Comités de Seguridad y Salud. En todas las empresas o centros de trabajo con cincuenta o más trabajadores, se constituirán Comités Parita- xxxx de Seguridad e Higiene en el Trabajo, sin perjuicio de la existencia también de Delegados de Prevención, conforme previene la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. El Presidente y Secretario de dicho Comité se elegirán de entre sus miembros. Las normas de funcionamiento se elaborarán por los miembros de dicho Comité y será su misión y competen- cia la de vigilancia y cumplimiento de los puntos que hacen referencia a Seguridad e Higiene en el trabajo del presente Convenio Básico. En todo lo no regulado por el presente Convenio Básico se estará a la legislación vigente sobre esta materia así como a las recomendaciones de la O.I.T.
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Samples: Convenio Colectivo
Comités de Seguridad y Salud. En todas las empresas o centros de trabajo con cincuenta o más trabajadores, se constituirán Comités Parita- xxxx Paritarios de Seguridad e Higiene en el Trabajo, sin perjuicio de la existencia también de Delegados de Prevención, conforme previene la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. El Presidente y Secretario de dicho Comité se elegirán de entre sus miembros. Las normas de funcionamiento se elaborarán por los miembros de dicho Comité y será su misión y competen- cia competencia la de vigilancia y cumplimiento de los puntos que hacen referencia a Seguridad e Higiene en el trabajo del presente Convenio convenio Básico. En todo lo no regulado por el presente Convenio Básico se estará a la legislación vigente sobre esta materia así como a las recomendaciones de la O.I.T.
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Samples: Convenio Colectivo Del Sector De Mataderos De Aves Y Conejos
Comités de Seguridad y Salud. En todas las empresas o centros de trabajo con cincuenta o más trabajadorestrabajado- res, se constituirán Comités Parita- xxxx Paritarios de Seguridad e Higiene en el Trabajo, sin perjuicio de la existencia también de Delegados de Prevención, conforme previene la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. El Presidente y Secretario de dicho Comité se elegirán de entre sus miembros. Las normas de funcionamiento se elaborarán por los miembros de dicho Comité y será su misión y competen- cia competencia la de vigilancia y cumplimiento de los puntos que hacen referencia a Seguridad e Higiene en el trabajo del presente presen- te Convenio Básico. En todo lo no regulado por el presente Convenio Básico se estará a la legislación legisla- ción vigente sobre esta materia así como a las recomendaciones de la O.I.T.
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Samples: Convenio Colectivo
Comités de Seguridad y Salud. En todas las empresas o centros de trabajo con cincuenta o más trabajadores, se constituirán Comités Parita- xxxx Paritarios de Seguridad e Higiene en el Trabajo, sin perjuicio de la existencia también de Delegados de Prevención, conforme previene la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. El Presidente y Secretario de dicho Comité se elegirán de entre sus miembros. cve: BOE-A-2014-3352 Las normas de funcionamiento se elaborarán por los miembros de dicho Comité y será su misión y competen- cia competencia la de vigilancia y cumplimiento de los puntos que hacen referencia a Seguridad e Higiene en el trabajo del presente Convenio Básico. En todo lo no regulado por el presente Convenio Básico se estará a la legislación vigente sobre esta materia así como a las recomendaciones de la O.I.T.
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