Capacitación y/o entrenamiento Cláusulas de Ejemplo

Capacitación y/o entrenamiento. El contratista deberá brindar transferencia de conocimientos a través de cursos de capacitación, según lo siguiente: Curso de capacitación para tres (03) personas en la administración, configuración y seguridad de los equipos de la solución ofertada (40 Horas mínimo) (...).”
Capacitación y/o entrenamiento. Dentro de cuarenta y ocho horas de culminada la entrega de la unidad hidrojet y las 05 máquinas xx xxxxxx ya reparadas a EPSEL S.A. la empresa responsable de las reparaciones deberá dictar una charla técnica en temas como la adecuada operación, correcto uso de los equipos y puntos críticos de inspección diaria de la unidad y del equipo, el cual estará dirigida a los conductores, operarios y supervisores encargados del camión hidrojet y máquinas xx xxxxxx con un tiempo mínimo de duración de 6 horas a cargo de un especialista y se realizarán en las instalaciones de EPSEL S.A. ubicada en Av. Xxxxxx Xxxxxxxxx Nº 100 – Chiclayo. (...)
Capacitación y/o entrenamiento. Se considerará prestación accesoria a la capacitación y/o entrenamiento al personal de la Entidad que deba realizarse en un periodo posterior al término de la ejecución del servicio. De preverse como prestación accesoria la capacitación y/o entrenamiento, deberá indicarse el tema específico, el número de personas a quienes estará dirigido, el momento y/o plazo en que se realizará, la duración mínima (horas), el lugar de realización, el perfil del expositor, el tipo de certificación que otorgará el proveedor, entre otros.
Capacitación y/o entrenamiento. En caso la prestación incluya capacitación y/o entrenamiento al personal de SALUDPOL para alcanzar el objeto del contrato, deberá indicarse el tema específico, el número de personas a quienes estará dirigido, el tiempo (horas), el lugar, el perfil del expositor, el tipo de certificación que otorgará el proveedor, entre otros. Se considerará prestación accesoria a la capacitación y/o entrenamiento al personal de la Entidad que deba realizarse en un periodo posterior al término de la ejecución del servicio.
Capacitación y/o entrenamiento. No aplica. “Contratación del servicio de consultoría para la elaboración de mapas de condiciones y oportunidades para concesiones de
Capacitación y/o entrenamiento. La transferencia de conocimiento se llevará a cabo bajo la modalidad presencial, en las instalaciones y horario que ESSALUD designe, o previa coordinación en las instalaciones del proveedor que disponga para tal fin. El alcance de los usuarios, se definirá en la etapa de análisis y se podrá proponer los grupos de capacitación para usuarios y horas respectivas, optimizando los horarios en acuerdo con proveedor. El proveedor del servicio deberá realizar las siguientes capacitaciones: Capacitación técnica y transferencia de conocimiento:  Capacitar al usuario que de acuerdo a sus funciones del ROF de EsSalud, quede a cargo de cada solución en el uso general del aplicativo resaltando las funcionalidades o procesos principales de la solución. La cantidad de usuarios será proporcionada por el área usuaria  Realizar la capacitación técnica del sistema desarrollado al (los) profesional (es) técnico(s) que designe la GCTIC, que serán los Administradores TI, los cuales serán encargado de realizar el mantenimiento del servicio web y aplicativo, ante posibles modificaciones que hubiere lugar, luego de entregado el servicio. La capacitación técnica debe considerar la arquitectura de desarrollo, instalación y configuración del servicio web. Se estima entre 06 a 12 personas. La duración horas mínima es 24 y dependerá de la etapa de análisis. La capacitación técnica del sistema desarrollado y las capacitaciones de transferencia de conocimiento, serán en Lima.  Transferencia de conocimientos de la metodología de desarrollo de servicios para la integración de servicios existentes y el desarrollo de un nuevo servicio a un mínimo de seis (06) personas hasta quince (15) personas y las horas mínimas 24. Se debe entregar una constancia de participación de la empresa.  Transferencia de conocimiento para un mínimo de seis (06) personas hasta quince (15) personas de un mínimo de veinticuatro (24) horas de duración sobre desarrollo y mantenimiento de aplicaciones de integración con la herramienta de software empleada. Se debe entregar una constancia de participación de la empresa. La capacitación de usuarios, será en Lima y Cajamarca. Las capacitaciones se realizarán dentro del tiempo de ejecución del servicio. Para ello, el postor deberá coordinar con ESSALUD para el inicio de cada una de las capacitaciones, para lo cual entregará previamente la siguiente información y herramienta:  Temario.  Cronograma.  Manuales de instrucción.  CD y otros, que ayude al desarrollo de la c...

