DISPOSICIONES PRELIMINARES. 1.1 El Contrato resulta del proceso de promoción que PROINVERSIÓN condujo en el marco de la Ley de Desarrollo Eficiente de Generación Eléctrica (Ley Nº 28832), el Reglamento de Transmisión, la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley Nº 25844), el Texto Único Ordenado de las Normas con Xxxxx xx xxx que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos (D.S. Nº 059-96-PCM) y su reglamento (D.S. N° 060-96-PCM), el Decreto Legislativo que aprueba la Xxx Xxxxx de Asociaciones Público - Privadas para la Generación de Empleo Productivo y dicta normas para la agilización de los procesos de promoción de la inversión privada (D. Leg. N° 1012) y su reglamento (D.S. 146-2008-EF), y otras Leyes Aplicables, así como las disposiciones y actos siguientes: La Resolución Ministerial Nº 285-2010-MEM/DM, del Ministerio de Energía y Minas publicada el 06 de julio de 2010, que incluyó en el Plan Transitorio de Transmisión, aprobado por la Resolución Ministerial N° 552-2006-MEM/DM, los proyectos: Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV; y Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV, y encargó a PROINVERSIÓN la conducción del proceso de licitación para implementar dichos proyectos. La Resolución Suprema Nº 095-2010-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, publicada el 09 de setiembre de 2010, que ratificó el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 14 de julio de 2010, conforme al cual se acuerda incorporar al proceso de promoción de inversión privada los proyectos “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”; y “Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV”, (en adelante la Línea Eléctrica) bajo los mecanismos establecidos en el Decreto Legislativo N° 1012, el TUO y su Reglamento, aprobados por Decretos Supremos Nos. 059-96-PCM y 060-96-PCM, respectivamente; y encarga al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Telecomunicaciones, Energía e Hidrocarburos PRO CONECTIVIDAD la conducción del proceso; y, ratifica el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 19 xx xxxxxx de 2010, que aprueba el Plan de Promoción que regirá el Concurso. La Resolución Ministerial N° 029-2011-MEM/DM, del Ministerio de Energía y Minas, publicada el 19 de enero de 2011, que modifica en el Plan Transitorio de Transmisión la tensión de los proyectos: “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”; y “Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV”, por “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kV”, y encarga a PROINVERSIÓN modificar el alcance del concurso. La Resolución Suprema Nº 002-2012-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, publicada el 19 de enero de 2012, que ratificó el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 12 xx xxxxxx de 2011, conforme al cual se aprueba la modificación del Plan de Promoción de la Inversión Privada del Concurso Público Internacional para otorgar en concesión el Proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”, incorporando el proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte Cáclic-Moyobamba en 220 kV”, y modifica el nombre del proyecto por “Línea de Transmisión Carhuaquero-Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kV”. La decisión de fecha ____/____/12 adoptada por el Comité declarando la buena pro. La Resolución Ministerial Nº ___________-2012-MEM/DM, que autorizó al ______ ___________________________________________________________ a suscribir el Contrato. 1.2 El Contrato se ha negociado, redactado y suscrito con arreglo al derecho interno del Perú; y su contenido, ejecución y demás consecuencias que de él se originen se regirán por dicho derecho. 1.3 La suscripción del Contrato, no elimina ni afecta la obligación de la Sociedad Concesionaria, de solicitar, suscribir y cumplir, el contrato de Concesión Definitiva de Transmisión Eléctrica, que la Sociedad Concesionaria deberá tramitar en el Ministerio de Energía y Minas. 1.4 En el Contrato: Los términos que se inician con mayúscula ya sea que se usen en singular o plural, tienen los significados que se indican en el Anexo Nº 3. Los términos que se inician con mayúscula, ya sea que se usen en singular o plural, que no están definidos en el Anexo Nº 3 u otras secciones del Contrato, tendrán los significados que les atribuyen las Bases o las Leyes Aplicables, o corresponden a términos que por lo común son empleados con mayúsculas. Toda referencia efectuada en el Contrato a “cláusula” o “anexo” se deberá entender efectuada a cláusulas o anexos del Contrato, salvo indicación expresa en sentido contrario. Los títulos han sido incluidos al solo efecto de sistematizar la exposición y no deben ser considerados como una parte del mismo que limite o amplíe su contenido o para determinar los derechos y obligaciones de las Partes. Los términos en singular incluirán los mismos términos en plural y viceversa. Los términos en masculino incluyen al femenino y viceversa.
Appears in 2 contracts
Samples: Contrato De Concesión, Contrato De Concesión
DISPOSICIONES PRELIMINARES. 1.1 El Contrato resulta del proceso de promoción que PROINVERSIÓN condujo en el marco de la Ley de Desarrollo Eficiente de Generación Eléctrica (Ley Nº 28832), el Reglamento de Transmisión, la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley Nº 25844), el Texto Único Ordenado de las Normas con Xxxxx xx xxx que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos (D.S. Nº 059-96-PCM) y su reglamento (D.S. N° 060-96-PCM), el Decreto Legislativo que aprueba la Xxx Xxxxx de Asociaciones Público - Privadas para la Generación de Empleo Productivo y dicta normas para la agilización de los procesos de promoción de la inversión privada (D. Leg. N° 1012) y su reglamento (D.S. 146-2008-EF), los Decretos de Urgencia N° 001-2011 y N° 002-2011 y otras Leyes Aplicables, así como las disposiciones y actos siguientes: La Resolución Ministerial Nº 285213-20102011-MEM/DM, del Ministerio de Energía y Minas publicada el 06 05 xx xxxx de julio de 20102011, que incluyó en aprobó el Primer Plan Transitorio de Transmisión, aprobado por incluyendo como proyecto vinculante la Resolución Ministerial N° 552LT 220 kV Moyobamba-2006-MEM/DM, los proyectos: Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV; Iquitos y Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV, y encargó a PROINVERSIÓN la conducción del proceso de licitación para implementar dichos proyectosSubestaciones Asociadas. La Resolución Suprema Nº 095-2010-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, publicada el 09 de setiembre de 2010, que ratificó el El acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 14 07 de julio de 20102011, conforme al cual se acuerda incorporar al proceso publicado el 09 de promoción julio de inversión privada los proyectos “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”; y “Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV”, (en adelante la Línea Eléctrica) bajo los mecanismos establecidos en el Decreto Legislativo N° 1012, el TUO y su Reglamento, aprobados por Decretos Supremos Nos. 059-96-PCM y 060-96-PCM, respectivamente; y encarga al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Telecomunicaciones, Energía e Hidrocarburos PRO CONECTIVIDAD la conducción del proceso; y, ratifica el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 19 xx xxxxxx de 20102011 , que aprueba el Plan de Promoción que regirá el Concurso. La Resolución Ministerial N° 029-2011-MEM/DM, del Ministerio de Energía y Minas, publicada el 19 de enero de 2011, que modifica en el Plan Transitorio de Transmisión la tensión de los proyectos: “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”; y “Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV”, por “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kV”, y encarga a PROINVERSIÓN modificar el alcance del concurso. La Resolución Suprema Nº 002-2012-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, publicada el 19 de enero de 2012, que ratificó el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 12 xx xxxxxx de 2011, conforme al cual se aprueba la modificación del Plan de Promoción de la Inversión Privada del Concurso Público Internacional para otorgar en concesión el Proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”, incorporando el proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte Cáclic-Moyobamba en 220 kV”, y modifica el nombre del proyecto por “Línea de Transmisión Carhuaquero-Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kV”. La decisión de fecha ____/____/12 /____/___ adoptada por el Comité declarando la buena pro. La Resolución Ministerial Nº ___________-2012-MEM___ -MEM/DM, que autorizó al ______ ____________________________________________________________ a suscribir el Contrato.
1.2 El Contrato se ha negociado, redactado y suscrito con arreglo al derecho interno del Perú; y su contenido, ejecución y demás consecuencias que de él se originen se regirán por dicho derecho.
1.3 La suscripción del Contrato, no elimina ni afecta la obligación de la Sociedad Concesionaria, de solicitar, suscribir y cumplir, el contrato de Concesión Definitiva de Transmisión Eléctrica, que la Sociedad Concesionaria deberá tramitar en el Ministerio de Energía y Minas.
1.4 En el Contrato: Los términos que se inician con mayúscula ya sea que se usen en singular o plural, tienen los significados que se indican en el Anexo Nº 3. Los términos que se inician con mayúscula, ya sea que se usen en singular o plural, que no están definidos en el Anexo Nº 3 u otras secciones del Contrato, tendrán los significados que les atribuyen las Bases o las Leyes Aplicables, o corresponden a términos que por lo común son empleados con mayúsculas. Toda referencia efectuada en el Contrato a “cláusula” o “anexo” se deberá entender efectuada a cláusulas o anexos del Contrato, salvo indicación expresa en sentido contrario. Los títulos han sido incluidos al solo efecto de sistematizar la exposición y no deben ser considerados como una parte del mismo que limite o amplíe su contenido o para determinar los derechos y obligaciones de las Partes. Los términos en singular incluirán los mismos términos en plural y viceversa. Los términos en masculino incluyen al femenino y viceversa.
Appears in 2 contracts
Samples: Contrato De Concesión, Contrato De Concesión
DISPOSICIONES PRELIMINARES. 1.1 El Contrato resulta del proceso de promoción que PROINVERSIÓN condujo en el marco de del Decreto Legislativo N° 674 y la Ley de Desarrollo Eficiente de Generación Eléctrica (Ley Nº 28832), el Reglamento de Transmisión, la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley Nº 25844), el Texto Único Ordenado de las Normas con Xxxxx xx xxx que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos (D.S. Nº 059-96-PCM) y su reglamento (D.S. N° 060-96-PCM)26440, el Decreto Legislativo que aprueba la Xxx Xxxxx de Asociaciones Público - Privadas sus normas complementarias, reglamentarias y conexas, para la Generación de Empleo Productivo y dicta normas para la agilización de los procesos de promoción de promover la inversión privada (D. Leg. N° 1012) y su reglamento (D.S. 146-2008-EF)en el desarrollo de la C.H. Santa Xxxxxx, y otras Leyes Aplicables, así como las disposiciones y actos siguientes: :. La Resolución Ministerial Nº 285Suprema N° 016-2010-MEM/DM, del Ministerio de Energía y Minas EF publicada el 06 04 de julio febrero de 2010, que incluyó en ratifica el Plan Transitorio de Transmisión, aprobado por la Resolución Ministerial N° 552-2006-MEM/DM, los proyectos: Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV; y Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV, y encargó a PROINVERSIÓN la conducción del proceso de licitación para implementar dichos proyectos. La Resolución Suprema Nº 095-2010-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, publicada el 09 de setiembre de 2010, que ratificó el acuerdo Acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 14 de julio de 2010, conforme al 20/01/10 mediante el cual se acuerda incorporar al proceso de promoción de inversión privada los proyectos incorpora el Proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”; y “Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV”, (en adelante la Línea Eléctrica) C.H. Santa Xxxxxx” bajo los mecanismos establecidos en el del Decreto Legislativo N° 1012674 y la Ley N° 26440, el TUO sus normas complementarias, reglamentarias y su Reglamento, aprobados por Decretos Supremos Nos. 059-96-PCM y 060-96-PCM, respectivamente; y encarga al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Telecomunicaciones, Energía e Hidrocarburos PRO CONECTIVIDAD la conducción del proceso; yconexas Asimismo, ratifica el acuerdo Acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 19 xx xxxxxx de 2010, que aprueba el Plan de Promoción que regirá el Concurso. La Resolución Ministerial N° 029-2011-MEM/DM, del Ministerio de Energía y Minas, publicada el 19 de enero de 2011, que modifica en el Plan Transitorio de Transmisión la tensión de los proyectos: “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”; y “Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV”, por “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kV”, y encarga a PROINVERSIÓN modificar el alcance del concurso. La Resolución Suprema Nº 002-2012-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, publicada el 19 de enero de 2012, que ratificó el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 12 xx xxxxxx de 201127/01/10, conforme al cual se aprueba la modificación del el Plan de Promoción de la Inversión Privada del Concurso Público Internacional para otorgar en concesión el Proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”, incorporando el proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte Cáclic-Moyobamba en 220 kV”, y modifica el nombre del proyecto por “Línea de Transmisión Carhuaquero-Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kVC.H. Santa Xxxxxx”. La decisión de fecha ____/____/12 /____/10 adoptada por el Comité declarando la buena pro. La Resolución Ministerial Nº ___________-2012-2010-MEM/DM, que autorizó al ________ ___________________________________________________________ a suscribir el Contrato.
1.2 El Contrato se ha negociado, redactado y suscrito con arreglo al derecho interno del Perú; , y su contenido, ejecución y demás consecuencias que de él se originen se regirán por dicho derecho.
1.3 La suscripción del Contrato, no elimina ni afecta la obligación de la Sociedad Concesionariadel Inversionista, de solicitar, suscribir y cumplir, el contrato con la Cesión del Contrato de Posición Contractual de la Concesión Definitiva de Transmisión EléctricaGeneración de la CH Santa Xxxxxx, que la Sociedad Concesionaria deberá tramitar en entre EGEMSA y el Ministerio de Energía y MinasInversionista.
