Devolución de la Garantía de Oferta. Vencido el plazo de mantenimiento de oferta, en los términos del artículo anterior o dictado el instrumento legal de Adjudicación, los oferentes que así lo requieran pueden solicitar al Ministerio la devolución de su garantía de mantenimiento de oferta.
Devolución de la Garantía de Oferta. El Art. 1.3.10 del P.C.G. queda complementado con el siguiente párrafo: Dentro de los DIEZ (10) días de la firma de la Contrata o de vencido el plazo de validez de la oferta, el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires notificará a los Oferentes no Adjudicatarios, la fecha, hora y lugar en que les serán devueltas las correspondientes Garantías de Oferta.
Devolución de la Garantía de Oferta. Garantía de Adjudicación.
Devolución de la Garantía de Oferta a) En los procesos de etapas múltiples las Garantías de Mantenimiento de Oferta presentadas por los Oferentes que no resultaran preseleccionados se devolverán junto a los sobre no abiertos dentro de los treinta (30) días de comunicada la reso- lución, vencido dicho plazo SBASE podrá destruirlos sin derecho a reclamo alguno a favor de los Oferentes.
Devolución de la Garantía de Oferta. El Art. 1.3.10 del P.C.G. queda complementado con el siguiente párrafo: Dentro de los diez (10) días de la firma de la Contrata o de vencido el plazo de validez de la oferta, el GCBA notificará a los Oferentes no adjudicatarios, la fecha, hora y lugar en que les serán devueltas las correspondientes garantías de oferta.
Devolución de la Garantía de Oferta. El Art. 1.3.10 del PCG queda complementado con el siguiente párrafo: Dentro de los diez (10) días de la firma de la Contrata o de vencido el plazo de validez de la oferta, el GCBA notificará a los oferentes no adjudicados, la fecha, hora y lugar en que les serán devueltas las correspondientes Garantías de Oferta.
Devolución de la Garantía de Oferta. Se le notificará fehacientemente a quienes no resulten adjudicatarios dentro de los tres (03) días de contratada la obra o después de vencido el plazo de validez de la oferta, y se les devolverá la garantía de oferta bajo recibo; en caso de no retirarla se procederá a su destrucción.-.
Devolución de la Garantía de Oferta. Las garantías de oferta serán devueltas a los que no resulten adjudicatarios o, en su caso, después de vencido el plazo de mantenimiento de la oferta.
Devolución de la Garantía de Oferta. Al adjudicarse la presente licitación, transcurrido el plazo de su validez, serán devueltas las garantías de ofertas a los oferentes que no resultaren adjudicatarias.-
Devolución de la Garantía de Oferta. Los depósitos de garantía de oferta de quienes no resultaren adjudicatarios, serán devueltos una vez resuelta la adjudicación. Si antes de resolverse la adjudicación y dentro del plazo de mantenimiento de oferta, éstas fueran retiradas, el oferente perderá el depósito de garantía de oferta.