Common use of Contratación a distancia Clause in Contracts

Contratación a distancia. Se considera que el seguro se ha contratado a distancia cuando para su negociación y celebración se ha utilizado exclusivamente una técnica de comunicación a distancia, sin presencia física y simultánea del asegurador (o distribuidor) y del tomador, consistente en la utilización de medios telemáticos (email, web, etc.), electrónicos telefónicos, fax u otros similares (ej: correo postal). Si el contrato de seguro se ha contratado a distancia y el tomador de seguro es una persona física que actúa con un propósito ajeno a una actividad comercial o profesional propia, el tomador podrá desistir del contrato en el plazo de catorce (14) días naturales a contar desde el día de la celebración del contrato de seguro, sin indicación de los motivos y sin penalización alguna, siempre que no haya acaecido el siniestro objeto de cobertura. Esta facultad unilateral se podrá ejercitar por el tomador mediante comunicación escrita dirigida al Asegurador a x/ Xxxxxx Xxxxxxx, 18 bis, 48011 Bilbao, Bizkaia; o por correo electrónico a imq@ xxx.xx. El tomador del seguro que ejerza su derecho al desistimiento está obligado al pago de la parte proporcional de la prima correspondiente al periodo durante el cual el contrato de seguro ha estado en vigor. En caso de que la prima hubiera sido pagada, el Asegurador reembolsará al tomador, dentro de un plazo máximo de treinta (30) días naturales, la prima descontado el importe correspondiente al periodo de tiempo durante el cual el contrato hubiera estado en vigor. Xxxx. Xxxxxxx, 00 Oficina central Xxxxxx Xxxxxxx, 18 bis Clínica IMQ Zorrotzaurre Ballets Olaeta, 4 Clínica IMQ Xxxxxx Xxxxxx Maestro Xxxxxxx, 2 Centro de Seguros “El Corte Inglés” Gran Vía, 7 Xxxxxxxxx, 0 X - xxxx Xxxxxxx, 2 - bajo Xxxxxx, 0 Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, s/n Plaza Euskadi, 1 Edición diciembre 2018

Appears in 2 contracts

Samples: www.imq.es, www.imq.es

Contratación a distancia. Se considera que el seguro se ha contratado a distancia cuando para su negociación y celebración se ha utilizado exclusivamente una técnica de comunicación a distancia, sin presencia física y simultánea del asegurador (o distribuidor) y del tomador, consistente en la utilización de medios telemáticos (email, web, etc.), electrónicos telefónicos, fax u otros similares (ej: correo postal). Si el contrato de seguro se ha contratado a distancia y el tomador de seguro es una persona física que actúa con un propósito ajeno a una actividad comercial o profesional propia, el tomador podrá desistir del contrato en el plazo de catorce (14) días naturales a contar desde el día de la celebración del contrato de seguro, sin indicación de los motivos y sin penalización alguna, siempre que no haya acaecido el siniestro objeto de cobertura. Esta facultad unilateral se podrá ejercitar por el tomador mediante comunicación escrita dirigida al Asegurador a x/ Xxxxxx Xxxxxxx, 18 bis, 48011 Bilbao, Bizkaia; o por correo electrónico a imq@ xxx.xxxxx@xxx.xx. El tomador del seguro que ejerza su derecho al desistimiento está obligado al pago de la parte proporcional de la prima correspondiente al periodo durante el cual el contrato de seguro ha estado en vigor. En caso de que la prima hubiera sido pagada, el Asegurador reembolsará al tomador, dentro de un plazo máximo de treinta (30) días naturales, la prima descontado el importe correspondiente al periodo de tiempo durante el cual el contrato hubiera estado en vigor. XxxxActividades basadas en un trabajo intelectual o sedentario, que no exija trabajo manual ni la utilización frecuente de un vehículo para el desarrollo del mismo. XxxxxxxActividades que exijan un trabajo manual esporádico de bajo riesgo, 00 Oficina central Xxxxxx Xxxxxxx, 18 bis Clínica IMQ Zorrotzaurre Ballets Olaeta, 4 Clínica IMQ Xxxxxx Xxxxxx Maestro Xxxxxxx, 2 Centro que estén obligadas a viajar frecuentemente o que precisen de Seguros “El Corte Inglés” Gran Vía, 7 Xxxxxxxxx, 0 X - xxxx Xxxxxxx, 2 - bajo Xxxxxx, 0 Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, s/n Plaza Euskadi, 1 Edición diciembre 2018la utilización de un vehículo para el desarrollo del mismo.