1.4 En el Contrato: Los términos que se inician con mayúscula mayúscula, ya sea que se usen en singular o plural, tienen los significados que se indican en el Anexo Nº 31. Los términos que se inician con mayúscula, ya sea que se usen en singular o plural, que no están definidos en el Anexo Nº 3 1 u otras secciones del Contrato, tendrán los significados que les atribuyen las Bases o las Leyes Aplicables, o corresponden a términos que por lo común son empleados con mayúsculas. Toda referencia efectuada en el Contrato a “cláusula” o “anexo” se deberá entender efectuada a cláusulas o anexos del Contrato, salvo indicación expresa en sentido contrario. Los títulos han sido incluidos al solo efecto de sistematizar la exposición y no deben ser considerados como una parte del mismo que limite o amplíe su contenido o para determinar los derechos y obligaciones de las Partes. Los términos en singular incluirán los mismos términos en plural y viceversa. Los términos en masculino incluyen al femenino y viceversa.
Appears in 2 contracts
Samples: Contrato De Compromiso De Inversión, Contrato De Compromiso De Inversión
DISPOSICIONES PRELIMINARES. 1.1 El Contrato resulta del proceso de promoción que PROINVERSIÓN condujo en el marco de la Ley de Desarrollo Eficiente de Generación Eléctrica (Ley Nº 28832), el Reglamento de Transmisión, la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley Nº 25844), el Texto Único Ordenado de las Normas con Xxxxx xx xxx que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos (D.S. Nº 059-96-PCM) y su reglamento (D.S. N° 060-96-PCM), el Decreto Legislativo que aprueba la Xxx Xxxxx de Asociaciones Público - Privadas para la Generación de Empleo Productivo y dicta normas para la agilización de los procesos de promoción de la inversión privada (D. Leg. N° 1012) y su reglamento (D.S. 146-2008-EF), los Decretos de Urgencia N° 001-2011 y N° 002-2011 y otras Leyes Aplicables, así como las disposiciones y actos siguientes: La Resolución Ministerial Nº 285213-20102011-MEM/DM, del Ministerio de Energía y Minas publicada el 06 05 xx xxxx de julio de 20102011, que incluyó en aprobó el Primer Plan Transitorio de Transmisión, aprobado por incluyendo como proyecto vinculante la Resolución Ministerial N° 552LT 220 kV Moyobamba-2006-MEM/DM, los proyectos: Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV; Iquitos y Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV, y encargó a PROINVERSIÓN la conducción del proceso de licitación para implementar dichos proyectosSubestaciones Asociadas. La Resolución Suprema Nº 095-2010-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, publicada el 09 de setiembre de 2010, que ratificó el El acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 14 07 de julio de 20102011, conforme al cual se acuerda incorporar al proceso publicado el 09 de promoción julio de inversión privada los proyectos “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”; y “Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV”, (en adelante la Línea Eléctrica) bajo los mecanismos establecidos en el Decreto Legislativo N° 1012, el TUO y su Reglamento, aprobados por Decretos Supremos Nos. 059-96-PCM y 060-96-PCM, respectivamente; y encarga al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Telecomunicaciones, Energía e Hidrocarburos PRO CONECTIVIDAD la conducción del proceso; y, ratifica el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 19 xx xxxxxx de 20102011, que aprueba el Plan de Promoción que regirá el Concurso. La Resolución Ministerial N° 029-2011-MEM/DM, del Ministerio de Energía y Minas, publicada el 19 de enero de 2011, que modifica en el Plan Transitorio de Transmisión la tensión de los proyectos: “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”; y “Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV”, por “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kV”, y encarga a PROINVERSIÓN modificar el alcance del concurso. La Resolución Suprema Nº 002-2012-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, publicada el 19 de enero de 2012, que ratificó el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 12 xx xxxxxx de 2011, conforme al cual se aprueba la modificación del Plan de Promoción de la Inversión Privada del Concurso Público Internacional para otorgar en concesión el Proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”, incorporando el proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte Cáclic-Moyobamba en 220 kV”, y modifica el nombre del proyecto por “Línea de Transmisión Carhuaquero-Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kV”. La decisión de fecha ____/____/12 /____/___ adoptada por el Comité declarando la buena pro. La Resolución Ministerial Nº ___________-2012-MEM___-MEM/DM, que autorizó al ______ ________ _____________________________________________________ a suscribir el Contrato.
1.2 El Contrato se ha negociado, redactado y suscrito con arreglo al derecho interno del Perú; y su contenido, ejecución y demás consecuencias que de él se originen se regirán por dicho derecho.
1.3 La suscripción del Contrato, no elimina ni afecta la obligación de la Sociedad Concesionaria, de solicitar, suscribir y cumplir, el contrato de Concesión Definitiva de Transmisión Eléctrica, que la Sociedad Concesionaria deberá tramitar en el Ministerio de Energía y Minas.
1.4 En el Contrato: Los términos que se inician con mayúscula ya sea que se usen en singular o plural, tienen los significados que se indican en el Anexo Nº 3. Los términos que se inician con mayúscula, ya sea que se usen en singular o plural, que no están definidos en el Anexo Nº 3 u otras secciones del Contrato, tendrán los significados que les atribuyen las Bases o las Leyes Aplicables, o corresponden a términos que por lo común son empleados con mayúsculas. Toda referencia efectuada en el Contrato a “cláusula” o “anexo” se deberá entender efectuada a cláusulas o anexos del Contrato, salvo indicación expresa en sentido contrario. Los títulos han sido incluidos al solo efecto de sistematizar la exposición y no deben ser considerados como una parte del mismo que limite o amplíe su contenido o para determinar los derechos y obligaciones de las Partes. Los términos en singular incluirán los mismos términos en plural y viceversa. Los términos en masculino incluyen al femenino y viceversa.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Concesión
DISPOSICIONES PRELIMINARES. 1.1 El Contrato resulta del proceso de promoción que PROINVERSIÓN condujo en el marco de la Ley de Desarrollo Eficiente de Generación Eléctrica (Ley Nº 28832), el Reglamento de TransmisiónTransmisión (Decreto Supremo Nº 027-2007-EM), la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley Nº 25844), el Texto Único Ordenado Reglamento de las Normas con Xxxxx xx xxx que regulan la entrega en concesión al sector privado Ley de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos Concesiones Eléctricas (D.S. Decreto Supremo Nº 059009-9693-PCM) y su reglamento (D.S. N° 060-96-PCMEM), el Decreto Legislativo que aprueba la Xxx Xxxxx de Asociaciones Público - Privadas para la Generación de Empleo Productivo y dicta normas para la agilización de los procesos del marco de promoción de la inversión privada mediante asociaciones público- privadas y proyectos en activos (D. Leg. N° 1012) Decreto Legislativo Nº 1224), Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1224, Decreto Legislativo del marco de promoción de la inversión privada mediante asociaciones público- privadas y su reglamento proyectos en activos (D.S. 146Decreto Supremo Nº 410-20082015-EF), ) y otras Leyes y Disposiciones Aplicables, así como las disposiciones y actos siguientes: La Resolución Ministerial Nº 285225-20102015-MEM/DM, DM del Ministerio de Energía y Minas publicada el 06 14 xx xxxx de julio de 20102015, que incluyó en el Plan Transitorio de Transmisión, aprobado por la Resolución Ministerial N° 552-2006-MEM/DM, los proyectos: Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV; y Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV, y encargó encarga a PROINVERSIÓN la conducción del proceso de licitación para implementar dichos proyectosnecesario hasta la adjudicación de la Buena Pro de los proyectos vinculantes aprobados en el Plan de Transmisión 2015-2024, que incluye el proyecto “Enlace 500 kV Nueva Yanango-Nueva Huánuco y Subestaciones Asociadas”. La Resolución Suprema Nº 095N° 046-20102015-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, EF publicada el 09 27 de setiembre octubre de 20102015, que ratificó el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 14 de julio de 2010, conforme al mediante la cual se acuerda incorporar al proceso de promoción de inversión privada los proyectos “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”; y “Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV”, (en adelante la Línea Eléctrica) bajo los mecanismos establecidos en el Decreto Legislativo N° 1012, el TUO y su Reglamento, aprobados por Decretos Supremos Nos. 059-96-PCM y 060-96-PCM, respectivamente; y encarga al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Telecomunicaciones, Energía e Hidrocarburos PRO CONECTIVIDAD la conducción del proceso; y, ratifica el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 19 11 xx xxxxxx de 20102015, en virtud del cual se acordó incorporar al proceso de promoción de la inversión privada a cargo de PROINVERSIÓN, los proyectos vinculantes del Plan de Transmisión 2015-2024, a que se refiere la Resolución Ministerial N° 225-2015-MEM/DM, en el que se encuentra incluido el proyecto “Enlace 500 kV Nueva Yanango-Nueva Huánuco y Subestaciones Asociadas”. El Acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 9 de setiembre de 2016, que aprueba el Plan de Promoción que regirá el Concurso. La Resolución Ministerial N° 029-2011-MEM/DM, del Ministerio de Energía y Minas, publicada el 19 de enero de 2011, que modifica publicado en el Plan Transitorio diario oficial El Peruano el 17 de Transmisión la tensión setiembre de los proyectos: “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”; y “Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV”, por “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kV”, y encarga a PROINVERSIÓN modificar el alcance del concurso2016. La Resolución Suprema Nº 002-2012-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, publicada el 19 de enero de 2012, que ratificó el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 12 xx xxxxxx de 2011, conforme al cual se aprueba la modificación del Plan de Promoción de la Inversión Privada del Concurso Público Internacional para otorgar en concesión el Proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”, incorporando el El proyecto “Línea Enlace 500 kV Nueva Yanango-Nueva Huánuco y Subestaciones Asociadas” será desarrollado bajo la modalidad de Transmisión Cajamarca Norte Cáclic-Moyobamba en 220 kV”, y modifica el nombre del proyecto por “Línea de Transmisión Carhuaquero-Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kV”Asociación Público Privada autofinanciada. La decisión El Acuerdo de fecha ____/____/12 adoptada /____/___ adoptado por el Comité declarando PRO CONECTIVIDAD adjudicando la buena pro. La Resolución Ministerial Nº ___________-2012-MEM___-MEM/DM, que autorizó al ______ ___________________________________________________________ a suscribir el Contrato.
1.2 El Contrato se ha negociado, redactado y suscrito con arreglo al derecho interno del Perú; y su contenido, ejecución y demás consecuencias que de él se originen se regirán por dicho derecho.
1.3 La suscripción del Contrato, no elimina ni afecta la obligación de la Sociedad Concesionariadel Concesionario, de solicitar, suscribir y cumplir, el contrato Contrato de Concesión Definitiva de Transmisión Eléctrica, que la Sociedad Concesionaria el Concesionario deberá tramitar en ante el Ministerio de Energía y Minas.
1.4 En el Contrato: Los términos que se inician con mayúscula ya sea que se usen en singular o plural, tienen los significados que se indican en el Anexo Nº 3. Los términos que se inician con mayúscula, ya sea que se usen en singular o plural, que no están definidos en el Anexo Nº 3 u otras secciones del Contrato, tendrán los significados que les atribuyen las Bases o las Leyes y Disposiciones Aplicables, o corresponden a términos que por lo común son empleados con mayúsculas. Toda referencia efectuada en el Contrato a “cláusula” ”, “anexo”, “numeral”, o “anexoliteral” se deberá entender efectuada a cláusulas cláusulas, anexos, numerales o anexos literales del Contrato, salvo indicación expresa en sentido contrario. Los títulos han sido incluidos al solo efecto de sistematizar la exposición y no deben ser considerados como una parte del mismo que limite o amplíe su contenido o para determinar los derechos y obligaciones de las Partes. Los términos en singular incluirán los mismos términos en plural y viceversa. Los términos en masculino incluyen al femenino y viceversa. El uso de la disyunción “o” en una enumeración deberá entenderse que comprende excluyentemente a alguno de los elementos de tal enumeración. El uso de la conjunción “y” en una enumeración deberá entenderse que comprende a todos los elementos de dicha enumeración o lista.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Concesión
DISPOSICIONES PRELIMINARES. 1.1 El Contrato resulta del proceso de promoción que PROINVERSIÓN el Comité de Inversión del Ministerio de Energía y Minas, creado por Resolución Suprema Nº 002-2009-EM y modificada por la Resolución Suprema Nº 009-2009-EM, condujo en el marco de la Ley de Desarrollo Eficiente de Generación Eléctrica (Ley Nº 28832), el Reglamento de Transmisión, la Ley de Concesiones Eléctricas Transmisión (Decreto Ley Nº 25844Supremo N°027-2007-EM), el Texto Único Ordenado Normas para Promover la Inversión en Sistemas Complementarios de las Normas con Xxxxx xx xxx que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos (D.S. Nº 059Transmisión Eléctrica.(D.S. Nº010-962009-PCM) y su reglamento (D.S. N° 060-96-PCMEM), el Decreto Legislativo que aprueba la Xxx Xxxxx de Asociaciones Público - Privadas para la Generación generación de Empleo Productivo empleo productivo y dicta normas para la agilización de los procesos de promoción de la inversión privada (D. LegD.Leg. N° °1012) y su reglamento ), Reglamento del referido Decreto Legislativo (D.S. D.S Nº 146-2008-EF), el Texto Único Ordenado (TUO) de las normas con xxxxx xx Xxx que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras publicas de infraestructura y de servicios públicos (Decreto Supremo N ° 059-96-PCM), su Reglamento(D. S. N º 060-96-PCM), Ley de Promoción de la Inversión Privada de las Empresas del Estado (D.Leg. N° 674) y otras Leyes Aplicables, así como las disposiciones y actos siguientes: La Resolución Ministerial Nº 285:
a) Oficio N°0406-20102008-MEM/DMVME, que incluye el Informe N°046-2008-MEM-DGE, mediante el cual se analiza la necesidad del refuerzo, entre otras, el tramo de LT Independencia-Ica.
