdo con lo establecido en la fracción I del artículo 36Bis de la Ley, el criterio que se utilizará como método para evaluar las propuestas, será el mecanismo de puntos y porcentajes; por lo que, para ser sujeto de valuación bajo el criterio de puntos y porcentajes, se considerarán únicamente a el (los) licitante (s) que previamente haya (n) cumplido cuantitativa y cualitativamente con todos y cada uno de los requisitos establecidos en esta Convocatoria, de acuerdo a lo siguiente: Se comprobará que las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas contengan la información, documentación y requisitos de la presente Convocatoria, la (s) junta (s) de aclaraciones y sus anexos. (numerales 3, 3.1, 3.2 y 3.3) Se verificará que garanticen y satisfagan las condiciones de entrega de los bienes. No serán objeto de evaluación, las condiciones establecidas por la convocante, que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la licitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las propuestas. En tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 30, penúltimo párrafo del Reglamento de la LAASSP, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados. Serán considerados únicamente el(los) Licitante(es) y las proposiciones que cum...
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS. 10 CAUSAS DE DESECHAMIENTO.
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS. El contrato será adjudicado al participante cuya oferta resulte solvente porque cumple, conforme a los criterios de evaluación establecidos, con los requisitos legales, técnicos y económicos de las presentes bases de invitación y que garanticen el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la convocante, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición cuyo precio sea el más bajo, siempre y cuando éste resulte conveniente. Los precios ofertados que se encuentren por debajo del precio conveniente, podrán ser desechados por la convocante. En caso de existir igualdad de condiciones se dará preferencia a aquellas personas que integren el sector de MIPYMES empresas nacionales. De existir empate entre personas de dicho sector, la adjudicación se efectuará a favor del participante que resulte ganador en términos del artículo 54 del Reglamento de la LAASSP. De no actualizarse los supuestos del párrafo anterior, si derivado de la evaluación económica de las proposiciones, se desprende el empate en cuanto a precios ofertados por dos o más participantes, se procederá a llevar a cabo el sorteo manual por insaculación a fin de extraer el boleto del participante ganador, conforme a lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la LAASSP.
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS. EL CONTRATO SERÁ ADJUDICADO POR PARTIDA AL LICITANTE CUYA OFERTA RESULTE SOLVENTE PORQUE CUMPLE, CONFORME A LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN ESTABLECIDOS, CON LOS REQUISITOS LEGALES, TÉCNICOS Y ECONÓMICOS EN BASE AL PRESUPUESTRO AUTORIZADO POR PARTIDA DE LAS PRESENTES CONVOCATORIA Y QUE GARANTICEN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RESPECTIVAS, EN BASE AL PRESUPUESTO AUTORIZADO POR PARTIDA. SI RESULTARE QUE DOS O MÁS PROPOSICIONES SON SOLVENTES PORQUE SATISFACEN LA TOTALIDAD DE LOS REQUERIMIENTOS SOLICITADOS POR LA CONVOCANTE, EL CONTRATO SE ADJUDICARÁ A QUIEN PRESENTE LA PROPOSICIÓN CUYO PRECIO SEA EL MÁS BAJO, SIEMPRE Y CUANDO ÉSTE RESULTE CONVENIENTE. LOS PRECIOS OFERTADOS QUE SE ENCUENTREN POR DEBAJO DEL PRECIO CONVENIENTE, PODRÁN SER DESECHADOS POR LA CONVOCANTE. SI SE OBTUVIERA UN EMPATE ENTRE DOS O MAS LICITANTES, SE REALIZARÁ LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO A FAVOR DEL LICITANTE QUE RESULTE GANADOR DEL SORTEO POR INSACULACIÓN, COLOCÁNDOSE EN UNA URNA LAS BOLETAS DE CADA LICITANTE EMPATADO, Y SE PROCEDERÁ A EXTRAER EN PRIMER LUGAR LA BOLETA DEL LICITANTE GANADOR Y POSTERIORMENTE LAS DEMÁS BOLETAS, DETERMINÁNDOSE ASÍ LOS SUBSECUENTES LUGARES. EN EL CASO DE LAS PROPOSICIONES PRESENTADAS POR MEDIOS ELECTRÓNICOS, EL SORTEO POR INSACULACIÓN SE REALIZARÁ A TRAVÉS DE COMPRANET, CONFORME A LAS DISPOSICIONES ADMINISTRATIVAS QUE EMITA LA SFP:
