Common use of Cese Clause in Contracts

Cese. CVE-2017-6254 El empresario, con ocasión de la extinción del contrato, al comunicar a los trabajadores la denuncia o, en su caso el preaviso de la extinción del mismo, deberá acompañar una propuesta del documento de liquidación de las cantidades adeudadas. El trabajador podrá solicitar la presencia de un representante legal de los trabajadores en el momento de proceder a la firma del recibo de finiquito, haciéndose constar en el mismo el hecho de su firma en presencia de un representante legal de los trabajadores, o bien que el trabajador no ha hecho uso de esta posibilidad. Si el empresario impidiese la presencia del representante en el momento de la firma, el trabajador podrá hacerlo constar en el propio recibo, a los efectos oportunos. El mismo procedimiento se seguirá con la liquidación xx xxxxxxx que corresponda a los trabajadores fijos discontinuos, en los supuestos de conclusión de cada período de actividad. Todo trabajador para el asesoramiento oportuno tendrá derecho a recibir copia de su nómina de liquidación y finiquito antes de proceder a su firma. Todo trabajador está obligado a avisar al empresario con quince días de antelación al cese voluntario en el trabajo si llevase en la empresa más de seis meses, o bien con cinco días de antelación, si llevase en la empresa seis meses o menos, pudiendo el empresario descontar un día xx xxxxxxx por cada uno que falte para los días señalados. El empresario estará obligado a acusar recibo del preaviso por escrito. Asimismo, el empresario estará obligado a preavisar con quince días de antelación, si el contrato temporal de duración superior a seis meses quedase rescindido, y con cinco días si la duración fuese de seis meses o inferior. Si el empresario no preavisa al trabajador con el tiempo señalado estará obligado a abonar a éste un día xx xxxxxxx por cada uno que falte para los días señalados, con el tope de 15 días. Las partes firmantes de este convenio, conscientes del problema de desempleo, instan a empresarios y trabajadores a la celebración de acuerdos formales, mediante los cuales, aquellos trabajadores comprendidos entre los sesenta y uno y sesenta y cuatro años inclusive, reciban una cantidad indemnizatoria o estímulo económico para el supuesto en que opten por su jubilación voluntaria. En el supuesto de trabajadores mutualistas con anterioridad a 1967, la edad inicial será de 60 años.

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Samples: Convenio Colectivo De Hosteleria

Cese. CVE-2017-6254 El empresario, con ocasión de la extinción del contrato, al comunicar a los trabajadores la denuncia o, en su caso el preaviso de la extinción del mismo, deberá acompañar una propuesta del documento de liquidación de las cantidades canti- dades adeudadas. El trabajador trabajador, podrá solicitar la presencia de un representante repre- sentante legal de los trabajadores en el momento de proceder pro- ceder a la firma del recibo de finiquito, haciéndose constar en el mismo el hecho de su firma en presencia de un representante legal de los trabajadores, o bien que el trabajador tra- bajador no ha hecho uso uno de esta posibilidad. Si el empresario impidiese la presencia del representante represen- tante en el momento de la firma, el trabajador trabajador, podrá hacerlo constar en el propio recibo, a los efectos oportunosoportu- nos. El mismo procedimiento se seguirá con la liquidación xx xxxxxxx que corresponda correspondan a los trabajadores fijos discontinuosdisconti- nuos, en los supuestos de conclusión de cada período de actividad. Todo trabajador para el asesoramiento oportuno oportuno, tendrá derecho a recibir copia de su nómina de liquidación y finiquito fini- quito antes de proceder a su firma. Todo trabajador está esta obligado a avisar al empresario con quince días de antelación al cese voluntario en el trabajo tra- bajo si llevase en la empresa más de seis meses, o bien con cinco días de antelación, si llevase en la empresa seis meses o menos, pudiendo el empresario descontar un día xx xxxxxxx por cada uno que falte para los días señalados. El empresario estará obligado a acusar recibo del preaviso prea- viso por escrito. Asimismo, el empresario estará obligado a preavisar con quince días de antelación, si el contrato temporal de duración superior a seis meses quedase rescindido, y con cinco días si la duración fuese de seis meses o inferior. Si el empresario no preavisa al trabajador con el tiempo señalado señalado, estará obligado a abonar a éste éste, un día xx xxxxxxx xxxx- rio por cada uno que falte para los días señalados, con el tope de 15 quince días. Las partes firmantes de este convenio, conscientes del problema de desempleo, instan a empresarios y trabajadores trabaja- dores a la celebración de acuerdos formales, mediante los cuales, aquellos trabajadores comprendidos entre los sesenta y uno y sesenta y cuatro años inclusive, reciban una cantidad indemnizatoria o estímulo económico para el supuesto en que opten por su jubilación voluntaria. En el supuesto de trabajadores mutualistas con anterioridad a 1967, la edad inicial será de 60 años.

