Common use of Cuenta Clause in Contracts

Cuenta. a. Autorización. El Afiliado debe abrir y establecer con el Adquirente, o con cualquier otra institución de crédito mexicana de su elección, una o más Cuentas de Depósito para facilitar la liquidación de las Transacciones. El Afiliado debe mantener fondos suficientes en la Cuenta para la liquidación de las Transacciones previstas en este Contrato y para realizar los cargos, ajustes y abonos derivados de los Contracargos, devoluciones, ajustes, cuotas, tasas y/o penalizaciones de las Redes de Pago, y cualquier otra cantidad que sea debida conforme al Contrato. De conformidad con lo previsto en el artículo 2596 del Código Civil Federal, el Afiliado autoriza e instruye de manera al Adquirente a realizar cargos, ajustes y abonos a la Cuenta y/o al Fondo de Reserva con el propósito de liquidar pagos o cargar cantidades debidas por el Afiliado conforme al presente Contrato. Las autorizaciones aquí previstas permanecerán vigentes aún después de la terminación del Contrato y hasta en tanto sean cumplidas en su totalidad las obligaciones del Afiliado con el Adquirente. El Afiliado deberá notificar al Adquirente el cambio de la Cuenta de depósito con 20 (veinte) días hábiles de anticipación a fin de que el Adquirente pueda realizar los ajustes correspondientes para continuar con la prestación de los Servicios. Si el Afiliado no proporciona el aviso mencionado al Adquirente, éste podrá terminar inmediatamente el Contrato sin necesidad de declaración judicial, así como podrá retener las cantidades debidas al Adquirente en el Fondo de Reserva hasta en tanto el Afiliado no cumpla con todas sus obligaciones derivadas del presente Contrato. El Adquirente utilizará las instrucciones proporcionadas por el Afiliado solicitando cambios a la Cuenta. En caso de que el Afiliado cambie la Cuenta, las autorizaciones establecidas en el presente Contrato serán aplicadas a la nueva cuenta del Afiliado y el Afiliado debe proporcionar al Adquirente la información de la nueva Cuenta según sea necesario para la liquidación de las Transacciones. Una vez que el Adquirente reciba la notificación por escrito del Afiliado del cambio de la Cuenta, realizará los cambios en los sistemas correspondientes, lo cual, tomará un plazo xx xxxx (10) días hábiles para que dicho cambio aparezca reflejado en el sistema. El Afiliado podrá solicitar al Adquirente confirmación por escrito del cambio de la Cuenta. El Adquirente deberá depositar en la Cuenta todos los fondos correspondientes a los Pagarés de Venta, conforme a lo previsto en la “Sección (A) (4) Transacciones” de este Contrato. El Adquirente tiene derecho de retrasar a su entera discreción, los abonos a la Cuenta de los fondos correspondientes a los Pagarés de Venta. El Afiliado autoriza e instruye al Adquirente a realizar o

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Samples: Contrato De Afiliación a Comercios

