Disponibilidad de la solvencia y medios de otras entidades durante toda la vigencia del contrato Cláusulas de Ejemplo

Disponibilidad de la solvencia y medios de otras entidades durante toda la vigencia del contrato si la licitadora ha recurrido a la solvencia y medios de otras entidades deberá aportar el “Compromiso de disposición de solvencia y medios de otras entidades” contenido en el ANEXO V.1.
Disponibilidad de la solvencia y medios de otras entidades durante toda la vigencia del contrato. DE UNA PARTE, D./Dña.…………………………………………………, con DNI………………en nombre propio o en representación de (licitadora)……………………………………………, con NIF y domicilio social …..………………………………………. Y DE OTRA, D./Dña.…………………………………………………, con DNI………………en nombre propio o en representación de (otra entidad)……………………………………………, con NIF y domicilio social …..……………………………………….
Disponibilidad de la solvencia y medios de otras entidades durante toda la vigencia del contrato. DE UNA PARTE, D./Dña.…………………………………………………, con DNI………………en nombre propio o en representación de (licitadora)……………………………………………, con NIF……………………… y domicilio social …..………………………………………. Y DE OTRA, D./Dña.…………………………………………………, con DNI………………en nombre propio o en representación de (otra entidad)……………………………………………, con NIF……………………… y domicilio social …..………………………………………. I.-Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 LCSP, (licitadora) ………………………………….. se ha basado en la solvencia y/o medios de (tercera entidad) para participar en el procedimiento de adjudicación del contrato cuyo objeto es (indicar el objeto del contrato) ………………………………….. referenciado con el número de expediente (indicar número de expediente) …………………………………..
Disponibilidad de la solvencia y medios de otras entidades durante toda la vigencia del contrato. DE UNA PARTE, D./Dña.…………………………………………………, con DNI………………en nombre propio o en representación de (licitadora)……………………………………………, con NIF……………………… y domicilio social …..………………………………………. Y DE OTRA, D./Dña.…………………………………………………, con DNI………………en nombre propio o en representación de (otra entidad)……………………………………………, con NIF……………………… y domicilio social …..………………………………………. Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 75 LCSP, (licitadora) ………………………………….. se ha basado en la solvencia y/o medios de (tercera entidad) ………………………………….. para participar en el procedimiento de adjudicación del contrato cuyo objeto es (indicar el objeto del contrato) ………………………………….. referenciado con el número de expediente (indicar número de expediente) ………………………………….. Que (tercera entidad) ………………………………….. no está incursa en prohibición de contratar con el sector público. Que la solvencia y/o medios perteneciente/s a (tercera entidad) ………………………………….. y que pone a disposición de (licitadora) ………………………………….. es/son la/los siguiente/s: … … Que dichas solvencia y/o medios estará/n a disposición de (licitadora) ………………………………….. durante toda la vigencia del contrato. Que (tercera entidad) ………………………………….. va a prestar los servicios para los cuales son necesarios los títulos de estudios y/o los profesionales y/o la experiencia profesional exigidos en la cláusula 21.2 de cláusulas específicas del contrato1. Que (licitadora) ………………………………….. aportará la documentación adicional requerida por el responsable del contrato cuando este lo considere oportuno a efectos de acreditar la veracidad de las manifestaciones recogidas en la presente declaración, en el plazo que se le haya otorgado para cumplir el requerimiento. En............................., a...... de....................de 20.... Firmado: Firmado: (licitadora) (tercera entidad) En cumplimiento del art. 11 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se le informa de que los datos de carácter personal que facilite en este formulario quedarán incluidos en el fichero denominado “Expediente de contratación”, bajo la responsabilidad de la Dirección de Patrimonio y Contratación del Departamento de Hacienda y Economía del Gobierno Xxxxx. La finalidad del fichero es la gestión de los expedientes de contratación e incidencias contractuales asignados a la Dirección de Patrimonio y Contratación. Los datos proporcionados podrán ser cedidos a cualquier persona interesada en el procedimiento de contratación con arre...
Disponibilidad de la solvencia y medios de otras entidades durante toda la vigencia del contrato. ANEXO V.1.
Disponibilidad de la solvencia y medios de otras entidades durante toda la vigencia del contrato. (a presentar por la licitadora que haya presentado la mejor oferta)
Disponibilidad de la solvencia y medios de otras entidades durante toda la vigencia del contrato si la licitadora ha recurrido a la solvencia y medios de otras entidades deberá aportar el “Compromiso d disposición de solvencia y medicoonstendidoeenoetl ArNaEsXO eIInI.t2.idades”

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  • RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA POR LOS DAÑOS CAUSADOS A TERCEROS DURANTE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO El contratista será responsable de los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 214 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

  • Responsabilidad del contratista por daños y perjuicios El contratista será responsable de todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Si los daños y perjuicios ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una orden dada por la Administración, ésta será responsable dentro de los límites señalados en las leyes. En todo caso, será de aplicación lo preceptuado en el artículo 214 del TRLCSP.

  • Elegibilidad de los Bienes y Servicios Conexos 5.1 Todos los Bienes y Servicios Conexos que hayan de suministrarse de conformidad con el contrato y que sean financiados por el Banco deben tener su origen en cualquier país miembro del Banco de acuerdo con la Sección V, Países Elegibles, con la excepción de los casos indicados en la Cláusula 4.1 (a) y (b). 5.2 Para propósitos de esta cláusula, el término “bienes” incluye mercaderías, materias primas, maquinaria, equipos y plantas industriales; y “servicios conexos” incluye servicios tales como transporte, seguros, instalaciones, puesta en servicio, capacitación y mantenimiento inicial. 5.3 Los criterios para determinar el origen de los bienes y los servicios conexos se encuentran indicados en la Sección V, Países Elegibles.

  • DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Las penalidades por retraso injustificado en la ejecución del servicio y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de conformidad con los artículos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente. De acuerdo con los artículos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrán establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artículo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del ítem que debió ejecutarse. Estas penalidades se calcularán de forma independiente a la penalidad por xxxx.

  • Obligaciones esenciales que pueden ser causa de resolución del contrato Tendrán la condición de obligaciones esenciales de ejecución del contrato, las siguientes: a. El cumplimiento de la propuesta del adjudicatario en todo aquello que haya sido objeto de valoración de acuerdo con los criterios de adjudicación establecidos para el contrato.

  • INFORMACIÓN SOBRE EL RECURSO A LA CAPACIDAD DE OTRAS ENTIDADES Recurso Respuesta En caso afirmativo, facilítese un formulario DEUC separado por cada una de las entidades consideradas que recoja la información exigida en las secciones A y B de esta parte y en la parte III, debidamente cumplimentado y firmado por dichas entidades. Se incluirá también aquí el personal técnico o los organismos técnicos que no estén integrados directamente en la organización del operador económico, especialmente los responsables del control de la calidad. Siempre que resulte pertinente en lo que respecta a la capacidad o capacidades específicas en que se base el operador económico, se consignará la información exigida en la parte IV por cada una de las entidades de que se trate13.

  • CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO Art. 118 TRLCSP

  • DE LA VIGENCIA El presente contrato entrará en vigor a partir de la fecha de su suscripción, y concluirá al XX de XXXXXXX de 20XX.

  • Información sobre las condiciones de subrogación en contratos de trabajo 1. Cuando una norma legal un convenio colectivo o un acuerdo de negociación colectiva de eficacia general, imponga al adjudicatario la obligación de subrogarse como empleador en determinadas relaciones laborales, los servicios dependientes del órgano de contratación deberán facilitar a los licitadores, en el propio pliego, la información sobre las condiciones de los contratos de los trabajadores a los que afecte la subrogación que resulte necesaria para permitir una exacta evaluación de los costes laborales que implicará tal medida, debiendo hacer constar igualmente que tal información se facilita en cumplimiento de lo previsto en el presente artículo. A estos efectos, la empresa que viniese efectuando la prestación objeto del contrato a adjudicar y que tenga la condición de empleadora de los trabajadores afectados estará obligada a proporcionar la referida información al órgano de contratación, a requerimiento de este. Como parte de esta información en todo caso se deberán aportar los listados del personal objeto de subrogación, indicándose: el convenio colectivo de aplicación y los detalles de categoría, tipo de contrato, jornada, fecha de antigüedad, vencimiento del contrato, salario bruto anual de cada trabajador, así como todos los pactos en vigor aplicables a los trabajadores a los que afecte la subrogación. La Administración comunicará al nuevo empresario la información que le hubiere sido facilitada por el anterior contratista. 2. Lo dispuesto en este artículo respecto de la subrogación de trabajadores resultará igualmente de aplicación a los socios trabajadores de las cooperativas cuando estos estuvieran adscritos al servicio o actividad objeto de la subrogación. Cuando la empresa que viniese efectuando la prestación objeto del contrato a adjudicar fuese un Centro Especial de Empleo, la empresa que resulte adjudicataria tendrá la obligación de subrogarse como empleador de todas las personas con discapacidad que vinieran desarrollando su actividad en la ejecución del referido contrato. 3. En caso de que una Administración Pública decida prestar directamente un servicio que hasta la fecha venía siendo prestado por un operador económico, vendrá obligada a la subrogación del personal que lo prestaba si así lo establece una norma legal, un convenio colectivo o un acuerdo de negociación colectiva de eficacia general. 4. El pliego de cláusulas administrativas particulares contemplará necesariamente la imposición de penalidades al contratista dentro de los límites establecidos en el artículo 192 para el supuesto de incumplimiento por el mismo de la obligación prevista en este artículo. 5. En el caso de que una vez producida la subrogación los costes laborales fueran superiores a los que se desprendieran de la información facilitada por el antiguo contratista al órgano de contratación, el contratista tendrá acción directa contra el antiguo contratista. 6. Asimismo, y sin perjuicio de la aplicación, en su caso, de lo establecido en el artículo 44 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, el pliego de cláusulas administrativas particulares siempre contemplará la obligación del contratista de responder de los salarios impagados a los trabajadores afectados por subrogación, así como de las cotizaciones a la Seguridad social devengadas, aún en el supuesto de que se resuelva el contrato y aquellos sean subrogados por el nuevo contratista, sin que en ningún caso dicha obligación corresponda a este último. En este caso, la Administración, una vez acreditada la falta de pago de los citados salarios, procederá a la retención de las cantidades debidas al contratista para garantizar el pago de los citados salarios, y a la no devolución de la garantía definitiva en tanto no se acredite el abono de éstos.

  • Condiciones de ejecución del contrato Se utilizará pedido electrónico : No Se aceptará factura electrónica : Sí Se utilizará el pago electrónico : No