Appears in 2 contracts

Samples: www.imq.es, www.imq.es

Contratación a distancia. Se considera que el seguro se ha contratado a distancia cuando para su negociación y celebración se ha utilizado exclusivamente una técnica de comunicación a distancia, sin presencia física y simultánea del asegurador (o distribuidor) y del tomador, consistente en la utilización de medios telemáticos (email, web, etc.), electrónicos telefónicos, fax u otros similares (ej: correo postal). Si el contrato de seguro se ha contratado a distancia y el tomador de seguro es una persona física que actúa con un propósito ajeno a una actividad comercial o profesional propia, el tomador podrá desistir del contrato en el plazo de catorce (14) días naturales a contar desde el día de la celebración del contrato de seguro, sin indicación de los motivos y sin penalización alguna, siempre que no haya acaecido el siniestro objeto de cobertura. Esta facultad unilateral se podrá ejercitar por el tomador mediante comunicación escrita dirigida al Asegurador a x/ Xxxxxx Xxxxxxx, 18 bis, 48011 Bilbao, Bizkaia; o por correo electrónico a imq@ xxx.xxxxx@xxx.xx. El tomador del seguro que ejerza su derecho al desistimiento está obligado al pago de la parte proporcional de la prima correspondiente al periodo durante el cual el contrato de seguro ha estado en vigor. En caso de que la prima hubiera sido pagada, el Asegurador reembolsará al tomador, dentro de un plazo máximo de treinta (30) días naturales, la prima descontado el importe correspondiente al periodo de tiempo durante el cual el contrato hubiera estado en vigor. Xxxx. Xxxxxxx, 00 Oficina central Xxxxxx Xxxxxxx, 18 bis Clínica IMQ Zorrotzaurre Ballets Olaeta, 4 Clínica IMQ Xxxxxx Xxxxxx Maestro Xxxxxxx, 2 Centro de Seguros “El Corte Inglés” Gran Vía, 7 Xxxxxxxxx, 0 X - xxxx Xxxxxxx, 2 - bajo Xxxxxx, 0 Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, s/n Plaza Euskadi, 1 Edición diciembre noviembre 2018

Appears in 2 contracts

Samples: www.imq.es, imq.es

Contratación a distancia. Se considera que el seguro se ha contratado a distancia cuando para su negociación y celebración se ha utilizado exclusivamente una técnica de comunicación a distancia, sin presencia física y simultánea del asegurador (o distribuidor) y del tomador, consistente en la utilización de medios telemáticos (email, web, etc.), electrónicos telefónicos, fax u otros similares (ej: correo postal). Si el contrato de seguro se ha contratado a distancia y el tomador de seguro es una persona física que actúa con un propósito ajeno a una actividad comercial o profesional propia, el tomador podrá desistir del contrato en el plazo de catorce (14) días naturales a contar desde el día de la celebración del contrato de seguro, sin indicación de los motivos y sin penalización alguna, siempre que no haya acaecido el siniestro objeto de cobertura. Esta facultad unilateral se podrá ejercitar por el tomador mediante comunicación escrita dirigida al Asegurador a x/ Xxxxxx Xxxxxxx, 18 bis, 48011 Bilbao, Bizkaia; o por correo electrónico a imq@ xxx.xx. El tomador del seguro que ejerza su derecho al desistimiento está obligado al pago de la parte proporcional de la prima correspondiente al periodo durante el cual el contrato de seguro ha estado en vigor. En caso de que la prima hubiera sido pagada, el Asegurador reembolsará al tomador, dentro de un plazo máximo de treinta (30) días naturales, la prima descontado el importe correspondiente al periodo de tiempo durante el cual el contrato hubiera estado en vigor. Xxxx. Xxxxxxx, 00 Oficina central Xxxxxx Xxxxxxx, 18 bis Clínica IMQ Zorrotzaurre Ballets Olaeta, 4 Clínica IMQ Xxxxxx Xxxxxx Maestro Xxxxxxx, 2 Centro de Seguros “El Corte Inglés” Gran Vía, 7 Xxxxxxxxx, 0 X - xxxx Xxxxxxx, 2 - bajo Xxxxxx, 0 Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, s/n Plaza Euskadi, 1 Edición diciembre 20181

