Common use of Delegados sindicales Clause in Contracts

Delegados sindicales. En las empresas, o en su caso, en los centros de trabajo que ocupen a más de quince trabajadores, cualquiera que sea la clase de su contrato se podrán constituir, por los sindicatos más representativos, Secciones sindicales con derecho a elegir un Delegado sindical, hasta cincuenta trabajadores dos Delegados sindicales. A partir de cincuenta trabajadores uno más por cada fracción de veinticinco trabajadores. Funciones de los Delegados sindicales: Representar y defender los intereses del sindicato al que representan, y los de los afiliados al mismo tiempo que trabajen en la empresa, y servir de instrumento de comunicación entre su central sindical y la dirección de las respectivas empresas. cve: BOE-A-2017-44 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx Podrán asistir a reuniones que celebren los Delegados de personal, Comité de empresa, Comité de seguridad e higiene en el trabajo y Comités paritarios de interpretación, con voz y sin voto. Tendrán acceso a la misma información y documentación que la empresa deba poner a disposición del Delegado de personal y Comité de empresa, de acuerdo con lo regulado a través de la Ley, estando obligados a guardar sigilo profesional en las materias en las que legalmente proceda. En el supuesto de que no sea Delegado de personal o miembro del Comité de empresa, tendrá las mismas garantías y derechos reconocidos por la Ley y por este Convenio para los Delegados de personal y miembros del Comité de empresa. Serán oídos por la empresa previamente a la adopción de medidas de carácter colectivo que afecten a los trabajadores en general y a los afiliados a su sindicato en particular. Serán asimismo informados y oídos por la empresa con carácter previo: Acerca de los despidos y sanciones que afecten a los afiliados al sindicato. En materia de reestructuración de plantilla, regulaciones de empleo, traslado de trabajadores cuando revista carácter colectivo, o del centro de trabajo general, y sobre todo proyecto o acción empresarial que pueda afectar sustancialmente a los intereses de los trabajadores/as. En la implantación o revisión de sistemas de Organización del Trabajo, estarán presentes en los procesos de negociación para su revisión. Los Delegados sindicales o cargos de relevancia nacional de las centrales sindicales reconocidas en el contexto del presente Convenio implantadas nacionalmente, disfrutarán de permisos retribuidos para asistir a las sesiones de la Comisión paritaria de interpretación y vigilancia del presente Convenio y Comisiones técnicas creadas por el mismo, aunque su empresa no esté afectada por los temas a tratar. Cuota sindical: A requerimiento de los trabajadores de la empresa que estén afiliados a las centrales sindicales, las empresas descontarán en la nómina mensual de los mismos, el importe de la cuota sindical correspondiente. El trabajador interesado en la realización de tal operación remitirá a la dirección de la empresa un escrito en el que se expresará con claridad la orden de descuento, la central a que pertenece, la cuantía de la cuota, así como el número de la cuenta corriente o libreta de caja de ahorros, a la que debe ser transferida la correspondiente cantidad. Las empresas efectuarán las antedichas detracciones, salvo indicación de lo contrario. La Dirección de la empresa entregará copia de transferencia a la representación del sindicato en la empresa.

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Delegados sindicales. En las empresas, o en su caso, en los centros de trabajo que ocupen a más de quince trabajadores, cualquiera que sea la clase de su contrato se podrán constituir, por los sindicatos más representativos, Secciones sindicales con derecho a elegir un Delegado sindical, hasta cincuenta trabajadores dos Delegados sindicales. sindicales A partir de cincuenta trabajadores uno más por cada fracción de veinticinco trabajadores. Funciones de los Delegados sindicales: Representar y defender los intereses del sindicato al que representan, y los de los afiliados al mismo tiempo que trabajen en la empresa, y servir de instrumento de comunicación entre su central sindical y la dirección de las respectivas empresas. cve: BOE-A-2017-44 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx Podrán asistir a reuniones que celebren los Delegados de personal, Comité de empresa, Comité de seguridad e higiene en el trabajo y Comités paritarios de interpretación, con voz y sin voto. Tendrán acceso a la misma información y documentación que la empresa deba poner a disposición del Delegado de personal y Comité de empresa, de acuerdo con lo regulado a través de la Ley, estando obligados a guardar sigilo profesional en las materias en las que legalmente proceda. En el supuesto de que no sea Delegado de personal o miembro del Comité de empresa, tendrá las mismas garantías y derechos reconocidos por la Ley y por este Convenio para los Delegados de personal y miembros del Comité de empresa. Serán oídos por la empresa previamente a la adopción de medidas de carácter colectivo que afecten a los trabajadores en general y a los afiliados a su sindicato en particular. Serán asimismo informados y oídos por la empresa con carácter previo: Acerca de los despidos y sanciones que afecten a los afiliados al sindicato. En materia de reestructuración de plantilla, regulaciones de empleo, traslado de trabajadores cuando revista carácter colectivo, o del centro de trabajo general, y sobre todo proyecto o acción empresarial que pueda afectar sustancialmente a los intereses de los trabajadores/as. En la implantación o revisión de sistemas de Organización del Trabajo, estarán presentes en los procesos de negociación para su revisión. Los Delegados sindicales o cargos de relevancia nacional de las centrales sindicales reconocidas en el contexto del presente Convenio implantadas nacionalmente, disfrutarán de permisos retribuidos para asistir a las sesiones de la Comisión paritaria de interpretación y vigilancia del presente Convenio y Comisiones técnicas creadas por el mismo, aunque su empresa no esté afectada por los temas a tratar. Cuota sindical: A requerimiento de los trabajadores de la empresa que estén afiliados a las centrales sindicales, las empresas descontarán en la nómina mensual de los mismos, el importe de la cuota sindical correspondiente. cve: BOE-A-2020-8079 Verificable en xxxxx://xxx.xxx.xx El trabajador interesado en la realización de tal operación remitirá a la dirección de la empresa un escrito en el que se expresará con claridad la orden de descuento, la central a que pertenece, la cuantía de la cuota, así como el número de la cuenta corriente o libreta de caja de ahorros, a la que debe ser transferida la correspondiente cantidad. Las empresas efectuarán las antedichas detracciones, salvo indicación de lo contrario. La Dirección de la empresa entregará copia de transferencia a la representación del sindicato en la empresa.