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Samples: Convenio Colectivo De Hostelería Años 2007 2010

Cese. CVE-2017-6254 El empresario, con ocasión de la extinción del contrato, al comunicar a los trabajadores la denuncia o, en su caso el preaviso de la extinción del mismo, deberá acompañar una propuesta del documento de liquidación de las cantidades adeudadas. El trabajador trabajador, podrá solicitar la presencia de un representante legal de los trabajadores en el momento de proceder a la firma del recibo de finiquito, haciéndose constar en el mismo el hecho de su firma en presencia de un representante legal de los trabajadores, o bien que el trabajador no ha hecho uso uno de esta posibilidad. Si el empresario impidiese la presencia del representante en el momento momen- to de la firma, el trabajador trabajador, podrá hacerlo constar en el propio recibo, a los efectos oportunos. El mismo procedimiento se seguirá con la liquidación xx xxxxxxx que corresponda correspondan a los trabajadores fijos discontinuos, en los supuestos de conclusión de cada período periodo de actividad. Todo trabajador para el asesoramiento oportuno oportuno, tendrá derecho a recibir copia de su nómina de liquidación y finiquito antes de proceder a su firma. firma.‌ Todo trabajador está esta obligado a avisar al empresario con quince 15 días de antelación al cese voluntario en el trabajo si llevase en la empresa más de seis meses, o bien con cinco 5 días de antelación, si llevase en la empresa seis meses o menos, pudiendo el empresario descontar un día xx xxxxxxx xxxx- rio por cada uno que falte para los días señalados. El empresario estará obligado a acusar recibo del preaviso por escrito. Asimismo, el empresario estará obligado a preavisar con quince 15 días de antelación, si el contrato temporal de duración superior a seis meses quedase rescindido, y con cinco 5 días si la duración fuese de seis meses o inferior. Si el empresario no preavisa al trabajador con el tiempo señalado estará señalado, es- tará obligado a abonar a éste este, un día xx xxxxxxx por cada uno que falte para los días señalados, con el tope de 15 días. Las partes firmantes de este convenio, conscientes del problema de desempleo, instan a empresarios y trabajadores a la celebración de acuerdos formales, mediante los cuales, aquellos trabajadores comprendidos com- prendidos entre los sesenta y uno y sesenta y cuatro años inclusive, reciban una cantidad indemnizatoria o estímulo económico para el supuesto en que opten por su jubilación voluntaria. En el supuesto de trabajadores mutualistas con anterioridad a 1967, la edad inicial será de 60 años.

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Samples: Convenio Colectivo Para El Sector De Hostelería De Cantabria

Cese. CVE-2017-6254 El empresario, con ocasión de la extinción del contrato, al comunicar a los trabajadores la denuncia o, en su caso el preaviso de la extinción del mismo, deberá acompañar una propuesta del documento de liquidación de las cantidades adeudadas. El trabajador trabajador, podrá solicitar la presencia de un representante legal de los trabajadores en el momento de proceder a la firma del recibo de finiquito, haciéndose constar en el mismo el hecho de su firma en presencia de un representante legal de los trabajadores, o bien que el trabajador no ha hecho uso uno de esta posibilidad. Si el empresario impidiese la presencia del representante en el momento de la firma, el trabajador trabajador, podrá hacerlo constar en el propio recibo, a los efectos oportunos. El mismo procedimiento se seguirá con la liquidación xx xxxxxxx que corresponda correspondan a los trabajadores fijos discontinuos, en los supuestos de conclusión de cada período periodo de actividad. CVE-2014-10932 Todo trabajador para el asesoramiento oportuno oportuno, tendrá derecho a recibir copia de su nómina de liquidación y finiquito antes de proceder a su firma. Todo trabajador está esta obligado a avisar al empresario con quince 15 días de antelación al cese voluntario en el trabajo si llevase en la empresa más de seis meses, o bien con cinco 5 días de antelación, si llevase en la empresa seis meses o menos, pudiendo el empresario descontar un día xx xxxxxxx por cada uno que falte para los días señalados. El empresario estará obligado a acusar recibo del preaviso por escrito. Asimismo, el empresario estará obligado a preavisar con quince 15 días de antelación, si el contrato temporal de duración superior a seis meses quedase rescindido, y con cinco 5 días si la duración fuese de seis meses o inferior. Si el empresario no preavisa al trabajador con el tiempo señalado señalado, estará obligado a abonar a éste este, un día xx xxxxxxx por cada uno que falte para los días señalados, con el tope de 15 días. Las partes firmantes de este convenio, conscientes del problema de desempleo, instan a empresarios y trabajadores a la celebración de acuerdos formales, mediante los cuales, aquellos trabajadores comprendidos entre los sesenta y uno y sesenta y cuatro años inclusive, reciban una cantidad indemnizatoria o estímulo económico para el supuesto en que opten por su jubilación voluntaria. En el supuesto de trabajadores mutualistas con anterioridad a 1967, la edad inicial será de 60 años.