Appears in 1 contract

Samples: www.imq.es

Contratación a distancia. Se considera que el seguro se ha contratado a distancia cuando para su negociación y celebración se ha utilizado exclusivamente una técnica de comunicación a distancia, sin presencia física y simultánea del asegurador (o distribuidor) y del tomador, consistente en la utilización de medios telemáticos (email, web, etc.), electrónicos telefónicos, fax u otros similares (ej: correo postal). Si el contrato de seguro se ha contratado a distancia y el tomador de seguro es una persona física que actúa con un propósito ajeno a una actividad comercial o profesional propia, el tomador podrá desistir del contrato en el plazo de catorce (14) días naturales a contar desde el día de la celebración del contrato de seguro, sin indicación de los motivos y sin penalización alguna, siempre que no haya acaecido el siniestro objeto de cobertura. Esta facultad unilateral se podrá ejercitar por el tomador mediante comunicación escrita dirigida al Asegurador a x/ Xxxxxx Xxxxxxx, 18 bis, 48011 Bilbao, Bizkaia; o por correo electrónico a imq@ xxx.xx. El tomador del seguro que ejerza su derecho al desistimiento está obligado al pago de la parte proporcional de la prima correspondiente al periodo durante el cual el contrato de seguro ha estado en vigor. En caso de que la prima hubiera sido pagada, el Asegurador reembolsará al tomador, dentro de un plazo máximo de treinta (30) días naturales, la prima descontado el importe correspondiente al periodo de tiempo durante el cual el contrato hubiera estado en vigor. Xxxx. Xxxxxxx, 00 Oficina central Xxxxxx Xxxxxxx, 18 bis Clínica IMQ Zorrotzaurre Ballets Olaeta, 4 Clínica IMQ Xxxxxx Xxxxxx Maestro Xxxxxxx, 2 Centro de Seguros “El Corte Inglés” Gran Vía, 7 Xxxxxxxxx, 0 X - xxxx Xxxxxxx, 2 - bajo Xxxxxx, 0 Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, s/n Plaza Euskadi, 1 Edición diciembre 20181

Appears in 1 contract

Samples: imq.es

Contratación a distancia. Se considera 12.1. La contratación de los servicios objeto del presente Contrato podrá realizarse de manera presencial o a distancia. A su vez, en los contratos celebrados a distancia podrán emplearse medios telefónicos o electrónicos (inclusive, a través de mensajería SMS). Tanto en el proceso de contratación a distancia como en el presencial, siempre que el seguro Usuario sea una persona jurídica será preciso que el CLIENTE envíe cierta documentación acreditativa. - Contratación presencial: La contratación se ha contratado realizará presencialmente mediante uno de los asesores energéticos autorizados por ADS. Personado éste en el establecimiento o domicilio del CLIENTE, el Contrato se entenderá perfeccionado cuando proceda a distancia cuando para su negociación firma manuscrita, siempre con el debido respeto y celebración se ha utilizado exclusivamente una técnica cumplimiento de comunicación lo establecido en el art. 46.1 t) de la Ley 24/2013, del Sector Eléctrico y, el art. 81.2 s) de la Ley 34/1998, del sector de hidrocarburos. En los contratos celebrados a distancia, el hecho de que el CLIENTE efectúe y siga cada una de las etapas definidas en el proceso de contratación, supone la aceptación íntegra de los presentes términos y condiciones contractuales: - Contratación electrónica: En estos casos, la contratación entre ADS y el CLIENTE se celebrará exclusiva e íntegramente mediante el intercambio de correos electrónicos. Una vez el Contrato sea puesto a disposición del CLIENTE a través de estos medios, ADS entenderá cumplida su aceptación cuando el mismo devuelva el documento autorizado con su firma manuscrita o digital, sin presencia física y simultánea del asegurador (o distribuidor) y del tomador, consistente que sea necesaria la confirmación de su recepción de conformidad con lo previsto en la utilización Ley 34/2002, de medios telemáticos 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico. Tras ello, ADS podrá comprobar los datos y acreditar la existencia del consentimiento del CLIENTE por intermedio de una llamada de verificación. - Contratación telefónica: En la modalidad de contratación telefónica, será imprescindible que el CLIENTE facilite previamente su número de teléfono móvil. A tal fin, el Contrato se entenderá aceptado cuando el CLIENTE hubiera concluido en su integridad todas las fases del proceso de firma electrónica. Tras la cumplimentación telefónica de los formularios de recogida de datos insertos en el Contrato, el acceso al proceso de firma digital se iniciará con el envío de un SMS que Logalty Prueba por Interposición, S.L. (emailen lo sucesivo, web, etc.), electrónicos telefónicos, fax u otros similares (ej: correo postal). Si el contrato de seguro se ha contratado a distancia “Tercero por Interposición”) remitirá al dispositivo móvil del Cliente y el tomador de seguro es una persona física que actúa con contendrá un propósito ajeno enlace que lo redirigirá a una actividad comercial o profesional propiaplataforma xxx Xxxxxxx de por Interposición. En dicho entorno, el tomador podrá desistir del contrato en el plazo CLIENTE previa inserción de catorce (14) días naturales su DNI, tendrá acceso a contar desde el día la visualización y descarga de la celebración del contrato de seguro, sin indicación de los motivos las Condiciones Generales y sin penalización alguna, siempre que no haya acaecido el siniestro objeto de cobertura. Esta facultad unilateral se podrá ejercitar por el tomador mediante comunicación escrita dirigida al Asegurador a x/ Xxxxxx Xxxxxxx, 18 bis, 48011 Bilbao, Bizkaia; o por correo electrónico a imq@ xxx.xx. El tomador del seguro que ejerza su derecho al desistimiento está obligado al pago de la parte proporcional de la prima correspondiente al periodo durante el cual el contrato de seguro ha estado en vigorParticulares. En caso de que el usuario seleccione la prima hubiera sido pagadaopción “Continuar” que le aparecerá en pantalla, el Asegurador reembolsará sistema generará automáticamente un nuevo SMS que contendrá un código PIN, necesario para la firma del Contrato. La inserción de dicho código en la plataforma xxx Xxxxxxx por Interposición y el posterior clic en el apartado “Firmar”, dará lugar a la perfección del Contrato. A continuación, el Tercero por Interposición remitirá tanto a ADS como al tomadorCLIENTE un certificado digital acreditativo de dicha aceptación, dentro de acuerdo con lo establecido en el Reglamento (UE) nº 910/2014, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de julio de 2014 relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior y la Ley 6/2020, de 11 de noviembre, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza. Mediante la presente cláusula, el CLIENTE autoriza a ADS para dicha puesta a disposición, con la única finalidad de tramitar la generación y custodia de la prueba electrónica acreditativa de la existencia y el contenido del Contrato perfeccionado. En consecuencia con lo anterior, el Tercero por Interposición será considerado como un plazo máximo encargado del tratamiento de treinta los regulados en el artículo 28 del Reglamento General de Protección de Datos (30UE) días naturales2016/679, con las obligaciones inherentes a esta figura. Simultáneamente, ADS podrá comprobar los datos y acreditar la prima descontado el importe correspondiente al periodo existencia del consentimiento del CLIENTE por intermedio de tiempo durante el cual el contrato hubiera estado en vigor. Xxxx. Xxxxxxx, 00 Oficina central Xxxxxx Xxxxxxx, 18 bis Clínica IMQ Zorrotzaurre Ballets Olaeta, 4 Clínica IMQ Xxxxxx Xxxxxx Maestro Xxxxxxx, 2 Centro una llamada de Seguros “El Corte Inglés” Gran Vía, 7 Xxxxxxxxx, 0 X - xxxx Xxxxxxx, 2 - bajo Xxxxxx, 0 Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, s/n Plaza Euskadi, 1 Edición diciembre 2018verificación.

