Common use of Cancelación Clause in Contracts

Cancelación. Esta Póliza no será cancelada por el Asegurador, excepto por la falta de pago de la prima. En caso de no pagarse la prima se aplicará lo siguiente: En el evento xx xxxx o simple retardo en el pago de todo o parte de la prima, reajustes o intereses, la Compañía podrá declarar resuelto el contrato mediante carta dirigida al domicilio que el contratante haya señalado en la póliza. La resolución del contrato operará al vencimiento del plazo de quince días corridos, contados desde la fecha del envío de la carta, a menos que antes de producirse el vencimiento de ese plazo sea pagada toda la parte de la prima, reajustes e intereses que estén atrasados, incluidos los correspondientes para el caso xx xxxx o simple retardo. Si el vencimiento del plazo de quince días recién señalado recayera en día xxxxxx, xxxxxxx o festivo, se entenderá prorrogado para el primer día hábil inmediatamente siguiente que no sea sábado. Mientras la resolución no haya operado, la compañía aseguradora podrá desistirse de ella mediante una nueva carta en que así lo comunique a la persona que contrató el seguro y dirigida al domicilio antes aludido. La circunstancia de haber recibido pago de todo o parte de la prima atrasada, y de sus reajustes e intereses, o de haberse desistido de la resolución, no significará que la compañía aseguradora renuncie a su derecho a poner nuevamente en práctica el mecanismo de la resolución pactado en esta cláusula, cada vez que se produzca un nuevo atraso en el pago de todo o parte de la prima.

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Samples: www.cmfchile.cl, www.svs.cl

Cancelación. Esta Póliza no será cancelada NOVARTIS podrá cancelar o modificar el Pedido en cualquier momento, con solo comunicarlo al Proveedor por escrito. Al recibo de esta comunicación, el AseguradorProveedor detendrá todo el trabajo relacionado con el Pedido y emitirá, excepto si procede, una factura por los servicios y/o productos efectivamente entregados a NOVARTIS. Como norma general, ninguna de las Partes podrá reclamar responsabilidad a la otra Parte por incumplimiento (total o parcial) de las obligaciones asumidas cuando el incumplimiento sea debido a Fuerza Mayor. La Parte afectada por la falta causa de pago Fuerza Mayor, deberá notificar, tan pronto como le sea posible a la otra Parte tal acontecimiento, y deberá procurar tomar todas las medidas a su alcance para reducir los efectos negativos o perjudiciales del mismo en el cumplimiento de la primasus obligaciones. En caso de no pagarse la prima que, por causa de Fuerza Mayor, se aplicará lo siguiente: En retrase o imposibilite el evento xx xxxx o simple retardo en el pago de todo o parte cumplimiento por cualesquiera de la prima, reajustes o interesesPartes de cualquiera de sus obligaciones derivadas de este Pedido, la Compañía podrá declarar resuelto Parte afectada notificará a la otra Parte por burofax con toda la prontitud posible y, en todo caso, en un plazo no superior a 48 horas después de producirse o, si corresponde, desde el contrato mediante carta dirigida al domicilio momento en que la Parte tenga conocimiento de ello, detallando por escrito las causas de dicha Fuerza Mayor, el contratante haya señalado en la pólizatiempo que se prevé pueda durar e indicando las obligaciones de ejecución que se ven, o puedan verse, retrasadas o evitadas. La resolución del contrato operará al vencimiento Dentro del plazo de quince 10 días corridos, contados desde la fecha del envío después de la cartanotificación de Fuerza Mayor, tal como se indica en el párrafo anterior, la Parte que la ha declarado deberá notificar a la otra Parte, explicando las causas y pronosticando su duración y propondrá, a menos ser posible, las medidas que antes de producirse el vencimiento de ese plazo sea pagada toda la parte se consideren oportunas para mitigar los efectos de la primaFuerza Mayor, reajustes e intereses siempre y cuando esto no afecte las posibles obligaciones de confidencialidad de la Parte que estén atrasados, incluidos los correspondientes para el caso xx xxxx o simple retardoaduce Fuerza Mayor. Si la situación de Fuerza Mayor que afecta todas o una parte considerable de las obligaciones de una de las Partes persiste de forma continuada por un periodo superior a dos (2) meses, la Parte no afectada tendrá derecho a cancelar el vencimiento del plazo Pedido sin responsabilidad para la otra Parte dando un periodo de aviso de quince días recién señalado recayera (15) días. NOVARTIS, indicará en día xxxxxxcada Pedido las condiciones de entrega. La entrega se realizará según lo indicado en el pedido y, xxxxxxx o festivosalvo acuerdo en contrario, se entenderá prorrogado a gastos pagados. NOVARTIS podrá cambiar, de forma razonable y con previo aviso, las condiciones de entrega que figuran en el pedido. Cualquier incidencia que impida la entrega de las cantidades establecidas y en los plazos fijados en el Pedido debe ser comunicada inmediatamente a NOVARTIS. Todos los materiales serán embalados e identificados suficientemente por el Proveedor, en forma que permita su transporte y almacenamiento con total garantía. En este sentido, el Proveedor aplicará las medidas de protección convenientes y adecuadas para preservar el primer día hábil inmediatamente siguiente que no sea sábadoproducto de agentes atmosféricos. Mientras la resolución no haya operadoTodos los productos solicitados serán identificados en su embalaje de forma perfectamente legible, indicando, al menos, la compañía aseguradora podrá desistirse de ella mediante una nueva carta en que así lo comunique a la persona que contrató cantidad, el seguro producto y dirigida al domicilio antes aludido. La circunstancia de haber recibido pago de todo o parte de la prima atrasadael destino, y de sus reajustes e intereses, o de haberse desistido de la resolución, no significará que la compañía aseguradora renuncie a su derecho a poner nuevamente en práctica el mecanismo de la resolución pactado en esta cláusula, cada vez que se produzca un nuevo atraso toda aquella información adicional especificada en el pago de todo Pedido y/o parte de necesaria para cumplir con la primalegislación vigente.

