CONDICIONES DEL SERVICIO. El Banco prestará el servicio realizando por cuenta y orden del Cliente, y de acuerdo con las instrucciones dadas por el éste, transferencias de dinero desde la Cuenta Dispersora hacía la Cuenta xxx Xxxxxxx. Dichos Traspasos se sujetarán a: a) El Cliente deberá llenar de manera completa y correcta el layout de xxxx xx xxxxxxx que el Banco le proporcionará, para llevar al cabo el proceso de asignación de cuentas a los Terceros. b) El Tercero deberá firmar el contrato correspondiente a la apertura de la Cuenta xx Xxxxxxx, y acompañar toda la documentación necesaria para tal efecto. La cuenta deberá ser de depósito de dinero a la vista y estar previamente abierta en el Banco. El contrato que corresponda deberá de ser por lo menos el correspondiente a la cuenta básica de nómina, sin embargo, el Tercero en cualquier momento podrá solicitar al Banco firmar otro contrato para su cuenta de nómina y que ésta tenga servicios adicionales a la básica de nómina. Las condiciones y comisiones serán las que apliquen a cada producto, y están mencionadas en el contrato xxx Xxxxxxx. c) El Cliente será responsable de la información que le proporcione al Banco para llevar al cabo los servicios de nómina objeto de este Apartado, por lo que el Banco no se hace responsable de cualquier reclamación o problema que se presente por dicho concepto, con excepción de los casos en que haya negligencia por parte del Banco. Por tanto el Banco no será responsable por las alteraciones, sustituciones o cualquier otro evento por el cual no le fuera posible obtener o procesar, parcial o totalmente, las instrucciones generadas por el Cliente, ni será responsable por los efectos que se deriven de ello. d) El Cliente tiene la obligación de notificar en forma escrita al Banco, la separación laboral de cualquiera de los terceros a quienes realice depósitos a más tardar dentro de los siguientes 15 (quince) días hábiles en que ocurra dicha separación. Las Cuentas de los Terceros mantendrán las características de Nómina siempre y cuando reciban periódicamente depósitos por el concepto de “pago de nómina”, de no recibir su pago durante tres meses consecutivos la cuenta pasará a ser una cuenta de depósito y estará sujeta a los términos y condiciones de éste tipo de producto. e) Los errores insertados por el cliente en relación con la cuenta xx Xxxxxxx y con respecto al monto de la transferencia, así como la fecha de aplicación, son de su exclusiva responsabilidad.
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Samples: Contrato Único De Productos Y Servicios Bancarios, Contrato Único De Productos Y Servicios Bancarios
CONDICIONES DEL SERVICIO. El Banco prestará el servicio realizando por cuenta y orden del Cliente, y de acuerdo con las instrucciones dadas por el éste, transferencias de dinero desde la Cuenta Dispersora hacía la Cuenta xxx Xxxxxxx. Dichos Traspasos se sujetarán a:
a) El Cliente deberá llenar de manera completa y correcta el layout de xxxx xx xxxxxxx Los Servicios que el Banco le proporcionaráse presten, para llevar al cabo el proceso de asignación de cuentas deberán ser iguales a los Tercerosindicados en estas bases y en la Propuesta Técnica aceptada, así como, de las muestras presentadas de los insumos propuestos y que se consignarán en el contrato respectivo.
b) El Tercero deberá firmar el contrato correspondiente a la apertura de la Cuenta xx XxxxxxxBajo ninguna circunstancia serán negociadas las condiciones contenidas en estas bases, y acompañar toda la documentación necesaria para tal efecto. La cuenta deberá ser de depósito de dinero a la vista y estar previamente abierta en el Banco. El contrato que corresponda deberá de ser así como las propuestas presentadas por lo menos el correspondiente a la cuenta básica de nómina, sin embargo, el Tercero en cualquier momento podrá solicitar al Banco firmar otro contrato para su cuenta de nómina y que ésta tenga servicios adicionales a la básica de nómina. Las condiciones y comisiones serán las que apliquen a cada producto, y están mencionadas en el contrato xxx Xxxxxxxlos licitantes.
c) El Cliente será responsable de la información que le proporcione al Banco para llevar al cabo No se aceptarán servicios y/o materiales similares, distintos, equivalentes o alternativos a los servicios de nómina objeto de este Apartado, por lo que el Banco no se hace responsable de cualquier reclamación o problema que se presente por dicho concepto, con excepción de los casos indican en que haya negligencia por parte del Banco. Por tanto el Banco no será responsable por las alteraciones, sustituciones o cualquier otro evento por el cual no le fuera posible obtener o procesar, parcial o totalmente, las instrucciones generadas por el Cliente, ni será responsable por los efectos que se deriven de elloestas bases.
d) El Cliente tiene Los servicios objeto de la obligación presente licitación no se contratarán bajo la modalidad de notificar en forma escrita al Banco, out soursing (punto 4.7.9 de la separación laboral de cualquiera de los terceros a quienes realice depósitos a más tardar dentro de los siguientes 15 (quince) días hábiles en que ocurra dicha separación. Las Cuentas de los Terceros mantendrán las características de Nómina siempre y cuando reciban periódicamente depósitos por el concepto de “pago de nómina”, de no recibir su pago durante tres meses consecutivos la cuenta pasará a ser una cuenta de depósito y estará sujeta a los términos y condiciones de éste tipo de productoCircular Uno 2015.
e) Los errores insertados por el cliente en relación con No se otorgará prórroga para la cuenta xx Xxxxxxx y con respecto al monto entrega de bienes o prestación de servicio cuando la transferenciasolicitud sea extemporánea, así como es decir, cuando no sea presentada antes de fenecer la fecha de aplicaciónentrega pactada en el contrato correspondiente, son aunado a que la misma, no compruebe amplia y detalladamente una eventualidad que se encuentre más allá de su exclusiva responsabilidadlas previsiones del solicitante, es decir por causas de fuerza mayor, en casos fortuitos o causas imputables a la Convocante, siempre y cuando conste por escrito y se acredite fehaciente y documentalmente. Lo anterior con fundamento en el punto 4.10.1 de la Circular Uno 2015.
f) Con el propósito de dar cumplimiento a lo establecido en el Art. 39 Bis de la Ley, la Convocante verificará que ninguno de los licitantes, se encuentre sancionado por la Contraloría General de la Ciudad de México, por la Secretaría de la Función Pública o en incumplimiento contractual ante las Dependencias, Órganos Desconcentrados y Entidades de la Administración Pública, antes de la celebración de la Primera Etapa de la Licitación, de la Emisión del Fallo y la Celebración de los Contratos, en caso de encontrarse el licitante en alguno de estos supuestos, la Convocante procederá a lo dispuesto por el Artículo 39 de la Ley.
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Samples: Contratación Del Servicio Profesional De Limpieza Integral
CONDICIONES DEL SERVICIO. La Empresa suministrante deberá proporcionar los insumos que requiera el equipo para su eficiente funcionamiento, excepto el papel. - El Banco prestará Administrador de Contrato podrá disponer de las copias de los demás equipos que no sean utilizadas en las cuotas correspondientes a cada mes, pudiendo asignarlas a otros equipos aún si estos se encuentran en diferentes áreas. - Adicional a la cuota mensual de copias asignado se deberá disponer de una cantidad de copias correspondiente al veinticinco por ciento de la cuota establecida para cubrir necesidades en caso de agotar el número de copias asignadas inicialmente. - El MINSAL podrá aumentar el número de equipos, sin costo alguno. - El mantenimiento de los equipos será por cuenta de la empresa suministrante, para lo cual deberá presentar un programa de revisiones periódicas de mantenimiento preventivo de los equipos, sin recargo adicional para el Ministerio, lo cual deberá detallar en su oferta, incluyendo la capacidad instalada con que cuenta para dar el servicio realizando de mantenimiento (equipo, repuestos, recursos humanos, etc.). - La empresa suministrante deberá realizar el mantenimiento correctivo las veces que EL MINSAL lo solicite, cuando se presente cualquier tipo de problema en el funcionamiento normal de la Maquina Fotocopiadora. - Cuando un equipo arrendado presente fallas en su funcionamiento deberá ser sustituido en un lapso no mayor de 24 horas por cuenta otro de igual o superior capacidad, sin recargo alguno para EL MINSAL. - La empresa suministrante del servicio por arrendamiento deberá presentar mensualmente la facturación de cobro, detallando el consumo y orden costo de copias por máquina y por dependencia, será responsabilidad del Clienteencargado de operar la máquina en cada dependencia conjuntamente con el Representante que la empresa designe, y el control mensual del contador de consumo de reproducciones. - Las empresas que participen deberán incluir en su oferta el costo por copia, incluyendo el impuesto del IVA, ya que el Ministerio de Salud es agente de retención. - Las empresas deberán indicar el tipo de equipos que ofrecen incluyendo sus especificaciones técnicas, la capacidad de reproducción por minuto de cada equipo de acuerdo con las instrucciones dadas por el éste, transferencias de dinero desde la Cuenta Dispersora hacía la Cuenta xxx Xxxxxxx. Dichos Traspasos se sujetarán a:
a) El Cliente deberá llenar de manera completa y correcta el layout de xxxx xx xxxxxxx que el Banco le proporcionará, para llevar al cabo el proceso de asignación de cuentas a los Terceros.
b) volúmenes de reproducción de cada dependencia; según cuadros anteriores (descripción y ubicación de fotocopiadoras), además de anexar catálogos en original de los mismos. - Especificar cualquier otro beneficio que mejore su oferta. - Para la configuración de cualquier maquina fotocopiadora ubicada en el MINSAL, la Empresa se coordinará con la Dirección de Tecnologías de Información y Comunicaciones del Nivel Central; y en las Regiones de Salud con los Administradores de Contrato. - El Tercero deberá firmar el contrato correspondiente traslado e instalación de un equipo de una dependencia a la apertura otra, será responsabilidad de la Cuenta xx Xxxxxxxempresa contratante, y acompañar toda la documentación necesaria para tal efectosin costo adicional al MINSAL. La cuenta deberá ser de depósito de dinero a la vista y estar previamente abierta - Sera necesario que en el Banco. El contrato que corresponda deberá Nivel Central y en cada una de ser las Regiones, se asigne un Técnico permanente por lo menos el correspondiente a la cuenta básica parte de nómina, sin embargo, el Tercero en cualquier momento podrá solicitar al Banco firmar otro contrato LA CONTRATISTA para su cuenta de nómina solventar las necesidades y que ésta tenga servicios adicionales a la básica de nómina. Las condiciones y comisiones serán las que apliquen a cada producto, y están mencionadas en el contrato xxx Xxxxxxx.
c) El Cliente será responsable de la información que le proporcione al Banco para llevar al cabo los servicios de nómina objeto de este Apartado, por lo que el Banco no se hace responsable de cualquier reclamación o problema que se presente por dicho concepto, con excepción buen funcionamiento de los casos en que haya negligencia por parte del Banco. Por tanto el Banco no será responsable por las alteraciones, sustituciones o cualquier otro evento por el cual no le fuera posible obtener o procesar, parcial o totalmente, las instrucciones generadas por el Cliente, ni será responsable por los efectos que se deriven de elloequipos.
d) El Cliente tiene la obligación de notificar en forma escrita al Banco, la separación laboral de cualquiera de los terceros a quienes realice depósitos a más tardar dentro de los siguientes 15 (quince) días hábiles en que ocurra dicha separación. Las Cuentas de los Terceros mantendrán las características de Nómina siempre y cuando reciban periódicamente depósitos por el concepto de “pago de nómina”, de no recibir su pago durante tres meses consecutivos la cuenta pasará a ser una cuenta de depósito y estará sujeta a los términos y condiciones de éste tipo de producto.
e) Los errores insertados por el cliente en relación con la cuenta xx Xxxxxxx y con respecto al monto de la transferencia, así como la fecha de aplicación, son de su exclusiva responsabilidad.
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Samples: Licitación
CONDICIONES DEL SERVICIO. El Banco prestará el servicio realizando por cuenta y orden del Cliente, y La Clasificadora de acuerdo con las instrucciones dadas por el éste, transferencias Riesgo firmará un compromiso de dinero desde la Cuenta Dispersora hacía la Cuenta xxx Xxxxxxx. Dichos Traspasos se sujetarán a:
a) El Cliente deberá llenar de manera completa y correcta el layout de xxxx xx xxxxxxx que el Banco le proporcionará, para llevar al cabo el proceso de asignación de cuentas a los Terceros.
b) El Tercero deberá firmar el contrato correspondiente a la apertura de la Cuenta xx Xxxxxxx, y acompañar toda la documentación necesaria para tal efecto. La cuenta deberá ser de depósito de dinero a la vista y estar previamente abierta en el Banco. El contrato que corresponda deberá de ser por lo menos el correspondiente a la cuenta básica de nómina, sin embargo, el Tercero en cualquier momento podrá solicitar al Banco firmar otro contrato para su cuenta de nómina y que ésta tenga servicios adicionales a la básica de nómina. Las condiciones y comisiones serán las que apliquen a cada producto, y están mencionadas en el contrato xxx Xxxxxxx.
c) El Cliente será responsable confidencialidad respecto de la información que le proporcione al Banco se obtenga del BN, sea que la haya obtenido de manera directa o indirecta. La Clasificadora de Riesgo deberá encontrarse autorizada por la Conasev y la SBS para llevar al cabo efectuar las labores de clasificadoras de riesgos. La Clasificadora de Riesgo deberá contar con experiencia en clasificación de riesgo de instituciones bancarias del sistema financiero peruano de por lo menos 8 años. Se dará preferencia a la Clasificadora de Riesgo que haya efectuado mayor número de clasificaciones dentro de las cinco entidades bancarias más importantes en el Perú durante los servicios tres últimos ejercicios anuales. Para los fines del presente documento la importancia de nómina objeto la entidad bancaria será medida en función del total de este Apartadocolocaciones del Sistema Financiero Peruano en cada uno de los respectivos periodos. El personal de la clasificadora a cargo del servicio de la clasificación de riesgo del BN, estará compuesto por un equipo de trabajo de mínimo tres (3) profesionales, un Jefe o Supervisor de Equipo y dos Analistas, que cumpla con las siguientes condiciones mínimas: Un Jefe o Supervisor de Equipo que se encuentre bajo relación laboral con el postor (personal de planta o registrado en la planilla del postor), registrado en CONASEV y que cuente con experiencia en clasificación de riesgo de instituciones financieras en el Perú o en el extranjero, de por lo menos ocho (8) años en puestos iguales o equivalentes. Dos Analistas que se encuentre bajo relación laboral con el postor (personal de planta o registrado en la planilla del postor), de los cuales, por lo menos un Analista, deberá contar con experiencia en clasificación de riesgo de instituciones financieras en el Perú o en el extranjero de por lo menos cuatro (4) años; y el otro Analista, deberá contar con experiencia en clasificación de riesgo de instituciones financieras en el Perú o en el extranjero de por lo menos un (01) año en puestos iguales o equivalentes. Todos los profesionales deberán contar como mínimo con el xxxxx xx Xxxxxxxxx en las carreras de Economía, Administración, Contabilidad o Ingeniería Económica, siendo deseable que el Banco no se hace responsable cuenten con estudios de cualquier reclamación Post Grado (Maestría) en Finanzas y/o problema Administración. Asimismo, será recomendable que se presente por dicho conceptola Clasificadora de Riesgo: Cuente con experiencia de clasificación de riesgos de instituciones financieras en otros países. Este asociada o mantenga convenios vigentes, con excepción una Clasificadora de Riesgo internacional reconocida como NRSRO por la Securities and Exchange Commission - SEC - de los casos Estados Unidos de Norteamérica. La información proporcionada por la clasificadora tendrá carácter de Declaración Jurada. El BN se reserva el derecho de efectuar las verificaciones correspondientes y tomar las acciones que disponga pertinentes, en consecuencia. Para efectos de las verificaciones el BN podrá recurrir a toda la información que haya negligencia por parte del Bancole sea disponible, sea ésta de carácter pública o privada. Por tanto La información de carácter pública incluye la publicada en los sitios oficiales en donde se encuentran inscritas las empresas clasificadoras de riesgo, debidamente autorizadas a operar en el Banco no será responsable por las alteraciones, sustituciones o cualquier otro evento por el cual no le fuera posible obtener o procesar, parcial o totalmente, las instrucciones generadas por el Cliente, ni será responsable por los efectos que se deriven de elloPerú.
d) El Cliente tiene la obligación de notificar en forma escrita al Banco, la separación laboral de cualquiera de los terceros a quienes realice depósitos a más tardar dentro de los siguientes 15 (quince) días hábiles en que ocurra dicha separación. Las Cuentas de los Terceros mantendrán las características de Nómina siempre y cuando reciban periódicamente depósitos por el concepto de “pago de nómina”, de no recibir su pago durante tres meses consecutivos la cuenta pasará a ser una cuenta de depósito y estará sujeta a los términos y condiciones de éste tipo de producto.
e) Los errores insertados por el cliente en relación con la cuenta xx Xxxxxxx y con respecto al monto de la transferencia, así como la fecha de aplicación, son de su exclusiva responsabilidad.
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Samples: Service Agreement
CONDICIONES DEL SERVICIO. 3.1 Las partes reconocen y aceptan que la prestación de los Servicios, se encuentra regida por lo establecido en la Concesión y en las diversas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas vigentes aplicables, la LFTR, la Ley Federal de Protección al Consumidor, así como la NOM-184-SCFI-2018.
3.2 El Banco prestará Suscriptor se obliga a usar los Servicios únicamente para su uso personal y a no emplearlos en ningún momento para la realización de Prácticas Prohibidas. En aquellos casos en que el servicio realizando Proveedor detecte la realización de cualquier Práctica Prohibida por cuenta y orden parte del ClienteSuscriptor, y podrá interrumpir o suspender la prestación de acuerdo con las instrucciones dadas por los Servicios e inclusive terminar anticipadamente el éstepresente Contrato, transferencias de dinero desde la Cuenta Dispersora hacía la Cuenta xxx Xxxxxxx. Dichos Traspasos se sujetarán a:
a) El Cliente deberá llenar informándole de manera completa y correcta posterior al Suscriptor el layout motivo de xxxx xx xxxxxxx la misma. El Proveedor podrá hacer del conocimiento de las autoridades la realización de cualquier Práctica Prohibida por parte del Suscriptor para que el Banco le proporcionará, para llevar al cabo el proceso de asignación de cuentas éstas determinen las consecuencias a los Tercerosque haya lugar.
b) 3.3 El Tercero deberá firmar el contrato correspondiente a la apertura de la Cuenta xx Xxxxxxx, y acompañar toda la documentación necesaria para tal efecto. La cuenta deberá ser de depósito de dinero a la vista y estar previamente abierta en el Banco. El contrato que corresponda deberá de ser por lo menos el correspondiente a la cuenta básica de nómina, sin embargo, el Tercero Suscriptor podrá contratar en cualquier momento podrá solicitar al Banco firmar otro contrato para su cuenta de nómina y que ésta tenga servicios adicionales a la básica de nómina. Las condiciones y comisiones serán las que apliquen a cada productoServicios Adicionales o nuevos servicios, y están mencionadas en el contrato xxx Xxxxxxx.
c) El Cliente será responsable de la información que le proporcione al Banco para llevar al cabo los servicios de nómina objeto de este Apartado, por lo que el Banco no se hace responsable de cualquier reclamación o problema que se presente por dicho concepto, con excepción de los casos en que haya negligencia por parte del Banco. Por tanto el Banco no será responsable por las alteraciones, sustituciones o cualquier otro evento por el cual no le fuera posible obtener o procesar, parcial o totalmente, las instrucciones generadas por el Cliente, ni será responsable por los efectos que se deriven de ello.
d) El Cliente tiene la obligación de notificar en forma escrita al Banco, la separación laboral de cualquiera de los terceros a quienes realice depósitos a más tardar dentro de los siguientes 15 (quince) días hábiles en que ocurra dicha separación. Las Cuentas de los Terceros mantendrán las características de Nómina siempre y cuando reciban periódicamente depósitos por se encuentre al corriente de sus pagos. Si el concepto Suscriptor desea contratar Servicios Adicionales que sean considerados servicios públicos de “pago telecomunicaciones independientes del Servicio, el Suscriptor deberá celebrar el contrato de nómina”, de no recibir su pago durante tres meses consecutivos la cuenta pasará a ser una cuenta de depósito adhesión correspondiente y estará sujeta sujetarse a los términos y condiciones de éste ese contrato. Los Servicios Adicionales podrán ser contratados en forma posterior ya sea por escrito, vía electrónica o telefónica utilizando el número confidencial otorgado por el Proveedor y se cobrarán por tiempo, evento o cualquier otra modalidad según el tipo de productoservicio. Estos Servicios Adicionales podrán ser cancelados por el Suscriptor en cualquier momento y por los mismos medios por los que contrató. La cancelación de los Servicios Adicionales se realizará máximo a los 5 (cinco) días naturales posteriores a la recepción de la solicitud respectiva, sin que ello implique la suspensión o cancelación de la prestación de los Servicios. En ningún caso, el Proveedor podrá obligar al Suscriptor a contratar Servicios Adicionales como requisito para la contratación o continuación de los Servicios, ni podrá aplicar cargos sin previo consentimiento del Suscriptor o que no se deriven del contrato correspondiente. El Proveedor podrá ofrecer al Suscriptor los Servicios Adicionales o productos por separado o empaquetados a menos que éstos dependan de los Servicios para su prestación, debiendo dar a conocer al Suscriptor el precio de éstos previamente a su contratación.
e) Los errores insertados 3.4 El Suscriptor deberá contar con la instalación eléctrica que cumpla con las especificaciones de la Comisión Federal de Electricidad (“CFE”); y reconoce que el Proveedor no se hará responsable de los daños o afectaciones ocasionadas por diferencias de voltaje o descargas eléctricas o cualquier otra causa análoga.
3.5 Las partes acuerdan que ante cualquier cambio que realice el Proveedor en la tecnología utilizada para la prestación de los Servicios, el Suscriptor podrá solicitar se le migre a dicha nueva tecnología mediante los procesos administrativos establecidos por el cliente Proveedor.
3.6 Cuando el Suscriptor desee cambiar el Domicilio del Servicio, éste deberá consultar anticipadamente con el Proveedor la disponibilidad técnica de otorgar los Servicios en relación el nuevo domicilio. En caso de que la prestación de los Servicios en el nuevo Domicilio del Servicio sea factible, el Suscriptor deberá pagar las tarifas que llegaran a generarse por el cambio de Domicilio del Servicio, entregar comprobante de domicilio actualizado no mayor a tres meses del nuevo domicilio y el Proveedor reiniciará de manera remota el Equipo a fin de que el Suscriptor pueda llevar a cabo la conexión del mismo a la red del Proveedor en el nuevo domicilio. En caso de que la prestación de los Servicios en el nuevo domicilio no sea factible, el Suscriptor podrá dar por terminado el Contrato.
3.7 El Servicio se activará en el momento y en el lugar en que el Equipo sea conectado a la corriente eléctrica, el Suscriptor podrá navegar dentro del Domicilio del Servicio, desde cualquier dispositivo con acceso a Internet, quedando bajo su estricta responsabilidad tomar todas las medidas necesarias para proteger la cuenta xx Xxxxxxx información de su propiedad, datos y/o software.
3.8 El Proveedor no será responsable de los daños que se le causen al Suscriptor por intrusos informáticos y/o virus transmitidos a través de Internet, además de que el Suscriptor se obliga a hacer uso del Servicio de conformidad con el presente Contrato y demás disposiciones aplicables.
3.9 El Suscriptor reconoce que es su responsabilidad contar con respecto al monto los medios mínimos necesarios y en correcto funcionamiento para hacer uso del Servicio. Asimismo, el Suscriptor reconoce que el Servicio contratado es compartido entre el número de dispositivos conectados simultáneamente en el Domicilio del Servicio.