Appears in 1 contract

Samples: Contrato Dual De Suministro Y Servicios Adicionales

Contratación a distancia. Se considera que el seguro se ha contratado a distancia cuando para su negociación y celebración se ha utilizado exclusivamente una técnica de comunicación a distancia, sin presencia física y simultánea del asegurador (o distribuidor) y del tomador, consistente en la utilización de medios telemáticos (email, web, etc.), electrónicos telefónicos, fax u otros similares (ej: correo postal). Si el contrato de seguro se ha contratado a distancia y el tomador de seguro es una persona física que actúa con un propósito ajeno a una actividad comercial o profesional propia, el tomador podrá desistir del contrato en el plazo de catorce (14) días naturales a contar desde el día de la celebración del contrato de seguro, sin indicación de los motivos y sin penalización alguna, siempre que no haya acaecido el siniestro objeto de cobertura. Esta facultad unilateral se podrá ejercitar por el tomador mediante comunicación escrita dirigida al Asegurador a x/ Xxxxxx Xxxxxxx, 18 bis, 48011 Bilbao, Bizkaia; o por correo electrónico a imq@ xxx.xx. El tomador del seguro que ejerza su derecho al desistimiento está obligado al pago de la parte proporcional de la prima correspondiente al periodo durante el cual el contrato de seguro ha estado en vigor. En caso de que la prima hubiera sido pagada, el Asegurador reembolsará al tomador, dentro de un plazo máximo de treinta (30) días naturales, la prima descontado el importe correspondiente al periodo de tiempo durante el cual el contrato hubiera estado en vigor. Xxxx. Xxxxxxx, 00 Oficina central Central Xxxxxx Xxxxxxx, 18 bis Clínica IMQ Zorrotzaurre Ballets Olaeta, 4 Clínica IMQ Xxxxxx Xxxxxx Maestro Xxxxxxx, 2 Centro de Seguros “El Corte Inglés” Gran Vía, 7 Xxxxxxxxx, 0 X - xxxx Xxxxxxx, 2 - bajo Xxxxxx, 0 Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx, s/n Plaza Euskadi, 1 Edición diciembre 2018

Appears in 1 contract

Samples: imq.es