Cuenta. a. Autorización. El Comercio Afiliado debe abrir y establecer con el Adquirente, o con cualquier otra institución de crédito mexicana de su elecciónestablecerá, una o más Cuentas de Depósito para facilitar la liquidación de las Transacciones. El Comercio Afiliado debe mantener fondos suficientes en la Cuenta para la liquidación de las Transacciones previstas en este Contrato y para realizar los cargos, ajustes y abonos derivados de los Contracargos, devoluciones, ajustes, cuotas, tasas y/o tasas, intereses, comisiones y penalizaciones de las Redes de PagoMedios de Disposición, y así como cualquier otra cantidad que sea debida conforme al Contrato. De conformidad con lo previsto en el artículo 2596 del Código Civil Federal, el Comercio Afiliado autoriza e instruye de manera al Adquirente irrevocable a realizar MI BANCO a que, en caso de que la Cuenta se encuentre abierta en MI BANCO, este último realice sin incurrir en responsabilidad alguna por ello, los cargos, ajustes y abonos a la Cuenta dicha Cuenta, y/o al Fondo de Reserva Garantía que correspondan con el propósito de liquidar pagos o cargar cantidades debidas por el Comercio Afiliado conforme al presente Contrato. Las autorizaciones aquí previstas en esta Cláusula y, en general, en este Contrato, permanecerán vigentes aún después de la terminación del Contrato y hasta en tanto sean cumplidas en su totalidad las obligaciones del Comercio Afiliado con MI BANCO. De ser el Adquirente. El caso, el Comercio Afiliado deberá notificar al Adquirente a MI BANCO el cambio de la Cuenta de depósito con al menos 20 (veinte) días hábiles Días Hábiles de anticipación a fin de que el Adquirente MI BANCO pueda realizar los ajustes correspondientes para continuar con la prestación de los Servicios. Si el Comercio Afiliado no proporciona el aviso mencionado al Adquirentea MI BANCO, éste podrá terminar inmediatamente el Contrato sin necesidad de declaración judicial, así como podrá retener las cantidades debidas al Adquirente en judicial o requerimiento alguno y conservará el Fondo de Reserva Garantía hasta en tanto el Comercio Afiliado no cumpla con todas sus las obligaciones a su cargo derivadas del presente Contrato. El Adquirente utilizará las instrucciones proporcionadas por el Afiliado solicitando cambios a la Cuenta. En caso de que el Comercio Afiliado cambie la Cuenta, las autorizaciones establecidas en el presente Contrato serán aplicadas a la nueva cuenta del Afiliado y el Afiliado debe proporcionar al Adquirente la información de la nueva Cuenta según sea necesario para la liquidación de las TransaccionesComercio Afiliado, si es que ésta fuese abierta en MI BANCO. Una vez que el Adquirente MI BANCO reciba la notificación por escrito del Comercio Afiliado del cambio de la Cuenta, realizará los cambios en los sistemas correspondientes, lo cual, tomará un plazo xx xxxx de al menos 10 (10diez) días hábiles Días Hábiles para que dicho cambio aparezca reflejado en el sistema. El Comercio Afiliado podrá solicitar al Adquirente a MI BANCO confirmación por escrito del cambio de la Cuenta. El Adquirente MI BANCO deberá depositar en la Cuenta todos los fondos correspondientes a los Pagarés de Venta, conforme a lo previsto en la “Sección (A) (4) Transacciones” de este ContratoPagarés. El Adquirente tiene derecho de retrasar Comercio Afiliado autoriza e instruye a su entera discreciónMI BANCO a realizar o suspender cualquier cargo o ajuste a la Cuenta, los si es que ésta estuviese en MI BANCO para realizar abonos anticipados. MI BANCO realizará abonos a la Cuenta conforme al presente Contrato. El Comercio Afiliado autoriza, instruye y designa a MI BANCO para cobrar cualquier cantidad del Emisor, el Cliente o la institución financiera del Cliente, que se derive de los fondos correspondientes las Transacciones. MI BANCO, a su entera discreción podrá provisionalmente abonar a la Cuenta las cantidades de la Transacción durante el proceso de cobranza, sujeto a recibir el pago final por el Comercio Afiliado de las comisiones, cuotas o gastos a su cargo, sujeto de igual modo a los Pagarés Contracargos, devoluciones, ajustes, cuotas, tasas y/o penalizaciones de Ventalas Redes de Medios de Disposición, y cualquier otra cantidad que sea debida conforme al Contrato. El Adicionalmente, el Comercio Afiliado autoriza e instruye al Adquirente se obliga a realizar oindemnizar y sacar en paz y a salvo a MI BANCO de cualquier movimiento de la Cuenta o del Fondo de Garantía realizado en términos de lo dispuesto en el presente Contrato.

