Clasificación de ofertas. El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales conforme a lo señalado en la Carátula de este Pliego. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en la Carátula, pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes. Desempates.- En caso de proposiciones igualmente ventajosas (igualdad en puntuación hasta dos decimales), se aplicarán los criterios que contemplen la Carátula, respetando lo dispuesto al respecto en el art. 147.1 de la Ley 9/2017. En el caso de que no se contemplen, se aplicarán los criterios sociales previstos en el art 147.2 de la Ley 9/2017. La documentación acreditativa de los criterios de desempate será aportada por los licitadores en el momento en que se produzca el empate, no con carácter previo. A tal efecto, la Mesa de contratación requerirá la documentación pertinente a las empresas afectadas, otorgándoles un plazo mínimo de cinco días naturales para su aportación.
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Samples: Contrato De Servicios, Contract for Services, Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares
Clasificación de ofertas. El órgano de contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales conforme a lo señalado en la Carátula de este Pliego. Para realizar dicha clasificación, atenderá a los criterios de adjudicación señalados en los pliegos y a la Carátulavista de la propuesta presentada por la Mesa de Contratación, pudiendo solicitar para ello cuantos informes técnicos estime pertinentes. Desempates.- En caso de proposiciones igualmente ventajosas (igualdad en puntuación hasta dos decimales), se aplicarán los criterios que contemplen la Carátula, respetando lo dispuesto al respecto en el art. 147.1 de la Ley 9/2017. En el caso de que no se contemplen, se aplicarán los criterios sociales previstos en el art 147.2 de la Ley 9/2017. La documentación acreditativa de los criterios de desempate será aportada por los licitadores en el momento en que se produzca el empate, no con carácter previo. A tal efecto, la Mesa de contratación requerirá la documentación pertinente a las empresas afectadas, otorgándoles un plazo mínimo de cinco días naturales para su aportación.
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