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Samples: www.novartis.com, www.novartis.com

Cancelación. Esta Póliza no será La Cuenta, si bien se abre por un período indefinido, podrá ser cancelada por cualquiera de las partes sin necesidad de motivación alguna. La cancelación de la Cuenta producirá la resolución del Contrato, que será en todo caso gratuita para el AseguradorTITULAR (sin perjuicio de que, excepto por la falta de pago cancelación de la primaCuenta, el TITULAR deba liquidar el saldo deudor que existiera en la fecha de resolución, más los intereses y gastos pendientes también a esa fecha) si se efectúa una vez transcurridos sus seis (6) primeros meses de vigencia. En caso contrario, si el TITULAR cancelara la Cuenta antes de que transcurran los seis (6) primeros meses de vigencia del Contrato, abonará además la comisión que se indica en las CONDICIONES PARTICULARES como "Comisión de Cancelación". El TITULAR podrá resolver el contrato marco en cualquier momento, sin necesidad de preaviso alguno. La ENTIDAD procederá al cumplimiento de la orden de resolución del contrato marco antes de transcurridas 24 horas desde la solicitud del TITULAR. No obstante, no pagarse la prima se aplicará lo siguiente: previsto con anterioridad si el TITULAR tuviera contratado con la ENTIDAD otro producto o servicio financiero para cuya gestión sea necesario mantener abierta una cuenta de pago con la ENTIDAD, o en aquellos otros supuestos que se determinen reglamentariamente. El preaviso a que vendrá obligada la ENTIDAD será de al menos dos (2) meses. En la fecha en que dicha resolución sea efectiva, el evento xx xxxx TITULAR estará obligado a la entrega de cheques y/o simple retardo en pagarés o libreta de ahorros, junto con la orden de adeudo o abono con que se cancele la Cuenta. La ENTIDAD, por su parte, deberá poner a disposición del TITULAR el pago de todo o parte de la prima, reajustes o intereses, la Compañía podrá declarar resuelto el contrato mediante carta dirigida al domicilio que el contratante haya señalado saldo existente en la póliza. La resolución del contrato operará al vencimiento del plazo Cuenta a esa fecha, debiendo el TITULAR percibirlo en su totalidad de quince días corridos, contados desde la fecha del envío de la cartauna sola vez y sin que, a menos que antes de producirse el vencimiento partir de ese plazo sea pagada toda la parte de la primamomento, reajustes e intereses que estén atrasados, incluidos los correspondientes para el caso xx xxxx o simple retardo. Si el vencimiento del plazo de quince días recién señalado recayera en día xxxxxx, xxxxxxx o festivo, se entenderá prorrogado para el primer día hábil inmediatamente siguiente que no sea sábado. Mientras la resolución no haya operado, la compañía aseguradora podrá desistirse de ella mediante una nueva carta en que así lo comunique a la persona que contrató el seguro y dirigida al domicilio antes aludido. La circunstancia de haber recibido pago de todo o parte de la prima atrasada, y de sus reajustes e referido importe devengue intereses, o de haberse desistido de la resolución, no significará que la compañía aseguradora renuncie a su derecho a poner nuevamente en práctica el mecanismo de la resolución pactado en esta cláusula, cada vez que se produzca un nuevo atraso en el pago de todo o parte de la prima.

