Common use of CALIFICACIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO Clause in Contracts

CALIFICACIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO. Se califica este contrato como de servicios de los definidos en el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante RDL 3/2011), y se encuadra en la categoría 17 del Anexo II de la citada norma. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego, para lo no previsto en los mismos, el contrato se regirá en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción en defecto de normas específicas, por la RDL 3/2011, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP, el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga a la RDL 3/2011; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Y Técnicas Particulares Procedimiento: Negociado Con Publicidad, Pliego De Cláusulas Administrativas Y Técnicas Particulares

CALIFICACIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO. Se califica este contrato como de servicios de los definidos en el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante RDL 3/2011), y se encuadra en la categoría 17 del Anexo II de la citada norma. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego, para lo no previsto en los mismos, el contrato se regirá en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción en defecto de normas específicas, por la RDL 3/2011, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP, y en lo que permanece vigente, el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga a la RDL 3/2011; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Y Técnicas Particulares

CALIFICACIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO. Se califica este contrato como de servicios administrativo especial de los definidos en el artículo 10 19.1.b) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público Público. (en adelante RDL 3/2011TRLCSP), y se encuadra en la categoría 17 del Anexo II de la citada norma. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego, para lo no previsto en los mismos, el contrato se regirá en cuanto a primer término, por su preparación, adjudicación, efectos y extinción en defecto de normas específicas, supletoriamente por la el RDL 3/2011, de 30 14 de octubrenoviembre, de Contratos del Sector Públicopor el que se aprueba el (TRLCSP), Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP, LCSP y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga a la RDL 3/2011; supletoriamente se aplicarán al TRLCSP y las restantes normas de derecho administrativoadministrativo y, en su defecto, por las normas de derecho privado.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Procedimiento

CALIFICACIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO. Se califica este contrato como de servicios de los definidos definido en el artículo 10 10, categoría 25 del Anexo II, del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (Público, en adelante RDL 3/2011), y se encuadra en la categoría 17 del Anexo II 3/2011(B.O.E. nº 276 de la citada norma16 de noviembre) o TRLCSP. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego, para pliego y en el de prescripciones técnicas. Para lo no previsto en los mismos, el contrato se regirá en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción extinción, en defecto de normas específicas, por la RDL el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 30 14 de octubre, de Contratos del Sector Público, Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxxnoviembre, por el que se desarrolla parcialmente aprueba el texto refundido de la LCSPLey de Contratos del Sector Público (TRLCSP), sus normas de desarrollo y por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga a la RDL 3/2011; supletoriamente al TRLCSP. Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo.

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Samples: Pliego De Clásulas Administrativas Particulares Para La Contratacion Del Servicio

CALIFICACIÓN Y RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO. Se califica este contrato como de servicios de los definidos en el artículo 10 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido categoría 14 del anexo II del Real Decreto Legislativo 3/2011, de la Ley 14 de Contratos del Sector Público (en adelante RDL 3/2011), y se encuadra en la categoría 17 del Anexo II de la citada normanoviembre. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este pliego, para lo no previsto en los mismos, el contrato se regirá en cuanto a su preparación, adjudicación, efectos y extinción extinción, en defecto de normas específicas, por la RDL específicas del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 30 14 de octubre, de Contratos del Sector Públiconoviembre, Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP, LCSP y el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas en todo lo que no se oponga a la RDL al Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativoadministrativo y en su defecto las normas de derecho privado.

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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Procedimiento