TRANSFERENCIA DE CONOCIMIENTOS Cláusulas de Ejemplo

TRANSFERENCIA DE CONOCIMIENTOS. El ADJUDICATARIO debe realizar la transferencia de conocimientos del proyecto a un grupo de técnicos de la AGENCIA DE SISTEMAS DE INFORMACIÓN y del ORGANISMO USUARIO de la manera menos traumática posible. Dicho traspaso debe incluir la entrega de las últimas versiones de la documentación funcional y de diseño relacionada con el proyecto más una capacitación del personal técnico sobre la estructura del código fuente, las particularidades de compilación y funcionamiento del sistema, configuración, parametrización y todo lo necesario para poder realizar la implementación del desarrollo y su posterior mantenimiento. Esta capacitación debe realizarse antes de finalizar la ejecución del proyecto de manera de poder detectar en forma temprana los problemas que se encuentren en el sistema y entender los arreglos que se vayan realizando. Esta transferencia tiene como segundo objetivo permitir la evaluación de cuestiones no funcionales que sólo son visibles si se comprende el funcionamiento interno de los componentes.
TRANSFERENCIA DE CONOCIMIENTOS. Creación de manuales técnicos y manual funcional: Manual del desarrollador: El cual permita la configuración y habilitación del entorno del desarrollador (Ejm. Configuración de librerías, otros). Manual de especificaciones técnicas: Base de datos: tablas, procedimientos, vistas y demás objetos creados.
TRANSFERENCIA DE CONOCIMIENTOS. Una vez identificado el tipo de procedimiento para la contratación; el prestador de servicios deberá proporcionar currículum vitae con fotografía, y las constancias del personal que impartirá la transferencia del conocimiento el cual deberá ser Profesional de la Salud o a fin, mediante las cuales avalan el dominio de la información en el uso de los equipos médicos y manejo de los insumos en general. El prestador de servicios cuenta con dos días posteriores a la recepción de la lista del personal que recibirá la transferencia de conocimientos, entregada por el Administrador del Contrato, para entregar en hoja membretada el Programa de transferencia de conocimientos, titulado “Programa de transferencia de conocimientos”, el cual deberá incluir la razón social del prestador de servicios, nombre del Instituto, identificación del equipo o bien de consumo objeto de la transferencia de conocimientos, fecha, hora, tema, expositor, material didáctico, nombre y firma del Administrador del Contrato así como del responsable del programa de transferencia de conocimientos. El prestador de servicios deberá considerar la transferencia de conocimientos continua durante la vigencia del contrato, para el uso y manejo de equipos médicos, accesorios y del adecuado uso de los bienes de consumo, el cual deberá ser autorizado, coordinado y supervisado por el Administrador del Contrato. El control del Registro de Asistencia se realizará mediante un documento en hoja membretada, titulado “Registro de Asistencia de Transferencia de Conocimientos” que deberá incluir la razón social del prestador de servicios, nombre del Instituto, identificación del equipo o bien de consumo objeto de la transferencia de conocimientos, fecha y los datos de identificación de los asistentes (nombre, cargo, clave, servicio o área de adscripción y firma) así como del responsable del programa de transferencia de conocimientos por el prestador de servicios. Al término de la transferencia de conocimientos, el expositor por parte del prestador de servicios extenderá documento con las firmas de los asistentes por parte del INP y del prestador de servicios; el cual será avalado por el Administrador del Contrato al término de cada evento. El prestador de servicios deberá generar un reporte en Excel y en archivo electrónico de manera mensual el cual deberá contener el registro de los procedimientos de terapia de infusión realizados, los bienes de consumo utilizados, mismo que deberá ser entregado al Administrador...
TRANSFERENCIA DE CONOCIMIENTOS. El CSIC-UNED, utilizando recursos razonables, pondrá a disposición de ACESUR los conocimientos técnicos y el know-how relacionado con los Derechos de Patente y que puedan ser necesarios para ACESUR para la explotación de dichos derechos. El CSIC-UNED no tendrá ninguna obligación de suministrar ningún conocimiento técnico o know-how que no haya sido generado por el quipo de investigación (la Dra. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx o bajo su supervisión) siendo empleado del CSIC-UNED. ACESUR cubrirá cualquier coste ocasionado por los viajes y demás gastos del personal del CSIC-UNED necesarios para una mejor transferencia del know-how o los conocimientos técnicos. El posible efecto de esta transferencia de conocimiento sobre las actividades habituales del CSIC-UNED deberá minimizarse por parte de ACESUR:
TRANSFERENCIA DE CONOCIMIENTOS. 1. La capacitación sobre la solución de geoprocesamiento propuesta estará orientada a un máximo de 20 funcionarios técnicos de la institución, de las diferentes direcciones involucradas y deberá tener un mínimo de 60 horas divididas en dos módulos. Asimismo los instructores deberán tener por lo menos 5 años de experiencia en el manejo del software en mención y deberán estar formalmente certificados por la empresa que abalice su conocimiento y experiencia.