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Samples: Contrato Marco De Servicios De Pago Y Apertura De Cuenta

Cancelación. Esta Póliza En general, el Remitente puede cancelar una Transacción en el plazo de 30 minutos luego de presentarla a un Agente y recibir el reembolso completo siempre que el Procesador de servicio o el Emisor correspondiente no será cancelada por haya registrado, entregado o depositado los fondos. Después de una ventana de veinte minutos, las Transacciones aceleradas no pueden cancelarse, no obstante, el AseguradorRemitente puede cancelar una Transacción no acelerada hasta las 7:00 p. m., excepto por hora del Este, del día en que recibamos la falta Transacción (siempre que el Procesador del servicio o el Emisor correspondiente no haya registrado, entregado o depositado los fondos). A los efecto de cancelar una transacción, el Remitente debe comunicarse con el Agente donde inició la Transacción y llevar el recibo como prueba de la compra. Cuando regrese al Agente, debe proporcionar información que los ayude a identificar la transacción que desea cancelar, incluido el Monto de la transacción, el nombre del Emisor y el nombre del Beneficiario. Si utilizó un Instrumento de pago para pagar una transacción, IDT hará todo lo posible por no debitar su Instrumento de la prima. En caso de no pagarse la prima se aplicará lo siguiente: En el evento xx xxxx o simple retardo en el pago de todo o parte de la prima, reajustes o intereses, la Compañía podrá declarar resuelto el contrato mediante carta dirigida al domicilio que el contratante haya señalado en la póliza. La resolución del contrato operará al vencimiento del plazo de quince días corridos, contados desde la fecha del envío de la carta, a menos que antes de producirse el vencimiento de ese plazo sea pagada toda la parte de la prima, reajustes e intereses que estén atrasados, incluidos los correspondientes para el caso xx xxxx o simple retardo. Si el vencimiento del plazo de quince días recién señalado recayera en día xxxxxx, xxxxxxx o festivo, se entenderá prorrogado para el primer día hábil inmediatamente siguiente que no sea sábado. Mientras la resolución no haya operado, la compañía aseguradora podrá desistirse de ella mediante una nueva carta en que así lo comunique a la persona que contrató el seguro y dirigida al domicilio antes aludido. La circunstancia luego de haber recibido pago su solicitud de todo o parte cancelación. Sin embargo, en algunos casos IDT puede haber iniciado una solicitud de la prima atrasada, y de sus reajustes e intereses, o de haberse desistido de la resolución, no significará que la compañía aseguradora renuncie fondos irreversible a su derecho a poner nuevamente en práctica institución financiera antes de recibir su solicitud de cancelación. En tal caso, su Instrumento de pago será debitado aunque haya cancelado su Transacción, pero IDT le reembolsará el mecanismo de la resolución pactado en esta cláusula, cada vez que se produzca un nuevo atraso dinero habitualmente en el plazo de cuatro días hábiles después de que IDT haya recibido los fondos de su institución financiera. Los reembolsos se acreditarán al mismo Instrumento de pago de todo o parte de utilizado para pagar la primaTransacción. Los reembolsos solo se realizan en dólares estadounidenses.

