Definición de Inspección de Obra

Inspección de Obra. Es la persona responsable de supervisar la ejecución de la Obra Civil y administrar el Contrato y actúa en forma complementaria al Director de Obra. Fuerza Mayor Sucesos fuera de control y voluntad de las Partes y que no pueden ser previstos, tales como las catástrofes naturales; las guerras, operaciones bélicas y hostilidades, haya o no declaración xx xxxxxx, terrorismo, guerrilla y disturbios y las huelgas, paros y actos y maniobras de huelguistas o desocupados, que no están originados en conflictos laborales producto de actos u omisiones del Contratista. Nota de Pedido Es toda Nota relacionada con temas concernientes a la Ejecución del Contrato, que ha sido entregada por la empresa Contratista a la Inspección o Dirección de Obra o que contiene la respuesta del Contratista a la instrucción impartida por la Inspección de Obra mediante una Orden de Servicio . Oferente Es la persona física o jurídica que Invitada por el Contratante a Cotizar su Precio, presenta una Oferta en la Convocatoria a Comparación de Precios. Otros términos sinónimos son proponente, postulante y postor. Oferente Preadjudicatario Oferente a quien la Comisión de Evaluación de las Ofertas, designada por Resolución del Contratante, recomienda Pre-Adjudicar el Contrato de Construcción de la Obra Civil, porque ha presentado la Oferta evaluada como la más baja.
Inspección de Obra. Representante técnico del Comitente, que perteneciendo a la Dirección de Obra, está facultado para realizar el contralor y medición de la obra y verificar la correcta provisión de materiales y equipos, ejecución de los trabajos y prestación de los servicios por parte del Contratista, conforme lo establecido en los planos, memorias, especificaciones, códigos y normas técnicas según contrato y ante quien debe dirigirse aquél por cualquier tramitación relacionada con las obras.
Inspección de Obra es quien representa al Comitente frente al Contratista y quien tiene a su cargo la supervisión técnica de los trabajos, así como el seguimiento, inspección y control en la ejecución del plan de trabajos definitivo y el control del cumplimiento de las obligaciones del Contratista.

Examples of Inspección de Obra in a sentence

  • La Inspección de Obra revisará dicho Libro por lo menos una vez a la semana y cuando se trate de reclamos justificados, solicitará del Contratista las explicaciones correspondientes.

  • Dicha nota deberá ser entregada a la Inspección de Obra, como condición previa para que ésta autorice al subcontratista a realizar trabajos en la obra.

  • La Inspección de Obra fiscalizará además la calidad de los materiales y de la mano de obra, la marcha de los trabajos, el cumplimiento de las demás obligaciones contractuales.

  • Dentro de los primeros quince (15) días de cada mes se medirán los trabajos ejecutados por el Contratista, en conjunto con la Inspección de Obra.

  • Aún en caso de disconformidad del Contratista con el resultado de las mediciones, el certificado se deberá confeccionar con el criterio sustentado por la Inspección de Obra, haciéndose posteriormente, si correspondiere, la rectificación pertinente, o difiriendo para la Liquidación Final el ajuste de las diferencias sobre las que no hubiere acuerdo.


More Definitions of Inspección de Obra

Inspección de Obra es quien representa al Comitente frente al Contratista y quien tiene a su cargo la supervisión técnica de los trabajos, así como el seguimiento, inspección y control en la ejecución del plan de trabajos definitivo y el control del cumplimiento de las obligaciones del Contratista. Salvo que se indique lo contrario, la Inspección de Obra será realizada por la Dirección Nacional de Vialidad. Toda vez que la Obra sea licitada y ejecutada por la Dirección Nacional de Vialidad, se entenderá que la Dirección de Obra es la Inspección de Obra. En aquellas obras donde se disponga la presentación por parte de la Contratista de un responsable de seguridad e higiene y/o un responsable de gestión ambiental, se incorporará, como parte de la Inspección de Obras a los responsables de las áreas con incumbencia existentes en cada Distrito quienes fiscalizarán el cumplimiento de las condiciones exigidas en la materia interactuando de manera directa con los referentes de la contratista en su especialidad. Las funciones de la inspección de Obras son: fiscalizar e inspeccionar la obra a fin de que ésta se ejecute y se desarrolle en un todo de acuerdo con los términos del Contrato, las leyes y las normas de orden superior aplicables. Será conformada, como mínimo, por un profesional universitario y técnicos con incumbencias acordes con la característica de la obra a supervisar. También es el receptor exclusivo de toda presentación del Contratista relacionada con cualquier aspecto de la obra o del Contrato. Decide las cuestiones inherentes a la obra según los términos contractuales y propicia la resolución de las que impliquen modificación o alteración de la obra y/o del Contrato. En lo que a este PCP se refiere, se usarán indistintamente los términos “Inspección de Obra” y “Supervisión de Obra” como sinónimos.
Inspección de Obra. Quien representa técnicamente al comitente en la función de desempeñar el control, la revisión y extensión de los certificados correspondientes a pagos de la obra en ejecución, inclusive el ajuste final de los mismos. Tiene a su cargo a su vez lo atinente a la administración del contrato y a las comunicaciones con la Contratista.
Inspección de Obra. Quien representa técnicamente al comitente en las actividades de supervisión y vigilancia de los trabajos, con autoridad para actuar en su nombre y facultada para realizar el contralor del contrato, verificar y aprobar las actas de medición y certificados de Obra.
Inspección de Obra todo funcionario autorizado por el Gobierno de la Ciudad para fiscalizar los trabajos en ejecución.
Inspección de Obra. Será ejercida por el equipo de profesionales o técnicos habilitados según las características de la obra y que tendrá a su cargo la supervisión, control y vigilancia directa de la correcta ejecución y calidad de los Trabajos.
Inspección de Obra. Cubrirá en caso de ser necesario, la contratación de: (i) una empresa encargada de la Inspección de la obra y de la asistencia específica que pueda requerirse durante su ejecución. Los subcomponentes antedichos serán financiados con recursos de FONPLATA y contraparte local, en caso de ser necesaria. • Expropiaciones: Se incluye la adquisición de predios necesarios para la construcción de alguna obra civil. Será financiado con recursos de contraparte local. • Reasentamientos: Se contempla la adquisición de predios y ejecución de obras civiles necesarias para el reasentamiento de la población, en aquellos proyectos que así lo requieran. Será financiado con recursos de contraparte local en caso de ser necesaria. Se estructura de la siguiente manera: • Gerencia y Fiscalización: La supervisión de obra (Informes semestrales y dos finales después de la culminación de la obra) estará a cargo del FFFIR y serán financiados con recursos de FONPLATA. • Auditoría Ambiental – Social y Monitoreo: Se incluyen las auditorías ambientales y sociales externas, así como el monitoreo de algunas variables ambientales, que durante la ejecución de la obra, el FFFIR o FONPLATA detecten, y haga necesario un seguimiento específico. Será financiado con recursos de FONPLATA. • Asistencia Técnica: Este subcomponente cubrirá la realización de estudios técnicos, de acuerdo con las prioridades de las Jurisdicciones, para respaldar la implementación de los proyectos. Serán financiadas con recursos de FONPLATA.
Inspección de Obra. El representante designado por el Centro PyME – ADENEU que tiene a su cargo el control y vigilancia directa de la obra, con autoridad para actuar en su nombre y facultada para realizar el contralor del Contrato.