Common use of CAPACIDAD PARA CONTRATAR Y SOLVENCIA Clause in Contracts

CAPACIDAD PARA CONTRATAR Y SOLVENCIA. Podrán tomar parte en la licitación las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y cuenten con la capacidad y los niveles de solvencia económica, financiera y técnica que se hayan exigido en el punto A.6 xxx xxxxxx. Cada licitador deberá poseer solvencia económica y financiera suficiente para la ejecución del contrato, entendiendo por ella la adecuada situación económica y financiera de la empresa para que la correcta ejecución del contrato no corra peligro de ser alterada por incidencias de carácter económico o financiero. El cumplimiento de este requisito se hará constar o bien en la declaración responsable o en el Documento Europeo Único de Contratación, dependiendo del documento que se haya exigido en el punto A.7 xxx xxxxxx, correspondiendo únicamente al licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación la acreditación mediante la documentación que se haya exigido punto A.6 xxx xxxxxx. Se entiende por ella la capacitación técnica o profesional para la adecuada ejecución del contrato, bien por disponer de experiencia anterior en contratos similares o por disponer del personal y medios técnicos suficientes. El cumplimiento de este requisito se hará constar o bien en la declaración responsable o en el Documento Europeo Único de Contratación, dependiendo del documento que se haya exigido en el punto A.7 xxx xxxxxx, correspondiendo únicamente al licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación la acreditación mediante la documentación que se haya exigido punto A.6 xxx xxxxxx. Conforme al artículo 18 de la LFC, los licitadores podrán basarse en la solvencia de otras empresas, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tengan con ellas. Para acreditar su solvencia, quien licite podrá basarse en la solvencia de otras empresas, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tengan con ellas. En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades se podrán tener en cuenta las sociedades pertenecientes al grupo, siempre y cuando aquellas acrediten que tienen efectivamente a su disposición los medios, pertenecientes a dichas sociedades, necesarios para la ejecución de los contratos. En el caso de que la solvencia se acredite mediante la subcontratación, quien licita deberá aportar un documento que demuestre la existencia de un compromiso formal con los subcontratistas para la ejecución del contrato, sumándose en este caso la solvencia de todos ellos. Asimismo deberá acreditar, en la forma y condiciones establecidas en los artículos 16 y 17, que los subcontratistas disponen de los medios necesarios para la ejecución del contrato. Será requisito, asimismo, para poder presentar oferta, que la finalidad o actividad que desarrolle el licitador tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos Estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente y disponer de una organización con elementos materiales y personales necesarios para la ejecución del contrato.

Appears in 9 contracts

Samples: Pliego Regulador Del Contrato, Pliego Regulador Del Contrato “Servicios De Consultoría Para Análisis, Evaluación Y Selección Del Software Comercial De Planificación Y Gestión De Recursos Empresariales, Pliego Regulador Del Contrato

CAPACIDAD PARA CONTRATAR Y SOLVENCIA. Podrán tomar parte en la licitación las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y cuenten con la capacidad y los niveles de solvencia económica, financiera y técnica que se hayan exigido en el punto A.6 xxx xxxxxxde las condiciones particulares del contrato. Cada licitador deberá poseer solvencia económica y financiera suficiente para la ejecución del contrato, entendiendo por ella la adecuada situación económica y financiera de la empresa para que la correcta ejecución del contrato no corra peligro de ser alterada por incidencias de carácter económico o financiero. El cumplimiento de este requisito se hará constar o bien en la declaración responsable o en el Documento Europeo Único de Contratación, dependiendo del documento que se haya exigido en el punto A.7 xxx xxxxxxde las condiciones particulares del contrato, correspondiendo únicamente al licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación la acreditación mediante la documentación que se haya exigido punto A.6 xxx xxxxxxde las condiciones particulares del contrato. Se entiende por ella la capacitación técnica o profesional para la adecuada ejecución del contrato, bien por disponer de experiencia anterior en contratos similares o por disponer del personal y medios técnicos suficientes. El cumplimiento de este requisito se hará constar o bien en la declaración responsable o en el Documento Europeo Único de Contratación, dependiendo del documento que se haya exigido en el punto A.7 xxx xxxxxxde las condiciones particulares del contrato, correspondiendo únicamente al licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación la acreditación mediante la documentación que se haya exigido punto A.6 xxx xxxxxxde las condiciones particulares del contrato. Conforme al artículo 18 15 de la LFC, los licitadores podrán basarse en la solvencia de otras empresas, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tengan con ellas. Para acreditar su solvencia, quien licite podrá basarse en la solvencia de otras empresas, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tengan con ellas. En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades se podrán tener en cuenta las sociedades pertenecientes al grupo, siempre y cuando aquellas aquéllas acrediten que tienen efectivamente a su disposición los medios, pertenecientes a dichas sociedades, necesarios para la ejecución de los contratos. En el caso de que la solvencia se acredite mediante la subcontratación, quien licita el licitador deberá aportar un documento que demuestre la existencia de un compromiso formal con los subcontratistas para la ejecución del contrato, sumándose en este caso la solvencia de todos ellos. Asimismo deberá acreditar, en la forma y condiciones establecidas en los artículos 16 13 y 1714 de la LFC, que los subcontratistas disponen de los medios necesarios para la ejecución del contrato. Será requisito, asimismo, para poder presentar oferta, que la finalidad o actividad que desarrolle el licitador tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos Estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente y disponer de una organización con elementos materiales y personales necesarios para la ejecución del contrato.

