FORMA DE ADJUDICACIÓN. MODELO DE CONTRATO.
FORMA DE ADJUDICACIÓN. DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO POR EL ARTÍCULO 29, FRACCIÓN XII DE LA LEY Y 39, FRACCIÓN II, INCISO H) DEL REGLAMENTO, SE INDICA A LOS LICITANTES QUE EL SERVICIO OBJETO DE ESTA INVITACIÓN SERÁ ADJUDICADO POR PARTIDA ÚNICA DE ACUERDO AL PRESUPUESTO DISPONIBLE PARA LA CONTRATACIÓN, AL LICITANTE QUE CUMPLA CON TODOS LOS REQUISITOS TÉCNICOS, ADMINISTRATIVOS, LEGALES Y ECONÓMICOS, SOLICITADOS EN LA PRESENTE INVITACIÓN. SI DERIVADO DE LA EVALUACIÓN ECONÓMICA, SE OBTUVIERA UN EMPATE LA PROPUESTA DE DOS O MÁS LICITANTES, PARA LA CONTRATACIÓN SE DARÁ PREFERENCIA DEL LICITANTE QUE MANIFIESTE PERTENECER AL SECTOR DE MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS NACIONALES POR EL ARTÍCULO 36 BIS SEGUNDO PÁRRAFO DE LA LEY Y 54 DE SU REGLAMENTO.
FORMA DE ADJUDICACIÓN. EL MANTENIMIENTO Y HABILITACIÓN DE INMUEBLES, OBJETO DE ESTE PROCEDIMIENTO SERÁ ADJUDICADO A UN SÓLO LICITANTE DE ACUERDO AL PRESUPUESTO DISPONIBLE PARA LA CONTRATACIÓN, CONFORME A LO DESCRITO EN LA PRESENTE CONVOCATORIA Y SUS ANEXOS, AL LICITANTE QUE HABIENDO CUMPLIDO CON TODA LA DOCUMENTACIÓN LEGAL – ADMINISTRATIVOS, TÉCNICA Y ECONÓMICA, OBTENGA LA MAYOR PUNTACIÓN. SI DERIVADO DE LA EVALUACIÓN ECONÓMICA, SE OBTUVIERA UN EMPATE LA PROPUESTA DE DOS O MÁS LICITANTES, PARA LA CONTRATACIÓN SE DARÁ PREFERENCIA DEL LICITANTE QUE MANIFIESTE PERTENECER AL SECTOR DE MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS. CONFORME LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 12 DE REGLAMENTO DE LA LEY, EL LICITANTE DEBERA PRESENTAR A LA SFP COPIA DEL DOCUMENTO EXPEDIDO POR AUTORIDAD COMPETENTE QUE DETERMINE SU ESTRATIFICACIÓN COMO MICRO, PEQUEÑA O MEDIANA EMPRESA, O BIEN, UN ESCRITO EN EL CUAL MANIFIESTEN, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE CUENTAN CON ESE CARÁCTER.
FORMA DE ADJUDICACIÓN. Una vez recibidas las ofertas, se analizará la documentación presentada en el sobre 1. Si se observasen defectos y omisiones subsanables en la documentación presentada, o se precisasen aclaraciones o documentación complementaria, se concederá un plazo no superior a (3) tres días hábiles para que el licitador subsane el error o indique las aclaraciones requeridas o presente la documentación complementaria. Una vez calificada la documentación señalada en los párrafos anteriores, y subsanados, en su caso, los defectos y omisiones o presentadas las aclaraciones o documentación complementaria requerida, se determinarán los licitadores que se ajustan a los criterios de selección de la presente contratación, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. Se comunicará a las empresas la admisión o rechazo. Las empresas eliminadas en esta fase de admisión previa no serán consideradas a ningún efecto en el resto del proceso de adjudicación. En el día que se señale, se procederá en acto público a la apertura del sobre 2. Las proposiciones económicas se valorarán conforme a lo dispuesto en el apartado II.6. siguiente. Se levantará acta de todo ello, en la que se contendrán las cantidades ofertadas.
FORMA DE ADJUDICACIÓN. La adjudicación será por PARTIDA, de conformidad con lo previsto por los artículos 29 fracción XII de la “LAASSP” y 39, fracción II, inciso h) de su “Reglamento”.
