CARTELES DE OBRA. El Cartel de Obra que la Contratista deberá colocar, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 5.2.4. xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Legales Generales, se ajustará, en lo relacionado con sus características, dimensiones y cantidad a proveer, a lo especificado en el anexo correspondiente xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas.
CARTELES DE OBRA. El Contratista deberá proveer e instalar a su costo DOS (2) carteles de obra de 6 m x 4 m según modelo que será oportunamente suministrado por la Inspección de Obra, los que deberá ubicar en los lugares que establezcan la Inspección y/o el Ente Concesionario con intervención del OCCOVI. El Contratista deberá entregar para su aprobación por el Ente Concesionario proyecto y memoria de cálculo de la estructura soporte correspondiente. Los carteles se ubicarán sobre el terreno natural, y el lado inferior estará como máximo a una altura de 2,50 m sobre el nivel del terreno natural.
CARTELES DE OBRA. La cantidad a colocar será de dos (2) carteles según Plano Tipo.
CARTELES DE OBRA. La contratista deberá a su exclusivo costo, colocar DOS (2) carteles de obra por cada UNIDAD TÉCNICA EJECUTIVA adjudicada, de acuerdo al diseño, medidas y leyendas indicadas por la Subsecretaría de Obras Públicas del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación, conforme modelo en Anexo, en el lugar que indique la Inspección de Obra, obligándose a mantenerlo en buenas condiciones hasta la recepción definitiva de la obra, en cuya oportunidad deberá retirarlo. Cualquier deterioro o falta de carteles deberá ser subsanada por la CONTRATISTA. El costo que demande esta tarea está incluido en el rubro gastos generales.
CARTELES DE OBRA. Se construirán e instalarán en lugar de fácil visión y donde indique la Gerencia de Obras, dentro de los 30 días de suscripto el contrato según el modelo y lo indicado en el Anexo 1 del presente Xxxxxx, debiendo desmontarlos y entregarlos en el momento (dentro del año de garantía), y a donde la Gerencia de Obras lo indique.
CARTELES DE OBRA. 3.10. De la medición.
CARTELES DE OBRA. 3.7.11 Fotografías y Filmaciones
CARTELES DE OBRA. El Cartel de Obra que la Contratista deberá colocar, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 5.2.4. xxx Xxxxxx de Bases y Condiciones Legales Generales, se ajustará, en lo relacionado con sus características, dimensiones y cantidad a proveer, a lo especificado en el anexo correspondiente xxx Xxxxxx de Especificaciones Técnicas. PLIEG-2020-20669755-GDEBA-DCOPMIYSPGP Las obras ejecutadas de conformidad, se medirán mensualmente para confeccionar el certificado de obra. Dentro de los primeros quince (15) días de cada mes se medirán los trabajos ejecutados por el Contratista, en conjunto con la Inspección de Obra. A los fines de la medición se entenderá por trabajos ejecutados a aquellos cuyos elementos constitutivos se hallen colocados en la obra en el lugar y la forma que ocuparán definitivamente de acuerdo a lo estipulado en los planos y en la documentación contractual. Los elementos sueltos o materiales únicamente pueden ser certificados por sistema de acopio en caso de estar expresamente previsto para la presente obra. El Contratista o su Representante Técnico está obligado a asistir a todas las mediciones de las obras ejecutadas, así como a las recepciones de las mismas. En las actas y cómputos de estas mediciones debe constar la conformidad del Contratista o de su representante. En caso que el Contratista no estuviese conforme con las clasificaciones o mediciones de obra deberá manifestarlo por Acta en las fojas de medición. Los gastos en concepto de jornales de peones, útiles, instrumentos, etcétera que sea necesario emplear en las mediciones o en las verificaciones de las mismas que el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos considere necesario realizar, serán por cuenta exclusiva del Contratista.
CARTELES DE OBRA. El Contratista colocará en la obra carteles del tipo, dimensiones y materiales que indique el Pliego de Bases y Condiciones Particulares en la cantidad que éste establezca. - El costo de provisión, transporte, colocación y todo otro gasto originado por este concepto; como así también, su conservación en buen estado, serán por cuenta exclusiva del Contratista. Queda expresamente prohibida la colocación en cercos, estructuras y edificios de elementos de publicidad que no hayan sido autorizados debidamente por el Comitente. -
CARTELES DE OBRA. El Contratista colocará en la obra carteles del tipo, dimensiones y materiales que indique el Pliego de Bases y Condiciones Particulares y los Pliegos de especificaciones Técnicas en la cantidad que éste establezca. - El costo de provisión, transporte, colocación y todo otro gasto originado por este concepto; como así también, su conservación en buen estado, serán por cuenta exclusiva del Contratista. Queda expresamente prohibida la colocación en cercos, estructuras y edificios de elementos de publicidad que no hayan sido autorizados debidamente por el Comitente. -