3.10 El Proveedor no es responsable de la transferenciaconfiguración de equipos tales como ruteadores, así como conmutadores, hubs/concentrador, equipos proxy, o aquellos que resulten necesarios para el uso concurrente del Servicio.
3.11 El Proveedor no ejerce control alguno respecto del contenido de la fecha información que el Suscriptor transmita o reciba a través del Servicio, por lo que no será responsable por cualquier daño sufrido por el Suscriptor por pérdida de aplicacióninformación ocasionada por virus, son gusanos, troyanos y cualquier otro código malicioso que dañe u ocasione la pérdida de su exclusiva responsabilidadla información del Suscriptor. Cualquier información obtenida o entregada a través del Servicio es bajo riesgo y responsabilidad del Suscriptor.
3.12 Los Servicios cumplen con los principios de “neutralidad de la red” contenidos en la LFTR. El Suscriptor podrá acceder a cualquier contenido, aplicación o servicio ofrecido por el Proveedor, dentro del marco legal aplicable, sin limitar, degradar, restringir o discriminar el acceso a los mismos. El Proveedor se abstendrá de obstruir, interferir, inspeccionar, filtrar o discriminar contenidos, aplicaciones o servicio y preservará la privacidad del Suscriptor y la seguridad dentro de la Red. El Proveedor podrá tomar las medidas o acciones necesarias para la gestión de tráfico y administración de Red conforme a los lineamientos que expida el Instituto, a fin de garantizar la calidad o la velocidad de servicio contratada por el Suscriptor, siempre que ello no constituya una práctica contraria a la sana competencia y libre concurrencia.
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios en Materia De Telecomunicaciones
CONDICIONES DEL SERVICIO. La búsqueda, recogida y albergue de los animales objeto del presente pliego se hará conforme a las siguientes condiciones:
1. El Banco servicio se prestará de forma continuada todos los días del año, incluso festivos. La empresa adjudicataria atenderá toda clase de avisos: policía, vigilantes, así como los procedentes de la ciudadanía y debidamente justificados. Desde la recepción del aviso hasta que el personal de la empresa se persone en el lugar requerido no podrá transcurrir un tiempo superior a 1 hora, si el aviso se recibe entre las 08,00 y las 20,00 horas de lunes a viernes en días laborables y 1,5 horas para el resto de franja horaria y días.
2. Si lo solicitara el Ayuntamiento xx Xxxxx y junto con la Policía Municipal, la empresa adjudicataria acudirá a aquella zona que pudiera resultar problemática como consecuencia de animales sueltos que pudieran causar peligro para la población. También serán objeto de recogida, la retirada a requerimiento municipal de colonias de gatos que aniden en espacios públicos del entorno urbano o privados con uso público.
3. Por cada aviso atendido se elaborará un parte de trabajo en el que se especificarán, al menos, hora de recepción del aviso, hora de llegada al lugar requerido, tipo de intervención realizada, características del animal implicado y tipo de solución dada a la incidencia. Se elaborará un informe resumen mensual que se remitirá a la Concejalía competente en sanidad animal de todos estos partes de trabajo, informe en el cual aparecerán todas las incidencias de los animales recogidos, se justificarán documentalmente acciones tales como cesiones, adopciones, incineraciones, eutanasias, etc.
4. En las operaciones de recogida, traslado y mantenimiento de los animales recogidos se observarán todas las garantías que establecen las leyes y normativa vigente que regula esta materia:
5. Se realizarán recorridos diarios por el término municipal para la búsqueda y recogida de animales vagabundos o abandonados. En el caso de animales recogidos sin identificación, la empresa adjudicataria deberá tenerlos en sus instalaciones durante un plazo xx xxxx días, durante los cuales deberán ser debidamente saneados. Una vez transcurrido este plazo, los animales podrán ser donados o cedidos. La empresa llevará a cabo todas las medidas a su alcance tendentes a conseguir el “sacrificio cero”, por medio de donaciones y/o acuerdos con asociaciones y colectivos sin ánimo de lucro tanto españoles como europeos. Dichas actuaciones deberán quedar recogidas en los informes mensuales. En el caso de animales recogidos con identificación, el adjudicatario deberá avisar al propietario y éste tendrá un plazo de catorce días para recuperarlo. Una vez transcurrido este plazo, si el propietario no se hubiera presentado a retirarlo, el animal se considerará abandonado y se deberá tener durante un plazo xx xxxx días en las instalaciones, transcurrido este último plazo, se procederá de la misma forma que en el caso de animales vagabundos o abandonados. En ambos casos, tanto abandono como extravío o pérdida, la empresa adjudicataria deberá poner los hechos en conocimiento de la autoridad municipal, al objeto de que se depuren las responsabilidades en que el propietario hubiese podido incurrir. Igualmente el adjudicatario podrá liquidar los costes generados en función de la siguiente tabla: Retirada de la vía pública de animales considerados vagabundos, extraviados o no identificados (según normativa) por animal 55 Por manutención y vigilancia del animal en el albergue de animales (€/animal/día o fracción) 11 Vacuna 15 Esterilización machos 80 Esterilización hembras 110 Chipado 18 En el caso de que una persona adopte a un animal, no deberá aportar cantidad alguna, siempre que acredite que no se trata de su anterior propietario. No se llevarán a cabo donaciones de animales sin esterilizar y sin ser chipados o identificados con cualquier mecanismo establecido al efecto mediante ordenanza, incluida la genética si fuera el caso. La empresa recogerá en el domicilio del propietario los animales vivos o muertos que le sean entregados. Asimismo, recogerá aquéllos que sean llevados a sus instalaciones. En el caso de adopciones el servicio realizando por cuenta y orden del Clienteserá gratuito totalmente, y en el caso de acuerdo animales depositados en las instalaciones, corresponderá al propietario el coste del cambio de chip, siendo lo demás gratuito. La empresa prestará colaboración a los propietarios de los animales que le sean entregados, para proceder a dar de baja al animal en el Registro de Animales de Compañía.
6. Sólo se permitirá el sacrificio en casos de fuerza mayor justificada, siendo sacrificados por procedimiento eutanásico, bajo control de un facultativo de producción y sanidad animal, excepto en los casos de urgencia, con el fin de evitar sufrimientos innecesarios. La empresa adjudicataria deberá efectuar los trámites necesarios para dar de baja al animal en el Registro de Animales de Compañía. Los animales sacrificados tendrán que ser destruidos mediante incineración, en horno especialmente destinado a este fin, lo que se justificará documentalmente. La empresa gestora contará con todos los permisos correspondientes.
7. La empresa adjudicataria tendrá a disposición del ayuntamiento un libro de registro, en el que se anotarán, como mínimo, los siguientes datos:
a. Número y especie de animales recogidos, con especificación de la persona propietaria o responsable, y fecha de entrada en el establecimiento.
b. Reseña completa de cada animal, que deberá estar identificado individualmente, con las instrucciones dadas incidencias ocurridas durante el periodo de permanencia: - Casos de adopción, con especificación de los datos personales de la persona que adopta al animal y fecha de la adopción. - Casos de sacrificio eutanásico, visado por el ésteveterinario, transferencias fecha del sacrificio y causa. - Casos de dinero desde retirada de animales por sus propietarios, con los datos de identificación del mismo, recibo de los gastos abonados y fecha de la Cuenta Dispersora hacía la Cuenta xxx Xxxxxxxretirada. Dichos Traspasos se sujetarán a:
a) El Cliente deberá llenar de manera completa y correcta el layout de xxxx xx xxxxxxx que el Banco le proporcionará, para llevar al cabo el proceso de asignación de cuentas Se prestará especial seguimiento a los Terceroscasos de abandono o extravío reiterado.
b) El Tercero c. Informes del veterinario, que deberá firmar en la medida de lo posible ser siempre el contrato correspondiente mismo.
d. Partes diarios de recogida.
e. Incineraciones y justificación documental de las mismas.
f. Actuaciones llevadas a cabo para la consecución del sacrificio cero. Se remitirá un parte anual a la apertura Concejalía competente en sanidad animal al final de cada ejercicio, donde se reflejen todas las incidencias producidas, y los movimientos del libro de registro, así como comparativas con años anteriores de entradas, salidas, identificaciones, servicios de urgencia, incineraciones, etc. para la oportuna labor de comprobación del ayuntamiento.
8. La empresa deberá colaborar a petición de la Cuenta xx Xxxxxxx, y acompañar toda la documentación necesaria para tal efecto. La cuenta deberá ser de depósito de dinero a la vista y estar previamente abierta concejalía competente en el Banco. El contrato sanidad animal con aquellas asociaciones del municipio que corresponda deberá de ser por lo menos el correspondiente a la cuenta básica de nómina, sin embargo, el Tercero en cualquier momento podrá solicitar al Banco firmar otro contrato para su cuenta de nómina cumplan los requisitos legalmente establecidos y que ésta tenga servicios adicionales a la básica soliciten realizar labores de nómina. Las condiciones y comisiones serán cuidado de los animales recogidos en las que apliquen a cada producto, y están mencionadas en el contrato xxx Xxxxxxx.
c) El Cliente será responsable de la información que le proporcione al Banco para llevar al cabo los servicios de nómina instalaciones objeto de este Apartadocontrato, por lo tales como colaboración en actividades de recreo y aseo de animales, aporte de alimento, y especialmente gestiones de adopción para contribuir al objetivo de sacrificio cero. Este compromiso de colaboración se extenderá igualmente a asociaciones y/o colectivos que lleven a cabo labores de terapia de sus asociados mediante el Banco empleo de animales de compañía, voluntarios o personas con fin altruista. Todo ello se hará siempre y cuando no se hace responsable den circunstancias en su contra de cualquier reclamación carácter laboral, legal o problema que se presente de otra índole debidamente justificadas por dicho concepto, con excepción el adjudicatario. Estas actuaciones de los casos en que haya negligencia colaboración no implicarán la obligación de remuneración económica por parte del Bancoadjudicatario.
9. Por tanto Para facilitar especialmente lo establecido en el Banco no será responsable por las alteracionesapartado anterior, sustituciones o cualquier otro evento por el cual no le fuera posible obtener o procesarse establecerá un horario de apertura al público que se acordará con la concejalía con competencias en sanidad animal. Igualmente, parcial o totalmentey al objeto de facilitar la búsqueda de familias adoptivas, las instrucciones generadas por el Cliente, ni será responsable se intentará difundir por los efectos medios que se deriven de elloacuerden los animales disponibles.
d) El Cliente tiene la obligación de notificar en forma escrita al Banco, la separación laboral de cualquiera de los terceros a quienes realice depósitos a más tardar dentro de los siguientes 15 (quince) días hábiles en que ocurra dicha separación. Las Cuentas de los Terceros mantendrán las características de Nómina siempre y cuando reciban periódicamente depósitos por el concepto de “pago de nómina”, de no recibir su pago durante tres meses consecutivos la cuenta pasará a ser una cuenta de depósito y estará sujeta a los términos y condiciones de éste tipo de producto.
e) Los errores insertados por el cliente en relación con la cuenta xx Xxxxxxx y con respecto al monto de la transferencia, así como la fecha de aplicación, son de su exclusiva responsabilidad.
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Samples: Pliego De Condiciones Técnicas
CONDICIONES DEL SERVICIO. Derechos de Propiedad Intelectual.- El Banco prestará prestador de los servicios de certificación será la única entidad que gozará de los derechos de propiedad intelectual sobre los signos distintivos, el servicio realizando sitio web, los documentos por cuenta ella desarrollados, así como el diseño de los certificados que emita y orden del Clientesobre la documentación o información relacionada con éstos. Emisión de Certificados de firma electrónica.- La ECI limita su responsabilidad a la emisión y gestión de certificados, y cuando sea requerido, de acuerdo con los pares de llaves de los titulares. Todas las instrucciones dadas responsabilidades legales por el éstebuen uso del certificado, transferencias así como daños directos o indirectos que puedan derivarse del mal uso del certificado, quedan a cargo del titular. Ni los terceros aceptantes ni el titular podrán reclamar compensación o indemnización alguna por daños o responsabilidades provenientes del uso de dinero desde la Cuenta Dispersora hacía la Cuenta xxx Xxxxxxx. Dichos Traspasos se sujetarán a:
a) El Cliente deberá llenar llave o de manera completa y correcta el layout de xxxx xx xxxxxxx que el Banco le proporcionarálos certificados o firma electrónica, para llevar fines de cifrado, cuando el uso de estos se realice irrespetando las obligaciones o limitaciones del usuario establecidas por la ley, este contrato, y los Términos y Condiciones de Uso o las Políticas de Certificación. Soporte.- El Servicio que presta ArgosData para la oportuna atención al cabo cliente consistente en: soporte telefónico, soporte mediante correo electrónico o, presencial en las oficinas de ArgosData, sobre inquietudes relacionadas con el proceso de asignación certificación electrónica. Almacenamiento de cuentas a información.- Mientras el USUARIO haga uso de los Terceros.
b) El Tercero deberá firmar servicios de ArgosData su información debe ser conservada. Si un usuario deja de utilizar los servicios de ArgosData, ésta conservará de manera segura su información por el contrato correspondiente a tiempo que señale la apertura ley para la prescripción de acciones que por daños puedan iniciarse, con la Cuenta xx Xxxxxxxúnica finalidad de contar con la información y poder proporcionarla, y acompañar toda la documentación necesaria para tal efecto. La cuenta deberá ser de depósito de dinero a la vista y estar previamente abierta en el Banco. El contrato que corresponda deberá de ser por lo menos el correspondiente a la cuenta básica de nóminacaso, sin embargo, el Tercero en cualquier momento podrá solicitar al Banco firmar otro contrato controversia o litigio posterior, derivados de los servicios, documentos o el uso de éstos. Información que se comparte y autorización del USUARIO para su cuenta de nómina y que ésta tenga servicios adicionales a el efecto.- ArgosData entiende la básica de nómina. Las condiciones y comisiones serán las que apliquen a cada producto, y están mencionadas en el contrato xxx Xxxxxxx.
c) El Cliente será responsable naturaleza sensible de la información personal y en consecuencia la información que le proporcione al Banco para llevar al cabo el USUARIO provee a ArgosData estará protegida y no será compartida con terceros no relacionados, en los servicios términos establecidos por la ley. Contraseñas.- La contraseña que permite la instalación xx xxxxxxx de nómina objeto llaves es única e irrecuperable; es decir que esta no puede ser modificada ni por el usuario ni por ArgosData. Por lo tanto siendo esta la contraseña que permite la instalación de este Apartadola firma electrónica en cada dispositivo, su custodia es responsabilidad exclusiva del propietario del certificado de firma electrónica. En caso de extravío u olvido se deberá adquirir un nuevo certificado de firma electrónica ya que la contraseña no puede ser recuperada por la plataforma o personal de ArgosData, y tampoco puede ser generada nuevamente. Declaración del Usuario.- El usuario de manera expresa declara que ha leído y comprendido las Políticas de Certificación de ArgosData, los Términos y Condiciones de ArgosData y el contenido total del presente contrato, por lo que el Banco no se hace responsable los acepta de cualquier reclamación o problema que se presente por dicho concepto, con excepción manera voluntaria y presta su consentimiento expreso e inequívoco de los casos en que haya negligencia por parte del Banco. Por tanto el Banco no será responsable por las alteraciones, sustituciones o cualquier otro evento por el cual no le fuera posible obtener o procesar, parcial o totalmente, las instrucciones generadas por el Cliente, ni será responsable por los efectos que se deriven de ello.
d) El Cliente tiene la obligación de notificar en forma escrita al Banco, la separación laboral de cualquiera de los terceros a quienes realice depósitos a más tardar dentro de los siguientes 15 (quince) días hábiles en que ocurra dicha separación. Las Cuentas de los Terceros mantendrán las características de Nómina siempre y cuando reciban periódicamente depósitos por el concepto de “pago de nómina”, de no recibir su pago durante tres meses consecutivos la cuenta pasará a ser una cuenta de depósito y estará sujeta regirse a los términos y condiciones de éste tipo de productomismos.
e) Los errores insertados por el cliente en relación con la cuenta xx Xxxxxxx y con respecto al monto de la transferencia, así como la fecha de aplicación, son de su exclusiva responsabilidad.
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CONDICIONES DEL SERVICIO. El Banco prestará 3.1 Los Servicios únicamente pueden ser proporcionados en el servicio realizando por cuenta y orden Equipo que al efecto provee Nextel o un Proveedor Autorizado, o en el Equipo del Cliente, y de acuerdo Suscriptor debidamente homologado que cumpla con las instrucciones dadas especificaciones técnicas y regulatorias descritas en el Código. El Suscriptor podrá verificar directamente con la COFETEL si el equipo que desea le sea activado está homologado.
3.2 La Concesionaria asignará a cada Equipo una clave de señal y, en caso de así contratarlo, un número telefónico, quedando la Concesionaria facultada para cambiarlos las veces que sea necesario previo aviso al Suscriptor. Los derechos de uso tanto de la clave de señal como del número telefónico pertenecen a la Concesionaria y por ningún motivo el Suscriptor podrá cederlos a terceros ni utilizarlos en ningún otro Equipo, salvo por autorización expresa de Nextel. En el caso de terminación del presente Contrato, la clave de señal y el número telefónico, en su caso, serán cancelados por Nextel, pudiendo reasignarlos a otro Suscriptor, de conformidad con lo que establezca el Código.
3.3 El Suscriptor será el único responsable por el ésteuso del Equipo y/o los Servicios, transferencias así como el pago de dinero desde los mismos, independientemente de quién haga uso de ellos.
3.4 Queda prohibido al Suscriptor usar los Servicios o Equipos para cualquier fin prohibido por las leyes o demás disposiciones legales o reglamentarias aplicables. En aquellos casos en que Nextel determine que el uso de los Servicios por parte del Suscriptor afecta o puede llegar a afectar la Cuenta Dispersora hacía red de la Cuenta xxx XxxxxxxConcesionaria o afectar a otros Suscritores, Nextel podrá suspender la prestación de los Servicios sin necesidad de previa notificación hasta que dicha situación sea corregida por el Suscriptor. Dichos Traspasos se sujetarán a:
a) El Cliente deberá llenar En caso de que la afectación no sea corregida procederá lo señalado en el inciso 7.6.10 de la Cláusula 7 siguiente. De igual manera, está prohibido de manera completa y correcta expresa para el layout Suscriptor comercializar cualquiera de xxxx xx xxxxxxx los Servicios que, por medio del presente instrumento contrata. La Concesionaria o Nextel podrá hacer del conocimiento de las autoridades cualquier acto o hecho para que el Banco le proporcionará, para llevar al cabo el proceso de asignación de cuentas éstas determinen las consecuencias a los Tercerosque haya lugar.
b3.5 En caso de que se suspendiera o interrumpiera el suministro de los Servicios por más de 72 (setenta y dos) El Tercero horas consecutivas, aún en caso fortuito o fuerza mayor, la Concesionaria deberá firmar el contrato correspondiente a efectuar la apertura bonificación proporcional al período de la Cuenta xx Xxxxxxxinterrupción de la renta mensual correspondiente, y acompañar toda la documentación necesaria para tal efecto. La cuenta deberá ser a más tardar dentro de depósito los 2 (dos) Ciclos de dinero a la vista y estar previamente abierta en el Banco. Facturación siguientes.
3.6 El contrato que corresponda deberá de ser por lo menos el correspondiente a la cuenta básica de nómina, sin embargo, el Tercero Suscriptor podrá contratar en cualquier momento nuevos Servicios, siempre y cuando el Suscriptor se encuentre al corriente de sus pagos de conformidad con la Cláusula Cuarta siguiente. Los servicios complementarios y/o opcionales podrán ser contratados mediante la solicitud de Contrato o en forma posterior ya sea por escrito, vía electrónica o telefónica utilizando su número confidencial otorgado por Nextel.
3.7 La Concesionaria, a través de Nextel podrá realizar periódicamente inspecciones para verificar el buen uso del Equipo así como de la adecuada utilización de los Servicios por parte del Suscriptor. Si en alguna inspección, Nextel se percatara de que el Suscriptor tiene en uso más Equipos de los contratados, Nextel podrá cobrar el uso de tales Equipos tomando como fecha de inicio del Servicio la fecha de inicio de vigencia del presente Contrato y/o dar por rescindido el Contrato sin responsabilidad alguna, independientemente del derecho a reclamar el pago de daños y perjuicios y a ejercitar cualquier otra acción a la que tuviera derecho.
3.8 Al momento de la firma del presente Contrato, Nextel hace entrega al Suscriptor xxx xxxx de Cobertura de los Servicios y los demás documentos indicados en la Lista de Conformidad, así como la Orden de Programación. El Suscriptor recibe a su entera conformidad los documentos antes señalados, cuyo contenido le ha sido detallado a su satisfacción y, por lo tanto, mediante la firma del Contrato expresamente declara que conoce, entiende y acepta las características del Plan Tarifario, la Cobertura de los Servicios, así como las demás características técnicas y el funcionamiento de los Equipos y Servicios contratados.
3.9 El Suscriptor acepta y reconoce que en caso de algún cambio en la tecnología utilizada para la prestación de los Servicios, previo aviso por escrito de Nextel o la Concesionaria, se le migre a dicha nueva tecnología.
3.10 Cuando el Suscriptor no haya liquidado en la Fecha Límite de Pago el pago de 1 (una) o más Facturas, Nextel podrá (i) suspender la prestación de los Servicios sin responsabilidad alguna para ésta y/o (ii) exigir en una sola exhibición el pago total del adeudo y el monto de los intereses moratorios. En caso de que el Suscriptor pague los adeudos pendientes, Nextel reiniciará la prestación de los Servicios a partir de las 24 (veinticuatro) horas siguientes a que se realice el pago, y podrá solicitar al Banco firmar otro contrato para Suscriptor un aumento en el monto de las garantías.
3.11 Cuando el Suscriptor exceda su cuenta Límite de nómina Crédito, la Concesionaria podrá suspender temporalmente el Servicio sin responsabilidad alguna. Asimismo, Nextel podrá exigir el pago del monto excedente de manera inmediata independientemente de la Fecha Límite de Pago, siempre y que ésta tenga servicios adicionales cuando la Factura no se encuentre vencida, de lo contrario el Suscriptor deberá pagar el importe total de la misma.
3.12 La suspensión del Servicio en el supuesto establecido en el númeral 3.10, no exime al Suscriptor de pagar las cantidades adeudadas hasta esa fecha a la básica Concesionaria.
3.13 En caso de nóminarobo o extravío del Equipo o cualquier otra circunstancia que pudiera tener como consecuencia el uso de los Servicios sin consentimiento del Suscriptor, éste deberá solicitar la suspensión del Servicio al Centro de Atención Telefónica, debiendo ratificar por escrito dicha notificación enviándola al o entregándola en el CAP. Las condiciones El Suscriptor será el único responsable por el uso del Equipo y comisiones serán las el pago de los Servicios hasta que apliquen Nextel le asigne un número de reporte, mismo que será asignado en el Centro de Atención Telefónica o en el CAP al momento en que el Suscriptor notifique a cada productoNextel el siniestro. El aviso de robo o extravío y la solicitud de suspensión de los Servicios, no implica la terminación del Contrato, y están mencionadas en por lo tanto es procedente el contrato xxx Xxxxxxx.
c) El Cliente será responsable pago de la información Renta durante todos los meses que le proporcione al Banco para llevar al cabo los servicios de nómina objeto de este Apartado, por lo que el Banco no se hace responsable de cualquier reclamación o problema que se presente por dicho concepto, con excepción de los casos en que haya negligencia por parte resten del BancoPlazo Mínimo. Por tanto el Banco no será responsable por las alteraciones, sustituciones o cualquier otro evento por el cual no le fuera posible obtener o procesar, parcial o totalmente, las instrucciones generadas por el Cliente, ni será responsable por los efectos que se deriven de ello.
d) El Cliente tiene la obligación de notificar en forma escrita al Banco, la separación laboral de cualquiera de los terceros a quienes realice depósitos Suscriptor a más tardar dentro de los siguientes 15 30 (quincetreinta) días al robo o extravío del Equipo deberá acudir a un CAP a efecto de llevar a cabo la reposición del Equipo cuando así proceda de conformidad con el “Alcance de la Póliza de Seguro”. En el caso de que el Suscriptor haya adquirido el Equipo de un Proveedor Autorizado, la reposición de los mismos deberá llevarse a cabo ante un Proveedor Autorizado.