Appears in 5 contracts

Samples: sedeelectronica.mcp.es, sedeelectronica.mcp.es, sedeelectronica.mcp.es

CAPACIDAD PARA CONTRATAR Y SOLVENCIA. Podrán tomar parte en la licitación las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y cuenten con la capacidad y los niveles de solvencia económica, financiera y técnica que se hayan exigido en el punto A.6 xxx xxxxxx. Cada licitador deberá poseer solvencia económica y financiera suficiente para la ejecución del contrato, entendiendo por ella la adecuada situación económica y financiera de la empresa para que la correcta ejecución del contrato no corra peligro de ser alterada por incidencias de carácter económico o financiero. El cumplimiento de este requisito se hará constar o bien en la declaración responsable o en el Documento Europeo Único de Contratación, dependiendo del documento que se haya exigido en el punto A.7 xxx xxxxxx, correspondiendo únicamente al licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación la acreditación mediante la documentación que se haya exigido punto A.6 xxx xxxxxx. Se entiende por ella la capacitación técnica o profesional para la adecuada ejecución del contrato, bien por disponer de experiencia anterior en contratos similares o por disponer del personal y medios técnicos suficientes. El cumplimiento de este requisito se hará constar o bien en la declaración responsable o en el Documento Europeo Único de Contratación, dependiendo del documento que se haya exigido en el punto A.7 xxx xxxxxx, correspondiendo únicamente al licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación la acreditación mediante la documentación que se haya exigido punto A.6 xxx xxxxxx. Conforme al artículo 18 de la LFC, los licitadores podrán basarse en la solvencia de otras empresas, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tengan con ellas. Para acreditar su solvencia, quien licite podrá basarse en la solvencia de otras empresas, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tengan con ellas. En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades se podrán tener en cuenta las sociedades pertenecientes al grupo, siempre y cuando aquellas acrediten que tienen efectivamente a su disposición los medios, pertenecientes a dichas sociedades, necesarios para la ejecución de los contratos. En el caso de que la solvencia se acredite mediante la subcontratación, quien licita deberá aportar un documento que demuestre la existencia de un compromiso formal con los subcontratistas para la ejecución del contrato, sumándose en este caso la solvencia de todos ellos. Asimismo Asimismo, deberá acreditar, en la forma y condiciones establecidas en los artículos 16 y 17, que los subcontratistas disponen de los medios necesarios para la ejecución del contrato. Será requisito, asimismo, para poder presentar oferta, que la finalidad o actividad que desarrolle el licitador tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos Estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente y disponer de una organización con elementos materiales y personales necesarios para la ejecución del contrato.

