Clasificación de la documentación Cláusulas de Ejemplo

Clasificación de la documentación. Finalizado el plazo de presentación de ofertas, la Mesa de Contratación, procederá a la calificación de la documentación del Sobre A. Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados, y lo hará público en el perfil del contratante del órgano de contratación, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los solicitantes los corrijan o subsanen ante la propia Mesa de Contratación, bajo apercibimiento de exclusión definitiva del solicitante si en el plazo concedido no procede a la subsanación de la documentación. Téngase en cuenta que todas las notificaciones relacionadas con el presente procedimiento de contratación se harán exclusivamente por medios telemáticos en la dirección electrónica facilitada por el licitador y que deberá constar en el sobre A, apartado k).
Clasificación de la documentación. Una vez aportada por la empresa licitadora que haya presentado la mejor oferta la garantía definitiva y el resto de documentación requerida, ésta se calificará. Si se observa que en la documentación presentada existen defectos o errores de carácter subsanable, se comunicará a las empresas afectadas para que los corrijan o subsanen en un plazo máximo de tres días hábiles. Las solicitudes de enmienda se llevarán a cabo a través de la funcionalidad que tiene la herramienta de Sobre Digital a tal efecto, mediante la cual se enviará un correo electrónico a la dirección o direcciones señaladas por la empresa o empresas licitadoras el formulario de inscripción, con el enlace para que accedan al espacio de la herramienta en el que deben aportar la documentación correspondiente. De no cumplimentarse el requerimiento en el plazo señalado, o bien, en el plazo que se otorgue para subsanación, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3 % del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía provisional, si se hubiera constituido. En este caso, se procederá a solicitar la misma documentación al siguiente licitador de acuerdo con el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. Asimismo, la eventual falsedad en lo que hayan declarado las empresas licitadoras pueda dar lugar a la causa de prohibición de contratar con el sector público prevista en el artículo 71.1.e) de la LCSP.
Clasificación de la documentación. Finalizado el plazo de presentación de ofertas, la Comisión de negociación, procederá a la calificación de la documentación del Sobre A. Si la Comisión observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles y solicitando, si fuera necesario, las aclaraciones o documentación complementaria a que se refiere el artículo 82 del TRLCSP, para que los solicitantes los corrijan o subsanen ante la propia Comisión, bajo apercibimiento de exclusión definitiva del solicitante si en el plazo concedido no procede a la subsanación de la documentación. Téngase en cuenta que todas las notificaciones relacionadas con el presente procedimiento de contratación se harán exclusivamente por medios telemáticos en la dirección electrónica facilitada por el licitador y que deberá constar en el sobre A, apartado xiv).
Clasificación de la documentación. Finalizado el plazo de admisión de documentación, el tercer día hábil, la Mesa de Contratación constituida permanentemente, según Acuerdo Plenario de 24 xx xxxxx de 2011, publicado en el BOP de 6 de Julio, clasificará previamente los documentos presentados en el sobre nº 1 y si observare defectos formales, podrá conceder, si lo estima conveniente, un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador subsane el error. Si la documentación contuviese defectos substanciales o deficiencias materiales no subsanables, se rechazará la proposición. El acto de apertura del sobre nº 2 será público y se celebrará por la Mesa de Contratación una vez completada la documentación del sobre nº 1 si tuviera defectos subsanables el sexto día hábil, y se remitirá a los Servicios Técnicos Municipales para su valoración, que emitirán el informe correspondiente. Una vez realizadas las actuaciones anteriores, se procederá al acto de apertura del sobre nº 3 que será público, y se celebrará por la Mesa de Contratación en el lugar, día y hora que previamente se haya anunciado en el Perfil de Contratante de este Ayuntamiento xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxx.xx, dándose a conocer el resultado de la valoración del sobre nº 2.
Clasificación de la documentación. Finalizado el plazo de presentación de ofertas, la Mesa de Contratación procederá, de conformidad con lo dispuesto en el art. 144 de la LCSP y art. 81 del RGLCAP, a la calificación de la documentación de los Sobres A y C. Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados verbalmente o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, y lo hará público en el perfil del contratante del órgano de contratación, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los solicitantes los corrijan o subsanen ante la propia Mesa de Contratación, bajo apercibimiento de exclusión definitiva del solicitante si en el plazo concedido no procede a la subsanación de la documentación. Posteriormente, y previos los informes técnicos oportunos, se reunirá la Mesa de Contratación para adoptar el oportuno acuerdo sobre la admisión definitiva de licitadores, así como sobre los rechazados con indicación de las causas del rechazo.