CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS EN TODOS LOS PROCEDIMIENTOS Cláusulas de Ejemplo

CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS EN TODOS LOS PROCEDIMIENTOS. En todos los procedimientos de contratación regulados en este pliego se utilizarán para seleccionar la oferta social y económicamente más ventajosa, de acuerdo con las reglas precedentes, algunos de los criterios que se relacionan a continuación, con fórmulas o métodos de valoración que en cada caso se indican. Cuando excepcionalmente se estime necesario tener en cuenta algún criterio de valoración diferente, o atribuirles un peso relativo diferente, además de motivarlo en la memoria justificativa, será objeto de especial análisis en el informe jurídico al expediente para garantizar que tales criterios y su ponderación respetan los principios que impone el artículo 145.5 de la LCSP. CRITERIOS DE VALORACIÓN MATEMÁTICA Oferta económica. Menor precio Mejoras sin coste adicional (como máximo el 10% de la puntuación total de los criterios matemáticos). Reducción de plazos de ejecución material (como regla general no superior al 20% de la puntuación total de los criterios matemáticos). Ampliación del plazo de garantía (como regla general no superior al 20% de la puntuación total de los criterios matemáticos). Actuaciones cuantificadas a realizar durante el plazo de garantía (como regla general no superior al 20% de la puntuación total de los criterios matemáticos). Cantidad económica para realizar un control de calidad externo de la obra (como máximo el 10% de la puntuación total de los criterios matemáticos). Como regla general, al menos el 60 % de la puntuación total CRITERIOS DE VALORACIÓN TÉCNICA O DEPENDIENTES DE UN JUICIO DE VALOR Plan de ejecución de la obra o memoria técnica constructiva Pan social durante la ejecución de la obra Plan de gestión ambiental durante la ejecución de la obra Sistema de control de calidad interno de la obra Ampliación de coberturas durante el plazo de garantía Como máximo hasta el 40 % de la puntuación total Descripción de los criterios y procedimiento de valoración de los criterios CRITERIOS DE VALORACIÓN MATEMÁTICA La mayor cantidad de baja ofertada sobre el precio total del contrato (IVA excluido), será valorada con la máxima puntuación establecida para este criterio; la oferta que no realice ninguna baja con 0 puntos, atribuyéndose a los restantes importes (cantidades) de baja ofertados la puntuación que proceda proporcionalmente, por el procedimiento de regla de tres simple directa. La formulación matemática de la regla de valoración es la siguiente: = Dónde: P es la puntuación correspondiente a la oferta que se está valo...
CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS EN TODOS LOS PROCEDIMIENTOS. En todos los procedimientos de contratación regulados en este pliego se utilizarán para seleccionar la oferta social y económicamente más ventajosa, de acuerdo con las reglas precedentes, algunos de los criterios que se relacionan a continuación, con las fórmulas o métodos de valoración que en cada caso se indican. Cuando excepcionalmente se estime necesario tener en cuenta algún criterio de valoración diferente, o atribuirles un peso relativo diferente, además de motivarlo en la memoria justificativa, será objeto de especial análisis en el informe jurídico al expediente para garantizar que tales criterios y su ponderación respetan los principios que impone el artículo 145.5 de la LCSP. Los aspectos concretos de valoración de estos criterios se desarrollan en el Anexo II.

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  • CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS 1. Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta económicamente más ventajosa deberá atenderse a criterios directamente vinculados al objeto del contrato, tales como la calidad, el precio, la fórmula utilizable para revisar las retribuciones ligadas a la utilización de la obra o a la prestación del servicio, el plazo de ejecución o entrega de la prestación, el coste de utilización, las características medioambientales o vinculadas con la satisfacción de exigencias sociales que respondan a necesidades, definidas en las especificaciones del contrato, propias de las categorías de población especialmente desfavorecidas a las que pertenezcan los usuarios o beneficiarios de las prestaciones a contratar, la rentabilidad, el valor técnico, las características estéticas o funcionales, la disponibilidad y coste de los repuestos, el mantenimiento, la asistencia técnica, el servicio postventa u otros semejantes. Cuando sólo se utilice un criterio de adjudicación, éste ha de ser, necesariamente, el del precio más bajo. 2. Los criterios que han de servir de base para la adjudicación del contrato se determinarán por el órgano de contratación y se detallarán en el anuncio, en los pliegos de cláusulas o en el documento descriptivo. En la determinación de los criterios de adjudicación se dará preponderancia a aquéllos que hagan referencia a características del objeto del contrato que puedan valorarse mediante cifras o porcentajes obtenidos a través de la mera aplicación de las fórmulas establecidas en los pliegos. La evaluación de las ofertas conforme a los criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas se realizará tras efectuar previamente la de aquellos otros criterios en que no concurra esta circunstancia, dejándose constancia documental de ello. 3. La valoración de más de un criterio procederá, en particular, en la adjudicación de los siguientes contratos: a) Aquéllos cuyos proyectos o presupuestos no hayan podido ser establecidos previamente y deban ser presentados por los licitadores.