Appears in 2 contracts

Samples: Pliego Regulador Del Contrato, Pliego Regulador Del Contrato

CAPACIDAD PARA CONTRATAR Y SOLVENCIA. Podrán tomar parte en la licitación presentar proposiciones las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena acrediten la capacidad de obrar y cuenten con la capacidad y los niveles de solvencia económica, financiera y técnica que se hayan exigido en el punto A.6 xxx xxxxxx. Cada licitador deberá poseer solvencia económica y financiera suficiente para la ejecución del contrato, entendiendo por ella la adecuada situación económica y financiera de la empresa para que la correcta ejecución del contrato no corra peligro de ser alterada por incidencias de carácter económico o financiero. El cumplimiento de este requisito se hará constar o bien en la declaración responsable o en el Documento Europeo Único de Contratación, dependiendo del documento que se haya exigido en el punto A.7 xxx xxxxxx, correspondiendo únicamente al licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación la acreditación mediante la documentación que se haya exigido punto A.6 xxx xxxxxx. Se entiende por ella la capacitación técnica escritura o profesional para la adecuada ejecución del contrato, bien por disponer documento de experiencia anterior en contratos similares o por disponer del personal y medios técnicos suficientes. El cumplimiento de este requisito se hará constar o bien en la declaración responsable o en el Documento Europeo Único de Contratación, dependiendo del documento que se haya exigido en el punto A.7 xxx xxxxxx, correspondiendo únicamente al licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación la acreditación mediante la documentación que se haya exigido punto A.6 xxx xxxxxx. Conforme al artículo 18 de la LFCconstitución, los licitadores podrán basarse en la solvencia de otras empresas, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tengan con ellas. Para acreditar su solvencia, quien licite podrá basarse en la solvencia de otras empresas, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tengan con ellas. En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades se podrán tener en cuenta las sociedades pertenecientes al grupo, siempre y cuando aquellas acrediten que tienen efectivamente a su disposición los medios, pertenecientes a dichas sociedades, necesarios para la ejecución de los contratos. En el caso de que la solvencia se acredite mediante la subcontratación, quien licita deberá aportar un documento que demuestre la existencia de un compromiso formal con los subcontratistas para la ejecución del contrato, sumándose en este caso la solvencia de todos ellos. Asimismo deberá acreditarestatutos o acto fundacional, en la forma y condiciones establecidas en los artículos 16 y 17, que los subcontratistas disponen de los medios necesarios para la ejecución del contrato. Será requisito, asimismo, para poder presentar oferta, consten que la su finalidad o actividad que desarrolle el licitador tenga tienen relación directa con el objeto del contrato, y que acrediten la solvencia económica y técnica según resulte lo previsto en el presente Pliego; además, de sus respectivos Estatutos no encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 60 del TRLCSP, en relación a las prohibiciones de contratar con la administración. Podrán, asimismo, presentar proposiciones las uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad con el art. 59 TRLCSP. Cada uno de los empresarios que componen la agrupación, deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o reglas fundacionales profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración y que asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas (art. 24 del RGLCAP). El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la Unión. La presentación de proposiciones presupone, por parte del licitador, la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Pliego y demás documentación obrante en el expediente y la declaración de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Cada licitador no podrá presentar más que una sola proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otras, si lo ha hecho individualmente. La contravención de este principio dará lugar automáticamente a la desestimación de todas las por él presentadas. Todo lo expuesto se acredite debidamente acreditará adecuadamente a través de la documentación que se referirá en siguientes Cláusulas. Asimismo el licitador debe estar en posesión de la solvencia económica y disponer técnica adecuada para la realización del contrato. En este sentido se requerirá que el licitador esté en posesión de una organización póliza de seguro de responsabilidad civil, por importe mínimo de 150.000€ de indemnización por riesgos profesionales con elementos materiales una cobertura económica suficiente o bien realice compromiso de suscribirla en caso de resultar adjudicatario y personales necesarios para que la ejecución mantendrá, en tanto dure la gestión del contratoservicio. Se exigirá experiencia mínima acreditada durante los tres años inmediatos anteriores a la actual licitación en trabajos de similares características.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Para La Contratación, Mediante Procedimiento Abierto, Con Varios Criterios De Adjudicación