3.14 El Suscriptor deberá notificar al Centro de Atención Telefónica y/o por escrito al CAP, toda la información relativa a cualquier cambio en la información contenida en la Carátula, @dentro de un plazo de 5 (cinco) días hábiles siguientes a la fecha en que ocurra dicha separaciónel cambio de que se trate.
3.15 El Suscriptor no podrá ceder ni traspasar los derechos y obligaciones que se consignan en este Contrato sin la previa autorización de Nextel y de conformidad con el procedimiento establecido en el Código. Las Cuentas Asimismo, en caso de que la cesión antes mencionada sea en favor de otro Suscriptor, éste deberá estar al corriente de sus pagos.
3.16 El Suscriptor deberá cumplir con los requerimientos que de tiempo en tiempo le señale la Concesionaria a través de Nextel de acuerdo a la Ley Federal de Telecomunicaciones o aquella que la sustituya, sus reglamentos y demás disposiciones administrativas que indique la Cofetel y/o la SCT.
3.17 El Suscriptor reconoce que debido a factores climatológicos, topográficos y otras limitaciones inherentes a los Servicios descritas en el Código, los mismos pueden ser afectados en su desempeño o calidad. El Suscriptor podrá consultar a Nextel mediante los Centros de Atención Telefónica o en el CAP cualquier problema que tenga en su Servicio derivado de los Terceros mantendrán las características de Nómina siempre y cuando reciban periódicamente depósitos por el concepto de “pago de nómina”, de no recibir su pago durante tres meses consecutivos factores señalados en la cuenta pasará a ser una cuenta de depósito y estará sujeta a los términos y condiciones de éste tipo de productopresente cláusula.
e) Los errores insertados por el cliente en relación con la cuenta xx Xxxxxxx y con respecto al monto de la transferencia, así como la fecha de aplicación, son de su exclusiva responsabilidad.
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios De Telecomunicaciones
CONDICIONES DEL SERVICIO. 1) Las sedes de las distintas Oficinas Receptoras de la Zona Registral Nº XII – Sede Arequipa, podrán cambiar de ubicación dentro del radio urbano de la ciudad de Arequipa o Provincias de Arequipa, según sea el caso, lo cual no deberá implicar modificación alguna en los términos de la valorización del servicio por parte de EL CONTRATISTA.
2) El Banco prestará cambio de ubicación de los locales será informado a EL CONTRATISTA con una semana de anticipación a la realización del primer servicio, a fin de que planifique la ruta hacia el nuevo punto y pueda brindar el servicio realizando de acuerdo a los requerimientos establecidos.
3) De presentarse cambios que impliquen reducción o incremento de Oficinas Receptoras para él recojo y destino de Remesas, la prestación del servicio se cumplirá de conformidad con la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento.
4) La cantidad de personal de EL CONTRATISTA, destinado para el servicio, no podrá ser menor de tres (03) personas por cuenta vehículo, además deberán estar debidamente uniformados portando carnet de identidad, licencia de posesión y orden uso xx xxxxx de fuego vigente emitido por SUCAMEC y chaleco antibalas; la relación de los nombres y datos de identificación deberán ser proporcionados por EL CONTRATISTA y cualquier cambio de los mismos deberá ser comunicado oportunamente a la oficina Central de la Zona Registral Nº XII – Sede Arequipa. Se considerará un plazo máximo de 24 horas para ser comunicado.
5) La Zona Registral Nº XII – Sede Arequipa, se reserva el derecho de solicitar el cambio de cualquier trabajador presentado por EL CONTRATISTA, si sobre la base de inconductas demostradas, considera que no reúne las condiciones necesarias de solvencia moral para la realización del Clienteservicio, siendo este debidamente justificado.
6) En caso de brindar el servicio con personal nuevo y EL CONTRATISTA no haya comunicado oportunamente la actualización de su personal (como mínimo 24 horas antes de la prestación del servicio) a la oficina de Tesorería de la Zona Registral Nº XII – Sede Arequipa, no se procederá con la entrega de la remesa; por lo tanto, el servicio será considerado como no atendido.
7) EL CONTRATISTA deberá designar un Supervisor de Planta o Coordinador con experiencia acreditada no menor de 2 años, quien deberá estar disponible en forma inmediata, a fin de solucionar problemas derivados de la realización de los servicios, cuando la situación lo amerite o la Zona Registral Nº XII – Sede Arequipa, lo requiera.
8) La Zona Registral Nº XII – Sede Arequipa, no se hará solidariamente responsable por ningún reclamo en materia laboral, ni por accidentes o daños que pudiera sufrir el personal de EL CONTRATISTA, designado para la ejecución del servicio.
9) EL CONTRATISTA deberá proporcionar Bolsas (o similar *) de Seguridad (inviolables) y/o precintos de seguridad con serie alfanumérica irrepetible, de acuerdo a las necesidades de cada Oficina. * Similar: Envases autosellables, que mantenga los parámetros de seguridad e inviolabilidad.
10) EL CONTRATISTA deberá proporcionar, al inicio de la operatividad del servicio de Traslado de Valores, las Guías y/o Comprobantes de Servicio, las cuales serán entregadas a todas las oficinas de la Zona Registral N° XII - Sede Arequipa, documento que será el único medio físico de prueba de la óptima realización del servicio; Así mismo, se podrá considerar el uso de herramientas Tecnológicas tanto para el registro de firmas como para la generación de comprobantes de servicio. Estas herramientas deberán aportar seguridad en el intercambio de responsabilidades al momento de la entrega de la remesa al Personal Portavalor,
11) El CONTRATISTA deberá contemplar el cambio inmediato de las Bolsas (o similar) de Seguridad, Guías y/o Comprobantes de Servicio de Valores, cuando estas tengan fallas de fábrica.
12) El tiempo de recojo de la remesa, se considerará a partir de la presentación e identificación del efectivo porta valores, con el responsable de la entrega de la misma, y tendrá una duración máxima de acuerdo 10 minutos, debiéndose consignar en el comprobante de servicio, la hora de ingreso y salida, respectivamente. En los casos que no se cumpla con el servicio de recojo de remesa y esto se deba a situaciones imprevistas atribuibles a la Zona Registral Nº XII – Sede Arequipa; el encargado de la Oficina de Tesorería de la Zona Registral o los responsables de las instrucciones dadas oficinas, de ser el caso, podrán reprogramar con EL CONTRATISTA una nueva visita para el recojo de la remesa, la cual podrá ser verificada con el Comprobante de Servicio correspondiente, siempre y cuando cuente con la hora de presentación y firma de los representantes de EL CONTRATISTA y la Zona Registral Nº XII – Sede Arequipa, respectivamente.
13) EL CONTRATISTA es absolutamente responsable del traslado y custodia de las Remesas desde el momento en que su personal, autorizado para el recojo de las mismas, firme el Comprobante de Servicio en cada una de las Oficinas Receptoras de la Zona Registral N° XII – Sede Arequipa. En caso de que ocurriera un siniestro, robo o pérdida de los Valores, EL CONTRATISTA deberá comunicar el hecho inmediatamente y deberá sustentarlo con la respectiva denuncia policial (original o copia legalizada notarialmente), en el plazo de dos (02) días hábiles posteriores a la ocurrencia de los hechos. En la denuncia policial deberá consignarse lo siguiente: • Fecha de envío de la(s) Remesa(s), • Número de Comprobante de la(s) Remesa(s). • Fecha, hora, lugar y circunstancias de los hechos. Los gastos y costos que devengan por la ocurrencia del siniestro, deberán ser asumidos íntegramente por EL CONTRATISTA, para lo cual deberá disponer de una póliza de seguros para tales fines, con vigencia durante el ésteperiodo del servicio. La cobertura exigida deberá cubrir hasta el 100% del monto remesado, transferencias a partir del momento de la firma del Comprobante de Servicio. La cobertura deberá ser contra todo riesgo, especialmente Robo / Xxxxxx y Xxxxxxxxxxxxx y deberá especificar que el dinero desde transportado es de terceros, con los que se evidencie que el postor esté adecuadamente asegurado ante cualquier siniestro que pueda ocurrir en el traslado de valores de la Cuenta Dispersora hacía Zona Registral Nº XII – Sede Arequipa, acreditados a la Cuenta xxx Xxxxxxx. Dichos Traspasos se sujetarán afirma del contrato.
14) Responsabilidades de EL CONTRATISTA:
a) El Cliente deberá llenar Comienza cuando el personal autorizado de manera completa y correcta EL CONTRATISTA firma el layout Comprobante de xxxx xx xxxxxxx que el Banco le proporcionará, para llevar al cabo el proceso de asignación de cuentas a los Terceros.
b) El Tercero deberá firmar el contrato correspondiente Servicio a la apertura recepción de la Cuenta xx Xxxxxxx, y acompañar toda la documentación necesaria para tal efecto. La cuenta deberá ser de depósito de dinero a la vista y estar previamente abierta en el Banco. El contrato que corresponda deberá de ser por lo menos el correspondiente a la cuenta básica de nómina, sin embargo, el Tercero en cualquier momento podrá solicitar al Banco firmar otro contrato remesa para su cuenta de nómina y que ésta tenga servicios adicionales a la básica de nómina. Las condiciones y comisiones serán las que apliquen a cada producto, y están mencionadas en el contrato xxx Xxxxxxxtraslado.
c) El Cliente será responsable de la información que le proporcione al Banco para llevar al cabo los servicios de nómina objeto de este Apartado, por lo que el Banco no se hace responsable de cualquier reclamación o problema que se presente por dicho concepto, con excepción de los casos en que haya negligencia por parte del Banco. Por tanto el Banco no será responsable por las alteraciones, sustituciones o cualquier otro evento por el cual no le fuera posible obtener o procesar, parcial o totalmente, las instrucciones generadas por el Cliente, ni será responsable por los efectos que se deriven de ello.
d) El Cliente tiene la obligación de notificar en forma escrita al Banco, la separación laboral de cualquiera de los terceros a quienes realice depósitos a más tardar dentro de los siguientes 15 (quince) días hábiles en que ocurra dicha separación. Las Cuentas de los Terceros mantendrán las características de Nómina siempre y cuando reciban periódicamente depósitos por el concepto de “pago de nómina”, de no recibir su pago durante tres meses consecutivos la cuenta pasará a ser una cuenta de depósito y estará sujeta a los términos y condiciones de éste tipo de producto.
e) Los errores insertados por el cliente en relación con la cuenta xx Xxxxxxx y con respecto al monto de la transferencia, así como la fecha de aplicación, son de su exclusiva responsabilidad.
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CONDICIONES DEL SERVICIO. El Banco prestará POSTOR ganador de la buena pro, de ser el servicio realizando por caso, asignará los mismos números con los que cuenta y orden del ClienteSan Gabán S.A. a las líneas existentes, y en los términos de acuerdo con las instrucciones dadas por la Portabilidad Numérica normada para el éste, transferencias de dinero desde la Cuenta Dispersora hacía la Cuenta xxx Xxxxxxx. Dichos Traspasos se sujetarán a:Perú.
a) El Cliente deberá llenar Se desea contar con una Red de manera completa y correcta Telefónica Móvil con llamadas a todo destino, a través de veintinueve (29) líneas, cuyos planes de requerimiento se indican en el layout de xxxx xx xxxxxxx que el Banco le proporcionará, para llevar al cabo el proceso de asignación de cuentas a los Terceros.apartado 7.1.2
b) El Tercero deberá firmar el contrato correspondiente a la apertura Costo se distribuirá según planes de la Cuenta xx Xxxxxxxllamadas locales, y acompañar toda la documentación necesaria para tal efecto. La cuenta deberá ser de depósito de dinero a la vista y estar previamente abierta larga distancia nacional, larga distancia internacional (en el Bancopack del proveedor), larga distancia internacional adicional (para algunas líneas), plan de datos y mensajes SMS. Los planes de llamadas de voz son tanto en la red RPM del operador como en la Red Nacional de otros operadores fijos y móviles nacionales. El contrato que corresponda deberá de ser por lo menos proveedor indicará las zonas al cual está excluido el correspondiente a servicio internacional, la cuenta básica de nóminatelefonía rural ni satelital, sin embargo, el Tercero en cualquier momento podrá solicitar al Banco firmar otro contrato para su cuenta de nómina y que ésta tenga servicios adicionales a la básica de nómina. Las condiciones y comisiones serán las que apliquen a cada producto, y están mencionadas en el contrato xxx Xxxxxxxlocal o nacional.
c) El Cliente será responsable POSTOR deberá contar con la misma numeración para llamadas dentro o fuera de la información que le proporcione al Banco para llevar al cabo los servicios de nómina objeto de este Apartado, por lo que su red. La numeración incluye el Banco no se hace responsable de cualquier reclamación o problema que se presente por dicho concepto, con excepción de los casos en que haya negligencia por parte del Banco. Por tanto el Banco no será responsable por las alteraciones, sustituciones o cualquier otro evento por el cual no le fuera posible obtener o procesar, parcial o totalmente, las instrucciones generadas por el Cliente, ni será responsable por los efectos que se deriven de elloformato “+00 000000000”.
d) El Cliente tiene la obligación de notificar en forma escrita al Banco, la separación laboral de cualquiera de los terceros a quienes realice depósitos a más tardar Comunicación (RPM ABIERTO E ILIMITADO) dentro de los siguientes 15 (quince) días hábiles en que ocurra dicha separación. Las Cuentas de los Terceros mantendrán las características de Nómina siempre y cuando reciban periódicamente depósitos por el concepto de “pago de nómina”, de no recibir su pago durante tres meses consecutivos la cuenta pasará a ser una cuenta de depósito y estará sujeta a los términos y condiciones de éste tipo de productoRed Privada Móvil del proveedor.
e) Los errores insertados La activación del servicio telefónico móvil requerido en minutos libres es a cualquier destino (Local, Larga Distancia Nacional, Larga Distancia Internacional) y cualquier operador; los minutos ofertados en planes individuales se repartirán de acuerdo a cuadro de asignación de San Gabán S.A., que será entregado al proveedor a la firma del contrato y podrá ser modificado a lo largo del contrato.
f) El servicio tendrá la facilidad para que las líneas móviles puedan ser activados mediante recargas virtuales o de acuerdo a la forma y medios que el proveedor señale, una vez consumidos el crédito asignado; tanto para consumo de minutos como de datos, en los planes que el Postor provea.
g) Deberá contemplarse un servicio de atención al cliente los meses del contrato, a fin de realizar consultas respecto a consultas de saldos, límites de consumo y otras consultas en general.
h) En caso de presentarse la necesidad y bajo solicitud expresa de San Gabán S.A, se procederá al acceso de cambio de número, provisión de un nuevo chip, o a la adquisición de equipos para asignar al plan contratado. En este caso el proveedor incluirá en su Propuesta Técnica el detalle de los procedimientos para cotizar los costos adicionales que ello implique.
i) Cualquier modificación del requerimiento que implique cambio de líneas en adición o disminución al requerido en estas especificaciones, el proveedor proveerá el costo unitario de los mismos. Se procederá de acuerdo con lo indicado en el Reglamento de la Ley de Contrataciones Estatales
j) El Postor se compromete a no cobrar un saldo por encima xxx xxxx fijado del cargo fijo mensual por los planes contratados en las líneas.
k) El Postor deberá cumplir con señalar la línea de atención al cliente durante el cliente en relación con la cuenta xx Xxxxxxx y con plazo del contrato, a fin de realizar consultas respecto al monto manejo de equipos, saldos, límites de consumo y otras consultas en general, el servicio de atención al cliente, se seguirán las políticas de atención del operador, las mismas que deberán ser incluidas en la transferenciaPropuesta Técnica del Postor de manera completa y explícita, así como sin prejuicio que éstas no contravengan la fecha normatividad vigente y las directivas del Ministerio de aplicaciónTransporte y Comunicaciones, son ni de su exclusiva responsabilidadOSIPTEL.
l) Para toda entrega de chips, facturación, firma de contrato, o reposición por garantía, se considera la información que sigue; cualquier modificación será alcanzada al administrador del contrato en: o Razón Social: Empresa de Generación Eléctrica San Gabán S.A. o RUC: 20262221335. o Representante Legal: el que se consigna en el contrato a suscribirse. o Dirección Xx. Xxxxxx X° 000 xxxxxx xx Xxxx. o Teléfono de contacto: 000 000000 – anexos 4650, 4651 o 4652. o Celular de contacto: 000000000.
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Samples: Telecommunications
CONDICIONES DEL SERVICIO. 3.1 Las partes reconocen y aceptan que la prestación de los Servicios, se encuentra regida por lo establecido en la Concesión y a las diversas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas vigentes aplicables, la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, la Ley Federal de Protección al Consumidor, así como la NOM-184-SCFI-2018, Elementos normativos y obligaciones específicas que deben observar los proveedores para la comercialización y/o prestación de los servicios de telecomunicaciones cuando utilicen una red pública de telecomunicaciones.
3.2 El Banco prestará Suscriptor se obliga a destinar los Servicios únicamente de conformidad para su uso personal y a no emplearlos en ningún momento para la realización de Prácticas Prohibidas. En aquellos casos en que el Proveedor determine la realización de cualquier Práctica Prohibida por parte del Suscriptor, podrá interrumpir o suspender la prestación de los Servicios e inclusive terminar anticipadamente el presente Contrato, informándole de manera posterior al Suscriptor el motivo de la misma. El Proveedor podrá tomar las medidas o acciones necesarias para la gestión de tráfico y administración de red conforme los lineamientos que expida el IFT, a fin de garantizar la calidad de servicio realizando por cuenta y orden del Cliente, y de acuerdo con las instrucciones dadas contratada por el ésteSuscriptor, transferencias siempre que ello no constituya una práctica contraria a la sana competencia y libre concurrencia. El Proveedor podrá hacer del conocimiento de dinero desde la Cuenta Dispersora hacía la Cuenta xxx Xxxxxxx. Dichos Traspasos se sujetarán a:
a) El Cliente deberá llenar las autoridades cualquier realización de manera completa y correcta el layout de xxxx xx xxxxxxx cualquier Práctica Prohibida por parte del Suscriptor para que el Banco le proporcionará, para llevar al cabo el proceso de asignación de cuentas éstas determinen las consecuencias a los Tercerosque haya lugar.
b) 3.3 El Tercero deberá firmar Proveedor podrá ofrecer planes o paquetes que incluyan los Servicios y/o productos que considere convenientes, siempre y cuando tenga el contrato correspondiente a la apertura de la Cuenta xx Xxxxxxx, y acompañar toda la documentación necesaria consentimiento del Suscriptor para tal efecto. La cuenta deberá ser de depósito de dinero a la vista y estar previamente abierta en el Banco. .
3.4 El contrato que corresponda deberá de ser por lo menos el correspondiente a la cuenta básica de nómina, sin embargo, el Tercero Suscriptor podrá contratar en cualquier momento nuevos Servicios, siempre y cuando se encuentre al corriente de sus pagos. Los Servicios Adicionales podrán ser contratados en forma posterior ya sea por escrito, vía electrónica, digital o telefónica utilizando su número confidencial otorgado por el Proveedor y se cobrarán por tiempo, evento o cualquier otra modalidad según el tipo de Servicio. Estos Servicios Adicionales podrán ser cancelados por el Suscriptor en cualquier momento y por los mismos medios por los que contrató. La cancelación de los Servicios Adicionales se realizará máximo a los 5 (cinco) días naturales posteriores a la recepción de la solicitud respectiva, sin que ello implique la suspensión o cancelación de la prestación de los Servicios. En ningún caso, el Proveedor podrá obligar al Suscriptor a contratar servicios adicionales como requisito para la contratación o continuación de los Servicios, ni podrá aplicar cargos sin previo consentimiento del Suscriptor o que no se deriven del contrato correspondiente. El Proveedor podrá ofrecer al Suscriptor los servicios adicionales o productos por separado o empaquetados a menos que estos dependan de los Servicios para su prestación, debiendo dar a conocer al Suscriptor el precio de éstos previamente a su contratación.
3.5 El servicio de Roaming podrá ser utilizado por el Suscriptor, en tanto éste se encuentre dentro de la cobertura del operador con el que el Proveedor haya celebrado el acuerdo correspondiente; que dicho operador tenga disponible los servicios y que su Equipo sea compatible (banda y tecnología) con la red de dicho operador y cual podrá tener un costo de conformidad con el Plan Tarifario contratado.
3.6 El Suscriptor podrá solicitar al Banco firmar otro contrato para su cuenta de nómina y Proveedor en cualquier momento el cambio del Plan Xxxxxxxxx contratado previa solicitud realizada en el TDA o llamando al CAT, sin que ésta tenga servicios adicionales presente adeudo alguno, pagando el costo remanente del Equipo conforme a la básica Factura de nóminaEquipo y pudiendo ser sujeto al análisis y a la aprobación crediticia correspondiente.
3.7 En caso que el Suscriptor solicite un cambio y/o renovación de Plan Tarifario que implique un cambio de Equipo y/o un aumento en la Renta con relación al Plan originalmente contratado, será procedente en tanto cumpla con los requisitos señalados en la cláusula 3.6 del presente Contrato. Las El Suscriptor acepta que las condiciones del Servicio y/o Equipo se ajustarán al nuevo Plan Tarifario.
3.8 En caso de que la solicitud de cambio de Plan Tarifario del Suscriptor implique una disminución en la Renta con relación al Plan Xxxxxxxxx originalmente contratado adquiriendo un nuevo Equipo, será procedente en tanto que el Suscriptor no presente adeudo alguno y comisiones serán pagando al momento de su solicitud la cantidad que resulte de la diferencia del cargo mensual por Equipo entre el Plan Tarifario originalmente contratado y el nuevo Plan Tarifario por los meses restantes de su Plazo Mínimo original, ajustándose las condiciones del Servicio y/o Equipo al nuevo Plan Tarifario.
3.9 En el supuesto en que apliquen el Suscriptor no se encuentre en Plazo Mínimo contratado podrá realizar cambio o renovación de Plan Tarifario que implique un aumento o disminución en la Renta de su Plan en cualquier momento previa solicitud realizada al Proveedor.
3.10 Para las cláusulas 3.3, 3.4, 3.5, 3.6, 3.7, 3.8 y 3.9, se entenderá que la prestación del Servicio se regirá de conformidad con el presente Contrato celebrado por las partes y el cambio de Plan Tarifario operará de común acuerdo con el Suscriptor a cada productopartir del día en que se solicite, y están mencionadas sin perjuicio que, en la siguiente Factura, el Proveedor realice los ajustes o cobros por los días en que el Servicio se devengó en el contrato xxx XxxxxxxPlan Tarifario originalmente contratado y en el nuevo Plan Tarifario.
c) 3.11 El Cliente será responsable de la información que le proporcione al Banco para llevar al cabo Suscriptor no podrá ceder ni traspasar los servicios de nómina objeto de este Apartado, por lo que el Banco no se hace responsable de cualquier reclamación o problema derechos y obligaciones que se presente por dicho concepto, con excepción de los casos consignan en que haya negligencia por parte este Contrato sin la previa autorización del BancoProveedor para lo cual ingresará el trámite correspondiente en un TDA. Por tanto el Banco no será responsable por las alteraciones, sustituciones o cualquier otro evento por el cual no le fuera posible obtener o procesar, parcial o totalmente, las instrucciones generadas por el Cliente, ni será responsable por los efectos que se deriven de ello.
d) El Cliente tiene la obligación de notificar en forma escrita al Banco, la separación laboral de cualquiera de los terceros a quienes realice depósitos a más tardar dentro de los siguientes Proveedor tendrá 15 (quince) días hábiles para manifestar su respuesta a la solicitud de cesión de derechos. Transcurrido dicho plazo sin que el Proveedor manifieste su respuesta, se tendrá por aceptada la cesión de derechos.
