CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS. Los criterios que aplicarán el área requirente y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en los requisitos establecidos en la presente convocatoria, así como en la información documental presentada por los licitantes, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36 Bis, fracción II, de “La Ley”. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas por los licitantes en sus ofertas técnicas y económicas. No serán objeto de evaluación las condiciones establecidas por la convocante que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la invitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las propuestas. Tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 39, penúltimo párrafo del “Reglamento”, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados. No se considerarán como aceptadas las proposiciones cuando la cantidad de los servicios ofertados sea menor al 100% de los solicitados por la convocante en la partida correspondiente, procediéndose a descalificar la que no esté completa.
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Samples: Convocatoria Para La Contratación De Servicios, Contract for Services
CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS. Los criterios que aplicarán el área requirente y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en los requisitos establecidos en la presente convocatoria, así como en la información documental presentada por los licitantes, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36 Bis, fracción II, de “La Ley”. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas por los licitantes en sus ofertas técnicas y económicas. No serán objeto de evaluación las condiciones establecidas por la convocante que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la invitaciónlicitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las propuestas. Tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 39, penúltimo párrafo del “Reglamento” de “La Ley”, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados. No se considerarán como aceptadas las proposiciones cuando la cantidad de los servicios ofertados sea menor al 100% de los solicitados por la convocante en la partida correspondiente, procediéndose a descalificar la que no esté completa.
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Samples: Licitación Pública
CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS. Los criterios que aplicarán el área requirente y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en los requisitos establecidos en la presente convocatoria, así como en la información documental presentada por los licitantes, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36 Bis, fracción II, de “La Ley”. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas por los licitantes en sus ofertas técnicas y económicas. No serán objeto de evaluación las condiciones establecidas por la convocante que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la invitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las propuestas. Tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 39, penúltimo párrafo del “Reglamento”, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados. No se considerarán como aceptadas las proposiciones cuando la cantidad de los servicios “LOS BIENES” ofertados sea menor al 100% de los solicitados por la convocante en la partida correspondienteconvocante, procediéndose a descalificar desechar la que no esté completa.
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CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS. Los criterios que aplicarán el área requirente solicitante y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en los requisitos establecidos en la presente convocatoria, así como en la información documental presentada por los licitantes, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36 Bis, fracción II, de “La Ley”la LAASSP. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas por los licitantes en sus ofertas técnicas y económicas. No serán objeto de evaluación las condiciones establecidas por la convocante que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la invitaciónlicitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las propuestasproposiciones. Tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 39, penúltimo párrafo del “Reglamento”Reglamento de la LAASSP, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados. No se considerarán como aceptadas las proposiciones cuando la cantidad de los servicios Seguros ofertados sea menor al no contemplen el 100% de los solicitados por bienes de la convocante en la partida correspondiente, procediéndose a descalificar la que no esté completase pretenden asegurar por medio de esta convocatoria.
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Samples: Pólizas De Seguros De Bienes Patrimoniales Y De Personas
CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS. Los criterios que aplicarán el área requirente y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en los requisitos establecidos en la presente convocatoria, así como en la información documental presentada por los licitantes, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36 Bis, fracción II, de “La Ley”. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas por los licitantes en sus ofertas propuestas técnicas y económicas. No serán objeto de evaluación las condiciones establecidas por la convocante Convocante que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la invitaciónInvitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las propuestas. Tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 39, penúltimo párrafo del “Reglamento” de “La Ley”, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados. No se considerarán como aceptadas las proposiciones cuando la cantidad de los servicios ofertados sea menor al 100% de los solicitados por la convocante en la partida correspondiente, procediéndose a descalificar la que no esté completa.
