Cancelación del Procedimiento. La Convocante podrá cancelar la Licitación cuando se presente caso fortuito; fuerza mayor; existan circunstancias justificadas que extingan la necesidad para contratar los servicios objeto de esta licitación, o que de continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la Convocante.
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Samples: Licitación Pública, Licitación Pública Nacional, Mantenimiento Y Conservación De Parques Y Jardines