3.12 En los Planes Tarifarios de consumo libre el Suscriptor contará con un límite máximo de consumo y/o cargos por los Servicios en los que ocurra dicha separaciónpodrá incurrir sin que le sean suspendidos. Este límite consumo podrá ser consultado a solicitud del Suscriptor en el CAT y/o TDA y podrá ser modificada a solicitud del Suscriptor previa autorización por parte del Proveedor. Si el Suscriptor excede el límite indicado en el párrafo anterior, el Proveedor podrá suspender temporalmente los Servicios que puedan generar cargos a su factura. En caso de encontrarse vencida el Suscriptor deberá pagar el importe total de la misma.
3.13 Las Cuentas partes acuerdan que cualquier cambio que realice el Proveedor en la tecnología utilizada para la prestación de los Terceros mantendrán las características de Nómina siempre y cuando reciban periódicamente depósitos Servicios, el Suscriptor podrá solicitar se le migre a dicha nueva tecnología mediante los procesos administrativos establecidos por el concepto de “pago de nómina”, de no recibir su pago durante tres meses consecutivos la cuenta pasará a ser una cuenta de depósito y estará sujeta a los términos y condiciones de éste tipo de productoProveedor.
e) Los errores insertados por el cliente en relación con la cuenta xx Xxxxxxx y con respecto al monto de la transferencia, así como la fecha de aplicación, son de su exclusiva responsabilidad.
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CONDICIONES DEL SERVICIO. 3.1 Las partes reconocen y aceptan que la prestación de los Servicios, se encuentra regida por lo establecido en la Concesión y en las diversas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas vigentes aplicables, la LFTR, la Ley Federal de Protección al Consumidor, así como la NOM-184-SCFI-2018.
3.2 El Banco prestará Suscriptor se obliga a usar los Servicios únicamente para su uso personal y a no emplearlos en ningún momento para la realización de Prácticas Prohibidas. En aquellos casos en que el Proveedor detecte la realización de cualquier Práctica Prohibida por parte del Suscriptor, podrá interrumpir o suspender la prestación de los Servicios e inclusive terminar anticipadamente el presente Contrato, informándole de manera posterior al Suscriptor el motivo de la misma. El Proveedor podrá hacer del conocimiento de las autoridades la realización de cualquier Práctica Prohibida por parte del Suscriptor para que éstas determinen las consecuencias a que haya lugar. El Proveedor podrá tomar las medidas o acciones necesarias para la gestión de tráfico y administración de red conforme los lineamientos que expida el IFT, a fin de garantizar la calidad de servicio realizando por cuenta y orden del Cliente, y de acuerdo con las instrucciones dadas contratada por el ésteSuscriptor, transferencias de dinero desde siempre que ello no constituya una práctica contraria a la Cuenta Dispersora hacía la Cuenta xxx Xxxxxxx. Dichos Traspasos se sujetarán a:
a) El Cliente deberá llenar de manera completa sana competencia y correcta el layout de xxxx xx xxxxxxx que el Banco le proporcionará, para llevar al cabo el proceso de asignación de cuentas a los Terceroslibre concurrencia.
b) 3.3 El Tercero deberá firmar Proveedor podrá ofrecer planes o paquetes que incluyan los Servicios y/o productos que considere convenientes, siempre y cuando tenga el contrato correspondiente a la apertura de la Cuenta xx Xxxxxxx, y acompañar toda la documentación necesaria consentimiento del Suscriptor para tal efecto. La cuenta deberá ser de depósito de dinero a la vista y estar previamente abierta en el Banco. .
3.4 El contrato que corresponda deberá de ser por lo menos el correspondiente a la cuenta básica de nómina, sin embargo, el Tercero Suscriptor podrá contratar en cualquier momento Servicios Adicionales o nuevos servicios, siempre y cuando se encuentre al corriente de sus pagos. Si el Suscriptor desea contratar Servicios Adicionales que sean considerados servicios públicos de telecomunicaciones independientes del Servicio, el Suscriptor deberá celebrar el contrato de adhesión correspondiente y sujetarse a los términos y condiciones de ese contrato. Los Servicios Adicionales podrán ser contratados en forma posterior ya sea por escrito, vía electrónica, digital o telefónica utilizando su número confidencial otorgado por el Proveedor y se cobrarán por tiempo, evento o cualquier otra modalidad según el tipo de servicio. Estos Servicios Adicionales podrán ser cancelados por el Suscriptor en cualquier momento y por los mismos medios por los que contrató. La cancelación de los Servicios Adicionales se realizará máximo a los 5 (cinco) días naturales posteriores a la recepción de la solicitud respectiva, sin que ello implique la suspensión o cancelación de la prestación de los Servicios. En ningún caso, el Proveedor podrá obligar al Suscriptor a contratar Servicios Adicionales como requisito para la contratación o continuación de los Servicios, ni podrá aplicar cargos sin previo consentimiento del Suscriptor o que no se deriven del contrato correspondiente. El Proveedor podrá ofrecer al Suscriptor los Servicios Adicionales o productos por separado o empaquetados a menos que éstos dependan de los Servicios para su prestación, debiendo dar a conocer al Suscriptor el precio de éstos previamente a su contratación.
3.5 El Suscriptor podrá solicitar al Banco firmar otro contrato para su cuenta de nómina y Proveedor en cualquier momento el cambio del Plan Xxxxxxxxx contratado previa solicitud realizada en el TDA o llamando al CAT, sin que ésta tenga servicios adicionales presente adeudo alguno, pagando el costo remanente del Equipo Provisto conforme a la básica Factura de nóminaEquipo y pudiendo ser sujeto al análisis y a la aprobación crediticia correspondiente.
3.6 En caso que el Suscriptor solicite un cambio y/o renovación de Plan Tarifario que implique un cambio de Equipo Provisto y/o un aumento en la Renta con relación al Plan Tarifario originalmente contratado, será procedente en tanto cumpla con los requisitos señalados en la cláusula 3.5 del presente Contrato. Las El Suscriptor acepta que las condiciones del Servicio y/o Equipo Provisto se ajustarán al nuevo Plan Tarifario.
3.7 En caso de que la solicitud de cambio de Plan Tarifario del Suscriptor implique una disminución en la Renta con relación al Plan Tarifario originalmente contratado adquiriendo un nuevo Equipo Provisto, será procedente en tanto que el Suscriptor no presente adeudo alguno y comisiones serán pagando al momento de su solicitud la cantidad que resulte de la diferencia del Cargo Mensual por Equipo entre el Plan Tarifario originalmente contratado y el nuevo Plan Tarifario por los meses restantes de su Plazo Mínimo original, ajustándose las condiciones del Servicio y/o Equipo Provisto al nuevo Plan Tarifario.
3.8 En el supuesto en que apliquen el Suscriptor no se encuentre en Plazo Mínimo contratado podrá realizar cambio de Plan Tarifario que implique un aumento o disminución en la Renta de su Plan en cualquier momento previa solicitud realizada al Proveedor.
3.9 Para las cláusulas 3.3., 3.4, 3.5, 3.6, 3.7 y 3.8, se entenderá que la prestación del Servicio se regirá de conformidad con el presente Contrato celebrado por las partes y el cambio de Plan Tarifario operará de común acuerdo con el Suscriptor a cada productopartir del día en que se solicite, y están mencionadas sin perjuicio de que, en la siguiente Factura, el Proveedor realice los ajustes o cobros por los días en que el Servicio se devengó en el contrato xxx XxxxxxxPlan Tarifario originalmente contratado y en el nuevo Plan Tarifario.
c) 3.10 El Cliente será responsable de la información que le proporcione al Banco para llevar al cabo Suscriptor no podrá ceder ni traspasar los servicios de nómina objeto de este Apartado, por lo que el Banco no se hace responsable de cualquier reclamación o problema derechos y obligaciones que se presente por dicho conceptoconsignan en este Contrato sin la previa autorización del Proveedor, con excepción de los casos para lo cual, ingresará el trámite correspondiente en que haya negligencia por parte del Bancoun TDA. Por tanto el Banco no será responsable por las alteraciones, sustituciones o cualquier otro evento por el cual no le fuera posible obtener o procesar, parcial o totalmente, las instrucciones generadas por el Cliente, ni será responsable por los efectos que se deriven de ello.
d) El Cliente tiene la obligación de notificar en forma escrita al Banco, la separación laboral de cualquiera de los terceros a quienes realice depósitos a más tardar dentro de los siguientes Proveedor tendrá 15 (quince) días hábiles para manifestar su respuesta a la solicitud de cesión de derechos. Transcurrido dicho plazo sin que el Proveedor manifieste su respuesta, se tendrá por aceptada la cesión de derechos. El Proveedor podrá ceder el presente Contrato a cualquier Concesionaria, para lo cual deberá asegurar que el Suscriptor continuará recibiendo los servicios en que ocurra dicha separación. Las Cuentas de los Terceros mantendrán las características de Nómina siempre y cuando reciban periódicamente depósitos por el concepto de “pago de nómina”, de no recibir su pago durante tres meses consecutivos la cuenta pasará a ser una cuenta de depósito y estará sujeta a los términos y condiciones originalmente contratados; debiendo notificar al Suscriptor una vez que haya ocurrido la cesión. En caso de éste tipo que el Suscriptor no esté de productoacuerdo con la cesión, podrá dar por terminado el contrato sin responsabilidad para éste, debiendo liquidar el monto remanente del Equipo Provisto, según sea aplicable.
e) Los errores insertados 3.11 En los Planes Tarifarios de consumo incluido en la Renta el Suscriptor contará con un límite de consumo y/o cargos por los Servicios en los que podrá incurrir sin que le sean suspendidos. Este límite de consumo podrá ser consultado a solicitud del Suscriptor en el CAT y/o TDA y podrá ser modificada a solicitud del Suscriptor previa autorización por parte del Proveedor. Si el Suscriptor excede el límite indicado en el párrafo anterior el Proveedor podrá suspender temporalmente los Servicios que puedan generar cargos a su Factura. En caso de encontrarse vencida el Suscriptor deberá pagar el importe total de la misma.
3.12 El Suscriptor deberá contar con la instalación eléctrica que cumpla con las especificaciones de la Comisión Federal de Electricidad (“CFE”); y reconoce que el Proveedor no se hará responsable de los daños o afectaciones ocasionadas por diferencias de voltaje o descargas eléctricas o cualquier otra causa análoga.
3.13 Las partes acuerdan que ante cualquier cambio que realice el Proveedor en la tecnología utilizada para la prestación de los Servicios, el Suscriptor podrá solicitar se le migre a dicha nueva tecnología mediante los procesos administrativos establecidos por el cliente Proveedor.
3.14 Cuando el Suscriptor desee cambiar el Domicilio del Servicio, éste deberá consultar anticipadamente con el Proveedor la disponibilidad técnica de otorgar los Servicios en relación el nuevo domicilio. En caso de que la prestación de los Servicios en el nuevo Domicilio del Servicio sea factible, el Suscriptor deberá pagar las tarifas que llegaran a generarse por el cambio de Domicilio del Servicio, entregar comprobante de domicilio actualizado no mayor a tres meses del nuevo domicilio y el Proveedor reiniciará de manera remota el Equipo a fin de que el Suscriptor pueda llevar a cabo la conexión del mismo a la red del Proveedor en el nuevo domicilio. En caso de que la prestación de los Servicios en el nuevo domicilio no sea factible, el Suscriptor podrá dar por terminado el contrato conforme a la cláusula 10.
3.15 El Servicio se activará en el momento y en el lugar en que el Equipo sea conectado a la corriente eléctrica, el Suscriptor podrá navegar dentro del Domicilio del Servicio, desde cualquier dispositivo con acceso a Internet, quedando bajo su estricta responsabilidad tomar todas las medidas necesarias para proteger la cuenta xx Xxxxxxx información de su propiedad, datos y/o software.
3.16 El Proveedor no será responsable de los daños que se le causen al Suscriptor por intrusos informáticos y/o virus transmitidos a través de Internet, además de que el Suscriptor se obliga a hacer uso del Servicio de conformidad con el presente Contrato y demás disposiciones aplicables.
3.17 El Suscriptor reconoce que es su responsabilidad contar con respecto al monto los medios mínimos necesarios y en correcto funcionamiento para hacer uso del Servicio. Asimismo, el Suscriptor reconoce que el Servicio contratado es compartido entre el número de dispositivos conectados simultáneamente en el Domicilio del Servicio. El Proveedor informará, previo a la contratación, cuáles son los medios mínimos con los que deberá contar a fin de poder contratar el servicio de Internet.
3.18 El Proveedor no es responsable de la transferenciaconfiguración de equipos tales como ruteadores, así como conmutadores, hubs/concentrador, equipos proxy, o aquellos que resulten necesarios para el uso concurrente del Servicio.
3.19 El Proveedor no ejerce control alguno respecto del contenido de la fecha información que el Suscriptor transmita o reciba a través del Servicio, por lo que no será responsable por cualquier daño sufrido por el Suscriptor por pérdida de aplicacióninformación ocasionada por virus, son gusanos, troyanos y cualquier otro código malicioso que dañe u ocasione la pérdida de la información del Suscriptor. Cualquier información obtenida o entregada a través del Servicio es bajo riesgo y responsabilidad del Suscriptor.
3.20 El Suscriptor reconoce que, en caso de exceder los límites de capacidad de transferencia de datos incluidos en la Renta del plan contratado, el Proveedor reducirá a partir de ese momento la velocidad de su exclusiva responsabilidadServicio, restableciendo su capacidad en el siguiente ciclo de facturación. En caso de que el plan contratado lo permita, el Suscriptor podrá restablecer su capacidad de transferencia de datos a través de la adquisición de paquetes de servicios adicionales.
3.21 Los Servicios cumplen con los principios de “neutralidad de la red” contenidos en la LFTR. El Suscriptor podrá acceder a cualquier contenido, aplicación o servicio ofrecido por el Proveedor, dentro del marco legal aplicable, sin limitar, degradar, restringir o discriminar el acceso a los mismos. El Proveedor se abstendrá de obstruir, interferir, inspeccionar, filtrar o discriminar contenidos, aplicaciones o servicio y preservará la privacidad del Suscriptor y la seguridad dentro de la Red. El Proveedor podrá tomar las medidas o acciones necesarias para la gestión de tráfico y administración de Red conforme a los lineamientos que expida el Instituto, a fin de garantizar la calidad o la velocidad de servicio contratada por el Suscriptor, siempre que ello no constituya una práctica contraria a la sana competencia y libre concurrencia.
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CONDICIONES DEL SERVICIO. El Banco prestará el servicio realizando por cuenta y orden del Cliente, y de acuerdo con las instrucciones dadas por el éste, transferencias de dinero desde la Cuenta Dispersora hacía la Cuenta xxx Xxxxxxx. Dichos Traspasos se sujetarán a:
a) El Cliente CLIENTE deberá llenar contar con cualquiera de manera completa los servicios de Movistar Speedy, Movistar Speedy Negocios y/o Movistar Speedy Negocios Avanzados establecidos en el Anexo 5 y correcta sólo podrá adquirir la cantidad limitada de cámaras establecida en el layout de xxxx xx xxxxxxx referido Anexo según el servicio Movistar Speedy que el Banco le proporcionará, para llevar al cabo el proceso de asignación de cuentas a los Tercerostenga contratado.
b) El Tercero EL CLIENTE deberá firmar el contrato correspondiente a la apertura de la Cuenta xx Xxxxxxx, y acompañar toda la documentación necesaria para tal efecto. La cuenta deberá ser de depósito de dinero a la vista y estar previamente abierta contar con un puerto Ethernet disponible en el Bancorouter por cada cámara a instalar. El contrato En el caso que corresponda deberá el CLIENTE no cuente con puertos disponibles en su router, queda bajo su responsabilidad la adquisición de ser por lo menos el correspondiente a la cuenta básica de nómina, sin embargo, el Tercero en cualquier momento podrá solicitar al Banco firmar otro contrato para su cuenta de nómina y que ésta tenga servicios adicionales a la básica de nómina. Las condiciones y comisiones serán las que apliquen a cada producto, y están mencionadas en el contrato xxx Xxxxxxxuno.
c) El Cliente será responsable EL CLIENTE deberá contar con un punto de alimentación eléctrica disponible por cada cámara a instalar y deberá ubicarse a una distancia máxima de 2.5 metros del lugar de la información que le proporcione al Banco para llevar al cabo los servicios instalación de nómina objeto de este Apartado, por lo la cámara. En el caso que el Banco CLIENTE no se hace responsable cuente con un punto de cualquier reclamación o problema que se presente por dicho conceptoalimentación eléctrica disponible, con excepción queda bajo su responsabilidad la habilitación de los casos en que haya negligencia por parte del Banco. Por tanto el Banco no será responsable por las alteraciones, sustituciones o cualquier otro evento por el cual no le fuera posible obtener o procesar, parcial o totalmente, las instrucciones generadas por el Cliente, ni será responsable por los efectos que se deriven de ellouno.
d) El Cliente tiene la obligación Xxxxx expresamente establecido que TdP podrá prestar el Servicio directamente o a través de notificar en forma escrita al Banco, la separación laboral de cualquiera de los terceros a quienes realice depósitos a más tardar dentro de los siguientes 15 (quince) días hábiles en que ocurra dicha separación. Las Cuentas de los Terceros mantendrán las características de Nómina siempre y cuando reciban periódicamente depósitos por el concepto de “pago de nómina”, de no recibir su pago durante tres meses consecutivos la cuenta pasará a ser una cuenta de depósito y estará sujeta a los términos y condiciones de éste tipo de productosus contratistas independientes.
e) Los errores insertados por TdP podrá modificar las condiciones y características del Servicio, debiendo publicar la implementación de dichas modificaciones y el cliente en relación nuevo modelo de contrato vigente a través de cualquier medio de comunicación, entre los que se encuentra, sin estar limitado a ella, la página Web de TdP. Dicha publicación se deberá realizar con la cuenta xx Xxxxxxx y con respecto al monto de la transferencia, así como una anticipación 15 días calendario a la fecha de aplicaciónentrada en vigor de las referidas modificaciones.
f) TdP podrá modificar las características técnicas del Servicio, son siempre que el servicio final brindado a EL CLIENTE sea de calidad equivalente o mayor a la establecida en el presente contrato.
g) El CLIENTE deberá colocar carteles fácilmente visibles y legibles en el acceso al inmueble donde se prestará el Servicio, y, dentro del mismo para advertir a su exclusiva responsabilidadpersonal, clientes y terceros que están siendo filmados. TDP podrá resolver el presente contrato si con motivo de la instalación o mantenimiento de los Equipos verifica la falta o ausencia de los carteles mencionados.
h) TdP no instalará los Equipos en lugares que pudieran afectar al pudor, decoro e intimidad de las personas, tales como baños, vestuarios, salas de atención médica, dormitorios, etc.
i) El CLIENTE declara que las imágenes obtenidas estarán sujetas a un adecuado nivel de seguridad y privacidad, y que sólo personal autorizado por el CLIENTE podrá acceder a ellas con password y nombre de usuario, no pudiendo en ningún caso exhibir, difundir, publicar, ceder o transferir las imágenes obtenidas con motivo del Servicio sin consentimiento previo de sus titulares, salvo requerimiento de autoridad judicial competente.
j) EL CLIENTE declara aceptar las condiciones del Servicio establecidas en el Anexo 3.
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CONDICIONES DEL SERVICIO. El Banco prestará Con el fin de prestar un servicio realizando por cuenta excelente, el HOSPITAL MILITAR CENTRAL, exigirá las siguientes condiciones y orden obligaciones para la prestación del Clienteservicio:
1. Las tomas de muestras deberán realizarse en las sedes que ofrezca el oferente seleccionado, en la ciudad de Bogotá, en horarios habituales para tomas de muestras de exámenes de 6:30 A.M. a 12:00 M y/o extendido, y de acuerdo con las instrucciones dadas por el éste, transferencias de dinero desde la Cuenta Dispersora hacía la Cuenta xxx Xxxxxxx. Dichos Traspasos se sujetarán a:
a) El Cliente deberá llenar de manera completa y correcta el layout de xxxx xx xxxxxxx que el Banco le proporcionará, para llevar al cabo el proceso de asignación de cuentas a los Terceros.
b) El Tercero deberá firmar el contrato correspondiente a la apertura de la Cuenta xx Xxxxxxx, y acompañar toda la documentación necesaria para tal efecto. La cuenta deberá ser de depósito de dinero a la vista y estar previamente abierta en el Banco. El contrato que corresponda deberá de ser por lo menos el correspondiente a la cuenta básica de nómina, sin embargo, el Tercero en cualquier momento podrá solicitar al Banco firmar otro contrato para su cuenta de nómina y que ésta tenga servicios adicionales a la básica de nómina. Las condiciones y comisiones serán las que apliquen a cada producto, y están mencionadas en el contrato xxx Xxxxxxx.
c) El Cliente será responsable de la información que le proporcione al Banco para llevar al cabo prestará los servicios de nómina objeto procesamiento y reporte de este Apartadoresultados en los días de Lunes a Viernes hasta las 17.00 horas.
2. En los caso en que la prueba sea realizada en laboratorios clínicos externos al del oferente seleccionado, estos deberán realizarse dando cumplimiento con los mismos parámetros de calidad y condiciones de habilitación exigidas inicialmente por lo el HOSPITAL MILITAR
3. Reportar mensualmente (Cinco primeros días calendarios del mes) los servicios prestados a cada paciente que el Banco no se hace responsable de cualquier reclamación incluya: exámenes y/o problema que se presente por dicho conceptopruebas realizados, con excepción valor facturado de los casos mismos, fecha, en que haya negligencia por parte impreso y medio magnético al Supervisor del Banco. Por tanto el Banco no será responsable por las alteraciones, sustituciones o cualquier otro evento por el cual no le fuera posible obtener o procesar, parcial o totalmente, las instrucciones generadas por el Cliente, ni será responsable por los efectos que se deriven Contrato y a la Oficina de elloexámenes Extra hospitalarios.
d) El Cliente tiene la obligación de notificar en forma escrita al Banco, la separación laboral de cualquiera de los terceros a quienes realice depósitos a más tardar dentro de los siguientes 15 (quince) días hábiles en que ocurra dicha separación4. Las Cuentas de los Terceros mantendrán las características de Nómina Prestar el servicio siempre y cuando reciban periódicamente depósitos el usuario presente la orden original de autorización del servicio externo, expedido parte de la Oficina de Exámenes Extra hospitalarios, solicitud del examen debidamente firmado por el concepto médico tratante con su respectivo sello, deberá anexar copia del carné sanidad y documento de “pago identidad.
5. Contar con un Sistema de nómina”Información Estadístico, para el manejo de datos el cual debe incluir entre otros los siguientes parámetros: datos generales del paciente (nombre completo, identificación, edad, sexo, tipo de vinculación, lugar de residencia), tipo de patología remitida, procedimiento(s) efectuado(s), valor facturado(s). Mensualmente los primeros cinco (5) días calendarios de cada mes se debe allegar la información en medio magnética e impresa, de no recibir su pago durante tres meses consecutivos la cuenta pasará a ser una cuenta de depósito y estará sujeta a los términos y condiciones de éste tipo de productopacientes atendidos junto con los exámenes realizados.
e) Los errores insertados por 6. Contar con una línea de atención al usuario para garantizar el cliente en relación con buen servicio a nuestros afiliados, que permita facilitar el acceso a la cuenta xx Xxxxxxx información y con respecto al monto consultas necesarias para resolver inquietudes, peticiones, horarios de la transferencia, así como la fecha atención y programación de aplicación, son de su exclusiva responsabilidadprocedimientos.