TRANSFERENCIA DE CONOCIMIENTOS. A solicitud de Metro, el contratista estará obligado a realizar sesiones técnicas de trabajo dirigidas al personal designado por el Director del Contrato de Metro, con el objeto de transferir conocimiento sobre la utilización de herramientas de soporte, técnicas de resolución de problemas, aspectos técnicos de funcionamiento de productos y las mejores prácticas de explotación y cualquier otra información que permita mejorar el conocimiento y mantenimiento de los productos Microsoft. Asimismo, el contratista deberá documentar exhaustivamente las soluciones a las incidencias producidas, aportando cualquier información adicional que se le pueda requerir. Se deberá tener en cuenta para poder redactar la oferta:
TRANSFERENCIA DE CONOCIMIENTOS. CREO ITO PÚBLICO Anexo
TRANSFERENCIA DE CONOCIMIENTOS. La contratista, realizará una transferencia de conocimientos al personal de la ESPH, considerando lo siguiente: - Sitio de capacitación: Instalaciones de ESPH -Objetivos de capacitación: Comprender la implementación, mantenimiento y operación del sistema de almacenamiento no estructurado ofertado. - Número de funcionarios ESPH a capacitar: 4 en total - Tiempo mínimo de capacitación: 16 horas - Requisitos del capacitador: El capacitador deberá ser certificado en administración y operación del equipo ofertado. El oferente deberá completar el formulario ESPHF-RH-077(1), denominado Catálogo de Curso para Proveedores de la ESPH, S.A. Las ofertas admitidas se compararán y adjudicarán artículo por artículo de acuerdo al sistema de puntajes que cada usuario desee utilizar, siendo la(s) oferta(s) seleccionada(s) para su adjudicación la que logre el mayor puntaje y cumpla con lo requerido por la Unidades Interesada y que a la vez favorezca los intereses de la ESPH, S.A. Se establece el siguiente puntaje para la evaluación de ofertas
TRANSFERENCIA DE CONOCIMIENTOS. Relacionados con el modelo definido, la metodología aplicada y la solución informática implementada, tanto desde el punto de vista funcional como desde la perspectiva técnica, en al menos 60 horas globales de entrenamiento, distribuidas en dos o más sesiones, para un grupo aproximado de 20 personas, entre usuarios operativos, administrador/es de la herramienta, técnicos de TI, de seguridad informática y otro personal designado por la CFN BP, previa coordinación entre las partes. La consultora deberá entregar el material didáctico, registros de asistencia y los certificados de participación.
TRANSFERENCIA DE CONOCIMIENTOS. Se debe realizar la transferencia de conocimientos para la administración y uso del software manejador de base de datos Postgres en su versión EDB Enterprise, para 4 (cuatro) personas que designe el Administrador del Contrato, con una duración de al menos 16 (dieciséis) horas, lo cual, debido a la contingencia, debe ser impartida de manera virtual en tiempo real, a través de alguna de las tecnologías para conferencia, preferentemente Microsoft Teams o Cisco Webex. En caso de que no se cuente con alguna de las herramientas indicadas, la transferencia de conocimientos puede impartirse mediante una herramienta de videoconferencia de características similares a las herramientas antes señaladas y no debe representar ningún costo adicional para el “Instituto”. Se podrá optar por la modalidad a distancia, que será determinada por el personal designado por el Administrador del Contrato. En caso de ser necesaria la trasferencia de conocimientos de manera presencial, esta debe llevarse a cabo en las instalaciones del “Instituto” ubicadas en Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx No. 239, piso 3, Colonia Las Águilas, Alcaldía Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01710, Ciudad de México. La transferencia de conocimientos se impartirá dentro del periodo para la prestación del servicio que es de 10 (diez) días hábiles a partir del 5 de diciembre de 2022, conforme a lo descrito en el numeral “2.2. Concepto 2. Servicio de implementación y configuración”, en la Tabla “6. Requerimientos de servicios de implementación”. Para lo anterior, se debe proporcionar al menos el siguiente temario: Procedimientos de instalación y configuración de las actividades señaladas de la implementación. Conceptos básicos del software manejador de base de datos Postgres en su versión EDB Enterprise y configuraciones avanzadas.