Comisiones de servicio. 1. Los viajes a que den lugar las comisiones de servicio del personal serán por cuenta de la Entidad, unificándose las dietas para todos los Niveles en base a la tabla fijada en el artículo 54 del presente convenio colectivo. 2. Si el viaje comprende horas en las que tenga lugar una comida principal del día o se pernocta fuera del domicilio, se devengará media dieta. 3. Las Cajas establecerán una asignación por kilómetro conforme a la tabla fijada en el artículo 54 del presente convenio colectivo, cuando las comisiones de servicio se realicen en vehículo propio de la persona empleada. 4. Si en la Comisión de Servicios el desplazamiento fuere por tiempo superior a tres meses, la persona trabajadora tendrá derecho a cuatro días laborables de estancia en su domicilio de origen por cada tres meses de desplazamiento, sin computar como tales los de viaje, cuyos gastos correrán a cargo de la Entidad. El desplazamiento temporal a población distinta de la de su residencia habitual, tendrá el límite de un año.
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Comisiones de servicio. 1. Los viajes a que den lugar las comisiones de servicio del personal serán por cuenta de la Entidad, unificándose las dietas para todos los Niveles en base a la tabla fijada en el artículo 54 del presente convenio colectivoConvenio Colectivo.
2. Si el viaje comprende horas en las que tenga lugar una comida principal del día o se pernocta fuera del domicilio, se devengará media dieta.
3. Las Cajas establecerán una asignación por kilómetro conforme a la tabla fijada en el artículo 54 del presente convenio colectivoConvenio Colectivo, cuando las comisiones de servicio se realicen en vehículo propio de la persona empleada.
4. Si en la Comisión de Servicios el desplazamiento fuere por tiempo superior a tres meses, la persona trabajadora tendrá derecho a cuatro días laborables de estancia en su domicilio de origen por cada tres meses de desplazamiento, sin computar como tales los de viaje, cuyos gastos correrán a cargo de la Entidad. El desplazamiento temporal a población distinta de la de su residencia habitual, tendrá el límite de un año.
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Samples: Convenio Colectivo
Comisiones de servicio. 1. Los viajes a que den lugar las comisiones de servicio del personal serán por cuenta de la Entidad, unificándose las dietas para todos los Niveles niveles en base a la tabla fijada en el artículo 54 52 del presente convenio Convenio colectivo.
2. Si el viaje comprende horas en las que tenga lugar una comida principal del día o se pernocta fuera del domicilio, se devengará media dieta.
3. Las Cajas establecerán una asignación por kilómetro conforme a la tabla fijada en el artículo 54 52 del presente convenio Convenio colectivo, cuando las comisiones de servicio se realicen en vehículo propio de la persona empleada.
4. Si en la Comisión de Servicios el desplazamiento fuere por tiempo superior a tres meses, la persona trabajadora el empleado tendrá derecho a cuatro días laborables de estancia en su domicilio de origen por cada tres meses de desplazamiento, sin computar como tales los de viaje, cuyos gastos correrán a cargo de la Entidadentidad. El desplazamiento temporal a población distinta de la de su residencia habitual, tendrá el límite de un año.
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Samples: Convenio Colectivo
Comisiones de servicio. 1. Los viajes a que den lugar las comisiones de servicio Comisiones del personal serán por cuenta de la Entidad, unificándose las dietas para todos los Niveles en base a la tabla fijada en el artículo 54 55 del presente convenio colectivoConvenio Colectivo.
2. Si el viaje comprende horas en las que tenga lugar una comida principal del día o se pernocta fuera del domicilio, se devengará media dieta.
3. Las Cajas establecerán una asignación por kilómetro conforme a la tabla fijada en el artículo 54 55 del presente convenio colectivoConvenio Colectivo, cuando las comisiones de servicio se realicen en vehículo propio de la persona empleada.
4. Si en la Comisión de Servicios el desplazamiento fuere por tiempo superior a tres meses, la persona trabajadora el empleado tendrá derecho a cuatro días laborables de estancia en su domicilio de origen por cada tres meses de desplazamiento, sin computar como tales los de viaje, cuyos gastos correrán a cargo de la Entidad. El desplazamiento temporal a población distinta de la de su residencia habitual, tendrá el límite de un año.
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Samples: Convenio Colectivo
Comisiones de servicio. 1. Los viajes a que den lugar las comisiones de servicio Comisiones del personal serán por cuenta de la Entidad, unificándose las dietas para todos los Niveles en base a la tabla fijada en el artículo 54 55 del presente convenio colectivoConvenio Colectivo.
2. Si el viaje comprende horas en las que tenga lugar una comida principal del día o se pernocta fuera del domicilio, se devengará media dieta.
3. Los viajes serán en primera clase, excepto en avión, sin distinción de Nivel. Las Cajas establecerán una asignación por kilómetro conforme a la tabla fijada en el artículo 54 55 del presente convenio colectivoConvenio Colectivo, cuando las comisiones de servicio se realicen en vehículo propio de la persona empleadadel empleado.
4. Si en la Comisión de Servicios el desplazamiento fuere por tiempo superior a tres meses, la persona trabajadora el empleado tendrá derecho a cuatro días laborables de estancia en su domicilio de origen por cada tres meses de desplazamiento, sin computar como tales los de viaje, cuyos gastos correrán a cargo de la Entidad. El desplazamiento temporal a población distinta de la de su residencia habitual, tendrá el límite de un año.
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Samples: Convenio Colectivo