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Samples: Contrato De Afiliación De Comercios Para La Recepción De Pagos Con Tarjetas Y Servicios Relacionados

Cuenta. a. AutorizaciónLas partes convienen que la “Casa de Bolsa” abrirá al “Cliente” una cuenta en la que se registrarán las operaciones realizadas, las entregas o traspasos de “Valores” o efectivo hechas por el “Cliente” o por instrucciones de éste, las percepciones de intereses, rendimientos, dividendos, amortizaciones, importe de ventas de títulos y derechos, y en general cualquier saldo a favor del propio “Cliente” en “Valores” o efectivo; así como los retiros de “Valores” o efectivo hechos por el “Cliente” y los honorarios, remuneraciones, gastos, comisiones y demás pagos que el “Cliente” cubra o deba pagar a la “Casa de Bolsa” conforme a este “Contrato”. El Afiliado debe abrir De acuerdo a lo establecido en la Xxx xxx Xxxxxxx de Valores se reconoce que en el manejo de la cuenta del “Cliente”, la “Casa de Bolsa” no asume obligación alguna de garantizar, directa o indirectamente rendimientos; asumir la obligación de devolver la suerte principal de los recursos que le hayan sido entregados para la celebración de operaciones con “Valores”, salvo tratándose de operaciones de Reporto y establecer con Préstamo de Valores; responsabilizarse de las pérdidas que pueda sufrir el Adquirente“Cliente” como consecuencia de dichas operaciones, o con en cualquier otra institución forma asumir el riesgo en el diferencial del precio o tasa a favor del “Cliente”. La “Casa de crédito mexicana Bolsa” se encuentra facultada para fijar periódicamente los niveles mínimos que deberá reportar la cuenta, de su eleccióntal manera que si el valor xx xxxxxxx de los “Valores” depositados y el monto en efectivo depositado resultara inferior a los citados niveles, una o más Cuentas el presente “Contrato” se tendrá por terminado, debiendo el “Cliente” instruir a la “Casa de Depósito para facilitar la liquidación Bolsa”, en términos de las Transacciones. El Afiliado debe mantener fondos suficientes en la Cuenta para la liquidación de las Transacciones previstas lo pactado en este Contrato y para realizar los cargos“Contrato”, ajustes y abonos derivados sobre la forma de proceder respecto de los Contracargos“Valores” y del efectivo depositados, devoluciones, ajustes, cuotas, tasas y/o penalizaciones de las Redes de Pago, y cualquier otra cantidad que sea debida conforme al Contrato. De conformidad con lo previsto en el artículo 2596 del Código Civil Federalentendido que si el “Cliente” no instruyera a la “Casa de Bolsa” a este respecto, el Afiliado “Cliente” autoriza e instruye de manera al Adquirente a realizar cargos, ajustes y abonos a la Cuenta y/o al Fondo de Reserva con el propósito de liquidar pagos o cargar cantidades debidas por el Afiliado conforme al presente Contrato. Las autorizaciones aquí previstas permanecerán vigentes aún después de la terminación del Contrato y hasta en tanto sean cumplidas en su totalidad las obligaciones del Afiliado con el Adquirente. El Afiliado deberá notificar al Adquirente el cambio de la Cuenta de depósito con 20 (veinte) días hábiles de anticipación a fin de que el Adquirente pueda realizar los ajustes correspondientes para continuar con la prestación “Xxxx xx Xxxxx” x xxxxxx x xxxx xx xxxxx de los Servicios. Si “Valores” remanentes al precio xx xxxxxxx y a abonar el Afiliado no proporciona el aviso mencionado al Adquirente, éste podrá terminar inmediatamente el Contrato sin necesidad de declaración judicial, así como podrá retener las cantidades debidas al Adquirente en el Fondo de Reserva hasta en tanto el Afiliado no cumpla con todas sus obligaciones derivadas del presente Contrato. El Adquirente utilizará las instrucciones proporcionadas por el Afiliado solicitando cambios producto a la Cuenta. En caso de cuenta a favor del “Cliente” que el Afiliado cambie la Cuenta, las autorizaciones establecidas en el presente Contrato serán aplicadas a la nueva cuenta del Afiliado y el Afiliado debe proporcionar al Adquirente la información de la nueva Cuenta según sea necesario para la liquidación de las Transacciones. Una vez que el Adquirente reciba la notificación por escrito del Afiliado del cambio de la Cuenta, realizará los cambios en los sistemas correspondientes, lo cual, tomará un plazo xx xxxx (10) días hábiles para que dicho cambio aparezca reflejado en el sistema. El Afiliado podrá solicitar al Adquirente confirmación por escrito del cambio de la Cuenta. El Adquirente deberá depositar en la Cuenta todos los fondos correspondientes a los Pagarés de Venta, conforme a lo previsto en la “Sección (A) (4) TransaccionesCasa de Bolsade este Contrato. El Adquirente tiene derecho de retrasar a su entera discreción, los abonos a la Cuenta de los fondos correspondientes a los Pagarés de Venta. El Afiliado autoriza e instruye al Adquirente a realizar oconsidere pertinente.