  • Tramitación, procedimiento y forma de adju- dicación a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma: Concurso.

  • DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN (ESTA SECCIÓN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGÚN EXTREMO, BAJO SANCIÓN DE NULIDAD)

  • Tramitación y procedimiento a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto.

  • Procedimientos De Licitación  Sección I. Instrucciones a los Oferentes (IAO)  Sección II. Datos de la Licitación (DDL)  Sección III. Criterios de Evaluación y Calificación  Sección IV. Formularios de la Oferta

  • Examen de las Ofertas para determinar su cumplimiento 27.1 Antes de proceder a la evaluación detallada de las Ofertas, el Contratante determinará si cada una de ellas: (a) cumple con los requisitos de elegibilidad establecidos en la cláusula 4 de las IAO; (b) ha sido debidamente firmada; (c) está acompañada de la Garantía de Mantenimiento de la Oferta o de la Declaración de Mantenimiento de la Oferta si se solicitaron; y (d) cumple sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación. 27.2 Una Oferta que cumple sustancialmente es la que satisface todos los términos, condiciones y especificaciones de los Documentos de Licitación sin desviaciones, reservas u omisiones significativas. Una desviación, reserva u omisión significativa es aquella que: (a) afecta de una manera sustancial el alcance, la calidad o el funcionamiento de las Obras; (b) limita de una manera considerable, inconsistente con los Documentos de Licitación, los derechos del Contratante o las obligaciones del Oferente en virtud del Contrato; o (c) de rectificarse, afectaría injustamente la posición competitiva de los otros Oferentes cuyas Ofertas cumplen sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación. 27.3 Si una Oferta no cumple sustancialmente con los requisitos de los Documentos de Licitación, será rechazada por el Contratante y el Oferente no podrá posteriormente transformarla en una oferta que cumple sustancialmente con los requisitos de los documentos de licitación mediante la corrección o el retiro de las desviaciones o reservas.

  • Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación a) Tramitación: Ordinaria. b) Procedimiento: Abierto. c) Forma: Concurso.

  • OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO Luego de la calificación de las ofertas, el comité de selección otorga la buena pro en la fecha señalada en el calendario de las bases mediante su publicación en el SEACE. El otorgamiento de la buena pro en acto privado se publica y se entiende notificado a través del SEACE, el mismo día de su realización, debiendo incluir el acta de otorgamiento de la buena pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados de la evaluación y calificación.

  • IMPORTE MÁXIMO DE LOS GASTOS DE PUBLICIDAD DE LICITACIÓN DEL CONTRATO QUE DEBE ABONAR EL ADJUDICATARIO El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos de publicidad de la licitación en el Boletín Oficial de la Provincia hasta un importe máximo de 1.000 €.

  • Iniciación del procedimiento Para someter la controversia al procedimiento de arbitraje, la parte reclamante dirigirá a la otra una comunicación escrita exponiendo la naturaleza del reclamo, la satisfacción o reparación que persigue y el nombre del árbitro que designa. La parte que hubiere recibido dicha comunicación deberá, dentro del plazo de cuarenta y cinco (45) días, comunicar a la parte contraria el nombre de la persona que designe como árbitro. Si dentro del plazo de treinta (30) días, contado desde la entrega de la comunicación referida al reclamante, las partes no se hubieren puesto de acuerdo en cuanto a la persona del Dirimente, cualquiera de ellas podrá recurrir ante el Secretario General de la Organización de los Estados Americanos para que éste proceda a la designación.