CESIONES Y SUBCONTRATOS. EL CONTRATISTA no podrá ceder ni subcontratar las obligaciones y derechos que se deriven del contrato que se suscriba, sin previo consentimiento escrito de la Entidad, pudiendo ésta reservarse las razones que tenga para negar la aceptación de la cesión.
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Samples: Enajenación De Bien Inmueble, Enajenación De Bienes Inmuebles, Enajenación De Bienes Inmuebles
CESIONES Y SUBCONTRATOS. EL CONTRATISTA no podrá ceder ni subcontratar las obligaciones y derechos que se deriven del contrato que se suscriba, sin previo consentimiento escrito de la Entidad, pudiendo ésta éste reservarse las razones que tenga para negar la aceptación de la cesión.
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Samples: Contract for the Structuring and Placement of Securities, Contract for the Structuring and Placement of Securities, Suministro De Llantas Y Baterías