CAPACIDAD PARA CONTRATAR Y SOLVENCIA. Podrán tomar parte en la licitación Estarán facultadas para contratar las personas físicas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan teniendo plena capacidad de obrar y cuenten con acreditando la capacidad y los niveles posesión de clasificación su solvencia económica, financiera y técnica o profesional, no se hallen comprendidas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 60 del TRLCSP . Las personas jurídicas solo podrán ser adjudicatarios de contrato cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundaciones le sean propios. La capacidad de obrar de las empresas que fueren personas jurídicas se justificará con: La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditara mediante escrituras de constitución y de modificación, en su caso, inscritas en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuera exigible conforme a la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se hayan exigido regula su actividad, inscritos, en su caso, en el punto A.6 xxx xxxxxxcorrespondiente Registro Oficial. Cada licitador deberá poseer solvencia económica y financiera suficiente para la ejecución del contrato, entendiendo por ella la adecuada situación económica y financiera La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la empresa para Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de certificaciones que la correcta ejecución del contrato no corra peligro de ser alterada por incidencias de carácter económico o financiero. El cumplimiento de este requisito se hará constar o bien en la declaración responsable o indican en el Documento Europeo Único anexo I del RGLCAP, en función de Contratación, dependiendo los diferentes contratos. Además cuando la legislación del documento Estado en que se haya exigido encuentren establecidas estas empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en el punto A.7 xxx xxxxxxél servicio de que se trate deberá acreditar que cumplen este requisito. Las personas físicas o jurídicas no pertenecientes a la Unión Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva representación diplomática permanente española, correspondiendo únicamente al licitador que se acompañará a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación la acreditación mediante la documentación que se haya exigido punto A.6 xxx xxxxxx. Se entiende por ella presente, que el Estado de procedencia de la capacitación técnica o profesional para empresa extranjera admite a la adecuada ejecución del contrato, bien por disponer vez la participación de experiencia anterior en contratos similares o por disponer del personal y medios técnicos suficientes. El cumplimiento de este requisito se hará constar o bien empresas españolas en la declaración responsable contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el Documento Europeo Único de Contrataciónart. 3, dependiendo del documento que se haya exigido TRLCSP en el punto A.7 xxx xxxxxx, correspondiendo únicamente al licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación la acreditación mediante la documentación que se haya exigido punto A.6 xxx xxxxxx. Conforme al artículo 18 de la LFC, los licitadores podrán basarse en la solvencia de otras empresas, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tengan con ellas. Para acreditar su solvencia, quien licite podrá basarse en la solvencia de otras empresas, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tengan con ellasforma substancialmente análoga. En el supuesto los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades se podrán tener en cuenta las sociedades pertenecientes al grupo, siempre y cuando aquellas acrediten que tienen efectivamente a su disposición los medios, pertenecientes a dichas sociedades, necesarios para la ejecución de los contratos. En el caso de que la solvencia se acredite mediante la subcontratación, quien licita deberá aportar un documento que demuestre la existencia de un compromiso formal con los subcontratistas para la ejecución estados signatarios del contrato, sumándose en este caso la solvencia de todos ellos. Asimismo deberá acreditar, en la forma y condiciones establecidas en los artículos 16 y 17, que los subcontratistas disponen de los medios necesarios para la ejecución del contrato. Será requisito, asimismo, para poder presentar oferta, que la finalidad o actividad que desarrolle el licitador tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos Estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente y disponer de una organización con elementos materiales y personales necesarios para la ejecución del contrato.Acuerdo sobre

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Cláusulas Económicas Administrativas Particulares Para El Contrato De Mantenimiento De Los Ascensores Del Centro De Emprendedores De Las Palmas De Gran Canaria, Mediante Procedimiento Abierto (Exp