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  • CAPACITACION Las Instituciones Universitarias nacionales deberán ofrecer a sus trabajadores cursos de capacitación permanente, que posibiliten su crecimiento personal y el mejor desempeño de sus funciones. Se desarrollarán con criterios de pertinencia respecto de las funciones que desempeñen o puedan desempeñar, sin que esto entorpezca la carrera administrativa.

  • Capacidad Podrán presentar proposiciones, por sí mismas o por medio de representantes, las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad para ello y que no se encuentren incluidos en los supuestos de prohibición recogidos en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público.

  • INFORMACIÓN SOBRE EL RECURSO A LA CAPACIDAD DE OTRAS ENTIDADES Recurso Respuesta En caso afirmativo, facilítese un formulario DEUC separado por cada una de las entidades consideradas que recoja la información exigida en las secciones A y B de esta parte y en la parte III, debidamente cumplimentado y firmado por dichas entidades. Se incluirá también aquí el personal técnico o los organismos técnicos que no estén integrados directamente en la organización del operador económico, especialmente los responsables del control de la calidad. Siempre que resulte pertinente en lo que respecta a la capacidad o capacidades específicas en que se base el operador económico, se consignará la información exigida en la parte IV por cada una de las entidades de que se trate13.

  • FISCALIZACIÓN DEL SERVICIO La ENTIDAD designará un FISCAL de seguimiento y control del servicio, y comunicará oficialmente esta designación al PROVEEDOR mediante carta expresa. El fiscal tendrá las siguientes funciones: (Las funciones específicas del FISCAL deberán ser formuladas por la entidad en esta cláusula, de acuerdo a las Especificaciones Técnicas expresadas en el Documento Base de Contratación y a las exigencias que éstos requieran para su seguimiento y control).

  • Capacidad Técnica Será acreditada por los antecedentes y experiencia del Oferente, debiendo acompa- ñar a tal efecto bajo Declaración Jurada lo siguiente: 1. Listado de trabajos realizados durante los últimos cinco años en los que el Oferente haya sido contratista único o miembro de una agrupación empresaria o UT u otras formas asociativas. (1) 2. Listado de trabajos similares a los que se licitan, ejecutados o en ejecución avanzada, en las que el Oferente haya sido contratista único o miembro de una agrupación empresaria o UT u otras formas asociativas y responsable de la dirección técnica del proyecto. (1) 3. Listado de trabajos similares, en ejecución o a ejecutar, en los cuales el Ofe- rente tenga compromisos adquiridos en los próximos veinticuatro meses. (1) 4. Organigrama y plantel profesional propuesto agregando el currículum profe- sional. (3) 5. Designación, carta de aceptación, antecedentes y matrícula del Representante Técnico. 6. Designación, carta de aceptación, antecedentes y matrícula del Responsable de Higiene y Seguridad del Trabajo. 7. Designación, carta de aceptación, antecedentes y matrícula del especialista en Medio Ambiente. (si correspondiere) 8. Constancia de Inscripción en el Registro de Constructores de Obra Pública, Certificado de Capacidad de Contratación Anual y cálculo de la capacidad re- xxxxxxx, conforme se solicita en este pliego y en el PCP. Las empresas ex- tranjeras que no se encuentren inscriptas deberán regirse por lo establecido para ellas en la cláusula siguiente. 9. Lista actualizada de equipos e instalaciones, con su correspondiente indica- ción de año de fabricación, modelo o tipo, designación comercial, característi- cas técnicas, capacidad, valor de adquisición, de reposición y actual o alquiler mensual, según corresponda. 10. Ídem respecto de los que se compromete a emplear en los trabajos que se lici- tan, indicando el lugar en que se encuentran. (3) 11. Información técnica de los materiales, elementos, maquinarias y equipos a uti- lizar o proveer, indicando marcas, origen, patentes, fabricantes y adjuntando los folletos explicativos, planillas de datos garantizados, etc. (3) 12. Plan de trabajos. (2) 13. Curva de certificación mensual elaborada en base al Plan de Trabajos, expre- xxxx en porcentaje de los importes de certificación bruta previstos para cada subitem, item, rubro y para el total general de la obra. No deben incluirse los item con importes prefijados o los que de algún modo pudieran revelar el pre- cio parcial o total cotizado.