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Samples: Invitación a Cuando Menos Tres Personas Electrónica Nacional
CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS. Los criterios que aplicarán el área requirente y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en los requisitos establecidos en la presente convocatoria, así como en la información documental presentada por los licitantes, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36 Bis, fracción II, de “La Ley”. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas por los licitantes en sus ofertas propuestas técnicas y económicas. No serán objeto de evaluación las condiciones establecidas por la convocante Convocante que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la invitaciónlicitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las propuestas. Tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 39, penúltimo párrafo del “Reglamento” de “La Ley”, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados. No se considerarán como aceptadas La Convocante podrá desechar las proposiciones cuando la cantidad de los servicios BIENES ofertados sea menor al 100% de los solicitados por la convocante Convocante en cada Partida, salvo que únicamente exista uno o máximo dos oferentes y el precio de la partida correspondiente, procediéndose Partida parcial ofertada se considere como aceptable y/o conveniente. Esto último por ser BIENES necesarios para dar cumplimiento a descalificar la que no esté completalas metas y programas institucionales de esta empresa pública para el ejercicio fiscal 2019.
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Samples: Licitación Pública Electrónica Internacional Abierta
CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS. Los criterios que aplicarán el área requirente solicitante y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en los requisitos establecidos en la presente convocatoria, así como en la información documental presentada por los licitantes, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36 Bis, fracción II, de “La Ley”la LAASSP. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas por los licitantes en sus ofertas técnicas y económicas. No serán objeto de evaluación las condiciones establecidas por la convocante que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la invitaciónlicitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las propuestasproposiciones. Tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 39, penúltimo párrafo del “Reglamento”Reglamento de la LAASSP, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados. No se considerarán como aceptadas las proposiciones cuando la cantidad de los servicios Seguros ofertados sea menor al no contemplen el 100% de los solicitados por bienes y especificaciones técnicas que la convocante en la pretende asegurar por medio de esta convocatoria, es decir partida correspondiente, procediéndose a descalificar la que no esté completa.
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Samples: Licitación Pública
CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS. Los criterios que aplicarán el área requirente y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en los requisitos establecidos en la presente convocatoria, así como en la información documental presentada por los licitantes, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36 Bis, fracción II, de “La Ley” y 51 de su “Reglamento”. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas por los licitantes en sus ofertas propuestas técnicas y económicas. No serán objeto de evaluación las condiciones establecidas por la convocante Convocante que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la invitaciónInvitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las propuestas. Tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 39, penúltimo párrafo del “Reglamento” de “La Ley”, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados. No se considerarán como aceptadas las proposiciones cuando la cantidad de los servicios “LOS SERVICIOS” ofertados sea menor al 100% de los solicitados por la convocante Convocante en la partida cada Partida correspondiente, procediéndose a descalificar la que no esté completa. La propuesta técnica y económica deberán contar con firma electrónica, de acuerdo con los medios de identificación electrónica establecidos por la Secretaría de la Función Pública.
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CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS. Los criterios que aplicarán el área requirente solicitante y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en los requisitos establecidos en la presente convocatoria, así como en la información documental presentada por los licitantes, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36 Bis, fracción II, de “La Ley”la LAASSP. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas por los licitantes en sus ofertas técnicas y económicas. No serán objeto de evaluación las condiciones establecidas por la convocante que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la invitaciónlicitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las propuestas. Tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 39, penúltimo párrafo del “Reglamento”Reglamento de la LAASSP, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados. No se considerarán como aceptadas las proposiciones cuando la cantidad de los servicios bienes ofertados sea menor al 100% de los bienes solicitados por la convocante en la partida correspondientecada una de los Partidas, procediéndose a descalificar la Partida que no esté completa.
5.1.- Evaluación de las proposiciones técnicas.
5.2.- Evaluación de las proposiciones económicas. “LA ENTIDAD” elaborará cuadros comparativos sobre los aspectos económicos ofrecidos por los licitantes para su análisis y evaluación:
a) Se evaluarán las proposiciones económicas de aquellas proposiciones técnicas que se hayan considerado solventes, comparándose entre sí.