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CONDICIONES DEL SERVICIO. El Banco prestará el servicio realizando por cuenta y orden del Cliente, y de acuerdo con las instrucciones dadas por el éste, transferencias de dinero desde la Cuenta Dispersora hacía la Cuenta xxx Xxxxxxx. Dichos Traspasos se sujetarán a:
a) El Cliente deberá llenar Los segundos incluidos en la cuota mensual pueden ser utilizados sin restricciones horarias, de manera completa y correcta lunes x xxxxxxx, las 24 horas del día, siendo descontados por tiempo de duración de las llamadas sin tener en cuenta el layout horario en que éstas se realicen, salvo que se establezca lo contrario. Los segundos otorgados no utilizados durante un ciclo mensual de xxxx xx xxxxxxx que facturación no podrán ser acumulados para el Banco le proporcionará, para llevar al cabo el proceso de asignación de cuentas a los Tercerospróximo ciclo.
b) El Tercero deberá firmar No se cobrará el contrato correspondiente a cargo por establecimiento de llamada al tráfico cursado mediante los segundos incluidos en la apertura cuota mensual, ni al tráfico cursado en exceso. Al producirse el consumo del total de los segundos locales disponibles antes de la Cuenta xx Xxxxxxxfinalización de un ciclo mensual de facturación, y acompañar toda el CLIENTE podrá realizar llamadas adicionales, las mismas que serán facturadas a las tarifas vigentes.
c) TELEFÓNICA realizará la documentación necesaria instalación del Servicio en un plazo de treinta (30) días contado a partir de la fecha de suscripción del presente contrato, salvo ausencia de facilidades técnicas. El CLIENTE deberá dar todas las facilidades necesarias para dicha instalación. El cómputo de este plazo se reiniciará en caso el CLIENTE no permita la instalación o no se encuentre en el lugar de instalación en el momento en que el personal designado por TELEFÓNICA se apersone para tal efecto. La cuenta deberá ser TELEFÓNICA podrá resolver en forma automática el contrato sin responsabilidad en caso de depósito falta de dinero a facilidades técnicas para la vista y estar previamente abierta instalación del Servicio. Adicionalmente, TELEFÓNICA también podrá resolver en forma automática el contrato sin responsabilidad si el CLIENTE no presta las facilidades necesarias para la instalación. En caso el CLIENTE haya efectuado algún pago por adelantado por la prestación del Servicio, TELEFÓNICA le devolverá las sumas hubiera pagado por el mismo. En el caso mencionado en el Bancopárrafo anterior, adicionalmente, TELEFÓNICA podrá descontar los gastos administrativos en los que hubiera incurrido. El contrato que corresponda deberá de ser por lo menos el correspondiente mismo derecho asistirá a la cuenta básica de nómina, sin embargo, el Tercero en cualquier momento podrá solicitar al Banco firmar otro contrato para su cuenta de nómina y que ésta tenga servicios adicionales a la básica de nómina. Las condiciones y comisiones serán las que apliquen a cada producto, y están mencionadas en TELEFÓNICA si el contrato xxx Xxxxxxx.
c) El Cliente será responsable es resuelto por el CLIENTE antes del inicio de la información que le proporcione al Banco para llevar al cabo los servicios de nómina objeto de este Apartado, prestación del Servicio por lo que el Banco causas no se hace responsable de cualquier reclamación o problema que se presente por dicho concepto, con excepción de los casos en que haya negligencia por parte del Banco. Por tanto el Banco no será responsable por las alteraciones, sustituciones o cualquier otro evento por el cual no le fuera posible obtener o procesar, parcial o totalmente, las instrucciones generadas por el Cliente, ni será responsable por los efectos que se deriven de elloimputables a TELEFÓNICA.
d) El Cliente tiene Siempre que no resulte opuesto a las normas regulatorias vigentes, TdP podrá modificar las condiciones y características del Servicio, distintas de las referidas a la obligación retribución (monto, modalidad y oportunidad de notificar pago), debiendo informar al CLIENTE de tal modificación con un aviso en forma escrita al Banco, la separación laboral de cualquiera de los terceros a quienes realice depósitos a más tardar dentro de los siguientes 15 (quince) días hábiles en que ocurra dicha separación. Las Cuentas de los Terceros mantendrán las características de Nómina siempre el recibo telefónico y cuando reciban periódicamente depósitos por adjuntando un encarte con el concepto de “pago de nómina”, de no recibir su pago durante tres meses consecutivos la cuenta pasará a ser una cuenta de depósito y estará sujeta a los términos y condiciones de éste tipo de productotexto modificado.
e) Los errores insertados El CLIENTE que acceda al Servicio por el cliente migración proveniente de otra modalidad de línea y siempre que no adeude suma alguna a TdP queda exceptuado del pago del cargo por cuota de activación. La migración a otra modalidad de servicio importa la extinción de cualquier beneficio que se hubiera otorgado al CLIENTE en relación con virtud de planes anteriores. El acceso al Servicio por migración y las solicitudes posteriores de migración serán atendidas por TdP de acuerdo a la cuenta xx Xxxxxxx y con respecto al monto normativa regulatoria vigente. El CLIENTE declara conocer que la solicitud de migración puede dar lugar a la transferencia, así como la fecha de aplicación, son modificación de su exclusiva responsabilidadnúmero telefónico.
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Samples: Telecommunications
CONDICIONES DEL SERVICIO. El Banco prestará Sin perjuicio de las condiciones previstas en otras cláusulas del contrato, el servicio realizando de vigilancia privada se sujetará a las que se detallan a continuación:
1. LA EMPRESA se compromete a brindar los servicios antes referidos a través de personal debidamente capacitado y permanentemente entrenado en seguridad y manejo de armamento.
2. LA SECRETARÍA GENERAL podrá en cualquier momento, sin expresión de causa, solicitar la ampliación o reducción de los trabajadores destacados, así como su cambio o rotación. LA EMPRESA procederá de inmediato a reemplazar a su personal, de ser posible en el mismo día y, en todo caso, dentro de un plazo máximo de tres (3) días hábiles.
3. LA EMPRESA no dejará de prestar el servicio de vigilancia privada en ningún momento y por cuenta ninguna causa. En caso de ausencia o falta justificada o injustificada de algún trabajador destacado, deberá reemplazarlo o sustituirlo de inmediato, sin recargo o costo adicional alguno para LA SECRETARÍA GENERAL.
4. LA SECRETARIA GENERAL se compromete a no disponer que el personal de LA EMPRESA asignado a su servicio realice funciones ajenas a las de vigilancia y orden del Cliente, y seguridad.
5. LA EMPRESA garantiza que su personal al momento de acuerdo prestar el servicio de seguridad para LA SECRETARÍA GENERAL contará con las instrucciones dadas por correspondientes licencias para portar el éste, transferencias de dinero desde la Cuenta Dispersora hacía la Cuenta xxx Xxxxxxx. Dichos Traspasos armamento que se sujetarán a:
a) El Cliente deberá llenar de manera completa y correcta el layout de xxxx xx xxxxxxx que el Banco le proporcionará, para llevar al cabo el proceso de asignación de cuentas a los Tercerosasigne.
b) El Tercero 6. LA EMPRESA deberá firmar el contrato correspondiente presentar a la apertura LA SECRETARÍA GENERAL, cada vez que ésta así lo requiera, copias de la Cuenta xx Xxxxxxx, y acompañar toda la documentación necesaria para tal efectolaboral y de seguridad social que acredite el cumplimiento de las obligaciones patronales respecto de los derechos y beneficios correspondientes a sus trabajadores destacados en las instalaciones de LA SECRELTARÍA GENERAL.
7. La cuenta LA EMPRESA deberá ser informar de depósito manera inmediata a LA SECRETARÍA GENERAL cualquier cambio o rotación que se realice en el personal destacado en las instalaciones de dinero ésta, explicando los motivos de dicha acción. Asimismo, entregará cada 3 meses un listado actualizado a la vista y estar previamente abierta fecha mostrando el historial de cambios o rotaciones de dicho personal. Adicionalmente, se deberá informar mediante una declaración jurada los antecedentes de cada uno de los trabajadores que formen parte del personal presente en las instalaciones Para el Banco. El contrato que corresponda caso de nuevo personal asignado a LA SECRETARÍA GENERAL, LA EMPRESA deberá presentar dicha declaración con antelación al ingreso de ser por lo menos el correspondiente a la(s) persona(s) en la cuenta básica sede de nómina, sin embargo, el Tercero en cualquier momento podrá solicitar al Banco firmar otro contrato para su cuenta de nómina y que ésta tenga servicios adicionales a la básica de nómina. Las condiciones y comisiones serán las que apliquen a cada producto, y están mencionadas en el contrato xxx XxxxxxxLA SECRETARÍA GENERAL.
c) El Cliente será responsable 8. LA EMPRESA provee a su personal con el vestuario adecuado para el desempeño de la información que le proporcione al Banco para llevar al cabo los servicios de nómina objeto de este Apartadosus labores, por lo que el Banco no se hace responsable de cualquier reclamación o problema que se presente por dicho concepto, con excepción de los casos en que haya negligencia por parte del Banco. Por tanto el Banco no será responsable por deberá proporcionar a sus trabajadores uniformes apropiados durante las alteraciones, sustituciones o cualquier otro evento por el cual no le fuera posible obtener o procesar, parcial o totalmente, las instrucciones generadas por el Cliente, ni será responsable por los efectos que se deriven de elloestaciones xx xxxxxx e invierno.
d) El Cliente tiene la obligación de notificar en forma escrita al Banco, la separación laboral de cualquiera de los terceros a quienes realice depósitos a más tardar dentro de los siguientes 15 (quince) días hábiles en que ocurra dicha separación. Las Cuentas de los Terceros mantendrán las características de Nómina siempre y cuando reciban periódicamente depósitos por el concepto de “pago de nómina”, de no recibir su pago durante tres meses consecutivos la cuenta pasará a ser una cuenta de depósito y estará sujeta a los términos y condiciones de éste tipo de producto.
e) Los errores insertados por el cliente en relación con la cuenta xx Xxxxxxx y con respecto al monto de la transferencia, así como la fecha de aplicación, son de su exclusiva responsabilidad.
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Samples: Security Services Agreement
CONDICIONES DEL SERVICIO. La Clasificadora de Riesgo firmará un compromiso de confidencialidad respecto de la información que se obtenga del BN, sea que la haya obtenido de manera directa o indirecta. La Clasificadora de Riesgo deberá encontrarse autorizada por la Conasev y la SBS para efectuar las labores de clasificadoras de riesgos. La Clasificadora de Riesgo deberá contar con experiencia en clasificación de riesgo de instituciones bancarias del sistema financiero peruano de por lo menos 8 años. Se dará preferencia a la Clasificadora de Riesgo que haya efectuado mayor número de clasificaciones dentro de las cinco entidades bancarias más importantes en el Perú durante los cinco últimos ejercicios anuales. Para los fines del presente documento la importancia de la entidad bancaria será medida en función del total de colocaciones del Sistema Financiero Peruano en cada uno de los respectivos periodos. El Banco prestará personal de la clasificadora a cargo del servicio de la clasificación de riesgo del BN, estará compuesto por un equipo de trabajo de mínimo tres (3) profesionales, un Jefe o Supervisor de Equipo y dos Analistas, que cumpla con las siguientes condiciones mínimas: Un Jefe o Supervisor de Equipo que se encuentre bajo relación laboral con el servicio realizando postor (personal de planta o registrado en la planilla del postor), registrado en CONASEV y que cuente con experiencia en clasificación de riesgo de instituciones financieras en el Perú o en el extranjero, de por cuenta lo menos ocho (8) años en puestos iguales o equivalentes. Dos Analistas que se encuentren bajo relación laboral con el postor (personal de planta o registrado en la planilla del postor), de los cuales, por lo menos un Analista, deberá contar con experiencia en clasificación de riesgo de instituciones financieras en el Perú o en el extranjero de por lo menos cuatro (4) años; y orden del Clienteel otro Analista, deberá contar con experiencia en clasificación de riesgo de instituciones financieras en el Perú o en el extranjero de por lo menos un (01) año en puestos iguales o equivalentes. Todos los profesionales deberán contar como mínimo con el xxxxx xx Xxxxxxxxx en las carreras de Economía, Administración, Contabilidad o Ingeniería Económica, siendo deseable que cuenten con estudios de Post Grado (Maestría) en Finanzas y/o Administración. Asimismo, será recomendable que la Clasificadora de Riesgo: Cuente con experiencia de clasificación de riesgos de instituciones financieras en otros países. Este asociada o mantenga convenios vigentes, con una Clasificadora de Riesgo internacional reconocida como NRSRO por la Securities and Exchange Commission - SEC - de los Estados Unidos de Norteamérica. La información proporcionada por la clasificadora tendrá carácter de Declaración Jurada. El BN se reserva el derecho de efectuar las verificaciones correspondientes y tomar las acciones que disponga pertinentes, en consecuencia. Para efectos de las verificaciones el BN podrá recurrir a toda la información que le sea disponible, sea ésta de carácter pública o privada. La información de carácter pública incluye la publicada en los sitios oficiales en donde se encuentren inscritas las empresas clasificadoras de riesgo, debidamente autorizadas a operar en el Perú. Otorgar al BN la clasificación de riesgo de fortaleza financiera y las clasificaciones de riesgo de los valores que éste emita, de acuerdo con: i) las normas emitidas y por emitir al respecto por la Conasev y la Superintendencia de Banca y Seguros y AFP; y ii) los procedimientos técnicos de clasificación aprobados por los entes supervisores a la Clasificación de Riesgo. Mantener permanentemente actualizadas las clasificaciones de riesgo de la fortaleza financiera y de los valores a ser emitidos por el BN. Emitir por lo menos con una frecuencia semestral, y de acuerdo con las instrucciones dadas por normas vigentes al respecto, los respectivos informes de clasificación de riesgo. La información de cierre a emplearse en cada informe de clasificación corresponderá a la información financiera al cierre del trimestre precedente; a excepción del primer informe, en el éste, transferencias que se empleará información al cierre del semestre precedente. Remitir al BN el informe preliminar de dinero desde la Cuenta Dispersora hacía la Cuenta xxx Xxxxxxx. Dichos Traspasos se sujetarán a:
a) El Cliente deberá llenar clasificación de manera completa y correcta el layout riesgo luego de xxxx xx xxxxxxx que el Banco le proporcionarárealizado su comité de clasificación, para llevar al cabo lo cual el proceso BN podrá solicitar dentro de asignación de cuentas a los Terceros.
b) El Tercero deberá firmar el contrato correspondiente 8 días útiles posteriores a la apertura recepción del informe preliminar la revisión del dictamen, según lo estipulado en el Reglamento de la Cuenta xx XxxxxxxSBS. Los comentarios que remita el BN serán tomados en cuenta, y acompañar toda la documentación necesaria para tal efecto. La cuenta deberá ser de depósito de dinero a la vista y estar previamente abierta en el Banco. El contrato que corresponda deberá de ser por lo menos el correspondiente a la cuenta básica de nómina, sin embargo, el Tercero en cualquier momento podrá solicitar al Banco firmar otro contrato para su cuenta de nómina y que ésta tenga servicios adicionales a la básica de nómina. Las condiciones y comisiones serán las que apliquen a cada producto, y están mencionadas en el contrato xxx Xxxxxxx.
c) El Cliente será responsable de la información que le proporcione al Banco para llevar al cabo los servicios de nómina objeto de este Apartadocaso, por lo que la Clasificadora. Informar al BN sobre el Banco no se hace responsable dictamen de cualquier reclamación o problema que se presente por dicho concepto, con excepción las clasificaciones de riesgo dentro de los casos dos días útiles siguientes a su emisión, además de adjuntar el informe de clasificación respectivo. Remitir a las entidades supervisoras correspondientes los informes de clasificación de riesgo y las clasificaciones otorgadas. Comunicar al BN cualquier modificación en que haya negligencia por parte del Banco. Por tanto el Banco no será responsable por las alteraciones, sustituciones o cualquier otro evento por el cual no le fuera posible obtener o procesar, parcial o totalmente, las instrucciones generadas por el Cliente, ni será responsable por los efectos que se deriven de ello.
d) El Cliente tiene la obligación de notificar en forma escrita al Banco, la separación laboral de cualquiera de los terceros a quienes realice depósitos clasificación a más tardar dentro al día siguiente de los siguientes 15 (quince) días hábiles en que ocurra dicha separaciónproducida, con el sustento respectivo. Las Cuentas Comunicar al mercado las clasificaciones de los Terceros mantendrán las características de Nómina siempre y cuando reciban periódicamente depósitos por el concepto de “pago de nómina”riesgo otorgadas, de no recibir su pago durante tres meses consecutivos la cuenta pasará a ser una cuenta de depósito y estará sujeta a los términos y condiciones de éste tipo de productoacuerdo con las normas vigentes al respecto.
e) Los errores insertados por el cliente en relación con la cuenta xx Xxxxxxx y con respecto al monto de la transferencia, así como la fecha de aplicación, son de su exclusiva responsabilidad.
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Samples: Service Agreement
CONDICIONES DEL SERVICIO. 4.1. No se considerarán pasajeros con cargo a los menores de dos (2) años.
4.2. El Banco prestará servicio no incluye Tasa de Uso de Aerostación Internacional ni Regional.
4.3. En ningún caso se aceptará el servicio realizando por cuenta y orden del Cliente, y pago de acuerdo con las instrucciones dadas por Adhesión al momento de utilizar el éste, transferencias de dinero desde servicio.
4.4. El Socio y/o la Cuenta Dispersora hacía tendrán acceso al Servicio únicamente a partir de la acreditación del pago.
4.5. La aceptación de estos términos y condiciones se materializará, alternativamente, mediante: (i) el uso que el Socio, Usuario Corporativo y/o Usuario individual hagan del Servicio, o (ii) la aceptación de estos términos y condiciones, los cuales estarán disponibles en el sitio Web.
4.6. El Socio y/o la Cuenta xxx Xxxxxxx. Dichos Traspasos se sujetarán a:
a) El Cliente deberá llenar de manera completa y correcta el layout de xxxx xx xxxxxxx que el Banco le proporcionarátendrán derecho a revocar la aceptación manifestada, para llevar al cabo el proceso de asignación de cuentas a los Terceros.
b) El Tercero deberá firmar el contrato correspondiente a la apertura de la Cuenta xx Xxxxxxx, y acompañar toda la documentación necesaria para tal efecto. La cuenta deberá ser de depósito de dinero a la vista y estar previamente abierta en el Banco. El contrato que corresponda deberá de ser por lo menos el correspondiente a la cuenta básica de nómina, sin embargo, el Tercero en cualquier momento podrá solicitar al Banco firmar otro contrato para su cuenta de nómina y que ésta tenga servicios adicionales a la básica de nómina. Las condiciones y comisiones serán las que apliquen a cada producto, y están mencionadas en el contrato xxx Xxxxxxx.
c) El Cliente será responsable de la información que le proporcione al Banco para llevar al cabo los servicios de nómina objeto de este Apartado, por lo que el Banco no se hace responsable de cualquier reclamación o problema que se presente por dicho concepto, con excepción de los casos en que haya negligencia por parte del Banco. Por tanto el Banco no será responsable por las alteraciones, sustituciones o cualquier otro evento por el cual no le fuera posible obtener o procesar, parcial o totalmente, las instrucciones generadas por el Cliente, ni será responsable por los efectos que se deriven de ello.
d) El Cliente tiene la obligación de notificar en forma escrita al Banco, la separación laboral de cualquiera de los terceros a quienes realice depósitos a más tardar dentro de los siguientes 15 cinco (quince5) días hábiles posteriores, a la aceptación por parte de AA2000.
4.7. En el caso de actualizaciones de estos términos y condiciones, la aceptación se materializará mediante el uso que el Socio, Usuario Corporativo y/o Usuario Individual hagan del Servicio con posterioridad a la entrada en vigencia de dichas actualizaciones.
4.8. Estos términos y condiciones se aplicarán al Servicio al que ocurra dicha separaciónacceda el Socio y/o el Usuario Corporativo con posterioridad a la aceptación por parte de AA2000 de la solicitud de adhesión escrita o telefónica. Las Cuentas Cualquier modificación de los Terceros mantendrán las características de Nómina siempre y cuando reciban periódicamente depósitos por el concepto de “pago de nómina”, de no recibir su pago durante tres meses consecutivos la cuenta pasará a ser una cuenta de depósito y estará sujeta a los términos y condiciones estarán a disposición del Socio y de éste tipo las Cuentas Corporativas en el Sitio Web, no obstante, los distintos modos de productoinformación que AA2000 determine.
e) Los errores insertados por el cliente en relación 4.9. El Socio y/o las Cuentas deberán notificar a AA2000 con la cuenta xx Xxxxxxx y con respecto mayor antelación posible al monto teléfono que se informará oportunamente, o correo electrónico, cualquier cambio en la información que fuera provista en ocasión de la transferenciaadhesión al Servicio.
4.10. Para el abono de las Membresías, así como Cuentas y/o Usuarios Individuales podrá ser mediante tarjeta de crédito (Mastercard, American Express o Visa), transferencia bancaria, a través de la fecha web o comunicándose a xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xx0000.xxx.xx o telefónicamente al 4852-6469/6482; y por efectivo/cheque presentándose personalmente en Xxxxxxxx 0000, Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx. El comprobante de aplicaciónpago/factura y recibo serán enviados de manera electrónica al primer día hábil posterior al pago.
4.11. En ningún caso y bajo ninguna circunstancia estará permitido canjear alguno de los beneficios del Servicio por dinero en efectivo.
4.12. El Servicio no incluye trámites que dependan de las aerolíneas, son cualquier otra empresa u organismo que opere en el aeropuerto (Aduana, Senasa, Renaper, entre otros).
4.13. En ningún caso y bajo ninguna circunstancia se encontrará permitida la re-venta a cualquier entidad financiera salvo las expresamente autorizadas por AA2000.
4.14. Las personas menores de su exclusiva responsabilidaddieciocho (18) años deberán ingresar obligatoriamente junto a sus padres y/o tutor y/o curador legal.
