CAUSACIÓN DE LA RETENCIÓN Cláusulas de Ejemplo

CAUSACIÓN DE LA RETENCIÓN. La retención del impuesto de industria y comercio por compras, se efectuará en el momento en que se realice el pago o abono en cuenta, lo que ocurra primero.
CAUSACIÓN DE LA RETENCIÓN. La retención se causa al momento del pago o abono en cuenta, o lo que ocurra primero.
CAUSACIÓN DE LA RETENCIÓN. La retención deberá practicarse por parte de la entidad emisora, o el respectivo agente de retención en el momento en que se efectúe el pago o abono en cuenta al sujeto de retención. PARÁGRAFO. Se exceptúan de esta retención los pagos por compras de combustibles derivados del petróleo y los pagos por actividades exentas o no sujetas al impuesto.
CAUSACIÓN DE LA RETENCIÓN. La retención en la fuente se causará al momento del pago o abono en cuenta, lo que ocurra primero siempre y cuando en la operación económica se cause el impuesto de industria y comercio en la jurisdicción del Municipio de La Plata – Huila.
CAUSACIÓN DE LA RETENCIÓN. La retención en la fuente se causará al momento del pago o abono en cuenta, lo que ocurra primero. (Modificado Acuerdo 022/2002)
CAUSACIÓN DE LA RETENCIÓN. Tanto para el sujeto de retención, como para el agente retenedor, la retención en el impuesto de industria y comercio se causará en el momento del pago o abono en cuenta, lo que ocurra primero, siempre y cuando en la operación económica se cause el impuesto de industria y comercio en la jurisdicción del Municipio de CALARCA
CAUSACIÓN DE LA RETENCIÓN. La retención se causa al momento del pago CONCEJO MUNICIPAL XX XXXXXXXX Acuerdo No. 31 del año 2013 NIT 832.001.087-3 (diciembre 20 de 2013)
CAUSACIÓN DE LA RETENCIÓN. La retención deberá practicarse por parte de la entidad emisora, o el respectivo agente de retención, en el momento en que se efectúe el pago o abono en cuenta al sujeto de retención.

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  • RESPONSABLE SUPERVISOR DE LOS TRABAJOS OBJETO DEL CONTRATO El órgano de contratación podrá designar una persona física o jurídica, vinculada al ente contratante o ajena a él, como responsable del trabajo, quien supervisará la ejecución del mismo, comprobando que su realización se ajusta a lo establecido en el contrato, y cursará al contratista las órdenes e instrucciones del órgano de contratación.

  • DATOS DEL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN CUCE: - - - - -

  • Aspectos Objeto de Negociación con la Empresa Para la valoración de las ofertas y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa se atenderá a varios aspectos de negociación.

  • FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN La entidad convocante deberá establecer el plazo de entrega de documentos, que no deberá ser menor a cuatro (4) días hábiles, para contrataciones hasta Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), computables a partir del día siguiente hábil de su notificación y para contrataciones mayores a Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), el plazo de entrega de documentos será computable a partir del día siguiente hábil al vencimiento del plazo para la interposición de Recursos Administrativos de Impugnación. Si el proponente adjudicado presentase los documentos antes del plazo otorgado, el proceso deberá continuar. En caso que el proponente adjudicado justifique oportunamente el retraso en la presentación de uno o más documentos, requeridos para la formalización de la contratación, por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad, se deberá ampliar el plazo de presentación de documentos. El proponente adjudicado deberá presentar, para la formalización de la contratación, mediante Contrato u Orden de Servicio, los originales o fotocopias legalizadas de los documentos señalados en el Formulario de Presentación de Propuesta (Formulario A-1), excepto aquella documentación cuya información se encuentre consignada en el Certificado XXXX. En caso de convenirse anticipo, el proponente adjudicado deberá presentar la Garantía de Correcta Inversión de Anticipo, equivalente al cien por ciento (100%) del anticipo solicitado, dentro de los plazos previstos en el Contrato. Las Entidades Públicas deberán verificar la autenticidad del Certificado XXXX presentado por el proponente adjudicado, ingresando el código de verificación del Certificado en el SICOES. Cuando el proponente adjudicado desista de forma expresa o tácita de formalizar la contratación, mediante Contrato u Orden de Servicio, su propuesta será descalificada, procediéndose a la revisión de la siguiente propuesta mejor evaluada. En caso de que la justificación del desistimiento no sea por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad, además, se ejecutará su Garantía de Seriedad de Propuesta, si esta hubiese sido solicitada y se informará al SICOES, en cumplimiento al inciso c) del Artículo 49 de las NB-SABS. El desistimiento expreso se efectivizará con la recepción de la carta de desistimiento remitida por el proponente adjudicado. El desistimiento tácito se efectivizará una vez concluido el plazo de presentación de documentos para la formalización de la contratación, sin que el proponente adjudicado haya justificado su retraso. Si la entidad notificara la adjudicación vencido el plazo de la validez de la propuesta, el proponente adjudicado podrá expresar su voluntad de continuar con el proceso de contratación; en caso de no pronunciarse o rechazar de manera expresa la adjudicación se efectivizará la descalificación de la propuesta por desistimiento, no correspondiendo su registro en el SICOES como impedido. Si producto de la revisión efectuada para la formalización de la contratación los documentos presentados por el adjudicado no cumplan con las condiciones requeridas, no se considerará desistimiento, por lo que no corresponde el registro en el SICOES como impedido; sin embargo, corresponderá la descalificación de la propuesta y la ejecución de la Garantía de Seriedad de Propuesta, si esta hubiese sido solicitada En los casos que se necesite ampliar plazos, el RPA deberá autorizar la modificación del cronograma de plazos a partir de la fecha de emisión del documento de adjudicación.

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