b) Oficio Nº 1105-2008-OS-GART, del Ministerio 16 de Energía y Minas publicada diciembre de 2008, mediante el 06 cual Osinergmin se pronuncia favorablemente sobre la inclusión del proyecto LT Independencia – Ica.
c) Oficio COES-SINAC/P-038-2008, del 07 de julio octubre de 20102008, mediante el cual el COES se pronuncia favorablemente sobre la inclusión del proyecto LT Independencia – Ica.
d) La Resolución Suprema Nº011-2009-EM, de fecha 20 de febrero de 2009, que incluyó en el Plan Transitorio de Transmisión, aprobado por ratificó la Resolución Ministerial Viceministerial N° 552°001-20062009-MEM/DMVME, los proyectos: Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV; y Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV, y encargó a PROINVERSIÓN la conducción del proceso de licitación para implementar dichos proyectos. La Resolución Suprema Nº 095-2010-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, publicada el 09 de setiembre de 2010, que ratificó el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 14 16 de julio febrero de 20102009, conforme al mediante la cual se acuerda incorporar incorpora al proceso de promoción de la inversión privada los proyectos “privada, se aprueba la modalidad a emplearse y el plan de promoción del Proyecto Línea de Transmisión Cajamarca NorteIndependencia-Cáclic en Ica 220 kV”; y “Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV”, (en adelante la Línea EléctricaKV.
e) bajo los mecanismos establecidos en el Decreto Legislativo N° 1012, el TUO y su Reglamento, aprobados por Decretos Supremos Nos. 059-96-PCM y 060-96-PCM, respectivamente; y encarga al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Telecomunicaciones, Energía e Hidrocarburos PRO CONECTIVIDAD la conducción del proceso; y, ratifica el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 19 xx xxxxxx de 2010, que aprueba el Plan de Promoción que regirá el Concurso. La Resolución Ministerial N° 029-2011-MEM/DM, del Ministerio de Energía y Minas, publicada el 19 de enero de 2011, que modifica en el Plan Transitorio de Transmisión la tensión de los proyectos: “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”; y “Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV”, por “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kV”, y encarga a PROINVERSIÓN modificar el alcance del concurso. La Resolución Suprema Nº 002-2012-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, publicada el 19 de enero de 2012, que ratificó el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 12 xx xxxxxx de 2011, conforme al cual se aprueba la modificación del Plan de Promoción de la Inversión Privada del Concurso Público Internacional para otorgar en concesión el Proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”, incorporando el proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte Cáclic-Moyobamba en 220 kV”, y modifica el nombre del proyecto por “Línea de Transmisión Carhuaquero-Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kV”. La decisión de fecha ____/____/12 adoptada por el Comité declarando la adjudicación de la buena pro. .
f) La Resolución Ministerial Nº ___________-2012-MEM/DM, que autorizó al ______ ___________________________________________________________ a suscribir el Contrato.al
1.2 El Contrato se ha negociado, redactado y suscrito con arreglo al derecho interno del Perú; y su contenido, ejecución y demás consecuencias que de él se originen se regirán por dicho derecho.
1.3 La suscripción del Contrato, no elimina ni afecta la obligación de la Sociedad Concesionaria, de solicitar, suscribir y cumplir, el contrato de Concesión Definitiva de Transmisión Eléctrica, que la Sociedad Concesionaria deberá tramitar en el Ministerio de Energía y Minas.
1.4 En el Contrato: Los , los términos que se inician con mayúscula ya sea que se usen en singular o plural, tienen los significados que y se indican en el Anexo Nº 3. Los términos que se inician con mayúsculaa continuación, ya sea que se usen en singular o plural, que no están definidos en el Anexo Nº 3 u otras secciones del Contrato, tendrán los significados siguientes:
a) Autoridad Gubernamental: Cualquier autoridad judicial, legislativa, política o administrativa del Perú facultada conforme a las Leyes Aplicables para emitir o interpretar normas o decisiones, generales o particulares, con efectos obligatorios para quienes se encuentren sometidos a sus alcances. Cualquier mención a una Autoridad Gubernamental específica deberá entenderse efectuada a ésta o a quien la suceda o a quien ésta designe para realizar los actos a que les atribuyen las Bases se refiere el Contrato o las Leyes Aplicables.
b) Bienes de la Concesión: Son los bienes muebles e inmuebles que comprenden terrenos, edificaciones, equipamiento, accesorios, concesiones, licencias, servidumbres a constituirse conforme a las Leyes Aplicables, y en general todas las obras, equipos, vehículos, stock de repuestos, herramientas, instalaciones, planos, estudios, software, bases de datos, manuales e información técnica, provistas o corresponden a adquiridas por la Sociedad Concesionaria para la adecuada construcción y operación de la Línea Eléctrica, bajo los términos que por lo común son empleados del presente Contrato y para el cumplimiento del objeto de la Concesión. Incluye los Refuerzos, si los hubiese ejecutado la Sociedad Concesionaria de conformidad con mayúsculas. Toda referencia efectuada en las Leyes Aplicables.
c) COES: Es el Contrato a “cláusula” o “anexo” se deberá entender efectuada a cláusulas o anexos Comité de Operación Económica del Contrato, salvo indicación expresa en sentido contrario. Los títulos han sido incluidos al solo efecto de sistematizar la exposición y no deben ser considerados como una parte del mismo que limite o amplíe su contenido o para determinar los derechos y obligaciones de las Partes. Los términos en singular incluirán los mismos términos en plural y viceversa. Los términos en masculino incluyen al femenino y viceversaSistema Eléctrico Interconectado Nacional.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Concesión
DISPOSICIONES PRELIMINARES. 1.1 El Contrato resulta del proceso de promoción de la inversión privada que PROINVERSIÓN condujo en el marco de la Ley de Desarrollo Eficiente de Generación Eléctrica (Ley Nº 28832), el Reglamento de Transmisión, la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley Nº 25844), el Texto Único Ordenado de las Normas con Xxxxx xx xxx que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos (D.S. Nº 059-96-PCM) y su reglamento (D.S. N° 060-96-PCM), el Decreto Legislativo que aprueba la Xxx Xxxxx de Asociaciones Público - Privadas para la Generación de Empleo Productivo y dicta normas para la agilización de los procesos de promoción de la inversión privada (D. Leg. N° 1012) y su reglamento (D.S. 146-2008-EF), y otras Leyes Aplicables, así como las disposiciones y actos siguientes: La Resolución Ministerial El Oficio Nº 285044-20102011-MEM/DMVME, del en cuya virtud el Ministerio de Energía y Minas publicada el 06 de julio de 2010, que incluyó en el Plan Transitorio de Transmisión, aprobado por la Resolución Ministerial N° 552-2006-MEM/DM, los proyectos: Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV; y Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV, y encargó solicitó a PROINVERSIÓN la conducción del el inicio de un proceso de licitación promoción de inversión privada para implementar dichos proyectosla implementación del proyecto ”Reserva Fría de Generación” en Iquitos, Pucallpa y Puerto Xxxxxxxxx. La Resolución Suprema Nº 095-2010-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, publicada el 09 de setiembre de 2010, que ratificó el acuerdo Acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 14 de julio de 201007/08/09, conforme al cual se acuerda incorporar al proceso de promoción de la inversión privada los proyectos el proyecto “Línea Reserva Fría de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”; y “Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kVGeneración”, (teniendo en adelante cuenta lo establecido en la Línea Eléctrica) Ley N° 26440, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Supremo N° 059-96-PCM, Decreto Legislativo N° 1012, el TUO y su Reglamento, aprobados por Decretos Supremos Nos. 059-96-PCM y 060-96-PCM, respectivamentesus normas reglamentarias correspondientes; y encarga al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Telecomunicaciones, Energía e Hidrocarburos PRO CONECTIVIDAD la conducción del proceso; y. Mediante Decreto de Urgencia N° 001-2011 publicado el 18/01/11, ratifica se declaró de necesidad nacional y de ejecución prioritaria en el acuerdo año 2011 al proyecto “Reserva Fría de Generación”. Acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN N° ………………….., adoptado en su sesión N° XXX de fecha 19 xx xxxxxx de 2010XX/XX/11, que aprueba el Plan de Promoción que regirá el Concurso. La Resolución Ministerial N° 029-2011-MEM/DM, del Ministerio de Energía y Minas, publicada el 19 de enero de 2011, que modifica en el Plan Transitorio de Transmisión la tensión de los proyectos: “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”; y “Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV”, por “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kV”, y encarga a PROINVERSIÓN modificar el alcance del concurso. La Resolución Suprema Nº 002-2012-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, publicada el 19 de enero de 2012, que ratificó el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 12 xx xxxxxx de 2011, conforme al cual se aprueba la modificación del Plan de Promoción de la Inversión Privada para la concesión del Concurso Público Internacional para otorgar en concesión el Proyecto proyecto “Línea Reserva Fría de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kVGeneración”, incorporando incorporado al proceso de promoción de la inversión privada mediante Decreto de Urgencia N° 001-2011 publicado el proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte Cáclic-Moyobamba en 220 kV”18/01/11, y modifica que regirá el nombre del proyecto por “Línea de Transmisión Carhuaquero-Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kV”Concurso. La decisión de fecha ___/____/_/____/12 _____ adoptada por el Comité declarando la buena proAdjudicación de la Buena Pro. La Resolución Ministerial Nº ___________-2012-MEM/DM____, que autorizó al ___________ ___________________________________________________________ a suscribir el Contrato.
1.2 El Contrato se ha negociado, redactado y suscrito con arreglo al derecho interno del Perú; y su contenido, ejecución y demás consecuencias que de él se originen se regirán por dicho derecho.
1.3 La suscripción del Contrato, no elimina ni afecta la obligación de la Sociedad Concesionaria, de solicitar, suscribir y cumplir, el contrato de Concesión Definitiva de Transmisión Eléctrica, que la Sociedad Concesionaria deberá tramitar en el Ministerio de Energía y Minas.