  • CAPACIDAD FINANCIERA El oferente deberá presentar junto con la propuesta, los siguientes documentos en forma legible, en español y las cifras deben estar representadas en Pesos Colombianos: Balance General y Estado de Resultados con corte de ejercicio al 30 de septiembre de 2016, los estados financieros requeridos deben estar firmados por el Representante Legal y Contador. Adicional deben estar avalados por el Revisor Fiscal cuando la ley lo exija. Se debe anexar la copia de la tarjeta profesional del Contador y Revisor Fiscal, la certificación sobre su vigencia expedida por la Junta Central de Contadores, no debe tener fecha de expedición anterior a un (1) mes a la fecha de presentación de la oferta. Los interesados en participar en este proceso, deberán demostrar que cumplen con los indicadores financieros de acuerdo a la información establecida en la documentación solicitada. La verificación del cumplimiento de la capacidad financiera mínima exigida por Fiduagraria S.A. es un requisito habilitante para la participación de la propuesta en el proceso de selección. La Fiduciaria realizará la verificación de los requisitos habilitantes financieros de los proponentes o los integrantes de consorcios o uniones temporales con la información financiera actualizada a 30 de septiembre de 2016. La verificación de la capacidad financiera señalada en el numeral 38.1 no otorgará puntaje alguno, solamente determinará si la propuesta cumple o no con los indicadores. Las cuentas definidas para obtener el Activo Corriente, Activo Fijo, Otros Activos, Activo Total, Pasivo Corriente, Pasivo Mediano y Largo Plazo, Pasivo Total, Total Patrimonio, Utilidad Operacional y Gastos de Intereses deberán ser tomadas de los Estados Financieros. La omisión del ANEXO pertinente, y los errores en él contenido serán subsanables. En ningún caso se podrán acreditar circunstancias o hechos ocurridos con posterioridad a la fecha de cierre de la presente invitación. No cumplir con todos y cada uno de los requisitos de carácter financiero establecidos dará lugar a que la propuesta sea evaluada como NO CUMPLE. NOTA 1: La verificación de los indicadores financieros y de capacidad organizacional se realizará tomando como referencia dos decimales, prescindiendo de cualquier fórmula de redondeo o aproximación.

  • PLAZO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO El servicio se ejecutará en un plazo máximo de sesenta (60) días calendarios, contados a partir del día siguiente de la notificación al proveedor con la Orden de Servicio o hasta que cese la necesidad del área usuaria derivada del objeto de la contratación.

  • CAPACIDAD Y SOLVENCIA Estarán facultadas para contratar con PTG las personas físicas y jurídicas, españolas o extranjeras, que, teniendo plena capacidad de obrar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. La prueba de no estar incursas en prohibiciones de contratar se realizará de conformidad con lo establecido por el artículo 85 de la LCSP. Los licitadores deberán poder acreditar su solvencia económica y financiera de conformidad con lo que se indica a continuación, exigiéndose al licitador que resulte adjudicatario lo siguiente: Volumen global de negocios por importe igual o superior al doble de la renta mínima anual en cada uno de los tres últimos ejercicios concluidos. La acreditación de solvencia por este medio no será exigible a los licitadores cuyo inicio de actividad económica sea posterior al 1 de enero de 2015. El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de una declaración responsable del empresario, si bien el órgano de contratación podrá en cualquier momento durante la tramitación del procedimiento de adjudicación requerir a los licitadores para que justifiquen el volumen declarado mediante la presentación de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, en el caso de que el empresario estuviese inscrito en el citado registro, y en el caso contrario por las depositadas en registro oficial en el que deba estar inscrito. De presentarse a la licitación uniones de empresarios que se constituyan temporalmente para el efecto, no será necesaria la formalización de éstas en escritura pública hasta que se efectuase la adjudicación a su favor. No obstante, los empresarios integrados en ella indicarán sus nombres y circunstancias, la participación de cada uno de ellos y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, caso de resultar adjudicataria. Asimismo, deberán obligarse todos sus miembros solidariamente ante PTG, S.A. y nombrar a un representante o apoderado único de la agrupación con poderes bastantes ante la sociedad para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta la extinción de éste, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía significativa. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción. Si durante la tramitación del procedimiento y antes de su adjudicación se produjese la extinción de la personalidad jurídica de una empresa licitadora o candidata por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, la sucederá en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquiriente del patrimonio o de la correspondiente rama de actividad, siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y acredite la solvencia o clasificación en las condiciones exigidas en el pliego de condiciones para poder participar en el procedimiento de adjudicación de conformidad con el art. 144 de la LCSP.

  • Obligaciones del Ayuntamiento Serán obligaciones del arrendador: — El Ayuntamiento deberá realizar, sin derecho a elevar por ello la renta, todas las reparaciones que sean necesarias para conservar el inmueble en las condiciones de utilización para servir al uso convenido, salvo cuando el deterioro de cuya reparación se trate sea imputable al arrendatario a tenor de lo dispuesto en los artículos 1563 y 1564 del Código Civil. — En cuanto a obras de conservación y mejora, se estará a lo dispuesto en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.

  • FUENTE DE FINANCIAMIENTO Recursos Ordinarios