VERIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN. La UNIVERSIDAD dentro de la etapa de evaluación de las ofertas, podrá designar funcionarios para que realicen visitas a las instalaciones o sedes de cada uno de los OFERENTES, con el fin de verificar la información que los mismos han consignado en sus ofertas.
VERIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN. Indique si requiere o no una visita para verificación de información a las sedes o instalaciones del proponente. SI: NO: X
VERIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN. 9.1. EL (LOS) CLIENTE (S) y FIADOR (ES) SOLIDARIO (S) Y/O AVAL (ES) Y/O EL (LA) CÓNYUGE autorizan a la CMAC CUSCO S.A. en forma expresa e irrevocable a efectuar las verificaciones que estime conveniente sobre la exactitud de la información proporcionada sin que ello exima de la responsabilidad que atañe a EL (LOS) CLIENTE(S) y FIADOR (ES) SOLIDARIO (S) Y/O AVAL (ES) Y/O EL (LA) CÓNYUGE sobre la veracidad de la misma. Tales verificaciones podrán comprender: las certificaciones de domicilio, centros de trabajo, importe de remuneraciones y/o del patrimonio del (LOS) CLIENTES(S) Y/O LOS FIADORES SOLIDARIOS, según sea el caso.
VERIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN. ALMA MATER rechazará la propuesta cuando aparezca demostrado que no es veraz la información suministrada en la propuesta, o cuando las inconsistencias no sean aclaradas. ALMA MATER podrá designar funcionarios para que realicen visitas a las instalaciones o sedes de cada uno de los proponentes con el fin de verificar la información que los mismos han consignado en sus propuestas y calificar aspectos relacionados con los presentes TERMINOS DE REFERENCIA. ALMA MATER podrá igualmente obtener por cualquier medio idóneo la información que requiera para verificar la información suministrada en las propuestas.
VERIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN. (a) Durante el término de evaluación de las Ofertas (incluidos los Requisitos Habilitantes de Estructuras Plurales modificadas o recompuestas) la EFR efectuará las verificaciones de la información entregada por los Oferentes que estime convenientes. Esta verificación se hará de oficio por parte de la EFR.
(b) Así mismo, se resalta que, durante el término de la evaluación de las Ofertas, la EFR no tendrá en cuenta la información que sea allegada por los Oferentes, si ésta no corresponde a los documentos expresamente requeridos en el presente Pliego de Condiciones. En consecuencia, la EFR no revisará ningún documento que sea incluido en las Ofertas, si éste no es requerido de conformidad con lo establecido en el presente Pliego de Condiciones.
VERIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN. (a) Durante el término de evaluación de las Propuestas, la Empresa Férrea Regional efectuará las verificaciones de la información entregada por los Proponentes que estime conveniente y necesaria. Esta verificación se hará de oficio por parte de la Empresa Férrea Regional. Si la información suministrada por los Proponentes para verificar la información no resulta apropiada o la(s) persona(s) de contacto ya no laboran en el lugar o por cualquier motivo la Empresa Férrea Regional no puede contactar a las personas de contacto para verificar la información, la Empresa Férrea Regional podrá, si no ha podido verificar la información por otros medios a su entera satisfacción, no tener en cuenta la información que el Proponente pretende acreditar.
VERIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN. 1.11.1 La Municipalidad de Curridabat verificará que las ofertas que se hayan establecido como elegibles no contengan errores aritméticos y si los hubiere, procederá a corregirlos de la siguiente manera:
1.11.2 La Administración se reserva el derecho de verificar por sí misma o por medio de terceras personas y en forma independiente, la veracidad y autenticidad de la información contenida en la oferta. De llegarse a determinar la existencia de información falsa o engañosa que pueda conducir a equívocos o a una valoración diferente de la oferta que influya en su calificación, ésta se descalificará.
VERIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN. 25.1. EL (LA) (LOS) (LAS) CLIENTE(S) y FIADOR (ES) SOLIDARIO (S) Y/O AVAL (ES) Y/O EL (LA) CÓNYUGE autorizan a CAJA CUSCO en forma expresa e irrevocable a efectuar las verificaciones que estime conveniente sobre la exactitud de la información proporcionada sin que ello exima de la responsabilidad que atañe a EL (LA) (LOS) (LAS) CLIENTE(S) y FIADOR (ES) SOLIDARIO (S) Y/O AVAL (ES) Y/O EL (LA) CÓNYUGE sobre la veracidad de la misma. Tales verificaciones podrán comprender: las certificaciones de domicilio o visita al domicilio, xxxxxx xx xxxxxxx, xxxxxxx xx xxxxxxxxxxxxxx x/x xxx xxxxxxxxxx xxx XX (XX) (XXX) (XXX) CLIENTE(S) Y/O LOS FIADORES SOLIDARIOS, según sea el caso.
VERIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN. 3.11.1 Durante el término de evaluación de las Manifestaciones de Interés el INCO efectuará las verificaciones de la información entregada por los Interesados que estime conveniente y necesaria. Esta verificación se hará de oficio por parte del INCO. Si la información suministrada por los Interesados para verificar la información no resultare apropiada o la(s) persona(s) de contacto ya no laboraren en el lugar o por cualquier motivo el INCO no pudiese contactar a las personas de contacto para verificar la información, el INCO podrá, si no ha podido verificar la información por otros medios a su entera satisfacción, rechazar la Manifestación de Interés.
3.11.2 Así mismo, se resalta que durante el término de la evaluación de las Manifestaciones de Interés el INCO no tendrá en cuenta la información que sea allegada por los Interesados, si esta no corresponde a los documentos expresamente requeridos en el presente Documento de Convocatoria. En consecuencia, el INCO no revisará ningún documento que sea incluido en las Manifestaciones de Interés, si éste no es requerido de conformidad con lo establecido en el presente Documento de Convocatoria.
VERIFICACIÓN DE LA INFORMACIÓN. 8.5.1. Durante el término de evaluación de las Ofertas, el Comité de Evaluación efectuará las verificaciones de la información entregada por los Oferentes que estime convenientes y necesarias. Si la información suministrada por los Oferentes no fuera verificable; la(s) persona(s) de contacto ya no laboren en el lugar indicado; por cualquier motivo no se pudiese ubicar a las personas de contacto para verificar la información o si por otras causas no es posible corroborar la información por otros medios, el Comité de Evaluación podrá declarar la Oferta no elegible.
8.5.2. Así mismo, se resalta que durante el término de la evaluación de las Ofertas, el Comité de Evaluación no tendrá en cuenta la información que sea allegada por los Oferentes, si ésta no corresponde a los documentos expresamente requeridos en estos Términos de Referencia. En consecuencia, el Comité de Evaluación no revisará ningún documento que sea incluido en las Ofertas, si éste no es requerido de conformidad con lo establecido en estos Términos de Referencia.