Delegado sindical. En aquellos Centros de Trabajo con plantillas que excedan de 250 trabajadores, la representación del Sindicato o Central será ostentada por un delegado. El delegado sindical deberá ser trabajador en activo de las respectivas empresas, y designado de acuerdo con los Estatutos de la Central o Sindicato a quien represente. Será preferentemente miembro del Comité de Empresa.
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Samples: Convenio Colectivo, Convenio Colectivo, Convenio Colectivo
Delegado sindical. En aquellos Centros de Trabajo con plantillas que excedan de 250 trabajadorestrabajadores y trabajadoras, la representación del Sindicato o Central será ostentada por un delegadodelegado o aquellos que se correspondan con la Ley Orgánica de Libertad Sindical. El delegado sindical deberá ser trabajador o trabajador en activo de las respectivas empresas, y designado de acuerdo con los Estatutos de la Central o Sindicato a quien represente. Será preferentemente miembro del Comité de Empresa.
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Delegado sindical. En aquellos Centros de Trabajo con plantillas que excedan de 250 trabajadores, la representación del Sindicato o Central será ostentada por un delegado. El delegado sindical deberá ser trabajador en activo de las respectivas empresas, y designado de acuerdo con los Estatutos de la Central o Sindicato a quien represente. Será preferentemente miembro del Comité de Empresa.
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Samples: Convenio Colectivo