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Samples: Contrato De Intermediación Bursátil

Cuenta. a. 1. Autorización. El Afiliado debe abrir y establecer con el AdquirenteBanco, o con cualquier otra institución de crédito mexicana de su elección, una o más Cuentas de Depósito para facilitar la liquidación de las Transacciones. El Afiliado debe mantener fondos suficientes en la Cuenta para la liquidación de las Transacciones previstas en este Contrato y para realizar los cargos, ajustes y abonos derivados de los Contracargos, devoluciones, ajustes, cuotas, tasas y/o penalizaciones de las Redes de Pago, y cualquier otra cantidad que sea debida conforme al Contrato. De conformidad con lo previsto en el artículo 2596 del Código Civil Federal, el Afiliado autoriza e instruye de manera al Adquirente a realizar cargos, ajustes y abonos a la Cuenta y/o al Fondo de Reserva con el propósito de liquidar pagos o cargar cantidades debidas por el Afiliado conforme al presente Contrato. Las autorizaciones aquí previstas permanecerán vigentes aún después de la terminación del Contrato y hasta en tanto sean cumplidas en su totalidad las obligaciones del Afiliado con el Adquirente. El Afiliado deberá notificar al Adquirente el cambio de la Cuenta de depósito con 20 (veinte) días hábiles de anticipación a fin de que el Adquirente pueda realizar los ajustes correspondientes para continuar con la prestación de los Servicios. Si el Afiliado no proporciona el aviso mencionado al Adquirente, éste podrá terminar inmediatamente el Contrato sin necesidad de declaración judicial, así como podrá retener las cantidades debidas al Adquirente en el Fondo de Reserva hasta en tanto el Afiliado no cumpla con todas sus obligaciones derivadas del presente Contrato. El Adquirente utilizará las instrucciones proporcionadas por el Afiliado solicitando cambios a la Cuenta. En caso de que el Afiliado cambie la Cuenta, las autorizaciones establecidas en el presente Contrato serán aplicadas a la nueva cuenta del Afiliado y el Afiliado debe proporcionar al Adquirente la información de la nueva Cuenta según sea necesario para la liquidación de las Transacciones. Una vez que el Adquirente reciba la notificación por escrito del Afiliado del cambio de la Cuenta, realizará los cambios en los sistemas correspondientes, lo cual, tomará un plazo xx xxxx (10) días hábiles para que dicho cambio aparezca reflejado en el sistema. El Afiliado podrá solicitar al Adquirente confirmación por escrito del cambio de la Cuenta. El Adquirente deberá depositar en la Cuenta todos los fondos correspondientes a los Pagarés de Venta, conforme a lo previsto en la “Sección (A) (4) Transacciones” de este Contrato. El Adquirente tiene derecho de retrasar a su entera discreción, los abonos a la Cuenta de los fondos correspondientes a los Pagarés de Venta. El Afiliado autoriza e instruye al Adquirente a realizar oxxxx

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Samples: Contrato De Prestación De Servicios