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Samples: Licitación Pública Internacional
CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS. Los criterios que aplicarán el área requirente solicitante y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en los requisitos establecidos en la presente convocatoria, así como en la información documental presentada por los licitantes, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36 Bis, fracción II, de “La Ley”la LAASSP. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas por los licitantes en sus ofertas técnicas y económicas. No serán objeto de evaluación las condiciones establecidas por la convocante que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la invitaciónlicitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las propuestasproposiciones. Tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 39, penúltimo párrafo del “Reglamento”Reglamento de la LAASSP, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados. No se considerarán como aceptadas las proposiciones cuando la cantidad de los servicios Seguros ofertados sea menor al no contemplen el 100% de los solicitados por bienes y especificaciones técnicas que la convocante en la partida correspondientepretende asegurar medio de esta convocatoria, procediéndose a descalificar la que no esté es decir Partida completa.
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Samples: Licitación Pública
CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS. Los criterios que aplicarán el área requirente solicitante y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en los requisitos establecidos en la presente convocatoria, así como en la información documental presentada por los licitantes, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36 Bis, fracción II, de “La la Ley”. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas por los licitantes en sus ofertas prpuestas técnicas y económicas. No serán objeto de evaluación las condiciones establecidas por la convocante Convocante que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la invitaciónlicitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las propuestasproposiciones. Tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 39, penúltimo párrafo del “Reglamento”, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados. No se considerarán como aceptadas las proposiciones cuando la cantidad de los servicios Seguros ofertados sea menor al no contemplen el 100% de los solicitados bienes y especificaciones técnicas que la Convocante pretende asegurar por la convocante en la medio de esta convocatoria, es decir por partida correspondiente, procediéndose a descalificar la que no esté completa.
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Samples: Licitación Pública Electrónica
CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS. Los criterios que aplicarán el área requirente y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en los requisitos establecidos en la presente convocatoria, así como en la información documental presentada por los licitantes, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36 Bis, fracción II, de “La Ley”. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas por los licitantes en sus ofertas propuestas técnicas y económicas. No serán objeto de evaluación las condiciones establecidas por la convocante Convocante que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la invitaciónInvitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las propuestas. Tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 39, penúltimo párrafo del “Reglamento” de “La Ley”, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados. No se considerarán como aceptadas las proposiciones propuestas cuando la cantidad de los servicios ofertados la ROPA ofertada sea menor al 100% de los solicitados la solicitada por la convocante en la partida correspondiente, procediéndose a descalificar la partida que no esté completa.
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CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS. Los criterios que aplicarán el área requirente y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en los requisitos establecidos en la presente convocatoria, así como en la información documental presentada por los licitantes, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36 Bis, fracción II, de “La Ley”. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas por los licitantes en sus ofertas técnicas y económicas. No serán objeto de evaluación las condiciones establecidas por la convocante que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la invitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las propuestas. Tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 39, penúltimo párrafo del “Reglamento”, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados. No se considerarán como aceptadas las proposiciones cuando la cantidad de los servicios ofertados del suministro ofertado sea menor al 100% de los solicitados por la convocante en la partida correspondiente, procediéndose a descalificar la que no esté completa.
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Samples: Invitación a Participar en Un Procedimiento De Contratación
CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS. Los criterios que aplicarán el área requirente y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en los requisitos establecidos en la presente convocatoria, así como en la información documental presentada por los licitantes, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36 Bis, fracción II, de “La Ley”. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas por los licitantes en sus ofertas propuestas técnicas y económicas. No serán objeto de evaluación las condiciones establecidas por la convocante Convocante que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la invitaciónlicitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las propuestas. Tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 39, penúltimo párrafo del “Reglamento” de “La Ley”, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados. No se considerarán como aceptadas La convocante podrá desechar las proposiciones cuando la cantidad de los servicios “LOS MATERIALES” ofertados sea menor al 100% de los solicitados por la convocante Convocante en cada Partida y subpartidas correspondiente, salvo que únicamente exista uno o máximo dos oferentes y el precio de la partida correspondiente, procediéndose parcial ofertada se considere como aceptable y/o conveniente. Esto último por ser bienes necesarios para dar cumplimiento a descalificar la que no esté completalas metas y programas institucionales de esta empresa pública para el ejercicio fiscal 2019.