1.4 En el Contrato: Los términos que se inician con mayúscula ya sea que se usen en singular o plural, tienen los significados que se indican en el Anexo Nº 3. Los términos que se inician con mayúscula, ya sea que se usen en singular o plural, que no están definidos en el Anexo Nº 3 u otras secciones del Contrato, tendrán los significados que les atribuyen las Bases o las Leyes Aplicables, o corresponden a términos que por lo común son empleados con mayúsculas. Toda referencia efectuada en el Contrato a “cláusula” o “anexo” se deberá entender efectuada a cláusulas o anexos del Contrato, salvo indicación expresa en sentido contrario. Los títulos han sido incluidos al solo efecto de sistematizar la exposición y no deben ser considerados como una parte del mismo que limite o amplíe su contenido o para determinar los derechos y obligaciones de las Partes. Los términos en singular incluirán los mismos términos en plural y viceversa. Los términos en masculino incluyen al femenino y viceversa.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Concesión
DISPOSICIONES PRELIMINARES. 1.1 El Contrato resulta del proceso de promoción que PROINVERSIÓN condujo en el marco de la Ley de Desarrollo Eficiente de Generación Eléctrica (Ley Nº 28832), el Reglamento de Transmisión, la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley Nº 25844), el Texto Único Ordenado de las Normas con Xxxxx xx xxx que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos (D.S. Nº 059-96-PCM) y su reglamento (D.S. N° 060-96-PCM), el Decreto Legislativo que aprueba la Xxx Xxxxx de Asociaciones Público - Privadas para la Generación de Empleo Productivo y dicta normas para la agilización de los procesos de promoción de la inversión privada (D. Leg. N° 1012) y su reglamento (D.S. 146-2008-EF), y otras Leyes Aplicables, así como las disposiciones y actos siguientes: La Resolución Ministerial Nº 285024-2010-MEM/DM, del Ministerio de Energía y Minas publicada el 06 de julio de 201017/01/10, que incluyó el proyecto “Línea de Transmisión Machupicchu-Abancay-Cotaruse en 220 kV”, en el Plan Transitorio de Transmisión, aprobado por la Resolución Ministerial N° 552-2006-MEM/DM, los proyectos: Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV; y Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV, y encargó a PROINVERSIÓN la conducción del ejecutar el proceso de licitación para implementar dichos proyectosel proyecto “Línea de Transmisión Machupicchu-Abancay-Cotaruse en 220 kV”. La Resolución Suprema Nº 095061-2010-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, publicada el 09 de setiembre de 201021.05.10, que ratificó el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 14 de julio de 201021/04/10, conforme al cual se acuerda incorporar al proceso de promoción de inversión privada los proyectos el proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca NorteMachupicchu-Cáclic Abancay-Cotaruse en 220 kV”; y “Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV”, (en adelante la Línea Eléctrica) bajo los mecanismos establecidos en el Decreto Legislativo N° 1012, el TUO y su Reglamento, aprobados por Decretos Supremos Nos. 059-96-PCM y 060-96-PCM, respectivamente; y encarga al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Telecomunicaciones, Energía e Hidrocarburos PRO CONECTIVIDAD la conducción del proceso; y, ratifica el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 19 xx xxxxxx de 201005/05/10, que aprueba el Plan de Promoción que regirá el Concurso. La Resolución Ministerial N° 029-2011-MEM/DM, del Ministerio de Energía y Minas, publicada el 19 de enero de 2011, que modifica en el Plan Transitorio de Transmisión la tensión de los proyectos: “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”; y “Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV”, por “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kV”, y encarga a PROINVERSIÓN modificar el alcance del concurso. La Resolución Suprema Nº 002-2012-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, publicada el 19 de enero de 2012, que ratificó el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 12 xx xxxxxx de 2011, conforme al cual se aprueba la modificación del Plan de Promoción de la Inversión Privada del Concurso Público Internacional para otorgar en concesión el Proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”, incorporando el proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte Cáclic-Moyobamba en 220 kV”, y modifica el nombre del proyecto por “Línea de Transmisión Carhuaquero-Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kV”. La decisión de fecha ____/____/12 /____/10 adoptada por el Comité declarando la buena pro. La Resolución Ministerial Nº ___________-2012-2010-MEM/DM, que autorizó al ______ __________________________________________________________________ a suscribir el Contrato.
1.2 El Contrato se ha negociado, redactado y suscrito con arreglo al derecho interno del Perú; y su contenido, ejecución y demás consecuencias que de él se originen se regirán por dicho derecho.
1.3 La suscripción del Contrato, no elimina ni afecta la obligación de la Sociedad Concesionaria, de solicitar, suscribir y cumplir, el contrato de Concesión Definitiva de Transmisión Eléctrica, que la Sociedad Concesionaria deberá tramitar en el Ministerio de Energía y Minas.
1.4 En el Contrato: Los términos que se inician con mayúscula ya sea que se usen en singular o plural, tienen los significados que se indican en el Anexo Nº 3. Los términos que se inician con mayúscula, ya sea que se usen en singular o plural, que no están definidos en el Anexo Nº 3 u otras secciones del Contrato, tendrán los significados que les atribuyen las Bases o las Leyes Aplicables, o corresponden a términos que por lo común son empleados con mayúsculas. Toda referencia efectuada en el Contrato a “cláusula” o “anexo” se deberá entender efectuada a cláusulas o anexos del Contrato, salvo indicación expresa en sentido contrario. Los títulos han sido incluidos al solo efecto de sistematizar la exposición y no deben ser considerados como una parte del mismo que limite o amplíe su contenido o para determinar los derechos y obligaciones de las Partes. Los términos en singular incluirán los mismos términos en plural y viceversa. Los términos en masculino incluyen al femenino y viceversa.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Concesión SGT
DISPOSICIONES PRELIMINARES. 1.1 El Contrato resulta del proceso de promoción que PROINVERSIÓN condujo en el marco de la Ley de Desarrollo Eficiente de Generación Eléctrica (Ley Nº 28832), el Reglamento de TransmisiónTransmisión (Decreto Supremo Nº 027-2007-EM), la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley Nº 25844), el Texto Único Ordenado Reglamento de las Normas con Xxxxx xx xxx que regulan la entrega en concesión al sector privado Ley de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos Concesiones Eléctricas (D.S. Decreto Supremo Nº 059009-9693-PCM) y su reglamento (D.S. N° 060-96-PCMEM), el Decreto Legislativo que aprueba la Xxx Xxxxx de Asociaciones Público - Privadas para la Generación de Empleo Productivo y dicta normas para la agilización de los procesos del marco de promoción de la inversión privada mediante asociaciones público- privadas y proyectos en activos (D. Leg. N° 1012) Decreto Legislativo Nº 1224), Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1224, Decreto Legislativo del marco de promoción de la inversión privada mediante asociaciones público- privadas y su reglamento proyectos en activos (D.S. 146Decreto Supremo Nº 410-20082015-EF), ) y otras Leyes y Disposiciones Aplicables, así como las disposiciones y actos siguientes: La Resolución Ministerial Nº 285225-20102015-MEM/DM, DM del Ministerio de Energía y Minas publicada el 06 14 xx xxxx de julio de 20102015, que incluyó en el Plan Transitorio de Transmisión, aprobado por la Resolución Ministerial N° 552-2006-MEM/DM, los proyectos: Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV; y Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV, y encargó encarga a PROINVERSIÓN la conducción del proceso de licitación para implementar dichos proyectosnecesario hasta la adjudicación de la Buena Pro de los proyectos vinculantes aprobados en el Plan de Transmisión 2015-2024, que incluye el Proyecto “Línea de Transmisión Aguaytía-Pucallpa 000 xX (xxxxxxx xxxxxxxx)”. La Resolución Suprema Nº 095N° 046-20102015-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, EF publicada el 09 27 de setiembre octubre de 20102015, que ratificó el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 14 de julio de 2010, conforme al mediante la cual se acuerda incorporar al proceso de promoción de inversión privada los proyectos “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”; y “Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV”, (en adelante la Línea Eléctrica) bajo los mecanismos establecidos en el Decreto Legislativo N° 1012, el TUO y su Reglamento, aprobados por Decretos Supremos Nos. 059-96-PCM y 060-96-PCM, respectivamente; y encarga al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Telecomunicaciones, Energía e Hidrocarburos PRO CONECTIVIDAD la conducción del proceso; y, ratifica el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 19 11 xx xxxxxx de 20102015, en virtud del cual se acordó incorporar al proceso de promoción de la inversión privada a cargo de PROINVERSIÓN, los proyectos vinculantes del Plan de Transmisión 2015-2024, a que se refiere la Resolución Ministerial N° 225-2015-MEM/DM, en el que se encuentra incluido el Proyecto “Línea de Transmisión Aguaytía-Pucallpa 000 xX (xxxxxxx xxxxxxxx)”. El Acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 16 de febrero de 2016, que aprueba el Plan de Promoción que regirá el Concurso. La Resolución Ministerial N° 029-2011-MEM/DM, del Ministerio de Energía y Minas, publicada el 19 de enero de 2011, que modifica publicado en el Plan Transitorio diario oficial El Peruano el 25 de Transmisión la tensión febrero de los proyectos: “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”; y “Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV”, por “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kV”, y encarga a PROINVERSIÓN modificar el alcance del concurso2016. La Resolución Suprema Nº 002-2012-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, publicada el 19 de enero de 2012, que ratificó el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 12 xx xxxxxx de 2011, conforme al cual se aprueba la modificación del Plan de Promoción de la Inversión Privada del Concurso Público Internacional para otorgar en concesión el Proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”, incorporando el El proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte CáclicAguaytía-Moyobamba en 220 kV”, y modifica el nombre del proyecto por “Línea Pucallpa 000 xX (xxxxxxx xxxxxxxx)” será desarrollado bajo la modalidad de Transmisión Carhuaquero-Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kV”Asociación Público Privada autofinanciada. La decisión El acuerdo de fecha ____/____/12 adoptada /____/___ adoptado por el Comité declarando PRO CONECTIVIDAD adjudicando la buena pro. La Resolución Ministerial Nº ___________-2012-MEM___-MEM/DM, que autorizó al ______ ___________________________________________________________ a suscribir el Contrato.
1.2 El Contrato se ha negociado, redactado y suscrito con arreglo al derecho interno del Perú; y su contenido, ejecución y demás consecuencias que de él se originen se regirán por dicho derecho.
1.3 La suscripción del Contrato, no elimina ni afecta la obligación de la Sociedad Concesionariadel Concesionario, de solicitar, suscribir y cumplir, el contrato de Concesión Definitiva de Transmisión Eléctrica, que la Sociedad Concesionaria el Concesionario deberá tramitar en ante el Ministerio de Energía y Minas.
1.4 En el Contrato: Los términos que se inician con mayúscula ya sea que se usen en singular o plural, tienen los significados que se indican en el Anexo Nº 3. Los términos que se inician con mayúscula, ya sea que se usen en singular o plural, que no están definidos en el Anexo Nº 3 u otras secciones del Contrato, tendrán los significados que les atribuyen las Bases o las Leyes y Disposiciones Aplicables, o corresponden a términos que por lo común son empleados con mayúsculas. Toda referencia efectuada en el Contrato a “cláusula” ”, “anexo”, “numeral”, o “anexoliteral” se deberá entender efectuada a cláusulas cláusulas, anexos, numerales o anexos literales del Contrato, salvo indicación expresa en sentido contrario. Los títulos han sido incluidos al solo efecto de sistematizar la exposición y no deben ser considerados como una parte del mismo que limite o amplíe su contenido o para determinar los derechos y obligaciones de las Partes. Los términos en singular incluirán los mismos términos en plural y viceversa. Los términos en masculino incluyen al femenino y viceversa. El uso de la disyunción “o” en una enumeración deberá entenderse que comprende excluyentemente a alguno de los elementos de tal enumeración. El uso de la conjunción “y” en una enumeración deberá entenderse que comprende a todos los elementos de dicha enumeración o lista.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Concesión
DISPOSICIONES PRELIMINARES. 1.1 El Contrato resulta del proceso de promoción que PROINVERSIÓN condujo en el marco de la Ley de Desarrollo Eficiente de Generación Eléctrica (Ley Nº 28832), el Reglamento de Transmisión, la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley Nº 25844), el Texto Único Ordenado de las Normas con Xxxxx xx xxx que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos (D.S. Nº 059-96-PCM) y su reglamento (D.S. N° 060-96-PCM), el Decreto Legislativo que aprueba la Xxx Xxxxx de Asociaciones Público - Privadas para la Generación de Empleo Productivo y dicta normas para la agilización de los procesos de promoción de la inversión privada (D. Leg. N° 1012) y su reglamento (D.S. 146-2008-EF), los Decretos de Urgencia N° 001-2011 y N° 002-2011 y otras Leyes Aplicables, así como las disposiciones y actos siguientes: La Resolución Ministerial Nº 285213-20102011-MEM/DM, del Ministerio de Energía y Minas publicada el 06 05 xx xxxx de julio de 20102011, que incluyó en aprobó el Primer Plan Transitorio de Transmisión, aprobado por incluyendo como proyecto vinculante la Resolución Ministerial N° 552LT 220 kV Moyobamba-2006-MEM/DM, los proyectos: Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV; Iquitos y Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV, y encargó a PROINVERSIÓN la conducción del proceso de licitación para implementar dichos proyectosSubestaciones Asociadas. La Resolución Suprema Nº 095-2010-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, publicada el 09 de setiembre de 2010, que ratificó el El acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 14 07 de julio de 20102011, conforme al cual se acuerda incorporar al proceso publicado el 09 de promoción julio de inversión privada los proyectos “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”; y “Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV”, (en adelante la Línea Eléctrica) bajo los mecanismos establecidos en el Decreto Legislativo N° 1012, el TUO y su Reglamento, aprobados por Decretos Supremos Nos. 059-96-PCM y 060-96-PCM, respectivamente; y encarga al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Telecomunicaciones, Energía e Hidrocarburos PRO CONECTIVIDAD la conducción del proceso; y, ratifica el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 19 xx xxxxxx de 20102011, que aprueba el Plan de Promoción que regirá el Concurso. La Resolución Ministerial N° 029-2011-MEM/DM, del Ministerio de Energía y Minas, publicada el 19 de enero de 2011, que modifica en el Plan Transitorio de Transmisión la tensión de los proyectos: “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”; y “Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV”, por “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kV”, y encarga a PROINVERSIÓN modificar el alcance del concurso. La Resolución Suprema Nº 002-2012-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, publicada el 19 de enero de 2012, que ratificó el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 12 xx xxxxxx de 2011, conforme al cual se aprueba la modificación del Plan de Promoción de la Inversión Privada del Concurso Público Internacional para otorgar en concesión el Proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”, incorporando el proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte Cáclic-Moyobamba en 220 kV”, y modifica el nombre del proyecto por “Línea de Transmisión Carhuaquero-Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kV”. La decisión de fecha ____/____/12 /____/11 adoptada por el Comité declarando la buena pro. La Resolución Ministerial Nº ___________-2012-2011-MEM/DM, que autorizó al ______ ____________________________________________________________ a suscribir el Contrato.
