Concreción de las condiciones de solvencia. En los acuerdos marco de obras podrá exigirse a las personas jurídicas que especifiquen los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación del contrato basado, de conformidad con el artículo 76.1 LCSP. Además, en virtud del apartado 2 del artículo 76 LCSP, los órganos de contratación podrán exigir a los licitadores que además de acreditar su solvencia o, en su caso, clasificación, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución de los contratos basados en el acuerdo marco los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos tienen el carácter de obligaciones contractuales esenciales a los efectos previstos en el artículo 211, o establecer penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 192.2 para el caso de que se incumplan por el adjudicatario. La exigencia, en su caso, de los nombres y la cualificación del personal responsable de ejecutar los contratos basados, así como del compromiso de adscripción a la ejecución de los contratos basados de medios personales y/o materiales, se establece en el apartado 6 del Anexo I al presente pliego referido a cada lote. La concreción de las condiciones de solvencia de cada contrato basado deberá especificarse en el documento licitación, en base a lo dispuesto en el apartado 29 del Anexo I al pliego referido a cada lote.
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Concreción de las condiciones de solvencia. En los acuerdos marco contratos de obras servicios, podrá exigirse a las personas jurídicas que especifiquen los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación del contrato basadoprestación, de conformidad con el artículo 76.1 LCSP. AdemásAsimismo, en virtud del apartado 2 del artículo 76 LCSP, los órganos de contratación podrán exigir a los licitadores que que, además de acreditar su solvencia o, en su caso, clasificación, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución de los contratos basados en el acuerdo marco del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos tienen Para el caso de incumplimiento del compromiso de adscripción se podrán establecer penalidades en el apartado 28 del cuadro de características, o bien, atribuirle el carácter de obligaciones contractuales esenciales obligación contractual esencial, en cuyo caso, su incumplimiento dará lugar a los efectos previstos la resolución del contrato de conformidad con lo previsto en el artículo 211, o establecer penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 192.2 para el caso 211.1 de que se incumplan por el adjudicatariola LCSP. La exigencia, en su caso, de los nombres y la cualificación del personal responsable de ejecutar los contratos basadosel contrato, así como del compromiso de adscripción a la ejecución de los contratos basados del contrato de medios personales y/o materiales, se establece en el apartado 6 11 del cuadro de características. En el Anexo I al presente pliego referido a cada lote. La concreción III se incluye un modelo de las condiciones compromiso de solvencia adscripción de cada contrato basado deberá especificarse en el documento licitación, en base a lo dispuesto en el apartado 29 del Anexo I al pliego referido a cada lotemedios personales y materiales.
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Concreción de las condiciones de solvencia. En los acuerdos marco de obras servicios podrá exigirse a las personas jurídicas que especifiquen los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación del contrato basado, de conformidad con el artículo 76.1 LCSP. Además, en virtud del apartado 2 del artículo 76 LCSP, los órganos de contratación podrán exigir a los licitadores que que, además de acreditar su solvencia o, en su caso, clasificación, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución de los contratos basados en el acuerdo marco los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos tienen el carácter de obligaciones contractuales esenciales a los efectos previstos en el artículo 211, o establecer penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 192.2 para el caso de que se incumplan por el adjudicatario. La exigencia, en su caso, de los nombres y la cualificación del personal responsable de ejecutar los contratos basados, así como del compromiso de adscripción a la ejecución de los contratos basados de medios personales y/o materiales, se establece en el apartado 6 9 del Anexo I al presente pliego referido a cada lotepliego. La concreción de las condiciones de solvencia de cada contrato basado deberá especificarse en el documento licitación, en base a lo dispuesto en el apartado 29 39 del Anexo I al pliego referido a cada lotepliego.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Acuerdo Marco De Servicios De
Concreción de las condiciones de solvencia. En los acuerdos marco contratos de obras podrá exigirse a las personas jurídicas que especifiquen los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación del contrato basadoprestación, de conformidad con el artículo 76.1 LCSP. Además, en virtud del apartado 2 del artículo 76 artículo76 LCSP, los órganos de contratación podrán exigir a los licitadores que además de acreditar su solvencia o, en su caso, clasificación, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución de los contratos basados en el acuerdo marco del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos tienen el carácter de obligaciones contractuales esenciales a los efectos previstos en el artículo 211, siempre que así se prevea en el apartado 9 del Anexo I al pliego referido a cada lote, o establecer se establecerán penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 192.2 192.2, para el caso de que se incumplan por el adjudicatario. La exigencia, en su caso, de los nombres y la cualificación del personal responsable de ejecutar los contratos basadosel contrato, así como del compromiso de adscripción a la ejecución de los contratos basados del contrato de medios personales y/o materiales, se establece en el apartado 6 9 del Anexo I al presente pliego referido a cada lote. La concreción de las condiciones de solvencia de cada contrato basado deberá especificarse en el documento licitación, en base a lo dispuesto en el apartado 29 del Anexo I al pliego referido a cada lote.