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Samples: www.boe.es

Delegados sindicales. En las empresas, o en su caso, en los centros de trabajo que ocupen a más de quince trabajadores, cualquiera que sea la clase de su contrato se podrán constituir, por los sindicatos más representativos, Secciones sindicales con derecho a elegir un Delegado sindical, hasta cincuenta trabajadores dos Delegados sindicales. A partir de cincuenta trabajadores uno más por cada fracción de veinticinco trabajadores. Funciones de los Delegados sindicales: Representar y defender los intereses del sindicato al que representan, y los de los afiliados al mismo tiempo que trabajen en la empresa, y servir de instrumento de comunicación entre su central sindical y la dirección de las respectivas empresas. cve: BOE-A-2017-44 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx Podrán asistir a reuniones que celebren los Delegados de personal, Comité de empresa, Comité de seguridad e higiene en el trabajo y Comités paritarios de interpretación, con voz y sin voto. Tendrán acceso a la misma información y documentación que la empresa deba poner a disposición del Delegado de personal y Comité de empresa, de acuerdo con lo regulado a través de la Ley, estando obligados a guardar sigilo profesional en las materias en las que legalmente proceda. En el supuesto de que no sea Delegado de personal o miembro del Comité de empresa, tendrá las mismas garantías y derechos reconocidos por la Ley y por este Convenio para los Delegados de personal y miembros del Comité de empresa. Serán oídos por la empresa previamente a la adopción de medidas de carácter colectivo que afecten a los trabajadores en general y a los afiliados a su sindicato en particular. Serán asimismo informados y oídos por la empresa con carácter previo: Acerca de los despidos y sanciones que afecten a los afiliados al sindicato. En materia de reestructuración de plantilla, regulaciones de empleo, traslado de trabajadores cuando revista carácter colectivo, o del centro de trabajo general, y sobre todo proyecto o acción empresarial que pueda afectar sustancialmente a los intereses de los trabajadores/as. En la implantación o revisión de sistemas de Organización del Trabajo, estarán presentes en los procesos de negociación para su revisión. Los Delegados sindicales o cargos de relevancia nacional de las centrales sindicales reconocidas en el contexto del presente Convenio implantadas nacionalmente, disfrutarán de permisos retribuidos para asistir a las sesiones de la Comisión paritaria de interpretación y vigilancia del presente Convenio y Comisiones técnicas creadas por el mismo, aunque su empresa no esté afectada por los temas a tratar. Cuota sindical: A requerimiento de los trabajadores de la empresa que estén afiliados a las centrales sindicales, las empresas descontarán en la nómina mensual de los mismos, el importe de la cuota sindical correspondiente. El trabajador interesado en la realización de tal operación remitirá a la dirección de la empresa un escrito en el que se expresará con claridad la orden de descuento, la central a que pertenece, la cuantía de la cuota, así como el número de la cuenta corriente o libreta de caja de ahorros, a la que debe ser transferida la correspondiente cantidad. Las empresas efectuarán las antedichas detracciones, salvo indicación de lo contrario. La Dirección de la empresa entregará copia de transferencia a la representación del sindicato en la empresa.

