CONTRATOS EXCLUIDOS. Quedan excluidos los siguientes contratos: a) Los de empleo público. b) Los que se celebren con Estados extranjeros, entidades de derecho público internacional o institu- ciones multilaterales de crédito, y los que se financien total o parcialmente con recursos provenientes de esos organismos. c) Los comprendidos en operaciones de crédito público. d) Las compras que se realicen por el Régimen de Caja Chica y/o Fondo Rotatorio. e) Los contratos celebrados en el marco del Régimen Contrataciones de Servicios Personales, aprobado mediante Resolución Presidencial Nº 252/18 de la HCDN, sus modificatorias y complementarias.
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Samples: Reglamento Para La Contratación De Bienes, Obras Y Servicios, Reglamento Para La Contratación De Bienes, Obras Y Servicios
CONTRATOS EXCLUIDOS. Quedan excluidos los siguientes contratos:
a) Los de empleo público.
b) Las compras por caja chica.
c) Los que se celebren con Estados extranjeros, con entidades de derecho público internacional internacional, o institu- ciones con instituciones multilaterales de crédito, y los .
d) Los que se financien total o parcialmente con recursos provenientes de esos organismos.
c) Los comprendidos en operaciones los Estados o de crédito público.
d) Las compras las entidades a que se realicen por el Régimen de Caja Chica y/o Fondo Rotatorio.
e) Los contratos celebrados hace mención en el marco del Régimen Contrataciones de Servicios Personalesinciso anterior, aprobado mediante Resolución Presidencial Nº 252/18 sin perjuicio de la HCDN, sus modificatorias aplicación supletoria de las disposiciones del presente Reglamento cuando ello así se establezca y complementariasde las facultades de fiscalización sobre este tipo de contratos que la Ley Nº 24.156 confiere a los Organismos de Control.
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Samples: Reglamento Para La Adquisición, Enajenación Y Contratación De Bienes Y Servicios Del Estado Nacional, Reglamento Para La Adquisición, Enajenación Y Contratación De Bienes Y Servicios Del Estado Nacional
CONTRATOS EXCLUIDOS. Quedan excluidos los siguientes contratos:
a) Los de empleo público.
b) Las compras por cajas chicas.
c) Los que se celebren con Estados extranjeros, con entidades de derecho público internacional internacional, o institu- ciones con instituciones multilaterales de crédito, y los .
d) Los que se financien total o parcialmente con recursos provenientes de esos organismos.
c) Los comprendidos en operaciones los Estados o de crédito público.
d) Las compras las entidades a que se realicen por hace mención en el Régimen inciso anterior, sin perjuicio de Caja Chica y/o Fondo Rotatoriola aplicación supletoria de las disposiciones del presente Reglamento cuando ello así se establezca y de las facultades de fiscalización sobre este tipo de contratos que la Ley Nº 24.156 confiere a los Organismos de Control.
e) Los contratos celebrados en el marco del Régimen Contrataciones de Servicios Personales, aprobado mediante Resolución Presidencial Nº 252/18 que provengan de la HCDN, sus modificatorias y complementariasLey de Obras Públicas.
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CONTRATOS EXCLUIDOS. Quedan excluidos los siguientes contratos:
a) Los de empleo público.y capacitación de personal;
b) Las locaciones de servicios u obra a personas físicas;
c) Las compras por caja chica;
d) Los que se celebren sean celebrados con Estados extranjeros, con entidades de derecho público internacional internacional, o institu- ciones con instituciones multilaterales de crédito, y los que posean un procedimiento específico.
e) Los que se financien total o parcialmente con recursos provenientes de esos organismoslos Estados y/o las entidades que se hacen mención en el inciso anterior, y que posean un procedimiento específico.
cf) Los comprendidos en operaciones de crédito público.
d) Las compras que se realicen por el Régimen de Caja Chica y/o Fondo Rotatorio.
eg) Los contratos celebrados en el marco del Régimen Contrataciones de Servicios Personalesobra pública, aprobado mediante Resolución Presidencial Nº 252/18 concesión de la HCDN, sus modificatorias obra pública y complementariasconcesión de servicios públicos.
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CONTRATOS EXCLUIDOS. Quedan excluidos los siguientes contratos:
a) Los de empleo público.
b) Los que se celebren con Estados extranjeros, entidades de derecho público internacional o institu- ciones instituciones multilaterales de crédito, y los que se financien total o parcialmente con recursos provenientes de esos organismos.
c) Los comprendidos en operaciones de crédito público.
d) Las compras que se realicen por el Régimen de Caja Chica y/o Fondo RotatorioXxxx Xxxxx.
e) Los contratos celebrados en el marco del Régimen Contrataciones de Servicios Personales, aprobado mediante Resolución Presidencial Nº 252/18 de la HCDN, sus modificatorias y complementarias.
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Samples: Reglamento Para La Contratación De Bienes, Obras Y Servicios