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Samples: Pliego De Cláusulas Administrativas Particulares Que Ha De Regir en El Contrato De Las Obras De
Concreción de las condiciones de solvencia. En los acuerdos marco contratos de obras servicios podrá exigirse a las personas jurídicas que especifiquen los nombres y en su oferta la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación del contrato basadoprestación, de conformidad con el artículo 76.1 LCSP. Además, en virtud del apartado 2 del artículo 76 LCSP, los órganos de contratación podrán exigir a los licitadores que además de acreditar su solvencia o, en su caso, clasificación, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución de los contratos basados en el acuerdo marco del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos El incumplimiento de estos compromisos tienen podrán ser causa de resolución del contrato, si se les otorga el carácter de obligaciones contractuales esenciales a los efectos previstos esenciales, lo que se indicará en el artículo 211apartado 13 del ANEXO I, o establecer bien podrán dar lugar a la imposición de penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 192.2 para 192.2, si así se indica en el caso de que se incumplan por el adjudicatario. apartado 24 del ANEXO I. La exigencia, en su caso, de los nombres y la cualificación del personal responsable de ejecutar los contratos basadosel contrato, así como del compromiso de adscripción a la ejecución de los contratos basados del contrato de medios personales y/o materiales, se establece en el apartado 6 12 del Anexo ANEXO I al del presente pliego referido a cada lote. La concreción de las condiciones de solvencia de cada contrato basado deberá especificarse en el documento licitación, en base a lo dispuesto en el apartado 29 del Anexo I al pliego referido a cada lotepliego.
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Samples: Contrato De Servicios
Concreción de las condiciones de solvencia. En los acuerdos marco contratos de obras servicios, podrá exigirse a las personas jurídicas que especifiquen los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación del contrato basadoprestación, de conformidad con el artículo 76.1 LCSP. AdemásPara la verificación del siguiente código podrá conectarse a la siguiente direcciónhttp://www- 0.xxxxxxxxxx.xx/XxxxxxxxxxxxXxxx/XxxxxxXXXX.xxx?xxxxxxXxxxxxxxxxxx=XX00000x00x0x00x Asimismo, en virtud del apartado 2 del artículo 76 LCSP, los órganos de contratación podrán exigir a los licitadores que que, además de acreditar su solvencia o, en su caso, clasificación, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución de los contratos basados en el acuerdo marco del contrato los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos tienen el carácter de obligaciones contractuales esenciales a los efectos previstos en el artículo 211, o establecer penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 192.2 para el caso de que se incumplan por el adjudicatario. La exigencia, en su caso, de los nombres y la cualificación del personal responsable de ejecutar los contratos basadosel contrato, así como del compromiso de adscripción a la ejecución de los contratos basados del contrato de medios personales y/o materiales, se establece en el apartado 6 12 del Anexo I al presente pliego referido a cada lote. La concreción de las condiciones de solvencia de cada contrato basado deberá especificarse en el documento licitación, en base a lo dispuesto en el apartado 29 del Anexo I al pliego referido a cada lotepliego.
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Concreción de las condiciones de solvencia. En los acuerdos marco de obras servicios podrá exigirse a las personas jurídicas que especifiquen los nombres y la cualificación profesional del personal responsable de ejecutar la prestación del contrato basado, de conformidad con el artículo 76.1 LCSP. Además, en virtud del apartado 2 del artículo 76 LCSP, los órganos de contratación podrán exigir a los licitadores que que, además de acreditar su solvencia o, en su caso, clasificación, se comprometan a dedicar o adscribir a la ejecución de los contratos basados en el acuerdo marco los medios personales o materiales suficientes para ello. Estos compromisos tienen el carácter de obligaciones contractuales esenciales a los efectos previstos en el artículo 211, o establecer penalidades, conforme a lo señalado en el artículo 192.2 para el caso de que se incumplan por el adjudicatario. La exigencia, en su caso, de los nombres y la cualificación del personal responsable de ejecutar los contratos basados, así como del compromiso de adscripción a la ejecución de los contratos basados de medios personales y/o materiales, se establece en el apartado 6 del Anexo I al presente pliego referido a cada lote. La concreción de las condiciones de solvencia de cada contrato basado deberá especificarse en el documento licitación, en base a lo dispuesto en el apartado 29 del Anexo I al pliego referido a cada lote.
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