CAPACIDAD PARA CONTRATAR Y SOLVENCIA. Podrán tomar parte en la licitación celebrar contratos las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar naturales y cuenten con la capacidad y los niveles de solvencia económica, financiera y técnica que se hayan exigido jurídicas conforme a lo dispuesto en el punto A.6 xxx xxxxxxartículos 10 a 20 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos. Cada licitador Todo adjudicatario deberá poseer acreditar la solvencia económica y financiera suficiente para la ejecución del contrato, entendiendo por ella la adecuada situación económica y financiera de la empresa para que la correcta ejecución del contrato no corra peligro de ser alterada por incidencias de carácter económico o financiero. El cumplimiento En el presente contrato la acreditación se realizará a salvo de este requisito se hará constar o bien en la declaración responsable o lo dispuesto en el Documento Europeo Único párrafo siguiente mediante el medio señalado en el cuadro de Contratacióncaracterísticas del contrato. Si por una razón justificada el licitador no se encuentra en condiciones de presentar las referencias solicitadas, dependiendo del podrá acreditar su solvencia económica y financiera por medio de cualquier otro documento que la entidad contratante considere adecuado. En este caso, se haya exigido en el punto A.7 xxx xxxxxx, correspondiendo únicamente al licitador atenderá a cuyo favor recaiga la propuesta concurrencia o no de adjudicación los requisitos materiales de fondo. Todo adjudicatario deberá acreditar la acreditación mediante la documentación que se haya exigido punto A.6 xxx xxxxxx. Se entiende por ella la capacitación solvencia técnica o profesional para la adecuada ejecución del contrato, bien por disponer de experiencia anterior en contratos similares o por disponer del personal y medios técnicos suficientes. El cumplimiento de este requisito se hará constar o bien en la declaración responsable o contrato mediante el medio señalado en el Documento Europeo Único cuadro de Contratación, dependiendo características del documento que se haya exigido en el punto A.7 xxx xxxxxx, correspondiendo únicamente al licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación la acreditación mediante la documentación que se haya exigido punto A.6 xxx xxxxxx. Conforme al artículo 18 de la LFC, los licitadores podrán basarse en la solvencia de otras empresas, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tengan con ellascontrato. Para acreditar su solvencia, quien licite podrá solvencia los licitadores podrán basarse en la solvencia de otras empresas, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tengan con ellas. En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades se podrán tener en cuenta las sociedades pertenecientes al grupo, siempre y cuando aquellas aquéllas acrediten que tienen efectivamente a su disposición los medios, pertenecientes a dichas sociedades, necesarios para la ejecución de los contratos. En el caso de que la solvencia se acredite mediante la subcontratación, quien licita el licitador deberá aportar un documento que demuestre la existencia de un compromiso formal con los subcontratistas para la ejecución del contrato, sumándose en este caso la solvencia de todos ellos. Asimismo deberá acreditar, en la forma y condiciones establecidas en los artículos 16 13 y 1714 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos 6/2006 de 9 xx xxxxx, que los subcontratistas disponen de los medios necesarios para la ejecución del contrato. Será requisitoEn cuanto a las empresas vinculadas se estará a lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley Xxxxx 6/2006, asimismode 9 xx xxxxx, para poder presentar oferta, que la finalidad o actividad que desarrolle el licitador tenga relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos Estatutos o reglas fundacionales y se acredite debidamente y disponer de una organización con elementos materiales y personales necesarios para la ejecución del contratoContratos Públicos.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Condiciones Economico Administrativas Y Prescripciones Técnicas Particulares