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Samples: Condiciones De Adhesión Y Acceso a Los Servicios Vip
CONDICIONES DEL SERVICIO. El Banco prestará el servicio realizando por cuenta y orden del Cliente, y de acuerdo con las instrucciones dadas por el éste, transferencias de dinero desde la Cuenta Dispersora hacía la Cuenta xxx Xxxxxxx. Dichos Traspasos se sujetarán a:
a) El Cliente deberá llenar Los minutos incluidos en la cuota mensual pueden ser utilizados sin restricciones horarias, de manera completa y correcta lunes x xxxxxxx, las 24 horas del día, siendo descontados por tiempo de duración de las llamadas sin tener en cuenta el layout horario en que éstas se realicen, salvo que se establezca lo contrario. Los minutos otorgados no utilizados durante un ciclo mensual de xxxx xx xxxxxxx que facturación no podrán ser acumulados para el Banco le proporcionará, para llevar al cabo el proceso de asignación de cuentas a los Tercerospróximo ciclo.
b) En los minutos disponibles se incluirán los cargos por establecimiento de llamada. El Tercero deberá firmar cargo por establecimiento de llamadas es de un (01) minuto por cada llamada realizada. Al producirse el contrato correspondiente a la apertura consumo del total de minutos locales disponibles antes de la Cuenta xx Xxxxxxx, y acompañar toda la documentación necesaria para tal efecto. La cuenta deberá ser finalización de depósito un ciclo mensual de dinero a la vista y estar previamente abierta en el Banco. El contrato que corresponda deberá de ser por lo menos el correspondiente a la cuenta básica de nómina, sin embargofacturación, el Tercero en cualquier momento CLIENTE sólo podrá solicitar al Banco firmar otro contrato para su cuenta realizar llamadas adicionales mediante la utilización de nómina y que ésta tenga servicios adicionales a tarjetas prepago permitidas por la básica de nómina. Las condiciones y comisiones serán las que apliquen a cada producto, y están mencionadas en el contrato xxx Xxxxxxxlegislación vigente.
c) El Cliente será responsable CLIENTE no podrá realizar llamadas a (i) las series 0-801, 0-805 y 0-808; (ii) el Servicio Perú Directo; (iii) teléfonos celulares, (iv) números de la información que le proporcione al Banco para llevar al cabo discado directo nacional e internacional, y, (v) acceso vía operadora a los servicios números 108, 109 u otros de nómina objeto de este Apartado, por lo que el Banco no se hace responsable de cualquier reclamación o problema que se presente por dicho concepto, con excepción de los casos en que haya negligencia por parte del Banco. Por tanto el Banco no será responsable por las alteraciones, sustituciones o cualquier otro evento por el cual no le fuera posible obtener o procesar, parcial o totalmente, las instrucciones generadas por el Cliente, ni será responsable por los efectos que se deriven de ellosimilar naturaleza.
d) Para realizar llamadas de larga distancia y llamadas a teléfonos celulares, el CLIENTE necesariamente utilizará tarjetas prepago permitidas por la legislación vigente. El Cliente tiene CLIENTE podrá recibir llamadas locales, nacionales e internacionales. El servicio de cobro revertido de larga distancia no estará disponible. Sin embargo, de conformidad con lo establecido en la obligación cláusula segunda, en caso el operador internacional permitiera las llamadas de notificar cobro revertido internacional y el CLIENTE las aceptara, éstas deberán ser canceladas a las tarifas vigentes en forma escrita al Banco, la separación laboral de cualquiera de los terceros a quienes realice depósitos a más tardar dentro de los siguientes 15 (quince) días hábiles cada oportunidad en que ocurra dicha separación. Las Cuentas se pague la cuota mensual, conjuntamente con las llamadas de los Terceros mantendrán las características cobro revertido de Nómina siempre y cuando reciban periódicamente depósitos larga distancia nacional aceptadas por el concepto CLIENTE. TdP entregará por escrito la información detallada de “pago las llamadas de nómina”, de cobro revertido facturadas conjuntamente con el comprobante respectivo. El número telefónico asignado al CLIENTE no recibir su pago durante tres meses consecutivos la cuenta pasará a podrá ser una cuenta de depósito y estará sujeta a los términos y condiciones de éste tipo de productoafiliado al servicio Fonocard.
e) Los errores insertados por el cliente TELEFÓNICA realizará la instalación del Servicio en relación con la cuenta xx Xxxxxxx y con respecto al monto un plazo de la transferencia, así como treinta (30) días contado a partir de la fecha de aplicaciónsuscripción del presente contrato, son salvo ausencia de facilidades técnicas. El CLIENTE deberá dar todas las facilidades necesarias para dicha instalación. El cómputo de este plazo se reiniciará en caso el CLIENTE no permita la instalación o no se encuentre en el lugar de instalación en el momento en que el personal designado por TELEFÓNICA se apersone para tal efecto. TELEFÓNICA podrá resolver en forma automática el contrato sin responsabilidad en caso de falta de facilidades técnicas para la instalación del Servicio. Adicionalmente, TELEFÓNICA también podrá resolver en forma automática el contrato sin responsabilidad si el CLIENTE no presta las facilidades necesarias para la instalación. En caso el CLIENTE haya efectuado algún pago por adelantado por la prestación del Servicio, TELEFÓNICA le devolverá las sumas hubiera pagado por el mismo. En el caso mencionado en el párrafo anterior, adicionalmente, TELEFÓNICA podrá descontar los gastos administrativos en los que hubiera incurrido. El mismo derecho asistirá a TELEFÓNICA si el contrato es resuelto por el CLIENTE antes del inicio de la prestación del Servicio por causas no imputables a TELEFÓNICA.
f) Para efectos de la garantía: (i) el CLIENTE deberá entregar el equipo en los lugares de servicio técnico señalados por XxX, y; (ii) TdP reparará las averías del equipo originadas por causas imputables a TdP pudiendo sustituir el mismo por otro de similar valor y funcionalidad.
g) Siempre que no resulte opuesto a las normas regulatorias vigentes, TdP podrá modificar las condiciones y características del Servicio, distintas de las referidas a la retribución (monto, modalidad y oportunidad de pago), debiendo informar al CLIENTE de tal modificación con un aviso en el recibo telefónico y adjuntando un encarte con el texto modificado.
h) El CLIENTE que acceda al Servicio por migración proveniente de otra modalidad de línea y siempre que no adeude suma alguna a TdP queda exceptuado del pago del cargo por cuota de activación. La migración a otra modalidad de servicio importa la extinción de cualquier beneficio que se hubiera otorgado al CLIENTE en virtud de planes anteriores. El acceso al Servicio por migración y las solicitudes posteriores de migración serán atendidas por TdP de acuerdo a la normativa regulatoria vigente. El CLIENTE declara conocer que la solicitud de migración puede dar lugar a la modificación de su exclusiva responsabilidadnúmero telefónico.
i) TdP podrá resolver el presente contrato en caso que el CLIENTE haga un uso indebido del Servicio en el entendido que el Servicio es brindado para ser utilizado como servicio de abonado, LC008 de acuerdo a lo establecido en el presente contrato, en la normativa del sector y demás normas generales de orden público. Para estos efectos, se entenderá por uso indebido del Servicio lo siguiente: (i) la utilización para prestar servicios a terceros, mediante la conformación o no de cabinas o locutorios clandestinos, salvo que exista acuerdo de comercialización con TdP; y (ii) la evidencia de un consumo anómalo del Servicio contratado o cualquiera de sus componentes, notoriamente distinto al consumo del CLIENTE en periodos anteriores o, en su defecto, al de un abonado estándar de la misma categoría. Sin perjuicio de lo prescrito en el presente literal, antes de resolver este contrato, TdP podrá restringir temporalmente la prestación del Servicio, bloqueando el acceso a servicios tales como larga distancia y/o móvil y/o suspendiendo los servicios suplementarios u otras facilidades contratadas, o suspendiendo parcial (llamadas salientes) o totalmente el Servicio.
j) El CLIENTE se obliga a dar al Servicio el uso residencial o comercial declarado en el presente contrato. Asimismo, acepta que en caso TdP tome conocimiento de que el Servicio declarado para un uso residencial está siendo o será destinado a un uso comercial, de acuerdo con los criterios aprobados por OSIPTEL, TdP podrá (i) cambiar la segmentación de la línea de uso residencial a uso comercial. El CLIENTE acepta que en tal supuesto, se le aplicarán las condiciones económicas correspondientes al uso comercial del Servicio que se encuentran vigentes, o; (ii) suspender el Servicio por uso indebido del mismo.
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Samples: Telecommunications
CONDICIONES DEL SERVICIO. El Banco prestará Para efectos del cumplimiento de la prestación del servicio de vigilancia, el contratista se obliga a cumplir, además de las inherentes a la naturaleza del servicio realizando por cuenta y orden del Clientea las derivadas de las disposiciones legales vigentes sobre la materia, y de acuerdo con las instrucciones dadas por el éste, transferencias de dinero desde la Cuenta Dispersora hacía la Cuenta xxx Xxxxxxx. Dichos Traspasos se sujetarán asiguientes obligaciones:
a) El Cliente deberá llenar Asumir bajo su absoluta responsabilidad laboral, la totalidad de manera completa la carga salarial y correcta el layout prestacional vigentes, del personal que se requieran para la prestación de xxxx xx xxxxxxx que el Banco le proporcionará, para llevar al cabo el proceso de asignación de cuentas a los Terceroseste servicio.
b) El Tercero deberá firmar Todas las personas que van a prestar el contrato correspondiente servicio deben estar dotadas de arma, pito y linterna. Todo el personal, sin excepción alguna, debe contar con el respectivo equipo de comunicaciones. Cada puesto de vigilancia, y los respectivos supervisores y jefes de seguridad, deberán contar como mínimo con un radio punto a la apertura punto con frecuencia y licencia de la Cuenta xx Xxxxxxx, y acompañar toda la documentación necesaria para tal efecto. La cuenta deberá ser autoridad competente de depósito de dinero a la vista y estar previamente abierta acuerdo con los puestos detallados en el Banco. El contrato que corresponda deberá de ser por lo menos el correspondiente a la cuenta básica de nómina, sin embargo, el Tercero en cualquier momento podrá solicitar al Banco firmar otro contrato para su cuenta de nómina y que ésta tenga servicios adicionales a la básica de nómina. Las condiciones y comisiones serán las que apliquen a cada producto, y están mencionadas en el contrato xxx Xxxxxxx.ítem No 2.12
c) El Cliente será responsable Los supervisores a cargo de EL CONTRATISTA y los funcionarios que delegue la información que le proporcione al Banco para llevar al cabo los servicios UNIVERSIDAD en las diferentes sedes, deberán contar con un medio de nómina objeto de este Apartadocomunicación inalámbrico, por lo que el Banco no se hace responsable de cualquier reclamación ya sea celular y/o problema que se presente por dicho conceptoradio troncal izado o convencional, con excepción de los casos en que haya negligencia por parte cuyos costos están a cargo del Banco. Por tanto el Banco no será responsable por las alteraciones, sustituciones o cualquier otro evento por el cual no le fuera posible obtener o procesar, parcial o totalmente, las instrucciones generadas por el Cliente, ni será responsable por los efectos que se deriven de ellocontratista.
d) El Cliente tiene la obligación de notificar en forma escrita Cancelar cumplidamente los salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales xx Xxx, al Banco, la separación laboral de cualquiera de los terceros a quienes realice depósitos a más tardar personal que ocupe dentro de los siguientes 15 (quince) días hábiles en que ocurra dicha separación. Las Cuentas la ejecución del contrato, so pena de los Terceros mantendrán las características ser reportado a la Superintendencia de Nómina siempre Vigilancia y cuando reciban periódicamente depósitos por el concepto Seguridad Privada, lo cual podrá ser considerado como causal de “pago de nómina”, de no recibir su pago durante tres meses consecutivos la cuenta pasará terminación unilateral del contrato sin lugar a ser una cuenta de depósito y estará sujeta a los términos y condiciones de éste tipo de productoindemnización alguna.
e) En los accesos vehiculares y peatonales deberán suministrar, bajo su cuenta y riesgo, espejos cóncavos y detector de metales manuales, respectivamente, cuyo número podrá ser verificado en la visita técnica.
f) Prestar los servicios en los sitios indicados en el ítem No 1.1.1.1, quedando la UNIVERSIDAD, facultada para aumentar, disminuir o reubicar los sitios de vigilancia y el número de vigilantes, de acuerdo a sus necesidades.
g) Destinar personal diferente para cada uno de los turnos programados, de tal forma que el personal que preste el servicio de las 06:00 a las 18:00 horas, sea diferente del que presta el servicio desde las 18:00 a las 06:00 horas del día siguiente. Los errores insertados turnos que conforman el puesto de vigilancia contratado deberán tener una rotación periódica a criterio del interventor y cuando las necesidades y circunstancias así lo ameriten.
h) Dotar al personal de vigilancia y de supervisión, de los uniformes completos y distintivos de que trata el artículo 103 del Decreto 356 de 1994 y las Resoluciones 2350 de 2001 y 00510 de 2004, armado con revolver mínimo calibre 38 largo, en perfecto estado de funcionamiento con sus respectivos permisos expedidos por las autoridades competentes, de conformidad con lo establecido en el cliente artículo 11 del Decreto 2535 del 17 de diciembre de 1993 y demás normas que lo sustituyan, adicionen o reformen, equipo de lluvia (bota de caucho media caña y poncho), los cuales los proponentes podrían verificar en relación la respectiva visita técnica.
i) Proveer para su identificación al personal del servicio de vigilancia y seguridad privada, de una credencial expedida por la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada, de conformidad con lo establecido en la cuenta xx Xxxxxxx y con respecto al monto resolución 00510 de la transferencia, así como la fecha de aplicación, son de su exclusiva responsabilidad2004.
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Samples: Contratación De Servicios
CONDICIONES DEL SERVICIO. El Banco prestará TITULAR debe contar con un dispositivo móvil y haber descargado la aplicación móvil (APP), desde una tienda de aplicaciones Android o IOS, la cual le permitirá la afiliación al servicio de Billetera Móvil a través de la aceptación del presente documento, en los términos específicos que se detallan a continuación.
3.1. El TITULAR proporciona voluntariamente sus datos de carácter personal e información de su documento de identificación y acepta de forma expresa, plenamente y sin reservas que el BANCO los analice para poder atender su afiliación a este servicio. Sus datos no serán cedidos a terceros ni utilizados para ninguna otra finalidad distinta a la establecida en este Contrato, en la normativa legal y regulatoria vigente.
3.2. El TITULAR declara conocer y aceptar que la información proporcionada al BANCO tiene carácter de declaración jurada y conlleva la condición de confesión, verdad y certeza jurídica, de conformidad con el Artículo 1322 del Código Civil y el Artículo 157 del Código Procesal Civil y, en caso de inexactitud o falsedad, habilita al BANCO a cesar la prestación del servicio realizando de Billetera Móvil y, si corresponde, dar por cuenta terminado este Contrato, pudiendo conllevar las penalidades establecidas en el Artículo 169 del Código Penal como falso testimonio.
3.3. El TITULAR declara conocer y orden del Clienteaceptar que la afiliación a este servicio de Billetera Móvil es un proceso habilitado únicamente para persona natural, mayor de edad, con residencia en el Estado Plurinacional de Bolivia, y se compromete a utilizar la Billetera Móvil estrictamente para fines lícitos, observando los principios de acuerdo legalidad, buena fe y buenas costumbres.
3.4. El TITULAR declara que no ocupa o ha ocupado ningún cargo Político Jerárquico (PEP) en el territorio nacional o un país extranjero en los últimos 10 años; entendiéndose que una PEP es la persona expuesta políticamente, o un individuo que cumple con las instrucciones dadas funciones importantes en el país o el exterior como servidor público de alto nivel en Órganos del Estado, Tribunal Constitucional, Ministerio Público, Militar o Policía de alto rango, ejecutivo de alto nivel de empresas o corporaciones estatales, cónsul o embajador, entre otros, por definición y requerimiento de la Resolución Administrativa N° UIF/063/2019 de fecha 22 xx xxxxxx de 2019, emitida por la Unidad de Investigaciones Financieras UIF Bolivia.
3.5. El TITULAR declara conocer y aceptar que su única nacionalidad es boliviana, que sólo tiene obligaciones fiscales/tributarias en Bolivia, y se compromete a comunicar al BANCO cualquier cambio de circunstancias que haga que la información brindada sea incorrecta, así como a proporcionar una declaración actualizada en un plazo de 30 días, a partir de la fecha del cambio de circunstancias. En este sentido, el TITULAR autoriza al BANCO a proporcionar, directa o indirectamente, la información declarada por el ésteTITULAR y/o proporcionar una copia de los documentos -físicos o digitales- presentados a la autoridad fiscal pertinente o a cualquier parte autorizada para auditar o realizar un control al BANCO, transferencias en cumplimiento de dinero desde sus obligaciones legales.
3.6. El TITULAR declara conocer y aceptar que la Cuenta Dispersora hacía información que brinda puede ser requerida y utilizada para cumplir con acuerdos internacionales para el intercambio automático de información financiera, suscritos o que suscriba el Estado Plurinacional de Bolivia, así como cualquier otra legislación local o internacional relacionada a ello, tales como el D.S. N° 256- 2018-EF (Estándar Común de Reporte), la Cuenta xxx XxxxxxxLey de Fiscalización de Cuentas Extranjeras (FATCA) y cualquier otra norma vinculada, incluyendo sus modificaciones en el tiempo.
3.7. Dichos Traspasos se sujetarán a:
a) El Cliente deberá llenar de manera completa BANCO podrá verificar y correcta validar la información proporcionada por el layout de xxxx xx xxxxxxx que el Banco le proporcionará, para llevar al cabo TITULAR en el proceso de asignación afiliación a la Billetera Móvil y aceptación de cuentas este Contrato, razón por la cual el TITULAR de forma expresa autoriza al BANCO a solicitar, verificar, intercambiar y actualizar la información del TITULAR, según corresponda, con el Registro Único de Información del SEGIP, Burós de Información u otras fuentes de información que fueran necesarias, al momento de establecer la relación comercial y mientras dure la misma. En caso de que el BANCO identifique irregularidades o incongruencias en los Tercerosdatos del TITULAR, o si el TITULAR presentara reportes o antecedentes negativos en el sistema financiero, el BANCO podrá cesar la prestación del servicio de Xxxxxxxxx Xxxxx y, si corresponde, dar por terminado este Contrato, lo cual es de pleno conocimiento del TITULAR.
b) El Tercero deberá firmar 3.8. Para la afiliación al servicio, el contrato TITULAR debe registrar su número de celular (correspondiente a la apertura una empresa de telefonía móvil boliviana), el cual será a su vez el número de la Cuenta xx Xxxxxxxcuenta de pago del TITULAR en el Banco de Crédito de Bolivia S.A., y acompañar toda mediante la documentación necesaria para tal efecto. La cuenta deberá cual podrá efectivizar las operaciones con el dinero electrónico, que podrá ser cargado en efectivo o a través de depósito los medios y canales que fueran habilitados por el BANCO, dentro de dinero los horarios definidos y los límites de montos transaccionales establecidos en cumplimiento a la vista y estar previamente abierta normativa vigente (mismos que serán actualizados de forma permanente en el Bancola página web del BANCO y/o Billetera Móvil).
3.9. El servicio de Billetera Móvil y la aceptación y vigencia de este contrato que corresponda deberá se harán efectivos con la primera transacción u operación realizada por el TITULAR a través de ser por lo menos el correspondiente a la cuenta básica de nómina, sin embargo, el Tercero en cualquier momento podrá solicitar al Banco firmar otro contrato para su cuenta de nómina y que ésta tenga servicios adicionales a la básica de nómina. Las condiciones y comisiones serán las que apliquen a cada producto, y están mencionadas en el contrato xxx XxxxxxxBilletera Móvil.
c) 3.10. El Cliente será responsable TITULAR declara conocer y aceptar que la aplicación móvil (APP), también se constituye en canal electrónico de la información que le proporcione al Banco para llevar al cabo los servicios de nómina objeto de este Apartadopago, por lo que el Banco no se hace responsable podrá, cuando corresponda, ser utilizada como tal para afiliar y procesar órdenes de cualquier reclamación o problema pago originadas con otro(s) instrumento(s) electrónico(s) de pago que se presente por dicho concepto, con excepción de los casos en que haya negligencia por parte del Banco. Por tanto el Banco no será responsable por las alteraciones, sustituciones o cualquier otro evento por el cual no le fuera posible obtener o procesar, parcial o totalmente, las instrucciones generadas por el Cliente, ni será responsable por los efectos que se deriven de elloencuentre(n) habilitado(s) al efecto.
d) El Cliente tiene la obligación de notificar en forma escrita al Banco, la separación laboral de cualquiera de los terceros a quienes realice depósitos a más tardar dentro de los siguientes 15 (quince) días hábiles en que ocurra dicha separación. Las Cuentas de los Terceros mantendrán las características de Nómina siempre y cuando reciban periódicamente depósitos por el concepto de “pago de nómina”, de no recibir su pago durante tres meses consecutivos la cuenta pasará a ser una cuenta de depósito y estará sujeta a los términos y condiciones de éste tipo de producto.
e) Los errores insertados por el cliente en relación con la cuenta xx Xxxxxxx y con respecto al monto de la transferencia, así como la fecha de aplicación, son de su exclusiva responsabilidad.
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios De Billetera Móvil
CONDICIONES DEL SERVICIO. El Banco EL SISTEMA prestará el servicio realizando por cuenta contratado de acuerdo a las siguientes condiciones:
a. EL SISTEMA promoverá la comercialización de los servicios del CLIENTE, sujetándose a lo establecido en el Documento “Términos y orden Condiciones” que se encuentra publicado en: xxxx://xxx.xx0xxxx.xxx/xxxxxxxxx.xxx
b. EL SISTEMA podrá variar el documento “Términos y Condiciones”, el cual entrará en vigencia luego de 15 días de haberlo comunicado al CLIENTE con las modificaciones propuestas.
c. EL CLIENTE proporcionará a COMELTUR los datos de su empresa, servicios a comercializar y tarifas en el formulario proporcionado COMELTUR.
d. Los datos de EL CLIENTE serán publicados en el SISTEMA durante el periodo especificado en el presente contrato.
e. La veracidad de los datos del ClienteCLIENTE, información sobre los servicios a prestar se encuentran bajo total responsabilidad del CLIENTE.
f. Si COMELTUR encuentra que la información total o parcial del CLIENTE no se ajustan a la verdad, se reserva el derecho de resolver el presente contrato.
g. Si el CLIENTE hubiese recibido la transferencia del pago, y el usuario del servicio cancela su reserva, deberá devolver el dinero a COMELTUR de acuerdo con las instrucciones dadas a lo establecido en el documento “Términos y Condiciones”. La devolución deberá efectuarse en un plazo máximo de dos días útiles bancarios (48 horas), luego de haber recibido la comunicación escrita o por correo electrónico, de cancelación de la reserva. La devolución se realizará mediante depósito en la cuenta corriente en dólares de COMELTUR Nº 0011-0367-02-0100011596, del BBVA Banco Continental.
h. EL CLIENTE podrá variar sus tarifas y servicios publicados, mediante comunicación escrita a COMELTUR y el éstepago correspondiente por cada modificación, transferencias quienes en un plazo hasta de dinero 10 días dispondrán la actualización de la base de datos que se publica en EL SISTEMA, momento desde el cual entrarán en vigencia los cambios.
i. A solicitud voluntaria del CLIENTE podrá solicitar la Cuenta Dispersora hacía la Cuenta xxx Xxxxxxx. Dichos Traspasos se sujetarán a:
a) El Cliente deberá llenar habilitación el motor de manera completa reservas y correcta pagos on-line de EL SISTEMA para ser implementado en el layout de xxxx xx xxxxxxx que el Banco le proporcionaráweb site del CLIENTE, para llevar al cabo el proceso lo cual COMELTUR le proveerá los códigos correspondientes y normas técnicas de asignación de cuentas a los Tercerosuso.
b) El Tercero deberá firmar el contrato correspondiente a la apertura de la Cuenta xx Xxxxxxx, y acompañar toda la documentación necesaria para tal efecto. La cuenta deberá ser de depósito de dinero a la vista y estar previamente abierta en el Banco. El contrato que corresponda deberá de ser por lo menos el correspondiente a la cuenta básica de nómina, sin embargo, el Tercero en cualquier momento podrá solicitar al Banco firmar otro contrato para su cuenta de nómina y que ésta tenga servicios adicionales a la básica de nómina. Las condiciones y comisiones serán las que apliquen a cada producto, y están mencionadas en el contrato xxx Xxxxxxx.
c) El Cliente será responsable de la información que le proporcione al Banco para llevar al cabo los servicios de nómina objeto de este Apartado, por lo que el Banco no se hace responsable de cualquier reclamación o problema que se presente por dicho concepto, con excepción de los casos en que haya negligencia por parte del Banco. Por tanto el Banco no será responsable por las alteraciones, sustituciones o cualquier otro evento por el cual no le fuera posible obtener o procesar, parcial o totalmente, las instrucciones generadas por el Cliente, ni será responsable por los efectos que se deriven de ello.
d) El Cliente tiene la obligación de notificar en forma escrita al Banco, la separación laboral de cualquiera de los terceros a quienes realice depósitos a más tardar dentro de los siguientes 15 (quince) días hábiles en que ocurra dicha separación. Las Cuentas de los Terceros mantendrán las características de Nómina siempre y cuando reciban periódicamente depósitos por el concepto de “pago de nómina”, de no recibir su pago durante tres meses consecutivos la cuenta pasará a ser una cuenta de depósito y estará sujeta a los términos y condiciones de éste tipo de producto.
e) Los errores insertados por el cliente en relación con la cuenta xx Xxxxxxx y con respecto al monto de la transferencia, así como la fecha de aplicación, son de su exclusiva responsabilidad.