1.2 El Contrato se ha negociado, redactado y suscrito con arreglo al derecho interno del Perú; y su contenido, ejecución y demás consecuencias que de él se originen se regirán por dicho derecho.
1.3 La suscripción del Contrato, no elimina ni afecta la obligación de la Sociedad Concesionaria, de solicitar, suscribir y cumplir, el contrato de Concesión Definitiva de Transmisión Eléctrica, que la Sociedad Concesionaria deberá tramitar en el Ministerio de Energía y Minas.
1.4 En el Contrato: Los términos que se inician con mayúscula ya sea que se usen en singular o plural, tienen los significados que se indican en el Anexo Nº 3. Los términos que se inician con mayúscula, ya sea que se usen en singular o plural, que no están definidos en el Anexo Nº 3 u otras secciones del Contrato, tendrán los significados que les atribuyen las Bases o las Leyes Aplicables, o corresponden a términos que por lo común son empleados con mayúsculas. Toda referencia efectuada en el Contrato a “cláusula” o “anexo” se deberá entender efectuada a cláusulas o anexos del Contrato, salvo indicación expresa en sentido contrario. Los títulos han sido incluidos al solo efecto de sistematizar la exposición y no deben ser considerados como una parte del mismo que limite o amplíe su contenido o para determinar los derechos y obligaciones de las Partes. Los términos en singular incluirán los mismos términos en plural y viceversa. Los términos en masculino incluyen al femenino y viceversa.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Concesión
DISPOSICIONES PRELIMINARES. 1.1 El Contrato resulta del proceso de promoción que PROINVERSIÓN condujo en el marco de la Ley de Desarrollo Eficiente de Generación Eléctrica (Ley Nº 28832), el Reglamento de Transmisión, la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley Nº 25844), el Texto Único Ordenado de las Normas con Xxxxx xx xxx que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos (D.S. Nº 059-96-PCM) y su reglamento (D.S. N° 060-96-PCM), el Decreto Legislativo que aprueba la Xxx Xxxxx de Asociaciones Público - Privadas para la Generación de Empleo Productivo y dicta normas para la agilización de los procesos de promoción de la inversión privada (D. Leg. N° 1012) y su reglamento (D.S. 146-2008-EF), y otras Leyes Aplicables, así como las disposiciones y actos siguientes: La Resolución Ministerial Nº 285-2010-MEM/DM, del Ministerio de Energía y Minas publicada el 06 de julio de 2010, que incluyó en el Plan Transitorio de Transmisión, aprobado por la Resolución Ministerial N° 552-2006-MEM/DM, los proyectos: Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV; y Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV, y encargó a PROINVERSIÓN la conducción del proceso de licitación para implementar dichos proyectos. La Resolución Suprema Nº 095-2010-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, publicada el 09 de setiembre de 2010, que ratificó el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 14 de julio de 2010, conforme al cual se acuerda incorporar al proceso de promoción de inversión privada los proyectos “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”; y “Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV”, (en adelante la Línea Eléctrica) bajo los mecanismos establecidos en el Decreto Legislativo N° 1012, el TUO y su Reglamento, aprobados por Decretos Supremos Nos. 059-96-PCM y 060-96-PCM, respectivamente; y encarga al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Telecomunicaciones, Energía e Hidrocarburos PRO CONECTIVIDAD la conducción del proceso; y, ratifica el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 19 xx xxxxxx de 2010, que aprueba el Plan de Promoción que regirá el Concurso. La Resolución Ministerial N° 029-2011-MEM/DM, del Ministerio de Energía y Minas, publicada el 19 de enero de 2011, que modifica en el Plan Transitorio de Transmisión la tensión de los proyectos: “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”; y “Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV”, por “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kV”, y encarga a PROINVERSIÓN modificar el alcance del concurso. La Resolución Suprema Nº 002-2012-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, publicada el 19 de enero de 2012, que ratificó el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 12 xx xxxxxx de 2011, conforme al cual se aprueba la modificación del Plan de Promoción de la Inversión Privada del Concurso Público Internacional para otorgar en concesión el Proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”, incorporando el proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte Cáclic-Moyobamba en 220 kV”, y modifica el nombre del proyecto por “Línea de Transmisión Carhuaquero-Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kV”. La decisión de fecha ____/____/12 adoptada por el Comité declarando la buena pro. La Resolución Ministerial Nº ___________-2012-MEM/DM, que autorizó al ______ ____________________________________________________________ a suscribir el Contrato.
1.2 El Contrato se ha negociado, redactado y suscrito con arreglo al derecho interno del Perú; y su contenido, ejecución y demás consecuencias que de él se originen se regirán por dicho derecho.
1.3 La suscripción del Contrato, no elimina ni afecta la obligación de la Sociedad Concesionaria, de solicitar, suscribir y cumplir, el contrato de Concesión Definitiva de Transmisión Eléctrica, que la Sociedad Concesionaria deberá tramitar en el Ministerio de Energía y Minas.
1.4 En el Contrato: Los términos que se inician con mayúscula ya sea que se usen en singular o plural, tienen los significados que se indican en el Anexo Nº 3. Los términos que se inician con mayúscula, ya sea que se usen en singular o plural, que no están definidos en el Anexo Nº 3 u otras secciones del Contrato, tendrán los significados que les atribuyen las Bases o las Leyes Aplicables, o corresponden a términos que por lo común son empleados con mayúsculas. Toda referencia efectuada en el Contrato a “cláusula” o “anexo” se deberá entender efectuada a cláusulas o anexos del Contrato, salvo indicación expresa en sentido contrario. Los títulos han sido incluidos al solo efecto de sistematizar la exposición y no deben ser considerados como una parte del mismo que limite o amplíe su contenido o para determinar los derechos y obligaciones de las Partes. Los términos en singular incluirán los mismos términos en plural y viceversa. Los términos en masculino incluyen al femenino y viceversa.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Concesión
DISPOSICIONES PRELIMINARES. 1.1 El Contrato resulta del proceso de promoción que PROINVERSIÓN condujo en el marco de la Ley de Desarrollo Eficiente de Generación Eléctrica (Ley Nº 28832), el Reglamento de TransmisiónTransmisión (Decreto Supremo Nº 027-2007-EM), la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley Nº 25844), el Texto Único Ordenado Reglamento de las Normas con Xxxxx xx xxx que regulan la entrega en concesión al sector privado Ley de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos Concesiones Eléctricas (D.S. Decreto Supremo Nº 059009- 93-96-PCM) y su reglamento (D.S. N° 060-96-PCMEM), el Decreto Legislativo que aprueba la Xxx Xxxxx de Asociaciones Público - Privadas para la Generación de Empleo Productivo y dicta normas para la agilización de los procesos del marco de promoción de la inversión privada mediante asociaciones público- privadas y proyectos en activos (D. Leg. N° 1012) Decreto Legislativo Nº 1224), Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1224, Decreto Legislativo del marco de promoción de la inversión privada mediante asociaciones público- privadas y su reglamento proyectos en activos (D.S. 146Decreto Supremo Nº 410-20082015-EF), ) y otras Leyes y Disposiciones Aplicables, así como las disposiciones y actos siguientes: :
a) La Resolución Ministerial Nº 285225-20102015-MEM/DM, del Ministerio de Energía y Minas publicada el 06 14 xx xxxx de julio de 20102015, que incluyó en el Plan Transitorio de Transmisión, aprobado por la Resolución Ministerial N° 552-2006-MEM/DM, los proyectos: Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV; y Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV, y encargó encarga a PROINVERSIÓN la conducción del proceso de licitación para implementar dichos proyectos. La Resolución Suprema Nº 095necesario hasta la adjudicación de la Buena Pro de los proyectos vinculantes aprobados en el Plan de Transmisión 2015-2010-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, publicada el 09 de setiembre de 20102024, que ratificó incluye el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 14 de julio de 2010, conforme al cual se acuerda incorporar al proceso de promoción de inversión privada los proyectos Proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca NorteAguaytía-Cáclic en 220 kVPucallpa 000 xX (xxxxxxx xxxxxxxx)”; y “Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV”, (en adelante la Línea Eléctrica.
b) bajo los mecanismos establecidos en el Decreto Legislativo La Resolución Suprema N° 1012046-2015-EF, publicada el TUO y su Reglamento27 de octubre de 2015, aprobados por Decretos Supremos Nos. 059-96-PCM y 060-96-PCM, respectivamente; y encarga al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Telecomunicaciones, Energía e Hidrocarburos PRO CONECTIVIDAD mediante la conducción del proceso; y, cual se ratifica el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 19 11 xx xxxxxx de 20102015, en virtud del cual se acordó incorporar al proceso de promoción de la inversión privada a cargo de PROINVERSIÓN, los proyectos vinculantes del Plan de Transmisión 2015-2024, a que se refiere la Resolución Ministerial N° 225-2015-MEM/DM, , en la que se encuentra incluido el Proyecto “Línea de Transmisión Aguaytía-Pucallpa 000 xX (xxxxxxx xxxxxxxx)”.
c) El Acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 16 de febrero de 2016, que aprueba el Plan de Promoción que regirá el Concurso. La Resolución Ministerial N° 029-2011-MEM/DM, del Ministerio de Energía y Minas, publicada el 19 de enero de 2011, que modifica publicado en el Plan Transitorio diario oficial El Peruano el 25 de Transmisión la tensión febrero de los proyectos: “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”; y “Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV”, por “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kV”, y encarga a PROINVERSIÓN modificar el alcance del concurso. La Resolución Suprema Nº 002-2012-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, publicada el 19 de enero de 2012, que ratificó el 2016.
d) El acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 12 xx xxxxxx de 2011, conforme al cual se aprueba la modificación del Plan de Promoción de la Inversión Privada del Concurso Público Internacional para otorgar en concesión el Proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”, incorporando el proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte Cáclic-Moyobamba en 220 kV”, y modifica el nombre del proyecto por “Línea de Transmisión Carhuaquero-Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kV”. La decisión de fecha ____/____/12 adoptada adoptado por el Comité declarando PRO CONECTIVIDAD adjudicando la buena pro. .
e) La Resolución Ministerial Nº ___________-2012-MEM-MEM/DM, que autorizó al ______ ___________________________________________________________ a suscribir el Contrato.al
1.2 El Contrato se ha negociado, redactado y suscrito con arreglo al derecho interno del Perú; y su contenido, ejecución y demás consecuencias que de él se originen se regirán por dicho derecho.
1.3 La suscripción del Contrato, no elimina ni afecta la obligación de la Sociedad Concesionariadel Concesionario, de solicitar, suscribir y cumplir, el contrato de Concesión Definitiva de Transmisión Eléctrica, que la Sociedad Concesionaria el Concesionario deberá tramitar en ante el Ministerio de Energía y Minas.
1.4 En el Contrato: :
a) Los términos que se inician con mayúscula ya sea que se usen en singular o plural, tienen los significados que se indican en el Anexo Nº 3. .
b) Los términos que se inician con mayúscula, ya sea que se usen en singular o plural, que no están definidos en el Anexo Nº 3 u otras secciones del Contrato, tendrán los significados que les atribuyen las Bases o las Leyes y Disposiciones Aplicables, o corresponden a términos que por lo común son empleados con mayúsculas. .
c) Toda referencia efectuada en el Contrato a “cláusula” ”, “anexo”, “numeral”, o “anexoliteral” se deberá entender efectuada a cláusulas cláusulas, anexos, numerales o anexos literales del Contrato, salvo indicación expresa en sentido contrario. .
d) Los títulos han sido incluidos al solo efecto de sistematizar la exposición y no deben ser considerados como una parte del mismo que limite o amplíe su contenido o para determinar los derechos y obligaciones de las Partes. .
e) Los términos en singular incluirán los mismos términos en plural y viceversa. Los términos en masculino incluyen al femenino y viceversa.
f) El uso de la disyunción “o” en una enumeración deberá entenderse que comprende excluyentemente a alguno de los elementos de tal enumeración.