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Samples: Condiciones De Uso Para Los Productos Y Servicios De Envíos De Dinero Boss Money Y Boss Revolution

Cancelación. Esta Póliza no será La Cuenta, si bien se abre por un período indefinido, podrá ser cancelada por el Asegurador, excepto por la falta cualquiera de pago las partes sin necesidad de motivación alguna. La cancelación de la primaCuenta producirá la resolución del Contrato, que se deberá notificar a la otra parte mediante carta certificada con acuse de recibo con al menos quince (15) días de antelación. En caso Para llevar a cabo la resolución del Contrato, el TITULAR deberá liquidar el saldo deudor que existiera en la fecha de resolución, más los intereses y gastos pendientes también a esa fecha. Asimismo, en la fecha en que dicha resolución sea efectiva, el TITULAR estará obligado a la entrega de cheques y/o pagarés o libreta de ahorros, junto con la orden de adeudo o abono con que se cancele la Cuenta. La ENTIDAD, por su parte, deberá poner a disposición del TITULAR el saldo existente en la Cuenta a esa fecha, debiendo el TITULAR percibirlo en su totalidad de una sola vez y sin que, a partir de ese momento, el referido importe devengue intereses. El/los TITULAR/ES queda/n informado/s de que de acuerdo con la legislación vigente en materia de Prevención de Blanqueo de Capitales, la ENTIDAD está obligada a recabar de sus clientes información sobre la actividad económica que estos desarrollan, así como a comprobar la veracidad de dicha información, en consecuencia, si el/los TITULAR/ES no pagarse facilita/n a la prima se aplicará lo siguiente: En el evento xx xxxx o simple retardo ENTIDAD la documentación necesaria para acreditar su actividad económica en el pago de todo o parte de la prima, reajustes o intereses, la Compañía podrá declarar resuelto el contrato mediante carta dirigida al domicilio que el contratante haya señalado en la póliza. La resolución del contrato operará al vencimiento del plazo de quince (15) días corridos, contados naturales a contar desde la fecha formalización de este Contrato o durante la vigencia del envío mismo, a requerimiento de la cartaENTIDAD, a menos que antes de producirse el vencimiento de ese plazo sea pagada toda la parte ENTIDAD podrá proceder al bloqueo de la primaCuenta para operaciones de abono y a su posterior cancelación. Así mismo, reajustes e intereses el/los TITULAR/ES queda/n informado/s de que estén atrasados, incluidos los correspondientes para el caso xx xxxx o simple retardo. Si el vencimiento del plazo en cumplimiento de quince días recién señalado recayera en día xxxxxx, xxxxxxx o festivo, se entenderá prorrogado para el primer día hábil inmediatamente siguiente que no sea sábado. Mientras la resolución no haya operadodicha legislación, la compañía aseguradora ENTIDAD podrá desistirse solicitar documentación acreditativa del origen y destino de ella mediante una nueva carta en que así lo comunique los fondos, con carácter previo a la persona que contrató el seguro y dirigida al domicilio antes aludido. La circunstancia realización de haber recibido pago operaciones, en cuyo caso, si el/los TITULAR/ES no proporciona/n la citada documentación, la ENTIDAD podrá no ejecutar la operación de todo o parte de la prima atrasada, y de sus reajustes e intereses, o de haberse desistido de la resolución, no significará que la compañía aseguradora renuncie a su derecho a poner nuevamente en práctica el mecanismo de la resolución pactado en esta cláusula, cada vez que se produzca un nuevo atraso en el pago de todo o parte de la primatrate.

