CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN. Se podrá cancelar esta licitación, en los siguientes supuestos: a) Por caso fortuito o fuerza mayor. b) Cuando existan circunstancias debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad de contratar los trabajos y que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio al Instituto. c) No se cuente con el presupuesto autorizado para otorgar la adjudicación del contrato en los tiempos marcados en la Ley.
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CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN. Se podrá cancelar esta licitaciónLicitación, en los siguientes supuestos:
a) Por caso fortuito o fuerza mayor.
b) Cuando existan circunstancias debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad de contratar los trabajos y que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio al Instituto.
c) No se cuente con el presupuesto autorizado para otorgar la adjudicación del contrato en los tiempos marcados en la Ley.
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CANCELACIÓN DE LA LICITACIÓN. Se podrá cancelar esta licitaciónLicitación, en los siguientes supuestos:
a) Por caso fortuito o fuerza mayor.
b) Cuando existan circunstancias debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad de contratar los trabajos y que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio al Instituto.
c) No se cuente con el presupuesto autorizado para otorgar la adjudicación del contrato de los contratos en los tiempos marcados en la Ley.
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