g) El uso de la conjunción “y” en una enumeración deberá entenderse que comprende a todos los elementos de dicha enumeración o lista.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Concesión
DISPOSICIONES PRELIMINARES. 1.1 El Contrato resulta del proceso de promoción que PROINVERSIÓN condujo en el marco de la Ley de Desarrollo Eficiente de Generación Eléctrica (Ley Nº 28832), el Reglamento de Transmisión, la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley Nº 25844), el Texto Único Ordenado de las Normas con Xxxxx xx xxx que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos (D.S. Nº 059-96-PCM) y su reglamento (D.S. N° 060-96-PCM), el Decreto Legislativo que aprueba la Xxx Xxxxx de Asociaciones Público - Privadas para la Generación de Empleo Productivo y dicta normas para la agilización de los procesos de promoción de la inversión privada (D. Leg. N° 1012) y su reglamento (D.S. 146-2008-EF), y otras Leyes Aplicables, así como las disposiciones y actos siguientes: La Resolución Ministerial Nº 285-2010-MEM/DM, del Ministerio de Energía y Minas publicada el 06 de julio de 2010, que incluyó en el Plan Transitorio de Transmisión, aprobado por la Resolución Ministerial N° 552-2006-MEM/DM, los proyectos: publicada el 23.11.06, que incluyó la Línea Eléctrica en el Plan Transitorio de Transmisión Cajamarca Nortepara el periodo 2007-Cáclic en 220 kV; 2008. Oficio Nº 132-2007-EM/DM del 23.01.07, el Ministerio de Energía y Línea Minas, mediante el cual el Ministerio de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV, Energía y Minas encargó a PROINVERSIÓN la conducción del ejecutar el proceso de licitación para implementar dichos proyectosde la Línea Eléctrica. La Resolución Suprema Nº 095011-20102007-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, EF (publicada el 09 de setiembre de 201024.02.07), que ratificó el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 14 de julio de 201030.01.07, conforme al cual se acuerda incorporar establece la entrega en concesión al proceso sector privado del proyecto de promoción línea de inversión privada los proyectos “Línea de Transmisión Cajamarca Nortetransmisión Chilca-Cáclic en 220 kV”; y “Línea de Transmisión CáclicLa Planicie-Moyobamba en 138 kV”Zapallal, (en adelante la Línea Eléctrica) bajo los mecanismos establecidos en el Decreto Legislativo N° 1012, el TUO y su Reglamento, aprobados por Decretos Supremos Nos. 059-96-PCM y 060-96-PCM, respectivamente; respectivamente y se encarga al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Telecomunicaciones, Energía e Hidrocarburos PRO CONECTIVIDAD Infraestructura y Servicios Públicos la conducción del proceso; y, ratifica el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 19 xx xxxxxx de 2010, que aprueba el Plan de Promoción que regirá el Concurso. La Resolución Ministerial N° 029-2011-MEM/DM, del Ministerio de Energía y Minas, publicada el 19 de enero de 2011, que modifica en el Plan Transitorio de Transmisión la tensión de los proyectos: “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”; y “Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV”, por “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kV”, y encarga a PROINVERSIÓN modificar el alcance del concurso. La Resolución Suprema Nº 002001-20122008-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, EF (publicada el 19 de enero de 201205.01.08), que ratificó el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN Proinversión adoptado en su sesión de fecha 12 xx xxxxxx de 201111.12.07, conforme al cual se aprueba la modificación del aprobando el Plan de Promoción de la Inversión Privada del Concurso Público Internacional para otorgar en concesión que regiría el Proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”, incorporando el proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte Cáclic-Moyobamba en 220 kV”, y modifica el nombre del proyecto por “Línea de Transmisión Carhuaquero-Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kV”Concurso. La decisión de fecha ____/____/12 _____ adoptada por el Comité declarando la buena pro. La Resolución Ministerial Nº ___________-2012-MEM/DM, que autorizó al ______ ___________________________________________________________ a suscribir el Contrato.
1.2 El Contrato se ha negociado, redactado y suscrito con arreglo al derecho interno del Perú; y su contenido, ejecución y demás consecuencias que de él se originen se regirán por dicho derecho.
1.3 La suscripción del Contrato, no elimina ni afecta la obligación de la Sociedad Concesionaria, de solicitar, suscribir y cumplir, el contrato de Concesión Definitiva de Transmisión Eléctrica, que la Sociedad Concesionaria sociedad deberá tramitar en el Ministerio de Energía y Minas.
1.4 En el Contrato: Los , los términos que se inician con mayúscula ya sea que se usen en singular o plural, tienen los significados que y se indican en el Anexo Nº 3. Los términos que se inician con mayúsculaa continuación, ya sea que se usen en singular o plural, que no están definidos en el Anexo Nº 3 u otras secciones del Contrato, tendrán los significados que les atribuyen las Bases o las Leyes Aplicables, o corresponden a términos que por lo común son empleados con mayúsculas. Toda referencia efectuada en el Contrato a “cláusula” o “anexo” se deberá entender efectuada a cláusulas o anexos del Contrato, salvo indicación expresa en sentido contrario. Los títulos han sido incluidos al solo efecto de sistematizar la exposición y no deben ser considerados como una parte del mismo que limite o amplíe su contenido o para determinar los derechos y obligaciones de las Partes. Los términos en singular incluirán los mismos términos en plural y viceversa. Los términos en masculino incluyen al femenino y viceversa.siguientes:
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Concesión
DISPOSICIONES PRELIMINARES. 1.1 El Contrato resulta del proceso de promoción que PROINVERSIÓN condujo en el marco de la Ley de Desarrollo Eficiente de Generación Eléctrica (Ley Nº 28832), el Reglamento de TransmisiónTransmisión (Decreto Supremo Nº 027-2007-EM), la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley Nº 25844), el Texto Único Ordenado Reglamento de las Normas con Xxxxx xx xxx que regulan la entrega en concesión al sector privado Ley de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos Concesiones Eléctricas (D.S. Decreto Supremo Nº 059009-9693-PCM) y su reglamento (D.S. N° 060-96-PCMEM), el Decreto Legislativo que aprueba la Xxx Xxxxx de Asociaciones Público - Privadas para la Generación de Empleo Productivo y dicta normas para la agilización de los procesos del marco de promoción de la inversión privada mediante asociaciones público - privadas y proyectos en activos (D. Leg. N° 1012) Decreto Legislativo Nº 1224), Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1224, Decreto Legislativo del marco de promoción de la inversión privada mediante asociaciones público- privadas y su reglamento proyectos en activos (D.S. 146Decreto Supremo Nº 410-20082015-EF), ) y otras Leyes y Disposiciones Aplicables, así como las disposiciones y actos siguientes: La Resolución Ministerial Nº 285225-20102015-MEM/DM, DM del Ministerio de Energía y Minas publicada el 06 14 xx xxxx de julio de 20102015, que incluyó en el Plan Transitorio de Transmisión, aprobado por la Resolución Ministerial N° 552-2006-MEM/DM, los proyectos: Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV; y Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV, y encargó encarga a PROINVERSIÓN la conducción del proceso de licitación para implementar dichos proyectosnecesario hasta la adjudicación de la Buena Pro de los proyectos vinculantes aprobados en el Plan de Transmisión 2015-2024, que incluye el proyecto “Enlace 500 kV Mantaro-Nueva Yanango-Carapongo y Subestaciones Asociadas”. La Resolución Suprema Nº 095N° 046-20102015-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, EF publicada el 09 27 de setiembre octubre de 20102015, que ratificó el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 14 de julio de 2010, conforme al mediante la cual se acuerda incorporar al proceso de promoción de inversión privada los proyectos “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”; y “Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV”, (en adelante la Línea Eléctrica) bajo los mecanismos establecidos en el Decreto Legislativo N° 1012, el TUO y su Reglamento, aprobados por Decretos Supremos Nos. 059-96-PCM y 060-96-PCM, respectivamente; y encarga al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Telecomunicaciones, Energía e Hidrocarburos PRO CONECTIVIDAD la conducción del proceso; y, ratifica el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 19 11 xx xxxxxx de 20102015, en virtud del cual se acordó incorporar al proceso de promoción de la inversión privada a cargo de PROINVERSIÓN, los proyectos vinculantes del Plan de Transmisión 2015-2024, a que se refiere la Resolución Ministerial N° 225-2015-MEM/DM, en el que se encuentra incluido el proyecto “Enlace 500 kV Mantaro-Nueva Yanango-Carapongo y Subestaciones Asociadas”. El Acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 9 de setiembre de 2016, que aprueba el Plan de Promoción que regirá el Concurso. La Resolución Ministerial N° 029-2011-MEM/DM, del Ministerio de Energía y Minas, publicada el 19 de enero de 2011, que modifica publicado en el Plan Transitorio diario oficial El Peruano el 17 de Transmisión la tensión setiembre de los proyectos: “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”; y “Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV”, por “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kV”, y encarga a PROINVERSIÓN modificar el alcance del concurso2016. La Resolución Suprema Nº 002-2012-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, publicada el 19 de enero de 2012, que ratificó el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 12 xx xxxxxx de 2011, conforme al cual se aprueba la modificación del Plan de Promoción de la Inversión Privada del Concurso Público Internacional para otorgar en concesión el Proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”, incorporando el El proyecto “Línea Enlace 500 kV Mantaro-Nueva Yanango-Carapongo y Subestaciones Asociadas” será desarrollado bajo la modalidad de Transmisión Cajamarca Norte Cáclic-Moyobamba en 220 kV”, y modifica el nombre del proyecto por “Línea de Transmisión Carhuaquero-Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kV”Asociación Público Privada autofinanciada. La decisión El Acuerdo de fecha ____/____/12 adoptada /____/___ adoptado por el Comité declarando PRO CONECTIVIDAD adjudicando la buena pro. La Resolución Ministerial Nº ___________-2012-MEM___-MEM/DM, que autorizó al ______ ___________________________________________________________ a suscribir el Contrato.
1.2 El Contrato se ha negociado, redactado y suscrito con arreglo al derecho interno del Perú; y su contenido, ejecución y demás consecuencias que de él se originen se regirán por dicho derecho.
1.3 La suscripción del Contrato, no elimina ni afecta la obligación de la Sociedad Concesionariadel Concesionario, de solicitar, suscribir y cumplir, el contrato Contrato de Concesión Definitiva de Transmisión Eléctrica, que la Sociedad Concesionaria el Concesionario deberá tramitar en ante el Ministerio de Energía y Minas.
1.4 En el Contrato: Los términos que se inician con mayúscula ya sea que se usen en singular o plural, tienen los significados que se indican en el Anexo Nº 3. Los términos que se inician con mayúscula, ya sea que se usen en singular o plural, que no están definidos en el Anexo Nº 3 u otras secciones del Contrato, tendrán los significados que les atribuyen las Bases o las Leyes y Disposiciones Aplicables, o corresponden a términos que por lo común son empleados con mayúsculas. Toda referencia efectuada en el Contrato a “cláusula” ”, “anexo”, “numeral”, o “anexoliteral” se deberá entender efectuada a cláusulas cláusulas, anexos, numerales o anexos literales del Contrato, salvo indicación expresa en sentido contrario. Los títulos han sido incluidos al solo efecto de sistematizar la exposición y no deben ser considerados como una parte del mismo que limite o amplíe su contenido o para determinar los derechos y obligaciones de las Partes. Los términos en singular incluirán los mismos términos en plural y viceversa. Los términos en masculino incluyen al femenino y viceversa. El uso de la disyunción “o” en una enumeración deberá entenderse que comprende excluyentemente a alguno de los elementos de tal enumeración. El uso de la conjunción “y” en una enumeración deberá entenderse que comprende a todos los elementos de dicha enumeración o lista.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Concesión
DISPOSICIONES PRELIMINARES. 1.1 El Contrato resulta del proceso de promoción que PROINVERSIÓN condujo en el marco de la Ley de Desarrollo Eficiente de Generación Eléctrica (Ley Nº 28832), el Reglamento de Transmisión, la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley Nº 25844), el Texto Único Ordenado de las Normas con Xxxxx xx xxx que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos (D.S. Nº 059-96-PCM) y su reglamento (D.S. N° 060-96-PCM), el Decreto Legislativo que aprueba la Xxx Xxxxx de Asociaciones Público - Privadas para la Generación de Empleo Productivo y dicta normas para la agilización de los procesos de promoción de la inversión privada (D. Leg. N° 1012) y su reglamento (D.S. 146-2008-EF), ) y otras Leyes Aplicables, así como las disposiciones y actos siguientes: La Resolución Ministerial Nº 285N° 408-20102012-MEM/DM, del Ministerio de Energía y Minas publicada el 06 11 de julio setiembre de 20102012, que incluyó en el Plan Transitorio de Transmisión, aprobado por mediante la Resolución Ministerial N° 552-2006-MEM/DM, los proyectos: Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV; y Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV, y encargó cual se encarga a PROINVERSIÓN PROINVERSION la conducción del proceso de licitación para implementar dichos proyectosnecesario hasta la adjudicación de la Buena Pro del Proyecto “Línea de Transmisión 500 kV Mantaro – Marcona – Socabaya - Xxxxxxxx y Subestaciones Asociadas”. La Resolución Suprema Nº 095N° 075-20102012-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, EF publicada el 09 05 de setiembre diciembre de 20102012, que ratificó ratifica: i) el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN PROINVERSIÓN, adoptado en su sesión del 11 de fecha 14 octubre de julio de 20102012, conforme al mediante el cual se acuerda incorporar incorpora a Proceso de Promoción de la Inversión Privada, la entrega en concesión al proceso de promoción de inversión privada los proyectos sector privado del proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte000 xX Xxxxxxx-Cáclic en 220 kV”; Xxxxxxx-Xxxxxxxx-Xxxxxxxx y “Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV”, (en adelante la Línea Eléctrica) Subestaciones Asociadas” bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Legislativo Supremo N° 1012, el TUO y su Reglamento, aprobados por Decretos Supremos Nos. 059-96-PCM y 060-96-PCM, respectivamenteDecreto Legislativo N° 1012 y sus normas reglamentarias correspondientes. Asimismo, en el referido acuerdo, se encarga el proceso de promoción al Comité PRO CONECTIVIDAD; y encarga al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Telecomunicacionesii) el acuerdo, Energía e Hidrocarburos PRO CONECTIVIDAD la conducción del proceso; y, ratifica el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN PROINVERSIÓN, adoptado en su sesión del 29 de fecha 19 xx xxxxxx de 2010, que aprueba el Plan de Promoción que regirá el Concurso. La Resolución Ministerial N° 029-2011-MEM/DM, del Ministerio de Energía y Minas, publicada el 19 de enero de 2011, que modifica en el Plan Transitorio de Transmisión la tensión de los proyectos: “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”; y “Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV”, por “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kV”, y encarga a PROINVERSIÓN modificar el alcance del concurso. La Resolución Suprema Nº 002-2012-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, publicada el 19 de enero octubre de 2012, que ratificó mediante el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 12 xx xxxxxx de 2011, conforme al cual se aprueba la modificación del el Plan de Promoción de la Inversión Privada del Concurso Público Internacional para otorgar en concesión el Proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”, incorporando el proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte Cáclic-Moyobamba en 220 kV”, y modifica el nombre del proyecto por “Línea de Transmisión Carhuaquero-Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kV”esta línea. La decisión de fecha ____/____/12 /____/13 adoptada por el Comité declarando la buena pro. La Resolución Ministerial Nº ___________-2012-2013-MEM/DM, que autorizó al ______ ___________________________________________________________ a suscribir el Contrato.