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Samples: Contrato Marco De Servicios De Pago Y Apertura De Cuenta

Cancelación. Esta Póliza no será La presente póliza puede ser cancelada por el Asegurador, excepto por en la falta forma que sigue: (I)POR EL ASEGURADOR POR EL NO PAGO DE LA PRIMA. La obligación de pago de la prima. En caso de no pagarse pagar la prima se aplicará lo siguiente: En en la forma y época pactadas le corresponderá al Contratante. El Asegurador podrá, en el evento xx xxxx o simple retardo en el pago de del todo o parte de la prima, reajustes o intereses, declarar terminado esta póliza mediante comunicación dirigida al Contratante a la Compañía podrá declarar resuelto el contrato mediante carta dirigida dirección de correo electrónico o al domicilio que el contratante haya señalado en la póliza. Póliza, a opción del Asegurador.. La resolución del contrato terminación de esta Póliza operará al vencimiento del plazo de quince días corridos, contados desde la fecha del envío de la cartacomunicación, a menos que antes de producirse el vencimiento de ese plazo sea pagada toda la parte de la prima, reajustes e intereses que estén atrasados, atrasados incluidos los correspondientes para el caso xx xxxx o simple retardo. Si el vencimiento del plazo de quince días recién señalado recayera en señalado, recayere un día xxxxxx, xxxxxxx o festivo, se entenderá prorrogado para el primer día hábil inmediatamente siguiente que no sea sábado. Mientras la resolución terminación no haya operado, la compañía aseguradora el Asegurador podrá desistirse de ella mediante una nueva carta en comunicación que así lo comunique a la persona que contrató el seguro y dirigida al domicilio antes aludidoContratante. La circunstancia de haber recibido pago de todo o parte de la prima atrasada, y de sus reajustes e o intereses, o de haberse haber desistido de la resoluciónterminación, no significará que la compañía aseguradora renuncie el Asegurador renuncia a su derecho a poner nuevamente en práctica el mecanismo de la resolución terminación pactado en esta cláusulaeste numeral, cada vez que se produzca un nuevo atraso en el pago de todo o parte de la prima.

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Samples: www.svs.cl

Cancelación. Esta Póliza Este Contrato será cancelado si el Contratante no será cancelada por paga la prima respectiva dentro del plazo señalado en el Asegurador, excepto por la falta comprobante de pago de la primapago. En caso de no pagarse que el Contratante decida dar por terminado el Contrato dentro de los primeros 30 días naturales de vigencia de la póliza, la Compañía devolverá el 60% de la prima se aplicará lo siguiente: En el evento xx xxxx o simple retardo en el pago de todo o parte tarifa (prima cobrada sin incluir derechos de póliza ni impuestos) correspondiente al tiempo no transcurrido de vigencia de la primapóliza. En caso de que el Contratante decida dar por terminado el Contrato después de los primeros 30 días naturales de vigencia de la póliza, reajustes o interesesla Compañía devolverá el 60% de la prima neta (sin incluir derechos de póliza, impuestos ni comisiones) correspondiente al tiempo no transcurrido de vigencia de la póliza. En caso de que el Asegurado incurra en falsas e inexactas declaraciones u omisiones, la Compañía podrá rescindir el Contrato en términos de lo previsto por el Artículo 47 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, devolviendo la prima no devengada correspondiente. Que señalan: Artículo 47.- Cualquiera omisión o inexacta declaración de los hechos a que se refieren los artículos 8, 9 y 10 de la presente ley, facultará a la empresa aseguradora para considerar rescindido de pleno derecho el contrato, aunque no hayan influido en la realización del siniestro. Artículo 8o.- El proponente estará obligado a declarar resuelto por escrito a la empresa aseguradora, de acuerdo con el cuestionario relativo, todos los hechos importantes para la apreciación del riesgo que puedan influir en las condiciones convenidas, tales como los conozca o deba conocer en el momento de la celebración del contrato. Artículo 9o.- Si el contrato mediante carta dirigida al domicilio se celebra por un representante del asegurado, deberán declararse todos los hechos importantes que sean o deban ser conocidos del representante y del representado. Artículo 10.- Cuando se proponga un seguro por cuenta de otro, el contratante haya señalado en la póliza. La resolución del contrato operará al vencimiento del plazo de quince días corridos, contados desde la fecha del envío de la carta, a menos proponente deberá declarar todos los hechos importantes que antes de producirse el vencimiento de ese plazo sea pagada toda la parte de la prima, reajustes e intereses que estén atrasados, incluidos los correspondientes para el caso xx xxxx sean o simple retardo. Si el vencimiento del plazo de quince días recién señalado recayera en día xxxxxx, deban ser conocidos xxx xxxxxxx o festivo, se entenderá prorrogado para el primer día hábil inmediatamente siguiente que no sea sábado. Mientras la resolución no haya operado, la compañía aseguradora podrá desistirse de ella mediante una nueva carta en que así lo comunique a la persona que contrató el seguro y dirigida al domicilio antes aludido. La circunstancia de haber recibido pago de todo o parte de la prima atrasada, y de sus reajustes e intereses, asegurado o de haberse desistido de la resolución, no significará que la compañía aseguradora renuncie a su derecho a poner nuevamente en práctica el mecanismo de la resolución pactado en esta cláusula, cada vez que se produzca un nuevo atraso en el pago de todo o parte de la primaintermediario.

