EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES TÉCNICAS. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 36, de la LAASSP, se procederá a evaluar técnicamente al menos las dos proposiciones cuyo precio resulte ser más bajo, de no resultar éstas solventes, se procederá a la evaluación de las que le sigan en precio. Para efectos de la evaluación, se tomarán en consideración los criterios siguientes: Se verificará que incluyan la información, los documentos y los requisitos solicitados en las bases. Se verificará documentalmente que el servicio ofertado, cumpla con las especificaciones técnicas y requisitos solicitados en estas bases, así como con aquellos que resulten de la junta de aclaraciones. Se verificará la congruencia de los catálogos e instructivos que presenten los licitantes con lo ofertado en la proposición técnica. Se verificará el cumplimiento de la proposición técnica, conforme a los requisitos establecidos en el numeral 6 de las bases de esta Convocatoria.
EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES TÉCNICAS. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 36, 36 bis de la Ley y 52 de su Reglamento y del acuerdo por el que se emiten diversos lineamientos para la aplicación del criterio de evaluación de proposiciones a través del mecanismo de puntos y porcentajes en los procedimientos de contratación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 9 de septiembre de 2010, se procederá a evaluar técnicamente las propuestas de los licitantes con el criterio de puntos y porcentajes de la siguiente forma:
I.- Capacidad del licitante.- Se asignarán hasta 31.5 puntos, al licitante que acredite contar con los recursos humanos solicitados en la convocatoria, distribuidos de la siguiente manera:
a) Capacidad de recursos humanos. Se asignarán hasta 30 puntos al licitante que acredite tener las capacidades técnicas y cognoscitivas y la experiencia del personal que se requiera para prestar los servicios de consultoría. A efecto de evaluar la capacidad del licitante, se asignará la puntuación conforme a los siguientes aspectos: Experiencia. Se asignarán hasta 11.9 puntos al licitante que compruebe tener el personal con experiencia en temas de gestión, calidad, desarrollo organizacional y/o comunicación. Se deberá presentar el curriculum vitae del personal que se asignará al proyecto, en donde se incluyan direcciones y teléfonos de las empresas o instituciones en donde se haya laborado o con las que se hayan realizado proyectos de consultoría. Se asignarán hasta 11.9 puntos al licitante que compruebe tener el personal con experiencia en temas de gestión, calidad, desarrollo organizacional y/o comunicación. Se deberá presentar el curriculum vitae del personal que se asignará al proyecto, en donde se incluyan direcciones y teléfonos de las 11.9 puntos 8 puntos 4 puntos 0 puntos empresas o instituciones en donde se haya laborado o con las que se hayan realizado proyectos de consultoría. Conocimiento. Se asignarán hasta 12.2 puntos al licitante que compruebe contar con personal capacitado y con estudios en temas relacionados con gestión, calidad, desarrollo organizacional y/o comunicación. Se deberá presentar título profesional y diplomas, constancias o certificados relacionados con temas de gestión, comunicación, desarrollo organizacional y/o calidad expedidos por instituciones o universidades reconocidas. Se asignarán hasta 12.2 puntos al licitante que compruebe contar con personal capacitado y con estudios en temas relacionados con gestión, calidad, desarrollo organiz...
EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES TÉCNICAS. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 35, fracción IV de la Ley, se procederá a evaluar técnicamente a las dos propuestas cuyo precio resulte ser el más bajo. No obstante lo anterior, en el caso de que una, o las dos propuestas seleccionadas, sean descalificadas por encontrarse en alguno de los supuestos previstos en el numeral 3 de las presentes bases, se procederá a la evaluación de las subsecuentes propuestas que previamente hayan sido aceptadas. Para efectos de la evaluación, se tomarán en consideración los criterios siguientes: • Se verificará que incluyan la información, los documentos y los requisitos solicitados en el numeral 9 de estas bases • Se verificará documentalmente que el servicio ofertado cumpla con las especificaciones técnicas, requisitos y condiciones solicitados en los numerales 7 y 12 de estas bases, así como con aquellos que resulten de la junta de aclaraciones. • Se verificará la congruencia de las fotografías, que presenten los licitantes con lo ofertado en la propuesta técnica. • En general, el cumplimiento de las propuestas conforme a los requisitos establecidos en las bases
EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES TÉCNICAS. Se verificará que las proposiciones incluyan y cumplan con la información, los documentos y los requisitos solicitados en el numeral 9 de estas bases. Se verificará documentalmente que el servicio ofertado cumpla con los requisitos solicitados en el Anexo No. 4 a que se refiere el numeral 7.1 de estas bases, así como con aquellos que resulten de la junta de aclaraciones. La Convocante podrá realizar visitas a las oficinas e instalaciones, de los licitantes para verificar su capacidad técnica y administrativa.
EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES TÉCNICAS. Con fundamento en lo dispuesto por el Artículo 36 de la Ley, se procederá a evaluar técnicamente a las dos propuestas cuyo precio resulte ser el más conveniente. No obstante lo anterior, en el caso de que ambas propuestas sean descalificadas por encontrarse en alguno de los supuestos previstos en el numeral 3 (tres) de la presente convocatoria, se procederá a la evaluación de las propuestas restantes que previamente hayan sido aceptadas. Para efectos de la evaluación, se tomarán en consideración los criterios siguientes: Se verificará que incluyan la información, los documentos y los requisitos solicitados en el numeral 9 (nueve) de esta convocatoria. Se verificará documentalmente que los bienes ofertados, cumplan con las especificaciones técnicas y requisitos solicitados en los numerales 7 (siete) y 9 (nueve) de esta convocatoria, así como, con aquellos que resulten de la junta de aclaraciones. Se verificará la congruencia de los catálogos e instructivos que presenten los licitantes con lo ofertado en la propuesta técnica. En general, el cumplimiento de las propuestas conforme a los requisitos establecidos en la convocatoria.
EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES TÉCNICAS. Para verificar la solvencia de las propuestas técnicas presentadas, se analizará cada uno de los documentos presentados de conformidad con los anexos, la descripción técnica de los bienes solicitados, y en general el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria. Se verificará que la información proporcionada cumpla con cada uno de los requisitos y criterios técnicos, indicaciones, descripciones, características y especificaciones técnicas aplicables a los servicios solicitados; así como, los descritos en su caso, de las aclaraciones a las bases de la Invitación. Los documentos que se solicitan en estos requisitos y criterios de evaluación técnica, deben ser presentados al momento del acto de presentación y apertura de propuestas, el incumplimiento de alguno de los requisitos expresamente solicitados por “La Entidad” será motivo de desechamiento de la propuesta técnica. En caso de que el “Licitante” omitiera la entrega del algún documento o información que no desvirtúe la solvencia de la proposición técnica, no será motivo de descalificación del concurso. La evaluación de las propuestas técnicas recibidas se realizará por partida completa; Los licitantes deberán cumplir con los requisitos y criterios de evaluación técnica que a continuación se detallan. Para ser consideradas en la evaluación, las partidas respectivas deberán cotizarse completas; el incumplimiento de algún documento y/o requerimiento solicitado para la evaluación técnica, será motivo para desechar la propuesta técnica de la partida completa a evaluar, por considerarse que el servicio que propone el “Licitante” no es el requerido por “La Entidad”: El área requirente elaborará un dictamen de análisis detallado a las propuestas técnicas presentadas, en el cual se hará constar la solvencia de las proposiciones analizadas.
EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES TÉCNICAS. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 35, fracción IV de la Ley, se procederá a evaluar técnicamente a las dos propuestas cuyo precio resulte ser el más bajo. No obstante lo anterior, en el caso de que una, o las dos propuestas seleccionadas, sean descalificadas por encontrarse en alguno de los supuestos previstos en el numeral 3 de la presente convocatoria, se procederá a la evaluación de las subsecuentes propuestas que previamente hayan sido aceptadas. Para efectos de la evaluación, se tomarán en consideración los criterios siguientes: Se verificará que incluyan la información, los documentos y los requisitos solicitados en el numeral 9 de esta convocatoria Se verificará documentalmente que los bienes ofertados, cumplan con las especificaciones técnicas y requisitos solicitados en el numeral 7 y 12 de esta convocatoria, así como con aquellos que resulten de la junta de aclaraciones. Se verificará la congruencia de los catálogos e instructivos que presenten los licitantes con lo ofertado en la propuesta técnica. Se verificará el resultado de la evaluación de las muestras presentadas contra las especificaciones técnicas y los catálogos del proveedor que hayan sido requeridos en la convocatoria. En general, el cumplimiento de las propuestas conforme a los requisitos establecidos en la convocatoria
EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES TÉCNICAS. Se procederá a evaluar técnicamente todas las proposiciones presentadas por los licitantes, analizándose cada uno de los documentos presentados de conformidad con los anexos, la descripción de los servicios y en general el cumplimiento de los requisitos establecidos en la convocatoria. En caso de que el licitante omitiera la entrega del algún documento o información que no desvirtué la solvencia de la proposición técnica, no será motivo de descalificación del concurso. La convocante se reserva el derecho en caso de ser necesario, de realizar visitas de inspección al negocio o domicilio de los licitantes para corroborar su capacidad técnica y administrativa, a fin de determinar si efectivamente es solvente para cumplir con el objeto de la presente convocatoria. Dicha visita deberá ser durante el periodo de evaluación de las proposiciones técnicas y económicas, con anterioridad a la fecha de emisión del fallo. En caso de que el licitante omitiera la entrega del algún documento o información que no desvirtué la solvencia de la proposición técnica, no será motivo de descalificación del concurso. El área técnica requisitora elaborara un dictamen de análisis detallado a las proposiciones presentadas, en el cual se hará constar la solvencia de las proposiciones analizadas.
EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES TÉCNICAS. Para efectos de la evaluación de la propuesta técnica el licitante deberá cumplir con la documentación solicitada en el numeral 6.1 de la presente Convocatoria, ya que se verificará documentalmente que se incluya la información, documentos y requisitos solicitados. Propuesta de las especificaciones Técnicas con descripción amplia y detallada de los bienes ofertados, cumpliendo estrictamente con lo señalado en los numerales 2, 2.1, 2.2. 6. 6.1, 6.2, 6.3, Anexo Número 1 (uno). Posterior a la calificación de puntos, se determinará como propuesta solvente técnicamente, aquella que como resultado de la calificación obtenida en la evaluación técnica, cumpla con un mínimo de aceptación de 37.5 puntos del total de los rubros. Una vez efectuado este procedimiento, se procederá a evaluar las ofertas económicas presentadas por los licitantes que hayan obtenido como mínimo 37.5 puntos del total de los rubros de la propuesta técnica. El Instituto adjudicará el contrato al licitante que reúna las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas y garantice satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones, así como aquella que tenga la mejor evaluación combinada en términos de los criterios de puntos señalados en el presente numeral. Se elaborará un cuadro comparativo con los puntos obtenidos por los licitantes participantes, mismo que permitirá hacer un análisis comparativo. Si derivado de la evaluación económica y técnica de las proposiciones, se desprende el empate en cuanto a puntos obtenidos por dos o más licitantes, se procederá de acuerdo a lo previsto en el artículo 36 bis, segundo y tercer párrafo de la LAASSP.
EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES TÉCNICAS. CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 36, DE LA LAASSP, SE PROCEDERÁ A EVALUAR TÉCNICAMENTE AL MENOS LAS DOS PROPOSICIONES CUYO PRECIO RESULTE SER MÁS BAJO, DE NO RESULTAR ÉSTAS SOLVENTES, SE PROCEDERÁ A LA EVALUACIÓN DE LAS QUE LE SIGAN EN PRECIO. PARA EFECTOS DE LA EVALUACIÓN, SE TOMARÁN EN CONSIDERACIÓN LOS CRITERIOS SIGUIENTES: SE VERIFICARÁ QUE INCLUYAN LA INFORMACIÓN, LOS DOCUMENTOS Y LOS REQUISITOS SOLICITADOS EN LAS CONVOCATORIA. SE VERIFICARÁ DOCUMENTALMENTE QUE LOS BIENES OFERTADOS, CUMPLAN CON LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y REQUISITOS SOLICITADOS EN ESTAS CONVOCATORIA, ASÍ COMO CON AQUELLOS QUE RESULTEN DE LA JUNTA DE ACLARACIONES. SE VERIFICARÁ LA CONGRUENCIA DE LOS CATÁLOGOS E INSTRUCTIVOS QUE PRESENTEN LOS LICITANTES CON LO OFERTADO EN LA PROPOSICIÓN TÉCNICA. SE VERIFICARÁ EL CUMPLIMIENTO DE LA PROPOSICIÓN TÉCNICA, CONFORME A LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN EL NUMERAL 6.2, DE LAS CONVOCATORIA DE ESTA CONVOCATORIA. (EN EL CASO DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO DEBERÁ SEÑALARSE LO SIGUIENTE: LA EVALUACIÓN SE HARÁ SOBRE EL CUADRO BÁSICO CONTENIDO EN EL CATÁLOGO DE ARTÍCULOS VIGENTES EN LA FECHA EN QUE SE PUBLIQUE LA CONVOCATORIA. LA EVALUACIÓN SE HARÁ SOBRE LA DESCRIPCIÓN DE LA CLAVE QUE CORRESPONDA AL CUADRO BÁSICO Y CATÁLOGO DE INSUMOS DEL SECTOR SALUD, CONTENIDO EN EL CATÁLOGO DE ARTÍCULOS