CAPACIDAD PARA CONTRATAR Y SOLVENCIA. Podrán tomar parte en optar a la licitación adjudicación del presente contrato las personas físicas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar y cuenten obrar, no estén incursas en alguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la capacidad Administración establecidas en el artículo 60 del TRLCSP y los niveles de acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional conforme a continuación se detalla. xxxxx.xxxxxxx@xxxx.xxxxx.xxx ● Web: www.zuia.con Podrán contratar con el sector público las uniones de empresarios que se hayan exigido constituyan temporalmente al efecto, sin que sea necesaria la formalización de las mismas en el punto A.6 xxx xxxxxx. Cada licitador deberá poseer solvencia económica y financiera suficiente para la ejecución del contrato, entendiendo por ella la adecuada situación económica y financiera de la empresa para que la correcta ejecución del contrato no corra peligro de ser alterada por incidencias de carácter económico o financiero. El cumplimiento de este requisito se hará constar o bien en la declaración responsable o en el Documento Europeo Único de Contratación, dependiendo del documento escritura pública hasta que se haya exigido efectuado la adjudicación del contrato a su favor. Los empresarios que concurran agrupados en uniones temporales quedarán obligados solidariamente y deberán nombrar un representante o apoderado único de la unión con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. A efectos de la licitación, los empresarios que deseen concurrir integrados en una unión temporal deberán indicar los nombres y circunstancias de los que la constituyan y la participación de cada uno, así como que asumen el punto A.7 xxx xxxxxxcompromiso de constituirse formalmente en unión temporal en caso de resultar adjudicatarios del contrato. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción. Tratándose de empresas españolas, correspondiendo únicamente al licitador a cuyo favor recaiga la propuesta indistintamente podrán acreditar su solvencia económica-financiera y técnica-profesional por medio de adjudicación la acreditación mediante la documentación clasificación profesional o los medios alternativos que se haya exigido punto A.6 xxx xxxxxx. Se entiende indican: Clasificación: grupo U Subgrupo 1 Categoría A Medios alternativos: Solvencia económica y financiera: se acreditará por ella la capacitación técnica o profesional para la adecuada ejecución del contrato, bien por disponer el siguiente medio: - Justificante de experiencia anterior en contratos similares o por disponer del personal y medios técnicos suficientes. El cumplimiento de este requisito se hará constar o bien en la declaración responsable o en el Documento Europeo Único de Contratación, dependiendo del documento que se haya exigido en el punto A.7 xxx xxxxxx, correspondiendo únicamente al licitador a cuyo favor recaiga la propuesta de adjudicación la acreditación mediante la documentación que se haya exigido punto A.6 xxx xxxxxx. Conforme al artículo 18 de la LFC, los licitadores podrán basarse en la solvencia de otras empresas, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tengan con ellas. Para acreditar su solvencia, quien licite podrá basarse en la solvencia de otras empresas, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tengan con ellas. En el supuesto de personas jurídicas dominantes de un grupo de sociedades se podrán tener en cuenta las sociedades pertenecientes al grupo, siempre y cuando aquellas acrediten que tienen efectivamente a su disposición los medios, pertenecientes a dichas sociedades, necesarios para la ejecución de los contratos. En el caso de que la solvencia se acredite mediante la subcontratación, quien licita deberá aportar un documento que demuestre la existencia de un compromiso formal seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe de 197.400 euros. Solvencia técnica o profesional: se acreditará por el siguiente medio: - Una relación de los principales servicios prestados en los últimos cinco años relacionados con los subcontratistas para la ejecución servicios objeto del contrato, sumándose en este caso la solvencia de todos ellos. Asimismo deberá acreditarque incluye importe, en la forma fechas y condiciones establecidas en los artículos 16 y 17el destinatario público o privado, que los subcontratistas disponen de los medios necesarios para mismos. Los servicios o trabajos se acreditarán mediante certificados de buena ejecución expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinario sea una entidad del sector público o cuando el destinario sea privado, mediante un certificado expedido por éste, o a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la ejecución del contratoautoridad competente. Será requisito, asimismo, para poder presentar oferta, A efectos de determinar la correspondencia entre los servicios acreditados y lo que la finalidad o actividad que desarrolle el licitador tenga relación directa con constituyen el objeto del contrato, según resulte se estará a la clasificación empresarial aplicable referido a grupo y subgrupo; caso de no existir clasificación deberán coincidir los 2 primeros dígitos de los códigos CPV previsto para el contrato y el previsto para la actividad que se declare a efectos de la experiencia. Criterio de selección: deberá acreditarse en el año de mayor ejecución un importe anual acumulado de al menos 69.100,00€ (70% importe anual IVA excluido) xxxxx.xxxxxxx@xxxx.xxxxx.xxx ● Web: www.zuia.con Podrán presentar la oferta por sí o representadas por persona autorizada, mediante poder bastante otorgado al efecto. Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituye el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus respectivos Estatutos estatutos o reglas fundacionales fundacionales, les sean propios. Las empresas pertenecientes a un mismo grupo, entendiéndose por tales las que s encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio y se acredite debidamente y disponer que presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación, deberán presentar declaración en la que hagan constar esta condición. También deberán presentar declaración explícita aquellas sociedades que presentando distintas proposiciones, concurran en alguno de una organización con elementos materiales y personales necesarios para los supuestos alternativos establecidos en el articulo 43.l1 del Código de comercio, respecto de los socios que la ejecución del contratointegran.

Appears in 1 contract

Samples: Pliego De Claúsulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir La Contratación Mediante Procedimiento Abierto Con Varios Criterios De Adjudicación Del Servicio De Limpieza De Diversos Edificios Municipales De Zuia