1.2 El Contrato se ha negociado, redactado y suscrito con arreglo al derecho interno del Perú; y su contenido, ejecución y demás consecuencias que de él se originen se regirán por dicho derecho.
1.3 La suscripción del Contrato, no elimina ni afecta la obligación de la Sociedad Concesionaria, de solicitar, suscribir y cumplir, el contrato de Concesión Definitiva de Transmisión Eléctrica, que la Sociedad Concesionaria deberá tramitar en el Ministerio de Energía y Minas.
1.4 En el Contrato: Los términos que se inician con mayúscula ya sea que se usen en singular o plural, tienen los significados que se indican en el Anexo Nº 3. Los términos que se inician con mayúscula, ya sea que se usen en singular o plural, que no están definidos en el Anexo Nº 3 u otras secciones del Contrato, tendrán los significados que les atribuyen las Bases o las Leyes Aplicables, o corresponden a términos que por lo común son empleados con mayúsculas. Toda referencia efectuada en el Contrato a “cláusula” o “anexo” se deberá entender efectuada a cláusulas o anexos del Contrato, salvo indicación expresa en sentido contrario. Los títulos han sido incluidos al solo efecto de sistematizar la exposición y no deben ser considerados como una parte del mismo que limite o amplíe su contenido o para determinar los derechos y obligaciones de las Partes. Los términos en singular incluirán los mismos términos en plural y viceversa. Los términos en masculino incluyen al femenino y viceversa.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Concesión
DISPOSICIONES PRELIMINARES. 1.1 El Contrato resulta del proceso de promoción que PROINVERSIÓN condujo en el marco de la Ley de Desarrollo Eficiente de Generación Eléctrica (Ley Nº 28832), el Reglamento de TransmisiónTransmisión (Decreto Supremo Nº 027-2007-EM), la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley Nº 25844), el Texto Único Ordenado Reglamento de las Normas con Xxxxx xx xxx que regulan la entrega en concesión al sector privado Ley de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos Concesiones Eléctricas (D.S. Decreto Supremo Nº 059009- 93-96-PCM) y su reglamento (D.S. N° 060-96-PCMEM), el Decreto Legislativo que aprueba la Xxx Xxxxx de Asociaciones Público - Privadas para la Generación de Empleo Productivo y dicta normas para la agilización de los procesos del marco de promoción de la inversión privada mediante asociaciones público- privadas y proyectos en activos (D. Leg. N° 1012) Decreto Legislativo Nº 1224), Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1224, Decreto Legislativo del marco de promoción de la inversión privada mediante asociaciones público- privadas y su reglamento proyectos en activos (D.S. 146Decreto Supremo Nº 410-20082015-EF), ) y otras Leyes y Disposiciones Aplicables, así como las disposiciones y actos siguientes: :
a) La Resolución Ministerial Nº 285225-20102015-MEM/DM, DM del Ministerio de Energía y Minas publicada el 06 14 xx xxxx de julio de 20102015, que incluyó en el Plan Transitorio de Transmisión, aprobado por la Resolución Ministerial N° 552-2006-MEM/DM, los proyectos: Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV; y Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV, y encargó encarga a PROINVERSIÓN la conducción del proceso de licitación para implementar dichos proyectos. La Resolución Suprema Nº 095necesario hasta la adjudicación de la Buena Pro de los proyectos vinculantes aprobados en el Plan de Transmisión 2015-2010-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, publicada el 09 de setiembre de 20102024, que ratificó incluye el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 14 de julio de 2010, conforme al cual se acuerda incorporar al proceso de promoción de inversión privada los proyectos proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca NorteTintaya-Cáclic en Azángaro 220 kV”; y “Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV”, (en adelante la Línea Eléctrica.
b) bajo los mecanismos establecidos en el Decreto Legislativo La Resolución Suprema N° 1012046-2015-EF publicada el 27 de octubre de 2015, el TUO y su Reglamento, aprobados por Decretos Supremos Nos. 059-96-PCM y 060-96-PCM, respectivamente; y encarga al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Telecomunicaciones, Energía e Hidrocarburos PRO CONECTIVIDAD mediante la conducción del proceso; y, cual se ratifica el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 19 11 xx xxxxxx de 20102015, en virtud del cual se acordó incorporar al proceso de promoción de la inversión privada a cargo de PROINVERSIÓN, los proyectos vinculantes del Plan de Transmisión 2015-2024, a que se refiere la Resolución Ministerial N° 225-2015-MEM/DM, en el que se encuentra incluido el proyecto “Línea de Transmisión Tintaya-Azángaro 220 kV”.
c) El Acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 24 de octubre de 2016, que aprueba el Plan de Promoción que regirá el Concurso. La Resolución Ministerial N° 029-2011-MEM/DM, del Ministerio de Energía y Minas, publicada el 19 de enero de 2011, que modifica publicado en el Plan Transitorio diario oficial El Peruano el 5 de Transmisión la tensión noviembre de los proyectos: “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”; y “Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV”, por “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kV”, y encarga a PROINVERSIÓN modificar el alcance del concurso2016. La Resolución Suprema Nº 002-2012-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, publicada el 19 de enero de 2012, que ratificó el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 12 xx xxxxxx de 2011, conforme al cual se aprueba la modificación del Plan de Promoción de la Inversión Privada del Concurso Público Internacional para otorgar en concesión el Proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”, incorporando el El proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte CáclicTintaya-Moyobamba en Azángaro 220 kV”, y modifica el nombre del proyecto por “Línea ” será desarrollado bajo la modalidad de Transmisión Carhuaquero-Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kV”. La decisión de fecha ____/____/12 adoptada por el Comité declarando la buena pro. La Resolución Ministerial Nº ___________-2012-MEM/DM, que autorizó al ______ ___________________________________________________________ a suscribir el ContratoAsociación Público Privada autofinanciada.
1.2 El Contrato se ha negociado, redactado y suscrito con arreglo al derecho interno del Perú; y su contenido, ejecución y demás consecuencias que de él se originen se regirán por dicho derecho.
1.3 La suscripción del Contrato, no elimina ni afecta la obligación de la Sociedad Concesionaria, de solicitar, suscribir y cumplir, el contrato de Concesión Definitiva de Transmisión Eléctrica, que la Sociedad Concesionaria deberá tramitar en el Ministerio de Energía y Minas.
1.4 En el Contrato: Los términos que se inician con mayúscula ya sea que se usen en singular o plural, tienen los significados que se indican en el Anexo Nº 3. Los términos que se inician con mayúscula, ya sea que se usen en singular o plural, que no están definidos en el Anexo Nº 3 u otras secciones del Contrato, tendrán los significados que les atribuyen las Bases o las Leyes Aplicables, o corresponden a términos que por lo común son empleados con mayúsculas. Toda referencia efectuada en el Contrato a “cláusula” o “anexo” se deberá entender efectuada a cláusulas o anexos del Contrato, salvo indicación expresa en sentido contrario. Los títulos han sido incluidos al solo efecto de sistematizar la exposición y no deben ser considerados como una parte del mismo que limite o amplíe su contenido o para determinar los derechos y obligaciones de las Partes. Los términos en singular incluirán los mismos términos en plural y viceversa. Los términos en masculino incluyen al femenino y viceversa.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Concesión
DISPOSICIONES PRELIMINARES. 1.1 El Contrato resulta del proceso de promoción que PROINVERSIÓN condujo en el marco de la Ley de Desarrollo Eficiente de Generación Eléctrica (Ley Nº 28832), el Reglamento de Transmisión, la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley Nº 25844), el Texto Único Ordenado de las Normas con Xxxxx xx xxx que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos (D.S. Nº 059-96-PCM) y su reglamento (D.S. N° 060-96-PCM), el Decreto Legislativo que aprueba la Xxx Xxxxx de Asociaciones Público - Privadas para la Generación de Empleo Productivo y dicta normas para la agilización de los procesos de promoción de la inversión privada (D. Leg. N° 1012) y su reglamento (D.S. 146-2008-EF), el Decreto de Urgencia N° 121-2009, el Decreto de Urgencia N° 032-2010, los Decretos de Urgencia N° 001-2011 y N° 002-2011 y otras Leyes Aplicables, así como las disposiciones y actos siguientes: La Resolución Ministerial Nº 285-2010-MEM/DM, del Ministerio de Energía y Minas publicada el 06 de julio de 201006/07/10, que incluyó el proyecto “Línea de Transmisión Trujillo-Chiclayo en 500 kV”, en el Plan Transitorio de Transmisión, aprobado por la Resolución Ministerial N° 552-2006-MEM/DM, los proyectos: Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV; y Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV, y encargó a PROINVERSIÓN la conducción del ejecutar el proceso de licitación para implementar dichos proyectosdicho proyecto. La Resolución Suprema Nº 095El Decreto de Urgencia N° 032-2010-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, publicada publicado el 09 de setiembre de 201029/04/10, que ratificó incorpora dentro de los proyectos prioritarios de interés nacional, a que se refiere el acuerdo artículo 1° del Consejo Directivo Decreto de Urgencia N° 121-2009, el proyecto “Línea de Transmisión Trujillo-Chiclayo en 500 kV” Acuerdo PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 14 de julio de 201014/07/10, conforme al cual se acuerda incorporar al que incorpora a proceso de promoción de la inversión privada los proyectos el proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca NorteXxxxxxxx-Cáclic en 220 kV”; y “Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kVXxxxxxxx xx 000 xX”, (en adelante la Línea Eléctrica) bajo xxxx los mecanismos establecidos en el Decreto Legislativo N° 1012, el TUO y su Reglamento, aprobados por Decretos Supremos Nos. 059-96-PCM y 060-96-PCM, respectivamente; y encarga al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Telecomunicaciones, Energía e Hidrocarburos PRO CONECTIVIDAD la conducción del proceso; y, ratifica el acuerdo del Consejo Directivo de Acuerdo PROINVERSIÓN adoptado en su sesión N° 000-00-0000 de fecha 19 xx xxxxxx de 201019/08/10, publicado el 25/08/10, que aprueba el Plan de Promoción que regirá el Concurso. La Resolución Ministerial N° 029-2011-MEM/DM, del Ministerio de Energía y Minas, publicada el 19 de enero de 2011, que modifica en el Plan Transitorio de Transmisión la tensión de los proyectos: “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”; y “Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV”, por “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kV”, y encarga a PROINVERSIÓN modificar el alcance del concurso. La Resolución Suprema Nº 002-2012-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, publicada el 19 de enero de 2012, que ratificó el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 12 xx xxxxxx de 2011, conforme al cual se aprueba la modificación del Plan de Promoción de la Inversión Privada para la concesión del Concurso Público Internacional para otorgar en concesión el Proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca NorteTrujillo-Cáclic Chiclayo en 220 500 kV”, incorporando el proyecto “” (en adelante la Línea de Transmisión Cajamarca Norte Cáclic-Moyobamba en 220 kV”, y modifica el nombre del proyecto por “Línea de Transmisión Carhuaquero-Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kV”Eléctrica). La decisión de fecha ____/____/12 /____/11 adoptada por el Comité declarando la buena pro. La Resolución Ministerial Nº ___________-2012-2011-MEM/DM, que autorizó al ______ __________________________________________________________________ a suscribir el Contrato.