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Samples: Convenio Colectivo De Hosteleria

Cese. CVE-2017-6254 El empresario, con ocasión de la extinción del contrato, al comunicar a los trabajadores la denuncia o, en su caso el preaviso de la extinción del mismo, deberá acompañar una propuesta del documento de liquidación de las cantidades adeudadas. El trabajador podrá solicitar la presencia de un representante legal de los trabajadores en el momento de proceder a la firma del recibo de finiquito, haciéndose constar en el mismo el hecho de su firma en presencia de un representante legal de los trabajadores, o bien que el trabajador no ha hecho uso de esta posibilidad. Si el empresario impidiese la presencia del representante en el momento de la firma, el trabajador podrá hacerlo constar en el propio recibo, a los efectos oportunos. El mismo procedimiento se seguirá con la liquidación xx xxxxxxx que corresponda a los trabajadores fijos discontinuos, en los supuestos de conclusión de cada período de actividad. Todo trabajador para el asesoramiento oportuno tendrá derecho a recibir copia de su nómina de liquidación y finiquito antes de proceder a su firma. Todo trabajador está obligado a avisar al empresario con quince días de antelación al cese voluntario en el trabajo si llevase en la empresa más de seis meses, o bien con cinco días de antelación, si llevase en la empresa seis meses o menos, pudiendo el empresario descontar un día xx xxxxxxx por cada uno que falte para los días señalados. El empresario estará obligado a acusar recibo del preaviso por escrito. Asimismo, el empresario estará obligado a preavisar con quince días de antelación, si el contrato temporal de duración superior a seis meses quedase rescindido, y con cinco días si la duración fuese de seis meses o inferior. Si el empresario no preavisa al trabajador con el tiempo señalado estará obligado a abonar a éste un día xx xxxxxxx por cada uno que falte para los días señalados, con el tope de 15 días. Las partes firmantes de este convenio, conscientes del problema de desempleo, instan a empresarios y trabajadores a la celebración de acuerdos formales, mediante los cuales, aquellos trabajadores comprendidos entre los sesenta y uno y sesenta y cuatro años inclusive, reciban una cantidad indemnizatoria o estímulo económico para el supuesto en que opten por su jubilación voluntaria. En el supuesto de trabajadores mutualistas con anterioridad a 1967, la edad inicial será de 60 años.

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Cese. CVE-2017-6254 El empresario, con ocasión de la extinción del contrato, al comunicar a los trabajadores la denuncia o, en su caso el preaviso de la extinción del mismo, mismo deberá acompañar una propuesta del documento de liquidación de las cantidades adeudadas. El trabajador podrá solicitar la presencia de un representante legal de los trabajadores en el momento de proceder a la firma del recibo de finiquito, haciéndose constar en el mismo el hecho de su firma en presencia de un representante legal de los trabajadores, o bien que el trabajador no ha hecho uso de esta posibilidad. Si el empresario impidiese la presencia del representante en el momento de la firma, el trabajador podrá hacerlo constar en el propio recibo, a los efectos oportunos. El mismo procedimiento se seguirá con la liquidación xx xxxxxxx que corresponda a los trabajadores fijos discontinuos, en los supuestos de conclusión de cada período de actividad. Todo trabajador para el asesoramiento oportuno tendrá derecho a recibir copia de su nómina de liquidación y finiquito antes de proceder a su firma. Todo trabajador está obligado a avisar al empresario con quince días de antelación al cese voluntario en el trabajo si llevase en la empresa más de seis meses, o bien con cinco días de antelación, si llevase en la empresa seis meses o menos, pudiendo el empresario descontar un día xx xxxxxxx por cada uno que falte para los días señalados. El empresario estará obligado a acusar recibo del preaviso por escrito. Asimismo, el empresario estará obligado a preavisar con quince días de antelación, si el contrato temporal de duración superior a seis meses quedase rescindido, y con cinco días si la duración fuese de seis meses o inferior. Si el empresario no preavisa al trabajador con el tiempo señalado estará obligado a abonar a éste un día xx xxxxxxx por cada uno que falte para los días señalados, con el tope de 15 días. Las partes firmantes de este convenio, conscientes del problema de desempleo, instan a empresarios y trabajadores a la celebración de acuerdos formales, mediante los cuales, aquellos trabajadores comprendidos entre los sesenta y uno y sesenta y cuatro años inclusive, reciban una cantidad indemnizatoria o estímulo económico para el supuesto en que opten por su jubilación voluntaria. En el supuesto de trabajadores mutualistas con anterioridad a 1967, la edad inicial será de 60 años.

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Samples: boc.cantabria.es