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS. El contrato será adjudicado al licitante cuya oferta resulte solvente porque cumple, conforme a los criterios de evaluación establecidos, con los requisitos legales, técnicos y económicos de la presente convocatoria y que garanticen el cumplimiento de las obligaciones respectivas. El contrato será adjudicado por régimen para el caso del IMSS y por entidad o dependencia en la cual haya sido adjudicado participando. Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la convocante, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición cuyo precio sea el más bajo, siempre y cuando éste resulte conveniente. En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia en primer término a las Micro Empresas, a continuación se considerará a las Pequeñas Empresas y en caso de no contarse con alguna de las anteriores empresas nacionales, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que tenga el carácter de Mediana Empresa. De no actualizarse los supuestos de los párrafos anteriores; y, en caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación, o no haber empresas del Sector antes señalado, y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de MIPYMES, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación, conforme a los artículos 36 Bis de la LAASSP y 54 del Reglamento. Para los efectos de que la Convocante esté en condiciones de incorporar a COMPRANET los datos relativos a los contratos que se deriven de este procedimiento de contratación, el licitante que resulte con adjudicación de contrato, será responsable de estar inscrito y mantener actualizada su información en el Registro Único de Proveedores y Contratistas (RUPC) de COMPRANET, de conformidad y para los efectos de lo establecido en las disposiciones 18 y 19 del Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar par la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado COMPRANET, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 xx xxxxx de 2011.
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS. El contrato será adjudicado al licitante cuya oferta resulte solvente porque cumple, conforme a los criterios de evaluación establecidos, con los requisitos legales, técnicos y económicos de la presente CONVOCATORIA y que garanticen el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la convocante, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición cuyo precio sea el más bajo, siempre y cuando éste resulte conveniente. Los precios ofertados que se encuentren por debajo del precio conveniente, podrán ser desechados por la convocante. De no actualizarse los supuestos de los párrafos anteriores; y, en caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación, o no haber empresas del Sector antes señalado, y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de MIPYMES, se realizará la CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ELECTRÓNICA No. LA-012NAW001- -2019 "ARRENDAMIENTO DE EQUIPOS PARA PROCEDIMIENTOS DE MÍNIMA INVASIÓN POR LAPAROSCOPIA EN LOS 35 adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación, conforme a los artículos 36 Bis de la LEY y 54 del REGLAMENTO.
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS. El contrato será adjudicado al licitante cuya oferta resulte solvente porque cumple, conforme a los criterios de evaluación establecidos, con los requisitos legales, técnicos y económicos de la presente convocatoria y que garanticen el cumplimiento de las obligaciones respectivas. Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la convocante, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición cuyo precio sea el más bajo, siempre y cuando éste resulte conveniente. Los precios ofertados que se encuentren por debajo del precio conveniente, podrán ser desechados por la convocante. Si derivado de la evaluación económica de las proposiciones, se desprende el empate en cuanto a precios ofertados por dos o más licitantes, se procederá a llevar a cabo el sorteo manual por insaculación a fin de extraer el boleto del licitante ganador, conforme a lo dispuesto en el artículo 67 del Reglamento de la LAASSP.
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS. 1. Sin perjuicio de las disposiciones legales, reglamentarias o administrativas nacionales relativas al precio de determinados suministros o a la remuneración de determinados servicios, los poderes adjudicadores aplicarán, para adjudicar los contratos públicos, el criterio de la oferta económicamente más ventajosa.