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Samples: www.mapfre.com.mx

Cancelación. Esta Póliza En caso de que las API decidieran cancelar por baja de bienes los seguros contratados o algún rubro de los mismos, la devolución xx xxxxxx se hará a prorrata dentro de los 30 días naturales al aviso de cancelación. La aseguradora no será cancelada por el Aseguradorpodrá cancelar la póliza, excepto por la falta de pago de la prima. En prima correspondiente, debido a que cada API y/o cada asegurado es responsable del pago de su prima en caso de no pagarse cumplir con el mismo en los términos que marca el artículo 40 de la Ley General de Instituciones de Seguros, solamente podrá cancelarse la parte correspondiente a la API que no hubiere pagado la prima se aplicará lo siguiente: En el evento xx xxxx o simple retardo en previa notificación por escrito de la aseguradora dando un plazo adicional para el pago de todo o parte 30 días después de recibido el aviso por la API. Los términos y condiciones establecidos en la presente póliza, fueron acordados y fijados libremente entre el asegurado y la compañía por lo que este es un contrato de no adhesión y por lo tanto, no se ubica en el supuesto previsto en el artículo 36-B de la prima, reajustes o intereses, Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros; en esa virtud de que esta póliza no requiere ser registrada ante la Compañía podrá declarar resuelto el contrato mediante carta dirigida al domicilio Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. Queda entendido que el contratante haya señalado solamente se admitirán en la póliza. La resolución póliza las siguientes exclusiones: Dolo o mala fe del contrato operará al vencimiento del plazo de quince días corridosasegurado, contados desde la fecha del envío o personas responsables de la cartadirección. Daños que sean directa o indirectamente causados por guerra, haya o no declaración. Riesgos de energía nuclear o atómica de cualquier tipo. Pérdidas y/o daños causados por contaminación, en caso de no ser súbita o accidental. Destrucción de los bienes a menos consecuencia de actos de autoridad, salvo en los casos que antes sean tendientes a evitar un daño mayor. Expropiación, requisición, confiscación, incautación o detención de producirse el vencimiento bienes por autoridades legalmente reconocidas. Pérdidas puramente financieras, tales como: merma, derrame, fraude y/o pérdida monetaria de ese plazo sea pagada toda la parte de la primacualquier tipo, reajustes e intereses que estén atrasados, incluidos los correspondientes para el caso incluyendo pérdida xx xxxx o simple retardo. Si el vencimiento del plazo de quince días recién señalado recayera en día xxxxxx, xxxxxxx o festivo, se entenderá prorrogado para el primer día hábil inmediatamente siguiente que no sea sábado. Mientras la resolución no haya operado, la compañía aseguradora podrá desistirse de ella mediante una nueva carta en que así lo comunique a la persona que contrató el seguro y dirigida al domicilio antes aludido. La circunstancia de haber recibido pago de todo o parte de la prima atrasada, y de sus reajustes e intereses, o de haberse desistido de la resolución, no significará que la compañía aseguradora renuncie a su derecho a poner nuevamente en práctica el mecanismo de la resolución pactado en esta cláusula, cada vez que se produzca un nuevo atraso en el pago de todo o parte de la primaxxxxxxx.

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Samples: Formato De Acreditación Del Cumplimiento De Las Obligaciones Fiscales