1.2 El Contrato se ha negociado, redactado y suscrito con arreglo al derecho interno del Perú; y su contenido, ejecución y demás consecuencias que de él se originen se regirán por dicho derecho.
1.3 La suscripción del Contrato, no elimina ni afecta la obligación de la Sociedad Concesionaria, de solicitar, suscribir y cumplir, el contrato de Concesión Definitiva de Transmisión Eléctrica, que la Sociedad Concesionaria deberá tramitar en el Ministerio de Energía y Minas.
1.4 En el Contrato: Los términos que se inician con mayúscula ya sea que se usen en singular o plural, tienen los significados que se indican en el Anexo Nº 3. Los términos que se inician con mayúscula, ya sea que se usen en singular o plural, que no están definidos en el Anexo Nº 3 u otras secciones del Contrato, tendrán los significados que les atribuyen las Bases o las Leyes Aplicables, o corresponden a términos que por lo común son empleados con mayúsculas. Toda referencia efectuada en el Contrato a “cláusula” o “anexo” se deberá entender efectuada a cláusulas o anexos del Contrato, salvo indicación expresa en sentido contrario. Los títulos han sido incluidos al solo efecto de sistematizar la exposición y no deben ser considerados como una parte del mismo que limite o amplíe su contenido o para determinar los derechos y obligaciones de las Partes. Los términos en singular incluirán los mismos términos en plural y viceversa. Los términos en masculino incluyen al femenino y viceversa.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Concesión
DISPOSICIONES PRELIMINARES. 1.1 El Contrato resulta del proceso de promoción que PROINVERSIÓN condujo en el marco de la Ley de Desarrollo Eficiente de Generación Eléctrica (Ley Nº 28832), el Reglamento de Transmisión, la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley Nº 25844), el Texto Único Ordenado de las Normas con Xxxxx xx xxx que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos (D.S. Nº 059-96-PCM) y su reglamento (D.S. N° 060-96-PCM), el Decreto Legislativo que aprueba la Xxx Xxxxx de Asociaciones Público - Público-Privadas para la Generación de Empleo Productivo y dicta normas para la agilización de los procesos de promoción de la inversión privada (D. Leg. N° 1012) y su reglamento (D.S. 146-2008-EF), los Decretos de Urgencia N° 001-2011 y N° 002-2011 y otras Leyes Aplicables, así como las disposiciones y actos siguientes: La Resolución Ministerial Nº 285213-20102011-MEM/DM, del Ministerio de Energía y Minas publicada el 06 05 xx xxxx de julio de 20102011, que incluyó en aprobó el Primer Plan Transitorio de Transmisión, aprobado por incluyendo como proyecto vinculante la Resolución Ministerial N° 552LT 220 kV Moyobamba-2006-MEM/DM, los proyectos: Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV; Iquitos y Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV, y encargó a PROINVERSIÓN la conducción del proceso de licitación para implementar dichos proyectosSubestaciones Asociadas. La Resolución Suprema Nº 095-2010-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, publicada el 09 de setiembre de 2010, que ratificó el El acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 14 07 de julio de 20102011, conforme al cual se acuerda incorporar al proceso publicado el 09 de promoción julio de inversión privada los proyectos “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”; y “Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV”, (en adelante la Línea Eléctrica) bajo los mecanismos establecidos en el Decreto Legislativo N° 1012, el TUO y su Reglamento, aprobados por Decretos Supremos Nos. 059-96-PCM y 060-96-PCM, respectivamente; y encarga al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Telecomunicaciones, Energía e Hidrocarburos PRO CONECTIVIDAD la conducción del proceso; y, ratifica el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 19 xx xxxxxx de 20102011 , que aprueba el Plan de Promoción que regirá el Concurso. La Resolución Ministerial N° 029-2011-MEM/DM, del Ministerio de Energía y Minas, publicada el 19 de enero de 2011, que modifica en el Plan Transitorio de Transmisión la tensión de los proyectos: “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”; y “Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV”, por “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kV”, y encarga a PROINVERSIÓN modificar el alcance del concurso. La Resolución Suprema Nº 002-2012-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, publicada el 19 de enero de 2012, que ratificó el acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 12 xx xxxxxx de 2011, conforme al cual se aprueba la modificación del Plan de Promoción de la Inversión Privada del Concurso Público Internacional para otorgar en concesión el Proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”, incorporando el proyecto “Línea de Transmisión Cajamarca Norte Cáclic-Moyobamba en 220 kV”, y modifica el nombre del proyecto por “Línea de Transmisión Carhuaquero-Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kV”. La decisión de fecha ____/____/12 /____/___ adoptada por el Comité declarando la buena pro. La Resolución Ministerial Nº ___________-2012-MEM___ -MEM/DM, que autorizó al ______ ____________________________________________________________ a suscribir el Contrato.
1.2 El Contrato se ha negociado, redactado y suscrito con arreglo al derecho interno del Perú; y su contenido, ejecución y demás consecuencias que de él se originen se regirán por dicho derecho.
1.3 La suscripción del Contrato, no elimina ni afecta la obligación de la Sociedad Concesionaria, de solicitar, suscribir y cumplir, el contrato de Concesión Definitiva de Transmisión Eléctrica, que la Sociedad Concesionaria deberá tramitar en el Ministerio de Energía y Minas.
1.4 En el Contrato: Los términos que se inician con mayúscula ya sea que se usen en singular o plural, tienen los significados que se indican en el Anexo Nº 3. Los términos que se inician con mayúscula, ya sea que se usen en singular o plural, que no están definidos en el Anexo Nº 3 u otras secciones del Contrato, tendrán los significados que les atribuyen las Bases o las Leyes Aplicables, o corresponden a términos que por lo común son empleados con mayúsculas. Toda referencia efectuada en el Contrato a “cláusula” o “anexo” se deberá entender efectuada a cláusulas o anexos del Contrato, salvo indicación expresa en sentido contrario. Los títulos han sido incluidos al solo efecto de sistematizar la exposición y no deben ser considerados como una parte del mismo que limite o amplíe su contenido o para determinar los derechos y obligaciones de las Partes. Los términos en singular incluirán los mismos términos en plural y viceversa. Los términos en masculino incluyen al femenino y viceversa.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Concesión
DISPOSICIONES PRELIMINARES. 1.1 El Contrato resulta del proceso de promoción de la inversión privada que PROINVERSIÓN condujo en el marco de la Ley de Desarrollo Eficiente de Generación Eléctrica (Ley Nº 28832), el Reglamento de Transmisión, la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley Nº 25844), el Texto Único Ordenado de las Normas con Xxxxx xx xxx que regulan la entrega en concesión al sector privado de las obras públicas de infraestructura y de servicios públicos (D.S. Nº 059-96-PCM) y su reglamento (D.S. N° 060-96-PCM), el Decreto Legislativo que aprueba la Xxx Xxxxx de Asociaciones Público - Privadas para la Generación de Empleo Productivo y dicta normas para la agilización de los procesos de promoción de la inversión privada (D. Leg. N° 1012) y su reglamento (D.S. 146-2008-EF), y otras Leyes Aplicables, así como las disposiciones y actos siguientes: La Resolución Ministerial El Oficio Nº 285312-20102009-MEM/DM, del en cuya virtud el Ministerio de Energía y Minas publicada el 06 de julio de 2010, que incluyó en el Plan Transitorio de Transmisión, aprobado por la Resolución Ministerial N° 552-2006-MEM/DM, los proyectos: Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV; y Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV, y encargó solicitó a PROINVERSIÓN la conducción del el inicio de un proceso de licitación promoción de inversión privada para implementar dichos proyectosla implementación del proyecto “Reserva Fría de Generación” en Trujillo e Ilo. La Resolución Suprema Nº 095-2010-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, publicada el 09 de setiembre de 2010, que ratificó el acuerdo Acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión de fecha 14 de julio de 201007/08/09, conforme al cual se acuerda incorporar al proceso de promoción de la inversión privada los proyectos el proyecto “Línea Reserva Fría de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”; y “Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kVGeneración”, (teniendo en adelante cuenta lo establecido en la Línea Eléctrica) Ley N° 26440, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Supremo N° 059-96-PCM, Decreto Legislativo N° 1012, el TUO y su Reglamento, aprobados por Decretos Supremos Nos. 059-96-PCM y 060-96-PCM, respectivamentesus normas reglamentarias correspondientes; y encarga al Comité de PROINVERSIÓN en Proyectos de Telecomunicaciones, Energía e Hidrocarburos PRO CONECTIVIDAD la conducción del proceso; y. Decreto de Urgencia N° 121-2009 publicado el 24/12/09, ratifica que declaró de necesidad nacional y de ejecución prioritaria en el acuerdo año 2010 al proyecto “Reserva Fría de Generación”. Acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN N° 000-00-0000, adoptado en su sesión N° 322 de fecha 19 xx xxxxxx de 201030/12/09, que aprueba el Plan de Promoción de la Inversión Privada para la concesión del proyecto “Reserva Fría de Generación”, incorporado al proceso de promoción de la inversión privada mediante Decreto de Urgencia N° 121-2009 publicado el 24/12/09, que regirá el Concurso. La Resolución Ministerial N° 029-2011-MEM/DM, del Ministerio de Energía y Minas, publicada el 19 de enero de 2011, que modifica en el Plan Transitorio de Transmisión la tensión de los proyectos: “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kV”; y “Línea de Transmisión Cáclic-Moyobamba en 138 kV”, por “Línea de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kV”, y encarga a PROINVERSIÓN modificar el alcance del concurso. La Resolución Suprema Nº 002-2012-EF, del Ministerio de Economía y Finanzas, publicada el 19 de enero de 2012, que ratificó el acuerdo Acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN N° 000-00-0000, adoptado en su sesión N° 345 de fecha 12 xx xxxxxx de 201114/05/10, conforme al cual se que aprueba la modificación del Plan de Promoción de la Inversión Privada del Concurso Público Internacional para otorgar en concesión el Proyecto proyecto “Línea Reserva Fría de Transmisión Cajamarca Norte-Cáclic en 220 kVGeneración”, incorporando a fin de incorporar las modificaciones planteadas por el MINEM en el Informe de Actualización “Análisis de la Reserva Fría de Generación 2011-2014” El Oficio Nº 408-2010-MEM/VME, en cuya virtud el Ministerio de Energía y Minas solicitó a PROINVERSIÓN el reemplazo de la Planta Trujillo, por la incertidumbre respecto al abastecimiento de combustible, por una Planta en la localidad xx Xxxx,. Acuerdo del Consejo Directivo de PROINVERSIÓN adoptado en su sesión N° 399 de fecha 06/01/11, que aprueba la modificación del Plan de Promoción de la Inversión Privada del Concurso Público Internacional para otorgar en concesión el proyecto “Línea Reserva Fría de Transmisión Cajamarca Norte Cáclic-Moyobamba en 220 kVGeneración”, a fin de reemplazar la Planta Trujillo, por una Planta en la localidad xx Xxxx. Decreto de Urgencia N° 001-2011, modificado por Decreto de Urgencia N° 002-2011, que declaró el proyecto “Reserva Fria de Generación” de necesidad nacional y modifica de ejecución prioritaria en el nombre del proyecto por “Línea de Transmisión Carhuaquero-Cajamarca Norte-Cáclic-Moyobamba en 220 kV”año 2011. La decisión de fecha ___/____/_/____/12 _____ adoptada por el Comité declarando la buena proAdjudicación de la Buena Pro. La Resolución Ministerial Nº ___________-2012-MEM/DM____, que autorizó al ___________ ___________________________________________________________ a suscribir el Contrato.
1.2 El Contrato se ha negociado, redactado y suscrito con arreglo al derecho interno del Perú; y su contenido, ejecución y demás consecuencias que de él se originen se regirán por dicho derecho.
1.3 La suscripción del Contrato, no elimina ni afecta la obligación de la Sociedad Concesionaria, de solicitar, suscribir y cumplir, el contrato de Concesión Definitiva de Transmisión Eléctrica, que la Sociedad Concesionaria deberá tramitar en el Ministerio de Energía y Minas.
1.4 En el Contrato: Los términos que se inician con mayúscula ya sea que se usen en singular o plural, tienen los significados que se indican en el Anexo Nº 3. Los términos que se inician con mayúscula, ya sea que se usen en singular o plural, que no están definidos en el Anexo Nº 3 u otras secciones del Contrato, tendrán los significados que les atribuyen las Bases o las Leyes Aplicables, o corresponden a términos que por lo común son empleados con mayúsculas. Toda referencia efectuada en el Contrato a “cláusula” o “anexo” se deberá entender efectuada a cláusulas o anexos del Contrato, salvo indicación expresa en sentido contrario. Los títulos han sido incluidos al solo efecto de sistematizar la exposición y no deben ser considerados como una parte del mismo que limite o amplíe su contenido o para determinar los derechos y obligaciones de las Partes. Los términos en singular incluirán los mismos términos en plural y viceversa. Los términos en masculino incluyen al femenino y viceversa.
Appears in 1 contract
Samples: Contrato De Concesión