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CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS. Los criterios que se aplicarán el área requirente y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en los requisitos establecidos en la presente convocatoria, así como en la información documental presentada por los licitanteslicitantes conforme al Anexo Número 5 (cinco), el cual forma parte de la presente Convocatoria, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36 Bis, fracción II, de “La Ley”la LAASSP. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas explícitamente por los licitantes en sus ofertas técnicas y económicaslicitantes. No serán objeto de evaluación evaluación, las condiciones establecidas por la convocante convocante, que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la invitaciónlicitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las propuestasproposiciones. Tratándose En tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 39, penúltimo párrafo del “Reglamento”Reglamento de la LAASSP, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados. No se considerarán como aceptadas las proposiciones proposiciones, cuando el licitante no cotice la cantidad totalidad de los servicios ofertados sea menor al 100% de los solicitados requeridos por la convocante en la partida correspondiente, procediéndose a descalificar la que no esté completapartida.
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CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS. Los criterios que aplicarán el área requirente solicitante y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en los requisitos establecidos en la presente convocatoria, así como en la información documental presentada por los licitanteslicitantes conforme al Anexo Número 2 (dos), el cual forma parte de la presente convocatoria, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36 Bis, fracción II, de “La Ley”la LAASSP. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas explícitamente por los licitantes en sus ofertas técnicas licitantes, utilizándose el sistema de evaluación binario de conformidad al artículo 36 de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y económicasServicios del Sector Publico. No serán objeto de evaluación evaluación, las condiciones establecidas por la convocante convocante, que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la invitaciónlicitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las propuestas. Tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 3934, penúltimo párrafo fracción VIII, del “Reglamento”Reglamento de la LAASSP, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados. No se considerarán como aceptadas las proposiciones proposiciones, cuando no cotice la cantidad totalidad de los servicios ofertados sea menor al 100% de los solicitados bienes requeridos por la convocante en la partida correspondiente, procediéndose a descalificar la que no esté completapartida.
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Samples: Contract for Services
CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS. Los criterios que aplicarán el área requirente y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en los requisitos establecidos en la presente convocatoria, así como en la información documental presentada por los licitantes, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36 Bis, fracción II, de “La Ley”. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas por los licitantes en sus ofertas propuestas técnicas y económicas. No serán objeto de evaluación las condiciones establecidas por la convocante Convocante que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la invitaciónlicitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las propuestas. Tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 39, penúltimo párrafo del “Reglamento” de “La Ley”, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados. No se considerarán como aceptadas La convocante podrá desechar las proposiciones cuando la cantidad de los servicios “LOS EQUIPOS” ofertados sea menor al 100% de los solicitados por la convocante Convocante en cada Partida y subpartidas correspondiente, salvo que únicamente exista uno o máximo dos oferentes y el precio de la partida correspondiente, procediéndose parcial ofertada se considere como aceptable y/o conveniente. Esto último por ser equipos necesarios para dar cumplimiento a descalificar la que no esté completalas metas y programas institucionales de esta empresa pública para el ejercicio fiscal 2019.
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CRITERIOS PARA LA EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS. Los criterios que aplicarán el área requirente y/o técnica para evaluar las proposiciones, se basarán en los requisitos establecidos en la presente convocatoria, así como en la información documental presentada por los licitantes, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36 Bis, fracción II, de “La Ley”. La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas por los licitantes en sus ofertas propuestas técnicas y económicas. No serán objeto de evaluación las condiciones establecidas por la convocante Convocante que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la invitaciónInvitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las propuestas. Tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 39, penúltimo párrafo del “Reglamento” de “La Ley”, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados. No se considerarán como aceptadas La Convocante podrá desechar las proposiciones cuando la cantidad de los servicios ofertados las REFACCIONES ofertado sea menor al 100% de los solicitados por la convocante Convocante en la cada partida correspondiente, procediéndose salvo que únicamente exista uno o máximo dos oferentes y el precio de la partida parcial ofertada se considere como aceptable y/o conveniente. Esto último por ser Herramientas necesarios para dar cumplimiento a descalificar la que no esté completalas metas y programas institucionales de esta empresa pública para el ejercicio fiscal 2019.
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Samples: Convocatoria