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Samples: Convenio Colectivo General Del Sector De Mantenimiento Y Conservación De Instalaciones Acuáticas

Delegados sindicales. En las empresasLos sindicatos legalmente constituidos, o en su casoy con representatividad suficiente, en dentro de los centros requisitos que marca la Ley Orgánica de trabajo que ocupen a más de quince trabajadoresLibertad Sindical 11/1985, cualquiera que sea la clase de su contrato se podrán constituir, por los sindicatos más representativos, Secciones designar delegados sindicales con derecho a elegir un Delegado el fin de potenciar la acción sindical y considerar con la empresa la problemática laboral sindical de sus afiliados. El delegado sindical, hasta cincuenta trabajadores dos Delegados sindicales. A partir de cincuenta trabajadores uno más por cada fracción de veinticinco trabajadores. Funciones de los Delegados sindicales: Representar y defender los intereses que no forme parte del sindicato al que representan, y los de los afiliados al mismo tiempo que trabajen en la empresa, y servir de instrumento de comunicación entre su central sindical y la dirección de las respectivas empresas. cve: BOE-A-2017-44 Verificable en xxxx://xxx.xxx.xx Podrán asistir a reuniones que celebren los Delegados de personal, Comité comité de empresa, Comité tendrá los mismos dere- chos (en lo que se refiere a su contenido, siendo un derecho independiente al de seguridad e higiene la represen- tación unitaria) y las mismas garantías que las establecidas legalmente para los miembros del comité de empresa, en el trabajo y Comités paritarios concreto: Número 236 Jueves, 12 de interpretación, con voz y sin voto. Tendrán acceso diciembre de 2019 Página 8 • Tendrá derecho a la misma información y documentación que la empresa deba poner ponga a disposición dis- posición del Delegado de personal y Comité comité de empresa, de acuerdo con estando obligado en cuanto a su uso y difusión a lo regulado a través de la Ley, estando obligados a guardar sigilo profesional en las materias en las que legalmente proceda. En el supuesto • Asistir a las reuniones del comité de que no sea Delegado empresa y de personal o miembro del Comité los órganos internos de la empresa, tendrá las mismas garantías en materia de Seguridad y derechos reconocidos por la Ley Salud laboral, en interpretación del convenio y por este Convenio para los Delegados en cuantos sean de personal y miembros del Comité trascendencia laboral, con voz pero sin voto. En materia de empresanegociación de con- venio colectivo de empresa podrá actuar en representación de su sección sindical. Serán oídos • Ser oído por la empresa previamente a la adopción de medidas de carácter colectivo que afecten a los trabajadores trabajadores/as en general y a los afiliados a su sindicato en particular. Serán asimismo informados , y oídos por la empresa con carácter previo: Acerca de especialmente en los despidos y sanciones de estos últimos. • Estará legitimado en procesos sobre conflictos colectivos. • Podrán actuar durante el periodo de discusión y consultas que afecten ha de observarse, cuando el empresario pretenda la extinción de los contratos de trabajo por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. • Tendrá el mismo derecho de libertad de publicación y distribución que la representa- ción unitaria y libertad de expresión en materias concernientes a sus funciones, pudien- do publicar y distribuir sin perturbar el trabajo. • Igualmente tendrá el mismo derecho a crédito de hora que los afiliados al miembros del comité y podrá computarse en los mismos términos que los miembros del comité pertenecientes a su sindicato. En materia CVE: 20191212-08186-2019 - verificable en xxx.xxxxxxxxx.xx/xxx.xxx • El delegado sindical realizará su labor sin interferir las competencias especialmente atribuidas al comité de reestructuración de plantilla, regulaciones de empleo, traslado de trabajadores cuando revista carácter colectivo, o del centro de trabajo general, y sobre todo proyecto o acción empresarial que pueda afectar sustancialmente a los intereses de los trabajadores/as. En la implantación o revisión de sistemas de Organización del Trabajo, estarán presentes en los procesos de negociación para su revisión. Los Delegados sindicales o cargos de relevancia nacional de las centrales sindicales reconocidas en el contexto del presente Convenio implantadas nacionalmente, disfrutarán de permisos retribuidos para asistir a las sesiones de la Comisión paritaria de interpretación y vigilancia del presente Convenio y Comisiones técnicas creadas por el mismo, aunque su empresa no esté afectada por los temas a tratar. Cuota sindical: A requerimiento de los trabajadores de la empresa que estén afiliados a las centrales sindicales, las empresas descontarán en la nómina mensual de los mismos, el importe de la cuota sindical correspondiente. El trabajador interesado en la realización de tal operación remitirá a la dirección de la empresa un escrito en el que se expresará con claridad la orden de descuento, la central a que pertenece, la cuantía de la cuota, así como el número de la cuenta corriente o libreta de caja de ahorros, a la que debe ser transferida la correspondiente cantidad. Las empresas efectuarán las antedichas detracciones, salvo indicación de lo contrario. La Dirección de la empresa entregará copia de transferencia a la representación del sindicato en la empresa.

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Samples: Convenio Colectivo De Servicios De Limpieza Integral De Málaga