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios De Publicación en Internet Y Comercio Electrónico
CONDICIONES DEL SERVICIO. La Empresa suministrante deberá proporcionar los insumos que requiera el equipo para su eficiente funcionamiento, excepto el papel. - El Banco prestará Administrador de Contrato podrá disponer de las copias de los demás equipos que no sean utilizadas en las cuotas correspondientes a cada mes, pudiendo asignarlas a otros equipos aún si estos se encuentran en diferentes áreas. - Adicional a la cuota mensual de copias asignado se deberá disponer de una cantidad de copias correspondiente al veinticinco por ciento de la cuota establecida para cubrir necesidades en caso de agotar el número de copias asignadas inicialmente. - El MINSAL podrá aumentar el número de equipos, sin costo alguno. - El mantenimiento de los equipos será por cuenta de la empresa suministrante, para lo cual deberá presentar un programa de revisiones periódicas de mantenimiento preventivo de los equipos, sin recargo adicional para el Ministerio, lo cual deberá detallar en su oferta, incluyendo la capacidad instalada con que cuenta para dar el servicio realizando de mantenimiento (equipo, repuestos, recursos humanos, etc.). - La empresa suministrante deberá realizar el mantenimiento correctivo las veces que el MINSAL lo solicite, cuando se presente cualquier tipo de problema en el funcionamiento normal de la Maquina Fotocopiadora. - Cuando un equipo arrendado presente fallas en su funcionamiento deberá ser sustituido en un lapso no mayor de 24 horas por cuenta otro de igual o superior capacidad, sin recargo alguno para el MINSAL. - La empresa suministrante del servicio por arrendamiento deberá presentar mensualmente la facturación de cobro, detallando el consumo y orden costo de copias por máquina y por dependencia, será responsabilidad del Clienteencargado de operar la máquina en cada dependencia conjuntamente con el Representante de que la empresa designe, y el control mensual del contador de consumo de reproducciones. - Las empresas que participen deberán incluir en su oferta el costo por copia, incluyendo el impuesto del IVA, ya que el Ministerio de Salud es agente de retención. - Las empresas deberán indicar el tipo de equipos que ofrecen incluyendo sus especificaciones técnicas, la capacidad de reproducción por minuto de cada equipo de acuerdo con las instrucciones dadas por el éste, transferencias de dinero desde la Cuenta Dispersora hacía la Cuenta xxx Xxxxxxx. Dichos Traspasos se sujetarán a:
a) El Cliente deberá llenar de manera completa y correcta el layout de xxxx xx xxxxxxx que el Banco le proporcionará, para llevar al cabo el proceso de asignación de cuentas a los Terceros.
b) volúmenes de reproducción de cada dependencia; según cuadros anteriores (descripción y ubicación de fotocopiadoras), además de anexar catálogos en original de los mismos. - Especificar cualquier otro beneficio que mejore su oferta. - Para la configuración de cualquier maquina fotocopiadora ubicada en el MINSAL, la Empresa se coordinará con la Dirección de Tecnologías de Información y Comunicación del Nivel Central; y en las Regiones de Salud con los administradores de contrato. - El Tercero deberá firmar el contrato correspondiente traslado e instalación de un equipo de una dependencia a la apertura otra, será responsabilidad de la Cuenta xx Xxxxxxxempresa contratante, y acompañar toda la documentación necesaria para tal efectosin costo adicional al MINSAL. La cuenta deberá ser de depósito de dinero a la vista y estar previamente abierta - Sera necesario que en el Banco. El contrato que corresponda deberá Nivel Central y en cada una de ser por lo menos el correspondiente a la cuenta básica de nóminalas Regiones, sin embargo, el Tercero en cualquier momento podrá solicitar al Banco firmar otro contrato para su cuenta de nómina y que ésta tenga servicios adicionales a la básica de nómina. Las condiciones y comisiones serán las que apliquen a cada producto, y están mencionadas en el contrato xxx Xxxxxxx.
c) El Cliente será responsable de la información que le proporcione al Banco para llevar al cabo los servicios de nómina objeto de este Apartado, por lo que el Banco no se hace responsable de cualquier reclamación o problema que se presente por dicho concepto, con excepción de los casos en que haya negligencia asigne un Técnico permanente por parte del Banco. Por tanto el Banco no será responsable por Contratista para solventar las alteraciones, sustituciones o cualquier otro evento por el cual no le fuera posible obtener o procesar, parcial o totalmente, las instrucciones generadas por el Cliente, ni será responsable por los efectos que se deriven de ello.
d) El Cliente tiene la obligación de notificar en forma escrita al Banco, la separación laboral de cualquiera necesidades y buen funcionamiento de los terceros a quienes realice depósitos a más tardar dentro de los siguientes 15 (quince) días hábiles en que ocurra dicha separación. Las Cuentas de los Terceros mantendrán las características de Nómina siempre y cuando reciban periódicamente depósitos por el concepto de “pago de nómina”, de no recibir su pago durante tres meses consecutivos la cuenta pasará a ser una cuenta de depósito y estará sujeta a los términos y condiciones de éste tipo de productoequipos.
e) Los errores insertados por el cliente en relación con la cuenta xx Xxxxxxx y con respecto al monto de la transferencia, así como la fecha de aplicación, son de su exclusiva responsabilidad.
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Samples: Licitación
CONDICIONES DEL SERVICIO. El Banco prestará el servicio realizando por cuenta y orden del Cliente, y de acuerdo con las instrucciones dadas por el éste, transferencias de dinero desde la Cuenta Dispersora hacía la Cuenta xxx Xxxxxxx. Dichos Traspasos se sujetarán a:
a) a. El Cliente deberá llenar de manera completa y correcta el layout de xxxx xx xxxxxxx que el Banco le proporcionará, para llevar al cabo el proceso de asignación de cuentas a los Terceros.
b) b. El Tercero deberá firmar el contrato correspondiente a la apertura de la Cuenta xx Xxxxxxx, y acompañar toda la documentación necesaria para tal efecto. La cuenta Cuenta deberá ser de depósito de dinero a la vista y estar previamente abierta en el Banco. El contrato Contrato que corresponda deberá de ser por lo menos el correspondiente a la cuenta básica Cuenta Básica de nóminaNómina, sin embargo, el Tercero en cualquier momento podrá solicitar al Banco firmar otro contrato Contrato para su cuenta Cuenta de nómina Nómina y que ésta tenga servicios adicionales a la básica de nómina. Las condiciones y comisiones serán las que apliquen a cada producto, y están mencionadas en el contrato xxx Xxxxxxx.
c) c. El Cliente será responsable de la información que le proporcione al Banco para llevar al cabo los servicios de nómina objeto de este Apartado, por lo que el Banco no se hace responsable de cualquier reclamación o problema que se presente por dicho concepto, con excepción de los casos en que haya negligencia por parte del Banco. Por tanto lo tanto, el Banco no será responsable por las alteraciones, sustituciones o cualquier otro evento por el cual no le fuera posible obtener o procesar, parcial o totalmente, las instrucciones generadas por el Cliente, ni será responsable por los efectos que se deriven de ello.
d) d. El Cliente tiene la obligación de notificar en forma escrita al Banco, la separación laboral de cualquiera de los terceros a quienes realice depósitos a más tardar dentro de los siguientes 15 (quince) días hábiles en que ocurra dicha separación. Las Cuentas de los Terceros mantendrán las características de Nómina siempre y cuando reciban periódicamente depósitos por el concepto de “pago de nómina”, de no recibir su pago durante tres 3 (tres) meses consecutivos la cuenta pasará a ser una cuenta de depósito y estará sujeta a los términos y condiciones de éste tipo de producto.
e) e. Los errores insertados por el cliente Cliente en relación con la cuenta xx Xxxxxxx y con respecto al monto de la transferencia, así como la fecha de aplicación, son de su exclusiva responsabilidad.
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CONDICIONES DEL SERVICIO. El Banco prestará SERVICIO se presta por MOVISTAR de manera no exclusiva, para el territorio español y por el tiempo de duración determinado en el PCP. El SERVICIO se presta por MOVISTAR utilizando la red global de comunicaciones conocida como Internet como medio de acceso a la red del OPERADOR quien, por lo demás, proporciona la logística y facilidades necesarias para la prestación de los servicios de localización. El OPERADOR podrá enviar de forma periódica y aleatoria a los USUARIO(s) DE CONEXIÓN mensajes cortos indicando la posibilidad de ser localizados a través de la APLICACIÓN. EL CLIENTE deberá proporcionar a MOVISTAR la información y los medios necesarios para la correcta prestación de tales servicios; toda modificación deberá ser notificada a MOVISTAR por escrito y con carácter previo. MOVISTAR proporcionará el SERVICIO, en tanto y en cuanto EL CLIENTE le haya facilitado una lista de Unidades Móviles (números de teléfono móviles) que desee incorporar al sistema de localización, para lo cual se adjunto un formulario tipo a cumplimentar en el Anexo1. EL CLIENTE deberá adoptar cuantas actuaciones fueran necesarias con el objeto de obtener la autorización por escrito de los USUARIOS DE CONEXIÓN y su consentimiento en la medida en que fuera exigible con arreglo a lo dispuesto en la legislación sobre protección de datos de carácter personal., EL CLIENTE es plenamente responsable respecto del uso que los USUARIOS DE CONEXIÓN hagan del SERVICIO, debiendo advertirles de sus derechos y obligaciones en función de lo establecido en el presente Contrato. En este sentido, EL CLIENTE adoptará las medidas necesarias para impedir un acceso indebido a los PRODUCTOS y localizaciones de UNIDADES MÓVILES dadas de alta en el SERVICIO sin que MOVISTAR asuma responsabilidad alguna por el incumplimiento de las medidas en cuestión pudiendo, en la medida en que ello fuera necesario, repetir contra aquella. EL CLIENTE no podrá incorporar, transformar, modificar y/o ampliar la información alfanumérica y/o cartográfica del PRODUCTO facilitada a través del SERVICIO, sin autorización previa y por escrito de MOVISTAR. La prestación del SERVICIO por parte de MOVISTAR se basará en el dato de localización y la información facilitada por la plataforma del OPERADOR mediante la provisión de las coordenadas geográficas donde está ubicada la estación base que da servicio realizando a la UNIDAD MÓVIL. MOVISTAR suministrará a EL CLIENTE la información sobre la localización geográfica requerida según se trate de peticiones de posición o de "tracking". EL CLIENTE es consciente de que la precisión de la localización podrá venir determinada por cuenta factores varios. En tal sentido, si la localización solicitada no estuviere disponible en tiempo y orden del Clienteforma, y ello fuere imputable a una falta de acuerdo con las instrucciones dadas por el éste, transferencias de dinero desde la Cuenta Dispersora hacía la Cuenta xxx Xxxxxxx. Dichos Traspasos se sujetarán a:
a) El Cliente deberá llenar de manera completa y correcta el layout de xxxx xx xxxxxxx que el Banco le proporcionará, para llevar al cabo el proceso de asignación de cuentas a los Terceros.
b) El Tercero deberá firmar el contrato correspondiente a la apertura de la Cuenta xx Xxxxxxx, y acompañar toda la documentación necesaria para tal efecto. La cuenta deberá ser de depósito de dinero a la vista y estar previamente abierta en el Banco. El contrato que corresponda deberá de ser por lo menos el correspondiente a la cuenta básica de nómina, sin embargo, el Tercero en cualquier momento podrá solicitar al Banco firmar otro contrato para su cuenta de nómina y que ésta tenga servicios adicionales a la básica de nómina. Las condiciones y comisiones serán las que apliquen a cada producto, y están mencionadas en el contrato xxx Xxxxxxx.
c) El Cliente será responsable suministro de la información que le proporcione al Banco para llevar al cabo los servicios de nómina objeto de este Apartadonecesaria por parte del OPERADOR, por lo que el Banco no se hace responsable derivará para MOVISTAR ninguna responsabilidad a ese respecto. En el caso en que la localización no pueda hacerse efectiva en el supuesto de cualquier reclamación producirse alguna irregularidad relativa a la línea a localizar como puede ser robo, bloqueo temporal o problema definitivo del teléfono, móvil apagado o existencia de dos terminales con el mismo número de teléfono, así como falta o retraso en el pago al operador por el servicio de la línea, MOVISTAR se exime de toda responsabilidad. EL CLIENTE conoce y acepta que, según el estado actual de la tecnología, la precisión de la información no es la del lugar exacto en el que se presente por dicho conceptoencuentra el terminal, con excepción sino la zona de cobertura de una determinada estación de base de la red GSM. Por otro lado, la calidad del posicionamiento está sujeta a la disponibilidad de la red y tiene un margen de error variable en función de si el entorno es urbano o rural. Añadido a lo anterior, en los casos en que haya negligencia se produzca congestión en una determinada estación base de la red, puede ocurrir que la celda que de cobertura a un usuario, no sea la más cercana a su posición. Por la tanto, EL CLIENTE conoce y acepta estas limitaciones técnicas que son inherentes a la prestación de este tipo de servicios y exime a MOVISTAR de cualquier responsabilidad que por las irregularidades que se pudieran producir en la prestación del SERVICIO, tuviera lugar frente a EL CLIENTE o terceros por los daños directos o indirectos ocasionados. El CLIENTE por la firma del presente, garantiza a MOVISTAR que informa adecuadamente a sus empleados y colaboradores que van a ser localizados y para ello se les suministrará el correspondiente formulario de altas de unidades móviles que deberá ser cumplimentado por EL CLIENTE incluyendo la aceptación de la persona que será localizada en cada terminal. EL CLIENTE no transferirá, traspasará, arrendará, venderá ni dispondrá de otra forma del contenido del SERVICIO objeto del presente Contrato, ya sea total o parcialmente, de forma temporal, gratuita ni onerosa. Asimismo queda prohibida la reproducción total o parcial de los PRODUCTOS, salvo lo expresamente autorizado en el presente Contrato. EL CLIENTE sólo podrá utilizar los PRODUCTOS para los fines descritos en el presente contrato, quedando expresamente prohibido compartir su uso con terceros distintos de los USUARIOS DE CONEXIÓN. EL CLIENTE no podrá sublicenciar los derechos aquí cedidos a terceros ni prestar en régimen de ASP o similar los SERVICIOS en cuestión. El CLIENTE no podrá modificar el formato de almacenamiento digital de las bases de datos que se incluyan en el SERVICIO. MOVISTAR no podrá facilitar el SERVICIO en la medida en que los USUARIOS DE CONEXIÓN hayan desbloqueado la localización. MOVISTAR no podrá, por lo demás, modificar los horarios de localización de los USUARIOS DE CONEXIÓN toda vez que constituyen parámetros dependientes directamente de la voluntad de estos. La prestación del SERVICIO por parte de MOVISTAR requerirá que la UNIDAD MÓVIL se encuentre bajo la cobertura del Banco. Por tanto el Banco no será responsable por OPERADOR y se halle dentro del territorio nacional excluyéndose de forma expresa las alteraciones, sustituciones o cualquier otro evento por el cual no le fuera posible obtener o procesar, parcial o totalmente, las instrucciones generadas por el Cliente, ni será responsable por los efectos UNIDADE(s) MOVILE(s) que se deriven de ellohallaren en itinerancia.
d) El Cliente tiene la obligación de notificar en forma escrita al Banco, la separación laboral de cualquiera de los terceros a quienes realice depósitos a más tardar dentro de los siguientes 15 (quince) días hábiles en que ocurra dicha separación. Las Cuentas de los Terceros mantendrán las características de Nómina siempre y cuando reciban periódicamente depósitos por el concepto de “pago de nómina”, de no recibir su pago durante tres meses consecutivos la cuenta pasará a ser una cuenta de depósito y estará sujeta a los términos y condiciones de éste tipo de producto.
e) Los errores insertados por el cliente en relación con la cuenta xx Xxxxxxx y con respecto al monto de la transferencia, así como la fecha de aplicación, son de su exclusiva responsabilidad.
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Samples: Geolocation Service Agreement
CONDICIONES DEL SERVICIO. El Banco prestará el servicio realizando por cuenta y orden objeto del Cliente, y de acuerdo con presente Contrato tendrá las instrucciones dadas por el éste, transferencias de dinero desde la Cuenta Dispersora hacía la Cuenta xxx Xxxxxxx. Dichos Traspasos se sujetarán asiguientes características:
a) MUTUACTIVOS AV emitirá recomendaciones personalizadas por escrito al Cliente, en papel o en otro soporte duradero, sobre la estructura y composición de su cartera en función de sus conocimientos y experiencia, su situación financiera particular, incluida su capacidad para soportar pérdidas y sus objetivos de inversión, incluida su tolerancia al riesgo. MUTUACTIVOS llevará un registro de todas las recomendaciones emitidas. Las recomendaciones de inversión se presentarán como idóneas para el Cliente. En aquellos casos en los que se planteen cambios de inversión se realizará un análisis coste- beneficio y analizarán las ventajas y desventajas de la nueva inversión propuesta. En caso de que sea el Cliente quien se dirija a MUTUACTIVOS AV para consultar la idoneidad de una operación concreta, MUTUACTIVOS AV deberá analizar la operación en relación con la cartera de valores asesorada y si a juicio de MUTUACTIVOS AV la operación no puede considerarse idónea para el Cliente, MUTUACTIVOS AV informará claramente al mismo de dicha circunstancia y le facilitará una recomendación por escrito (o de forma fehaciente), que deberá ser firmada en el sentido de que su recomendación es que el Cliente no realice dicha operación. Adicionalmente, con la finalidad de proteger el interés del Cliente, MUTUACTIVOS AV podrá limitar el número de iniciativas de inversión realizadas por el Cliente. Con posterioridad a la emisión de la recomendación, en caso de que el Cliente desee llevar a cabo las operaciones objeto de asesoramiento podrá ordenárselo a MUTUACTIVOS AV. En ningún caso, será decisión de MUTUACTIVOS AV la ejecución de las operaciones objeto de asesoramiento, siendo facultad exclusiva del Cliente quien, en base al asesoramiento recibido, deberá aceptar o rechazar la recomendación para su ejecución. MUTUACTIVOS AV se obliga a comportarse, en la prestación del servicio de asesoramiento en materia de inversión, con diligencia y transparencia en interés del Cliente, cuidando de tales intereses como si fueran propios, aplicando siempre criterios profesionales, quedando exonerado de responsabilidad, salvo supuestos de negligencia, evidente fraude o mala fe. El Cliente deberá llenar manifiesta que conoce y acepta expresamente que las decisiones sobre las órdenes de manera completa y correcta el layout de xxxx xx xxxxxxx inversión que el Banco le proporcionará, para llevar al cabo el proceso de asignación de cuentas a los Terceros.
b) El Tercero deberá firmar el contrato correspondiente a la apertura se deriven de la Cuenta xx Xxxxxxx, y acompañar toda la documentación necesaria para tal efecto. La cuenta deberá ser prestación de depósito de dinero a la vista y estar previamente abierta en el Banco. El contrato que corresponda deberá de ser por lo menos el correspondiente a la cuenta básica de nómina, sin embargo, el Tercero en cualquier momento podrá solicitar al Banco firmar otro contrato para su cuenta de nómina y que ésta tenga servicios adicionales a la básica de nómina. Las condiciones y comisiones serán las que apliquen a cada producto, y están mencionadas en el contrato xxx Xxxxxxx.
c) El Cliente será responsable de la información que le proporcione al Banco para llevar al cabo los servicios objeto del Contrato, serán, en todo caso, tomadas de nómina objeto de este Apartadoforma exclusiva por el Cliente, por lo que, en consecuencia, asume los riesgos y resultados de las operaciones de inversión que el Banco realice. MUTUACTIVOS AV no garantiza, ni puede garantizar, rentabilidad fija o mínima alguna, ni se hace responsable de cualquier reclamación o problema las pérdidas que se presente puedan producir por dicho concepto, con excepción las inversiones que se realicen por el Cliente al materializar las recomendaciones de inversión derivadas de las fluctuaciones de los casos en que haya negligencia por parte del Bancomercados. Por tanto el Banco De igual forma, MUTUACTIVOS AV no será responsable por de las alteraciones, sustituciones o cualquier otro evento por el cual no le fuera posible obtener o procesar, parcial o totalmente, las instrucciones generadas por el Cliente, ni será responsable por los efectos Operaciones que se deriven de ello.
d) El Cliente tiene la obligación de notificar en forma escrita al Banco, la separación laboral de cualquiera de los terceros a quienes realice depósitos a más tardar dentro de los siguientes 15 (quince) días hábiles en que ocurra dicha separación. Las Cuentas de los Terceros mantendrán las características de Nómina siempre y cuando reciban periódicamente depósitos por el concepto de “pago de nómina”, de no recibir su pago durante tres meses consecutivos la cuenta pasará a ser una cuenta de depósito y estará sujeta a los términos y condiciones de éste tipo de producto.
e) Los errores insertados por el cliente en relación con la cuenta xx Xxxxxxx y con respecto realice al monto margen de la transferencia, así como la fecha de aplicación, son de su exclusiva responsabilidadsus recomendaciones.
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CONDICIONES DEL SERVICIO. El Banco prestará el servicio realizando 3.1 Las partes reconocen y aceptan que la prestación de los Servicios, se encuentra regida por cuenta lo establecido en la Concesión y orden del Clientea las diversas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas aplicables, la Ley Federal de acuerdo con las instrucciones dadas por el ésteTelecomunicaciones y Radiodifusión, transferencias la Ley Federal de dinero desde Protección al Consumidor, así como la Cuenta Dispersora hacía NOM-184-SCFI-21012- Prácticas Comerciales Elementos Normativos para la Cuenta xxx Xxxxxxx. Dichos Traspasos se sujetarán a:
a) El Cliente deberá llenar Comercialización y/o Prestación de manera completa y correcta el layout los Servicios de xxxx xx xxxxxxx que el Banco le proporcionará, para llevar al cabo el proceso Telecomunicaciones cuando utilicen una Red Pública de asignación de cuentas a los TercerosTelecomunicaciones.
b) 3.2 El Tercero deberá firmar el contrato correspondiente a la apertura de la Cuenta xx Xxxxxxx, y acompañar toda la documentación necesaria para tal efecto. La cuenta deberá ser de depósito de dinero a la vista y estar previamente abierta en el Banco. El contrato que corresponda deberá de ser por lo menos el correspondiente a la cuenta básica de nómina, sin embargo, el Tercero Suscriptor podrá contratar en cualquier momento nuevos Servicios, siempre y cuando se encuentre al corriente de sus pagos. Los Servicios Adicionales podrán ser contratados mediante la solicitud de Contrato o en forma posterior ya sea por escrito, vía electrónica o telefónica utilizando su número confidencial otorgado por el Proveedor y se cobrarán por tiempo, evento o cualquier otra modalidad según el tipo de Servicio. Estos Servicios Adicionales podrán ser cancelados por el Suscriptor en cualquier momento y por los mismos medios por los que contrató. La cancelación de los Servicios Adicionales se realizará máximo a los 5 (cinco) días posteriores a la recepción de la solicitud respectiva. El Proveedor no podrá condicionar la prestación de los Servicios Originalmente Contratados a la contratación de un servicio adicional. El Proveedor podrá ofrecer al Suscriptor los servicios adicionales o productos por separado o empaquetados a menos que estos dependan de los Servicios Originalmente Contratados para su prestación.
3.3 El Suscriptor podrá cambiar de Plan Tarifario por otro distinto durante el Plazo Mínimo, previa solicitud realizada en CAP, llamando al CAT o en xxx.xxx.xxx.xx o en la aplicación Mi ATT, sin presentar adeudo alguno y pagando el costo remanente del equipo. En caso de que el Proveedor cambie el Plan Xxxxxxxxx contratado por el Suscriptor sin el consentimiento de éste, por otro distinto durante el Plazo Mínimo, las partes se sujetarán a lo establecido en la cláusula 14 e incisos correspondientes.