FORMA DE ADJUDICACIÓN. 11.1.- La adjudicación del contrato se realizará por el órgano de contratación mediante procedimiento negociado, de conformidad con lo establecido en los artículos 169.2, 174.e) y 177.2 del TRLCSP.
11.2.- La adjudicación recaerá en el candidato justificadamente elegido por el órgano de contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatos y negociar las condiciones del contrato con uno o varios de ellos, de acuerdo con el artículo 169.1 del TRLCSP. No será necesario dar publicidad al procedimiento, asegurándose la concurrencia mediante la solicitud, por parte del órgano de contratación, de ofertas al menos a tres empresas o profesionales capacitados para la realización del objeto del contrato, siempre que ello sea posible. No obstante, en cumplimento de lo dispuesto en la Resolución de 19 de diciembre de 2016, de la Dirección General del Patrimonio del Estado [por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de diciembre de 2016, por el que se instruye a las entidades del sector público estatal para dar publicidad a determinados contratos no sujetos a regulación armonizada], el órgano de contratación publicará en su perfil del contratante (integrado en la Plataforma de Contratación del Sector Público) anuncios con carácter previo o simultáneo a cursar la invitación a formular una primera oferta que sea objeto de negociación. En el perfil del contratante del órgano de contratación, que en todo caso se integrará en la Plataforma de Contratación del Sector Público, se publicarán anuncios con carácter previo o simultáneo a cursar, en su caso, la invitación con la primera oferta que sea objeto de negociación. En el anuncio, que permitirá acceder a los pliegos, se fijará el plazo, que no podrá ser inferior a siete días hábiles, para que los operadores económicos presenten las correspondientes ofertas. No podrá excluirse del procedimiento a ningún operador económico que presente una oferta admisible de conformidad con lo establecido en el presente pliego de cláusulas administrativas particulares y cumpla los requisitos de aptitud establecidos para celebrar el contrato.
FORMA DE ADJUDICACIÓN. Con fundamento en el artículo 44 fracción I del REGLAMENTO, así como lo establecido en el numeral 5.3 de esta convocatoria; una vez hecha la evaluación de las proposiciones respectivas, el contrato se adjudicará al LICITANTE cuya oferta resulte solvente, porque cumple con los requisitos legales, técnicos y económicos establecidos en la presente convocatoria y por tanto garantiza el cumplimiento de las obligaciones respectivas y haya obtenido el mejor resultado de la evaluación combinada de puntos y porcentajes. De conformidad con el penúltimo párrafo del artículo 45 del REGLAMENTO cuando se advierta en el Fallo la existencia de un error aritmético, mecanógrafo o de cualquier otra naturaleza, que no afecte el resultado de la evaluación realizada por el INSTITUTO, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su notificación y siempre que no se haya firmado el contrato, la Convocante procederá a su corrección con la intervención del Director de Recursos Materiales y Servicios, aclarando o rectificando el mismo mediante el acta administrativa correspondiente en la que se hará constar los motivos que lo originaron y las razones que sustentan su enmienda, hecho que se notificará a los LICITANTES que hubieran participado en el procedimiento de contratación, remitiendo copia de la misma al Órgano Interno de Control dentro de los 5 (cinco) días hábiles posteriores a la fecha de su firma. En caso de empate, la adjudicación se efectuará conforme a lo establecido en el artículo 44 del REGLAMENTO y artículo 83 de las POBALINES. Este procedimiento de contratación comprende de 1 (una) partida, por lo tanto, la adjudicación del contrato será a un solo LICITANTE.
FORMA DE ADJUDICACIÓN. La IM se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier oferta, así como de anular el proceso de licitación en cualquier momento con anterioridad a la adjudicación, sin que por ello incurra en responsabilidad alguna frente a los oferentes.
FORMA DE ADJUDICACIÓN. Concurso
FORMA DE ADJUDICACIÓN. LOS SERVICIOS OBJETO DE LA PRESENTE LICITACIÓN SE ADJUDICARÁN POR PARTIDA A UN SOLO LICITANTE Y SOLAMENTE TENDRÁ UNA SOLA FUENTE DE ABASTECIMIENTO.