Common use of Cancelación de Viaje por Enfermedad, Accidente o Fallecimiento Clause in Contracts

Cancelación de Viaje por Enfermedad, Accidente o Fallecimiento. La Compañía pagará hasta la Suma Asegurada contratada para esta cobertura si previo a la fecha de salida de Viaje, el Asegurado y/o el Acompañante que vaya con él en el mismo viaje, que se encuentre debidamente registrado en la misma Póliza de Viaje del Asegurado y se encuentre registrado en el mismo Transporte Público que el Asegurado, se vea impedido, a juicio de un Médico, para realizar el viaje a consecuencia de alguna Urgencia Médica o Accidente que requiera hospitalización o a causa de fallecimiento. La Compañía también pagará hasta la Suma Asegurada contratada para esta cobertura si previo a la fecha de salida de Viaje algún Familiar Directo del Asegurado, independientemente de que éste se encuentre o no registrado en la misma Póliza de Viaje, fallezca, o bien, sufra una Urgencia Médica o accidente que, a juicio de un Médico, requiera hospitalización. La indemnización corresponderá a los gastos de viaje contratados previamente al inicio del viaje y no reembolsables, debiendo el Asegurado comprobar tal situación mediante la factura pagada correspondiente que le hubiere sido expedida y documento comprobatorio de gastos no reembolsables expedido por el Prestador de Servicios correspondiente. Los gastos de Viaje deberán haber sido contratados y pagados en su totalidad previo a la fecha programada de Viaje. La indemnización que efectúe la Compañía por cancelación de Viaje, en ningún caso excederá de la Suma Asegurada contratada para esta cobertura. La indemnización correspondiente a esta cobertura se pagará siempre y cuando:

Appears in 3 contracts

Samples: buy2.chubbtravelinsurance.com, www.chubb.com, www.chubb.com

Cancelación de Viaje por Enfermedad, Accidente o Fallecimiento. La Compañía pagará hasta la Suma Asegurada contratada para esta cobertura si previo a la fecha de salida de ViajeXxxxx, el Asegurado y/o el Acompañante que vaya con él en el mismo viajeviaje y con el mismo objetivo de negocio, que se encuentre debidamente registrado en la misma Póliza de Viaje del Asegurado y se encuentre registrado en el mismo Transporte Público que el Asegurado, se vea impedido, a juicio de un Médico, para realizar el viaje a consecuencia de alguna Urgencia Médica o Accidente que requiera hospitalización o a causa de fallecimiento. La Compañía también pagará hasta la Suma Asegurada contratada para esta cobertura si previo a la fecha de salida de Viaje algún Familiar 16 Directo del Asegurado, independientemente de que éste se encuentre o no registrado en la misma Póliza de Viaje, fallezcaAsegurado fallece, o bien, sufra sufre una Urgencia Médica o accidente que, a juicio de un Médico, requiera hospitalización. La indemnización corresponderá a los gastos de viaje contratados previamente al inicio del viaje y no reembolsables, debiendo el Asegurado comprobar tal situación mediante la factura pagada correspondiente que le hubiere sido expedida y documento comprobatorio de gastos no reembolsables expedido por el Prestador de Servicios correspondiente. Los gastos de Viaje deberán haber sido contratados y pagados en su totalidad previo a la fecha programada de Viaje. La indemnización que efectúe la Compañía por cancelación de Viaje, en ningún caso excederá de la Suma Asegurada contratada para esta cobertura. La indemnización correspondiente a esta cobertura se pagará siempre y cuando:

Appears in 2 contracts

Samples: www.chubb.com, www.chubb.com