3.4 El Suscriptor podrá solicitar al Banco firmar otro contrato para su cuenta el bloqueo de nómina y los Servicios, a menos que ésta tenga servicios adicionales a existan condiciones técnicas ineludibles que impidan la básica ejecución de nómina. Las condiciones y comisiones serán las dicha solicitud, procedimiento que apliquen a cada producto, y están mencionadas se podrá realizar en el contrato xxx Xxxxxxxcualquier CAP.
c) El Cliente será responsable 3.5 Cuando el Suscriptor exceda su Límite de Autorización por los consumos de los Servicios, el Proveedor podrá suspender temporalmente los Servicios que puedan generar cargos a su factura. En caso de encontrarse vencida el Suscriptor deberá pagar el importe total de la información que le proporcione misma.
3.6 Queda prohibido al Banco Suscriptor usar los Servicios o Equipos para llevar al cabo los servicios de nómina objeto de este Apartado, cualquier fin prohibido por lo que el Banco no se hace responsable de cualquier reclamación las leyes o problema que se presente por dicho concepto, con excepción de los demás disposiciones legales o reglamentarias aplicables. En aquellos casos en que haya negligencia el Proveedor determine que el uso de los Servicios por parte del Banco. Por tanto Suscriptor afecta o puede llegar a afectar la red de la Concesionaria o afectar a otros Suscriptores, el Banco no será responsable por las alteraciones, sustituciones o cualquier otro evento Proveedor podrá suspender la prestación de los Servicios hasta que dicha situación sea corregida por el cual Suscriptor, informándole posterior a la suspensión el motivo de la misma. El Suscriptor se obliga a destinar los Servicios únicamente de conformidad para su uso personal y a no le fuera posible obtener o procesar, parcial o totalmente, las instrucciones generadas por el Cliente, ni será responsable por los efectos que se deriven emplearlos en ningún momento para la realización de ello.
d) Prácticas Prohibidas. El Cliente tiene la obligación de notificar en forma escrita al Banco, la separación laboral de Suscriptor no podrá comercializar cualquiera de los terceros Servicios en contravención a quienes las disposiciones legales reglamentarias aplicables. El Proveedor podrá hacer del conocimiento de las autoridades cualquier acto o hecho para que éstas determinen las consecuencias a que haya lugar.
3.7 Las partes acuerdan que cualquier cambio que realice depósitos a más tardar dentro el Proveedor en la tecnología utilizada para la prestación de los siguientes Servicios, el Suscriptor podrá solicitar se le migre sin costo a dicha nueva tecnología mediante los procesos administrativos establecidos por el Proveedor, mismos que puede consultar en xxx.xxx.xxx.xx, en cualquier CAP o llamando al CAT.
3.8 El Suscriptor no podrá ceder ni traspasar los derechos y obligaciones que se consignan en este Contrato sin la previa autorización del Proveedor para lo cual ingresará el trámite correspondiente en un CAP. El Proveedor tendrá 15 (quince) días hábiles para manifestar su respuesta a la solicitud de cesión de derechos. Transcurrido dicho plazo sin que el Proveedor manifieste su respuesta, se tendrá por aceptada la cesión de derechos.
3.9 El Suscriptor podrá solicitar al Proveedor en cualquier momento el cambio del Plan Xxxxxxxxx contratado. En caso que el Suscriptor esté sujeto a un Plazo Mínimo y solicite un cambio y/o renovación de Plan Tarifario que implique un cambio de Equipo y/o un aumento en la Renta con relación al Plan originalmente contratado, será procedente pudiendo tramitarlo en CAP, llamando al CAT o en xxx.xxx.xxx.xx o en la aplicación Mi ATT, siempre que el Suscriptor no presente adeudo alguno, sujeto a aprobación de Crédito, aceptando el Suscriptor que los cargos mensuales por concepto de Plan Tarifario y/o Equipo, así como el Plazo Mínimo se ajusten al nuevo Plan Tarifario. Si el Suscriptor está sujeto a un Plazo Mínimo y la solicitud de cambio de Plan Tarifario del Suscriptor implica una disminución en la Renta con relación al Plan originalmente contratado sin que se adquiera un nuevo Equipo, será procedente pudiendo tramitarlo en CAP, llamando al CAT o en xxx.xxx.xxx.xx o en la aplicación Mi ATT, siempre que el Suscriptor no presente adeudo alguno y pagando el costo remanente del Equipo en: a) una sola exhibición o b) pagando al momento de su solicitud la cantidad que resulte de la diferencia del cargo mensual por Equipo entre el Plan Tarifario originalmente contratado y el nuevo Plan Tarifario por los meses restantes de su Plazo Mínimo y el monto restante durante los meses pendientes de su Plazo Mínimo. En caso de que la solicitud de cambio de Plan Tarifario del Suscriptor implique una disminución en la Renta con relación al Plan originalmente contratado adquiriendo un nuevo Equipo, será procedente pudiendo tramitarlo en CAP, llamando al CAT o en la página de AT&T o en la aplicación Mi ATT, siempre que el Suscriptor no presente adeudo alguno y pagando al momento de su solicitud la cantidad que resulte de la diferencia del cargo mensual por Equipo entre el Plan Tarifario originalmente contratado y el nuevo Plan Tarifario por los meses restantes de su Plazo Mínimo original, ajustándose los cargos mensuales por concepto de Plan Tarifario y Equipo, así como el Plazo Mínimo del nuevo Plan Xxxxxxxxx contratado. Para cualquiera de los supuestos anteriores, se entenderá que el cambio de Plan Xxxxxxxxx operará de común acuerdo con el Suscriptor a partir del día en que ocurra dicha separaciónse solicite, sin perjuicio que en el siguiente Estado de Cuenta, el Proveedor realice los ajustes o cobros por los días en que el Servicio se devengó en el Plan Tarifario originalmente contratado y en el nuevo Plan Tarifario. Las Cuentas En el supuesto en que el Suscriptor haya concluido su Plazo Mínimo contratado podrá realizar cambio o renovación de los Terceros mantendrán las características Plan Tarifario que implique un aumento o disminución en la Renta de Nómina su Plan en cualquier momento previa solicitud realizada en CAP, llamando al CAT o en xxx.xxx.xxx.xx o en la aplicación Mi ATT siempre y cuando reciban periódicamente depósitos por el concepto de “pago de nómina”, de no recibir su pago durante tres meses consecutivos la cuenta pasará a ser una cuenta de depósito y estará sujeta a los términos y condiciones de éste tipo de productopresente adeudo alguno.
e) Los errores insertados por el cliente en relación con la cuenta xx Xxxxxxx y con respecto al monto de la transferencia, así como la fecha de aplicación, son de su exclusiva responsabilidad.
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Samples: Telecommunications
CONDICIONES DEL SERVICIO. 3.1 Las partes reconocen y aceptan que la prestación de los Servicios, se encuentra regida por lo establecido en la Concesión y a las diversas disposiciones legales, reglamentarias y administrativas vigentes aplicables, la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, la Ley Federal de Protección al Consumidor, así como la NOM-184-SCFI-2018, Elementos normativos y obligaciones específicas que deben observar los proveedores para la comercialización y/o prestación de los servicios de telecomunicaciones cuando utilicen una red pública de telecomunicaciones.
3.2 El Banco prestará Suscriptor se obliga a destinar los Servicios únicamente de conformidad para su uso personal y a no emplearlos en ningún momento para la realización de Prácticas Prohibidas. En aquellos casos en que el Proveedor determine la realización de cualquier Práctica Prohibida por parte del Suscriptor, podrá interrumpir o suspender la prestación de los Servicios e inclusive terminar anticipadamente el presente Contrato, informándole de manera posterior al Suscriptor el motivo de la misma. El Proveedor podrá tomar las medidas o acciones necesarias para la gestión de tráfico y administración de red conforme los lineamientos que expida el IFT, a fin de garantizar la calidad de servicio realizando por cuenta y orden del Cliente, y de acuerdo con las instrucciones dadas contratada por el ésteSuscriptor, transferencias siempre que ello no constituya una práctica contraria a la sana competencia y libre concurrencia. El Proveedor podrá hacer del conocimiento de dinero desde la Cuenta Dispersora hacía la Cuenta xxx Xxxxxxx. Dichos Traspasos se sujetarán a:
a) El Cliente deberá llenar las autoridades cualquier realización de manera completa y correcta el layout de xxxx xx xxxxxxx cualquier Práctica Prohibida por parte del Suscriptor para que el Banco le proporcionará, para llevar al cabo el proceso de asignación de cuentas éstas determinen las consecuencias a los Tercerosque haya lugar.
b) 3.3 El Tercero deberá firmar Proveedor podrá ofrecer planes o paquetes que incluyan los Servicios y/o productos que considere convenientes, siempre y cuando tenga el contrato correspondiente a la apertura de la Cuenta xx Xxxxxxx, y acompañar toda la documentación necesaria consentimiento del Suscriptor para tal efecto. La cuenta deberá ser de depósito de dinero a la vista y estar previamente abierta en el Banco. .
3.4 El contrato que corresponda deberá de ser por lo menos el correspondiente a la cuenta básica de nómina, sin embargo, el Tercero Suscriptor podrá contratar en cualquier momento nuevos Servicios, siempre y cuando se encuentre al corriente de sus pagos. Los Servicios Adicionales podrán ser contratados en forma posterior ya sea por escrito, vía electrónica o telefónica utilizando su número confidencial otorgado por el Proveedor y se cobrarán por tiempo, evento o cualquier otra modalidad según el tipo de Servicio. Estos Servicios Adicionales podrán ser cancelados por el Suscriptor en cualquier momento y por los mismos medios por los que contrató. La cancelación de los Servicios Adicionales se realizará máximo a los 5 (cinco) días naturales posteriores a la recepción de la solicitud respectiva, sin que ello implique la suspensión o cancelación de la prestación de los Servicios. En ningún caso, el Proveedor podrá obligar al Suscriptor a contratar servicios adicionales como requisito para la contratación o continuación de los Servicios, ni podrá aplicar cargos sin previo consentimiento del Suscriptor o que no se deriven del contrato correspondiente. El Proveedor podrá ofrecer al Suscriptor los servicios adicionales o productos por separado o empaquetados a menos que estos dependan de los Servicios para su prestación, debiendo dar a conocer al Suscriptor el precio de éstos previamente a su contratación.
3.5 El servicio de Roaming podrá ser utilizado por el Suscriptor, en tanto éste se encuentre dentro de la cobertura del operador con el que el Proveedor haya celebrado el acuerdo correspondiente; que dicho operador tenga disponible los servicios y que su Equipo sea compatible (banda y tecnología) con la red de dicho operador y cual podrá tener un costo de conformidad con el Plan Tarifario contratado.
3.6 El Suscriptor podrá solicitar al Banco firmar otro contrato para su cuenta de nómina Proveedor en cualquier momento el cambio del Plan Xxxxxxxxx contratado previa solicitud realizada en el TDA o llamando al CAT, sin que presente adeudo alguno, pagando el costo remanente del equipo y que ésta tenga servicios adicionales pudiendo ser sujeto al análisis y a la básica aprobación crediticia correspondiente.
3.7 En caso que el Suscriptor solicite un cambio y/o renovación de nóminaPlan Tarifario que implique un cambio de Equipo y/o un aumento en la Renta con relación al Plan originalmente contratado, será procedente en tanto cumpla con los requisitos señalados en la cláusula 3.6 del presente Contrato. Las El Suscriptor acepta que las condiciones del Servicio y/o Equipo se ajustarán al nuevo Plan Tarifario.
3.8 En caso de que la solicitud de cambio de Plan Tarifario del Suscriptor implique una disminución en la Renta con relación al Plan originalmente contratado adquiriendo un nuevo Equipo, será procedente en tanto que el Suscriptor no presente adeudo alguno y comisiones serán pagando al momento de su solicitud la cantidad que resulte de la diferencia del cargo mensual por Equipo entre el Plan Tarifario originalmente contratado y el nuevo Plan Tarifario por los meses restantes de su Plazo Mínimo original, ajustándose las condiciones del Servicio y/o Equipo al nuevo Plan Tarifario.
3.9 En el supuesto en que apliquen el Suscriptor no se encuentre en Plazo Mínimo contratado podrá realizar cambio o renovación de Plan Tarifario que implique un aumento o disminución en la Renta de su Plan en cualquier momento previa solicitud realizada al Proveedor.
3.10 Para las cláusulas 3.3, 3.4, 3.5, 3.6, 3.7, 3.8 y 3.9, se entenderá que la prestación del Servicio se regirá de conformidad con el presente Contrato celebrado por las partes y el cambio de Plan Tarifario operará de común acuerdo con el Suscriptor a cada productopartir del día en que se solicite, y están mencionadas sin perjuicio que, en la siguiente Factura, el Proveedor realice los ajustes o cobros por los días en que el Servicio se devengó en el contrato xxx XxxxxxxPlan Tarifario originalmente contratado y en el nuevo Plan Tarifario.
c) 3.11 El Cliente será responsable de la información que le proporcione al Banco para llevar al cabo Suscriptor no podrá ceder ni traspasar los servicios de nómina objeto de este Apartado, por lo que el Banco no se hace responsable de cualquier reclamación o problema derechos y obligaciones que se presente por dicho concepto, con excepción de los casos consignan en que haya negligencia por parte este Contrato sin la previa autorización del BancoProveedor para lo cual ingresará el trámite correspondiente en un TDA. Por tanto el Banco no será responsable por las alteraciones, sustituciones o cualquier otro evento por el cual no le fuera posible obtener o procesar, parcial o totalmente, las instrucciones generadas por el Cliente, ni será responsable por los efectos que se deriven de ello.
d) El Cliente tiene la obligación de notificar en forma escrita al Banco, la separación laboral de cualquiera de los terceros a quienes realice depósitos a más tardar dentro de los siguientes Proveedor tendrá 15 (quince) días hábiles para manifestar su respuesta a la solicitud de cesión de derechos. Transcurrido dicho plazo sin que el Proveedor manifieste su respuesta, se tendrá por aceptada la cesión de derechos.
3.12 En los Planes Tarifarios de consumo libre el Suscriptor contará con un límite máximo de consumo y/o cargos por los Servicios en los que ocurra dicha separaciónpodrá incurrir sin que le sean suspendidos. Este límite consumo podrá ser consultado a solicitud del Suscriptor en el CAT y/o TDA y podrá ser modificada a solicitud del Suscriptor previa autorización por parte del Proveedor. Si el Suscriptor excede el límite indicado en el párrafo anterior, el Proveedor podrá suspender temporalmente los Servicios que puedan generar cargos a su factura. En caso de encontrarse vencida el Suscriptor deberá pagar el importe total de la misma.
3.13 Las Cuentas partes acuerdan que cualquier cambio que realice el Proveedor en la tecnología utilizada para la prestación de los Terceros mantendrán las características de Nómina siempre y cuando reciban periódicamente depósitos Servicios, el Suscriptor podrá solicitar se le migre a dicha nueva tecnología mediante los procesos administrativos establecidos por el concepto de “pago de nómina”, de no recibir su pago durante tres meses consecutivos la cuenta pasará a ser una cuenta de depósito y estará sujeta a los términos y condiciones de éste tipo de productoProveedor.
e) Los errores insertados por el cliente en relación con la cuenta xx Xxxxxxx y con respecto al monto de la transferencia, así como la fecha de aplicación, son de su exclusiva responsabilidad.
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Samples: Contrato De Prestación De Servicios en Materia De Telecomunicaciones
CONDICIONES DEL SERVICIO. El Banco prestará el servicio realizando por cuenta La firma adjudicataria tendrá a su cargo y orden exclusiva responsabilidad la vigilancia y seguridad del Clienteedificio, de las personas que lo habitan y bienes que en él se encuentren. Asimismo deberá proveer custodia al transporte de acuerdo con valores en dinero u otros cuando así le sea requerido, todo esto en concordancia a las instrucciones dadas por el éste, transferencias y normativas que la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO disponga. Será responsabilidad y obligación de dinero desde la Cuenta Dispersora hacía la Cuenta xxx Xxxxxxx. Dichos Traspasos se sujetarán afirma adjudicataria:
a) El Cliente deberá llenar Velar por la seguridad de manera completa las personas, de los bienes y correcta el layout de xxxx xx xxxxxxx que el Banco le proporcionará, para llevar al cabo el proceso de asignación de cuentas a los Tercerosdel edificio.
b) El Tercero deberá firmar Controlar el contrato correspondiente a la apertura acceso al edificio, debiendo realizar todos los controles y tareas relacionadas con el ingreso de la Cuenta xx Xxxxxxxpersonal, visitas, y acompañar toda la documentación necesaria para tal efecto. La cuenta deberá ser de depósito empleados de dinero a la vista y estar previamente abierta en firmas contratadas por el Banco. El contrato que corresponda deberá de ser por lo menos el correspondiente a la cuenta básica de nómina, sin embargo, el Tercero en cualquier momento podrá solicitar al Banco firmar otro contrato para su cuenta de nómina y que ésta tenga servicios adicionales a la básica de nómina. Las condiciones y comisiones serán las que apliquen a cada producto, y están mencionadas en el contrato xxx XxxxxxxOrganismo.
c) El Cliente será responsable Registrar, en un libro xx xxxxxxxxx de la información que le proporcione al Banco para llevar al cabo los servicios servicio habilitado y rubricado por el Departamento de nómina objeto de este ApartadoMantenimiento Edilicio y Servicios Generales, por lo que el Banco no se hace responsable de cualquier reclamación o problema todas las novedades que se presente por dicho conceptoproduzcan, con excepción de los casos en que haya negligencia por parte del Banco. Por tanto el Banco no será responsable por durante las alteraciones, sustituciones o cualquier otro evento por el cual no le fuera posible obtener o procesar, parcial o totalmente, las instrucciones generadas por el Cliente, ni será responsable por los efectos que se deriven de ello24:00 horas.
d) El Cliente tiene Custodiar el tablero principal de llaves de todas las dependencia y administrar el uso de las mismas, haciendo la obligación de notificar entrega, recepción y debido registro en forma escrita al Banco, la separación laboral de cualquiera de los terceros a quienes realice depósitos a más tardar dentro de los siguientes 15 (quince) días hábiles en que ocurra dicha separación. Las Cuentas de los Terceros mantendrán las características de Nómina siempre y cuando reciban periódicamente depósitos por el concepto de “pago de nómina”, de no recibir su pago durante tres meses consecutivos la cuenta pasará a ser una cuenta de depósito y estará sujeta a los términos y condiciones de éste tipo de productoun libro ad hoc.
e) Los errores insertados por Dar aviso y accionar de acuerdo al protocolo establecido ante la activación o desperfecto de los sistemas de seguridad instalados en el cliente edificio (sensores, alarmas, cámaras y otros) así como ante la interrupción del servicio eléctrico y/o de agua, de impedimentos en relación con el acceso del personal, para la cuenta xx Xxxxxxx y con respecto al monto atención del público o que afecten el funcionamiento normal de la transferenciasede.
f) Verificar la salida de bultos y/o paquetes, así como en el caso de máquinas y/o equipos de oficina y/o TV u otros, los mismos deberán acreditar el egreso mediante autorización suscripta por la fecha autoridad respectiva.
g) Atender y entender el sistema contra incendio, conforme a las instrucciones que les serán impartidas en las directivas internas.
h) Participar del Plan de aplicaciónevacuación del edificio ante emergencia.
i) Subordinarse a las resoluciones, son de su exclusiva responsabilidaddisposiciones, o normas que a tales efectos sean dispuestas por la DEFENSORÍA DEL PÚBLICO, o la unidad que ésta disponga.
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CONDICIONES DEL SERVICIO. El Banco prestará Con el fin de prestar un servicio realizando por cuenta excelente, el HOSPITAL MILITAR CENTRAL, exigirá las siguientes condiciones y orden obligaciones para la prestación del Clienteservicio:
1. Las tomas de muestras deberán realizarse en las sedes que ofrezca el oferente seleccionado, en la ciudad de Bogotá, en horarios habituales para tomas de muestras de exámenes de 6:30 A.M. a 12:00 M y/o extendido, y de acuerdo con las instrucciones dadas por el éste, transferencias de dinero desde la Cuenta Dispersora hacía la Cuenta xxx Xxxxxxx. Dichos Traspasos se sujetarán a:
a) El Cliente deberá llenar de manera completa y correcta el layout de xxxx xx xxxxxxx que el Banco le proporcionará, para llevar al cabo el proceso de asignación de cuentas a los Terceros.
b) El Tercero deberá firmar el contrato correspondiente a la apertura de la Cuenta xx Xxxxxxx, y acompañar toda la documentación necesaria para tal efecto. La cuenta deberá ser de depósito de dinero a la vista y estar previamente abierta en el Banco. El contrato que corresponda deberá de ser por lo menos el correspondiente a la cuenta básica de nómina, sin embargo, el Tercero en cualquier momento podrá solicitar al Banco firmar otro contrato para su cuenta de nómina y que ésta tenga servicios adicionales a la básica de nómina. Las condiciones y comisiones serán las que apliquen a cada producto, y están mencionadas en el contrato xxx Xxxxxxx.
c) El Cliente será responsable de la información que le proporcione al Banco para llevar al cabo prestará los servicios de nómina objeto procesamiento y reporte de este Apartadoresultados en los días de Lunes a Viernes hasta las 17.00 horas.
2. En los caso en que la prueba sea realizada en laboratorios clínicos externos al del oferente seleccionado, estos deberán realizarse dando cumplimiento con los mismos parámetros de calidad y condiciones de habilitación exigidas inicialmente por lo el HOSPITAL MILITAR.
3. Reportar mensualmente (Cinco primeros días calendarios del mes) los servicios prestados a cada paciente que el Banco no se hace responsable de cualquier reclamación incluya: exámenes y/o problema que se presente por dicho conceptopruebas realizados, con excepción valor facturado de los casos mismos, fecha, en que haya negligencia por parte impreso y medio magnético al Supervisor del Banco. Por tanto el Banco no será responsable por las alteraciones, sustituciones o cualquier otro evento por el cual no le fuera posible obtener o procesar, parcial o totalmente, las instrucciones generadas por el Cliente, ni será responsable por los efectos que se deriven Contrato y a la Oficina de elloexámenes Extra hospitalarios.
d) El Cliente tiene la obligación de notificar en forma escrita al Banco, la separación laboral de cualquiera de los terceros a quienes realice depósitos a más tardar dentro de los siguientes 15 (quince) días hábiles en que ocurra dicha separación4. Las Cuentas de los Terceros mantendrán las características de Nómina Prestar el servicio siempre y cuando reciban periódicamente depósitos el usuario presente la orden original de autorización del servicio externo, expedido parte de la Oficina de Exámenes Extra hospitalarios, solicitud del examen debidamente firmado por el concepto médico tratante con su respectivo sello, deberá anexar copia del carné sanidad y documento de “pago identidad.
5. Contar con un Sistema de nómina”Información Estadístico, para el manejo de datos el cual debe incluir entre otros los siguientes parámetros: datos generales del paciente (nombre completo, identificación, edad, sexo, tipo de vinculación, lugar de residencia), tipo de patología remitida, procedimiento(s) efectuado(s), valor facturado(s). Mensualmente los primeros cinco (5) días calendarios de cada mes se debe allegar la información en medio magnética e impresa, de no recibir su pago durante tres meses consecutivos la cuenta pasará a ser una cuenta de depósito y estará sujeta a los términos y condiciones de éste tipo de productopacientes atendidos junto con los exámenes realizados.
e) Los errores insertados por 6. Contar con una línea de atención al usuario para garantizar el cliente en relación con buen servicio a nuestros afiliados, que permita facilitar el acceso a la cuenta xx Xxxxxxx información y con respecto al monto consultas necesarias para resolver inquietudes, peticiones, horarios de la transferencia, así como la fecha atención y programación de aplicación, son de su exclusiva responsabilidadprocedimientos.
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